jueves, febrero 01, 2024

Salario mínimo Colombia: este ha sido el incremento real en los últimos años

 



El salario mínimo que reciben alrededor de 2,5 millones de colombianos aumentó 12,07 % en este 2024.

Cómo la inflación se ha ido comiendo las subidas del salario mínimo.

El salario mínimo que reciben alrededor de 2,5 millones de colombianos aumentó 12,07 por ciento en este 2024 hasta llegar a 1,3 millones de pesos mensuales.

Sin embargo, como la inflación cerró el 2023 con una variación de 9,28 por ciento, el alza real del mínimo para este año sería de 2,79 puntos.



El Ministerio de trabajo ha estado trabajando para que más productos y servicios sean desindexados.

Y si tenemos en cuenta la inflación que le afecta a la población pobre y que llegó a 8,19 por ciento, el aumento real quedaría en 3,88 puntos.

Mayores alzas reales del mínimo

Revisamos cuáles han sido los incrementos reales del salario mínimo desde 1994. Desde esa fecha a hoy, las mayores alzas reales se dieron en el 2022 (+5,08 por ciento), en el 2023 (+2,88 por ciento) y en el 2019 (+2,82 por ciento).


La ministra de trabajo, Gloria Inés Ramírez, asegura que se debe proteger el poder adquisitivo de los colombianos.

Y en cuarto lugar aparecería el incremento real del mínimo de 2,79 que se daría este año.

Al contrario, en 1995 (-2,09 por ciento), 1994 (-1,50 por ciento), 1999 (-0,70 por ciento) y 1997 (-0,63 por ciento) hubo aumentos reales negativos.


En el 2023 el salario mínimo fue de $ 1.160.000 pesos.

Este ha sido el ajuste de los últimos años

Año Ajuste real (%)

- 2010 1,60
- 2011 0,83
- 2012 2,07
- 2013 1,58
- 2014 2,56
- 2015 0,94
- 2016 0,23
- 2017 1,25
- 2018 1,81
- 2019 2,82
- 2020 2,20
- 2021 1,89
- 2022 5,08
- 2023 2,88
- 2024 2,79


Terminación Del Contrato Laboral e Idemnizaciones

 Terminar un contrato de trabajo implica cumplir una normativa muy precisa según los tipos de acuerdos laborales y las circunstancias en las que se encuentre el trabajador, por ejemplo, en lo referente a las indemnizaciones.


Las relaciones laborales se encuentran reguladas, principalmente, por el Código Sustantivo del Trabajo –CST–. Esta regulación permite que los acuerdos entre empleadores y trabajadores se desarrollen adecuadamente salvaguardando derechos de las partes. Uno de los aspectos fundamentales en estas relaciones es la terminación del contrato de trabajo.

Ambas partes deben saber todo lo tocante a la terminación de contratos para proteger sus derechos y conocer sus deberes. Esto implica conocer cómo se terminan adecuadamente los contratos de trabajo, la procedencia de los despidos, el pago de indemnizaciones y otros elementos no menos importantes.

Empleadores y trabajadores pueden conocer, por ejemplo, cómo proceder con la terminación del contrato cuando se presenten los siguientes motivos y situaciones:

Por justa causa por parte del empleador y del trabajador.
Por renuncia motivada.
Por llamados de atención.
Por ausencias.
Por acoso laboral.
Por modificaciones al acuerdo entre las partes.
Frente a trabajadores prepensionados.
Frente a trabajadores con discapacidad.

Como puede notarse, estos temas abordan al empleador y al trabajador por igual, pues la decisión de culminar una relación laboral no es exclusiva del empleador y las circunstancias no son siempre similares.
Sanciones, indemnizaciones y nociones jurisprudenciales

Es importante tener presente que aplicar incorrectamente la normativa laboral implica el pago de sanciones, por ejemplo, cuando no se paga la liquidación del contrato de trabajo.

Además, la norma regula el pago de indemnizaciones cuando ocurre un despido:Sin justa causa en contratos a término fijo.

Sin justa causa en contratos a término indefinido.

Por otra parte, existen nociones jurisprudenciales de suma importancia a la hora de afrontar situaciones específicas, como las siguientes:Terminación del contrato por actos inmorales.
Negación del reintegro laboral.
El principio de inmediatez.
Estabilidad reforzada para trabajadores próximos a ser padres.
Terminación del contrato por revelar información reservada.

Periodicidad del informe del revisor fiscal sobre los programas de transparencia y ética empresarial

 


Aquí hablaremos sobre...Periodicidad de la opinión sobre los programas de transparencia y ética empresarial

¿Se debe incorporar la opinión sobre el PTEE en el dictamen?

Obligaciones y sanciones por la omisión de la obligación de denuncia

La ley de transparencia dispone una nueva obligación para el revisor fiscal de determinadas entidades: valorar y emitir una opinión acerca de los programas de transparencia y ética empresarial.

Al respecto, surge la duda sobre la periodicidad para presentar el informe. Aquí la respondemos.

La Ley de transparencia 2195 del 18 de enero de 2022 adopta medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción. Sobre esta ley es importante resaltar sus disposiciones para el contador público y el revisor fiscal.

La siguiente infografía contiene las novedades más importantes que deben atender el revisor fiscal y el contador público en esta materia:


El programa de transparencia y ética empresarial es el documento que recoge la política de cumplimiento con el fin de detectar, prevenir, gestionar y mitigar los riesgos de corrupción o los riesgos de soborno transnacional, de acuerdo con lo definido en la Circular Externa 100-000011 de la Supersociedades.

En este orden de ideas, el parágrafo 4 del artículo 9 de la mencionada ley dispone, para el revisor fiscal de determinadas entidades responsables, una nueva obligación: valorar y emitir una opinión acerca de los programas de transparencia y ética empresarial –PTEE–.

Periodicidad de la opinión sobre los programas de transparencia y ética empresarial

Respecto a lo mencionado anteriormente, surge la duda sobre la periodicidad con la que el revisor fiscal debe presentar su opinión sobre los PTEE, situación que el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– aclara en el Concepto 0046 del 2 de febrero de 2022:


La ley no establece la periodicidad con la cual se debe pronunciar el revisor fiscal sobre los programas de transparencia y de ética profesional, además que la labor contratada con el revisor fiscal está ligada a la opinión sobre la razonabilidad de los estados financieros, se entendería que el revisor fiscal se deberá pronunciar al cierre del período contable, iniciando con la información correspondiente al año 2022.

(El subrayado es nuestro).
“deberá comenzarse a incluir la opinión del revisor fiscal respecto a los PTEE al cierre del período contable, empezando con el del año 2022”

En otras palabras, el CTCP indica que deberá comenzarse a incluir la opinión del revisor fiscal respecto a los PTEE al cierre del período contable, empezando con el del año 2022, esto teniendo en cuenta que la obligación del revisor fiscal está ligada a la razonabilidad de los estados financieros.


¿Se debe incorporar la opinión sobre el PTEE en el dictamen?

De acuerdo con el CTCP, el pronunciamiento del revisor fiscal en lo referente a su opinión sobre los programas de transparencia y ética empresarial debe incorporarse dentro del respectivo dictamen a los estados financieros en un párrafo que contenga esta manifestación.

Además, debe considerarse que el tipo de dictamen por utilizar dependerá de si la opinión es favorable o modificada.

Obligaciones y sanciones por la omisión de la obligación de denuncia

Es importante resaltar que el objeto de la ley de transparencia es adoptar disposiciones tendientes a prevenir los actos de corrupción, por lo que la norma amplía la obligación del revisor fiscal de denunciar los actos de corrupción, y dispone sanciones para los revisores fiscales que omitan esta obligación de denuncia (artículo 57 de la Ley 2195 de 2022).

No puede ser que de 23 millones que trabajan, solo dos millones paguen renta

 




Santamaría dijo que los fenómenos económicos por el que estamos atravesando se deben a fuentes tanto externas como internas

La inflación, el déficit fiscal, el externo y la conformación del Banco de la República son los temas que más le preocupan a Mauricio Santamaría, presidente del Centro de Estudios Económicos, Anif. Si bien el economista asegura que el Banco Central ha actuado bien y seguimos a tiempo para evitar una crisis económica como la de 1999, también le asusta que en el campo político hay muchos personajes que "no saben cómo funciona el gasto público" y que pueden terminar agravando la situación.

Es por esta razón que ahora, más que antes, el Gobierno Nacional debe ser prudente a la hora de manejar las finanzas de la Nación, pues una Reforma Tributaria estructural no va a ser una opción, sino una obligación.

¿Cómo ve el panorama de corto y mediano plazo teniendo en cuenta el escenario local y la crisis suscitada por la invasión rusa a Ucrania?
Los resultados en producción y valor agregado fueron sobresalientes, mucho mejor de lo esperado. Pero el factor empleo quedó rezagado con el buen comportamiento de la economía. Colombia fue uno de los mejores países de Latinoamérica en términos de reactivación, pues no solo se quedó en rebote, sino que el consumo siguió jalonado el crecimiento.

¿Cómo fue esa reactivación económica?

Ha sido un rebote muy fuerte, y cuando el consumo crece 20% y la oferta no es tan elástica para ajustarse, hay problema de exceso de demanda que se nota en los precios y en el déficit externo. Por eso estamos viendo un problema de inflación que en parte es importada y en otra parte es por el consumo.

Todo el mundo pensaba que estábamos saliendo de una recesión de una pandemia y que el consumo iba a quedar quieto y lo que vimos fue lo contrario. En términos nominales, creció 20%, yo nunca había visto eso, ni en los mejores momentos. Pasaron dos cosas: los hogares recibieron plata del gobierno, más o menos 3% del PIB. Y, por otro lado, los de mayores ingresos no gastaron mucho durante ocho meses. Cuando se abrió todo, la gente comenzó a gastar mucho.

En cuanto a la inflación, ¿cuáles son sus percepciones?

Este año creemos que vamos a crecer bien, alrededor de 4%. Aunque hay las 'nubecitas' que ya nombramos, junto a un problema fiscal. Yo crecí con inflaciones de 30-32% y esta no es un 'numerito' que preocupe a los economistas sino que es un problema de verdad. Es muy regresivo y le pega muy duro a los más pobres, como la inflación de ahora, que está concentrada en los alimentos. Mientras que el año pasado la inflación general fue de 7%, para los más pobres fue de 8% y 9%.

Y esto es gravísimo. Si no hay estabilidad en la inflación, no hay contratos ni créditos a largo plazo y nadie invierte. Eso era Colombia en los 80 y 90.

¿Cómo se puede superar ese problema fiscal?

Acá no hemos podido entender que seguimos con un recaudo tributario de país pobre y ya no lo somos. debes subir el recaudo de 15 a 25. En Colombia debe haber dos grandes prioridades. El empleo formal, porque de ahí viene todo el bienestar de las personas, y el tema fiscal. El lío se encuentra en que es un problema estructural: la legislación laboral no es amiga de la generación de empleo formal. Es difícil y caro, la misma ley hace divisiones entre lo formal y lo informal y la vuelve informal por ley. Por ejemplo, no poder cotizar a la seguridad social por debajo del salario mínimo es absurdo y alimenta la informalidad.Estas reformas se deben manejar de forma urgente.

Además, en Colombia hace 25 años sabemos que los naturales deben pagar más impuestos. En el mundo entero el impuesto renta viene en un 70% u 80% de las personas naturales y el resto de las jurídicas. Las personas naturales son las que son ricas o pobres, las empresas son solo un papel. Entonces si usted las carga a ellas, pues el papel se va y entonces no se genera empleo.

¿Cómo reformaría esto?

Es inconcebible que de 23 millones que trabajan, solo dos millones paguen impuestos. Se debe gravar a todas las personas naturales. A las de menores ingresos se les puede cobrar 1% o 2%. Que para la persona no es nada pero para el recaudo es mucho, porque ahí hay mucha gente. A la clase media se le puede aplicar una tasa marginal de 8% o 10%, a los de medio alta 25% y a los de alta de 30%.


José Ignacio LópezDirector de investigaciones de Corficolombiana

“En general en Colombia pocas personas, incluso en la fuerza labora, participan del impuesto de renta y eso es cierto comparado con países Ocde y de la región”.

¿Y los altos precios del petróleo no ayudan?
El petróleo puede dar un respiro importante para este déficit pero la reforma es inaplazable y en agosto vamos a estar discutiendo. Si llega a US$190 el precio del barril, sería excelente en materia fiscal para el próximo gobierno, pero en términos de inflación también tiene efectos grandes. Al subir el precio del petróleo, esto se siente en el transporte, fertilizantes, etc.

Usted ya nos habló del consumo, pero ¿qué más está impulsando esa inflación?
Ahora muchos eventos confluyeron desafortunadamente. Primero la inflación importada debido a que el mundo estaba creciendo mucho y eso jaló la demanda, las cadenas logísticas están rotas por un lado y por el otro estamos creciendo mucho y hace que la demanda le eche gasolina a la inflación. Las protestas del año pasado también hicieron que esa cifra creciera, Lo que pasó entre abril y junio de 2021 fue muy malo para la inflación y en términos de tiempo estuvimos ‘demalas’.

Lo que más me preocupa de esos coletazos es que siempre termina pagando la población de más bajos ingresos. A ellos les toca dejar de comer. Por eso es que no entiendo por qué hay gente diciendo que se debe volver a hacer bloqueos.

¿Cómo se puede frenarla?

Esto se soluciona apretando la demanda, y la única manera es aumentando las tasas de interés. Hace dos semanas yo le hubiera dicho que el Banco iba a subir las tasas hasta el 6%. Pero hoy Rusia y Ucrania nos complicó todo. Entonces yo veo inflación alta, más baja que el año pasado, pero alta. Y unas tasas altas: entre 6,5% o incluso más.

A propósito, ¿qué opina de lo que ha hecho el Banco de la República?

El debate de la independencia del Banco de la República es peligroso en el sentido que no podemos estar diciendo que un sistema que ha sido exitoso lo tenemos que cambiar. una cosa es que hay que hacer ajustes. Entonces, cambiemos la manera de cómo se escogen algunos codirectores para que ningún gobierno tenga la posibilidad de meter cinco, por ejemplo. De hecho, la Ocde propone que ni siquiera el Ministro de Hacienda debería ser parte de la junta.

¿Qué opina de los que proponen ampliar las funciones del Emisor?

El día que le metamos al Banco empresarios, sindicatos de trabajadores, productores, etc., hasta ahí llegamos. Eso ni siquiera lo debemos oír. En este momento el Banco debe ser agresivo como lo está siendo. O por lo menos así lo creemos en la Anif, desde noviembre lo estamos diciendo. O sea, tenemos un déficit de 7%. La gente que dice que se puede solucionar reduciendo el gasto y acabando la corrupción, no saben cómo funciona el gasto público.

Usted ha hablado mucho del déficit externo, ¿por qué?

A mí me tiene muy preocupado el déficit externo. Este año fácilmente puede llegar a 6% y eso es demasiado. la diferencia entre 1999 y hoy es que antes no había nada que lo financiara, ahora sí. El día que deje de entrar, nos pasa lo de ese entonces y eso es una vulnerabilidad muy importante: el desempleo se eleva al 30%, la gente sufre, etc. Y esto no lo vamos a solucionar hasta que no solucionemos el problema fiscal.

martes, enero 30, 2024

Mujeres, atrás en decisiones financieras

 Estudio de CAF en Colombia, Ecuador, Brasil y Perú aboga por mejorar acceso para acabar con las brechas de género.



Mujeres, atrás en decisiones financieras

Un nuevo estudio de CAF (banco de desarrollo de América Latina) dice que, para acortar las brechas de género en la región, hay que generar un entorno financiero en el que las mujeres puedan comunicar sus necesidades.

Para ello, dice que se debe potenciar la educación financiera, fortalecer las capacidades de las mujeres, y crear productos financieros y no financieros con perspectiva de género que refuercen los negocios de las mujeres.

El estudio, denominado Capacidades financieras de las mujeres, evidencia las brechas de género en Brasil, Colombia, Ecuador y Perú, y la necesidad de crear sistemas de indicadores de género para mejorar el acceso de la mujer al sector financiero y así poder diseñar políticas que reduzcan las desigualdades.

En este sentido, la educación financiera debe abarcar el manejo del riesgo, la gestión del dinero, el acceso responsable e informado al sistema crediticio, la autoconfianza de las mujeres y las capacidades digitales y de negociación.

Destaca que para conseguir la igualdad financiera en los programas o medidas que se pongan en marcha es fundamental involucrar también a los hombres.

De acuerdo con las encuestas realizadas en Brasil, Colombia, Ecuador y Perú, menos mujeres afirman que toman personalmente las decisiones sobre la gestión de las finanzas, lo que representa una brecha de género en más de 15 puntos porcentuales. Uno de los motivos, apunta el estudio, es la menor autonomía de la mujer, pues su participación en las decisiones financieras aumenta cuando contribuyen al ingreso del hogar y tienen mayores niveles de educación financiera.


Declaraciones de IVA en 2024: periodicidad bimestral, cuatrimestral y anual

 


Un aspecto importante de la planeación fiscal consiste en determinar la periodicidad en que los responsables deben presentar y pagar las declaraciones de IVA durante el 2024.

En este editorial explicamos los obligados a realizar la presentación y pago de forma bimestral, cuatrimestral y anual.

La planificación fiscal es una parte fundamental de la gestión financiera; en el contexto del impuesto sobre las ventas –IVA– para el año 2024, la determinación de la periodicidad en la presentación y pago de declaraciones es esencial.

De acuerdo con el artículo 600 del ET, el período gravable podrá ser bimestral o cuatrimestral:

El período gravable del impuesto sobre las ventas será así: 

Declaración y pago bimestral para aquellos responsables de este impuesto, grandes contribuyentes y aquellas personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable anterior sean iguales o superiores a noventa y dos mil (92.000) UVT y para los responsables de que tratan los artículos 477 y 481 de este estatuto. Los períodos bimestrales son: enero-febrero; marzo-abril; mayo-junio; julio-agosto; septiembre-octubre; y noviembre-diciembre.

Declaración y pago cuatrimestral para aquellos responsables de este impuesto, personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable anterior sean inferiores a noventa y dos mil (92.000) UVT. Los períodos cuatrimestrales serán enero-abril; mayo-agosto; y septiembre-diciembre.

Debe recordarse que, según el artículo 601 del ET, deben presentar declaración y pagar el IVA los responsables de tal impuesto (incluidos los exportadores); sin embargo, no será obligatorio presentar esta declaración por aquellos períodos en los cuales no se hayan efectuado operaciones sometidas al IVA, ni las que den lugar a impuestos descontables, ajustes o deducciones.
Periodicidad del IVA durante 2024

De acuerdo con lo expuesto hasta el momento, deberán determinarse los ingresos al 31 de diciembre del año gravable anterior para determinar la periodicidad de la presentación del IVA para aquellos responsables de este impuesto:

Declaración y pago bimestral: cuando los ingresos brutos al 31 de diciembre de 2023 sean iguales o superiores a 92.000 UVT ($3.901.904.000 con la UVT 2023). Es importante aclarar que esta periodicidad es aplicable para los grandes contribuyentes, las personas jurídicas y naturales, así como para los responsables de los que tratan los artículos 477 y 481 del ET.

Declaración y pago cuatrimestral: cuando los ingresos brutos al 31 de diciembre de 2023 sean inferiores a 92.000 UVT ($3.901.904.000 con la UVT 2023). Aplicable a personas naturales y jurídicas.

Nota: con la introducción del régimen simple se incorporó una tercera periodicidad anual exclusivamente para los contribuyentes que se acojan a dicho régimen. Estudia el tema en nuestro artículo Declaración anual de IVA en el régimen simple de tributación.

A continuación, el Dr. Diego Guevara explica en detalle quiénes deberán presentar durante el 2024 las declaraciones de IVA en forma bimestral y quiénes en forma cuatrimestral.

Un aspecto que debe estudiarse es referente al origen de los ingresos que deben considerarse para la determinación de la periodicidad. Al respecto, mediante el Concepto 283 de 2021, la Dian determinó que los ingresos base para determinar la periodicidad gravable del IVA son los gravados y/o exentos:


lunes, enero 29, 2024

Seguridad y salud en el trabajo: factores de riesgo laboral

 


Aquí hablaremos sobre...

Factores de riesgo laboral físicos
Factores de riesgo laboral químicos
Factores de riesgo laboral biológicos
Factores psicosociales
Factores de riesgo ergonómicos
Otros factores de riesgo laboral

Los factores de riesgo laboral son condiciones o elementos que, al estar presentes en el ambiente de trabajo, aumentan la probabilidad de que ocurran accidentes o enfermedades laborales. Su identificación y gestión son fundamentales para promover un entorno laboral seguro y saludable.

Los factores de riesgo laboral son condiciones, situaciones o elementos presentes en el ambiente de trabajo que pueden aumentar la probabilidad de que ocurran accidentes o enfermedades laborales. Estos factores pueden afectar la salud y seguridad de los trabajadores.

El Ministerio del Trabajo, a través del Decreto 1477 de 2014, en su anexo técnico, precisó los factores de riesgo ocupacional (con sus respectivos agentes etiológicos, ocupaciones y enfermedades) a tener en cuenta para la prevención de enfermedades laborales: físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales.

Factores de riesgo laboral físicos

Estos factores se refieren a condiciones relacionadas con el entorno físico en el trabajo, como ruido, vibraciones, presión atmosférica, radiaciones ionizantes, radiaciones ópticas (ultravioleta, infrarroja y láser) y temperaturas extremas (calor y frío).
Factores de riesgo laboral químicos

Son factores que se originan por sustancias químicas presentes en el lugar de trabajo que pueden ser tóxicas, irritantes o perjudiciales para la salud. Las enfermedades relacionadas con estos factores son causadas por elementos como asbesto, arsénico, bromo, fósforo, yodo, plomo, hidrocarburos alifáticos o aromáticos, manganeso, monóxido de carbono, sílice, entre otros.
Factores de riesgo laboral biológicos

Son condiciones o elementos presentes en el entorno de trabajo que pueden aumentar la probabilidad de exposición a agentes biológicos, como bacterias, virus, hongos u otros organismos, que pueden causar enfermedades o afectar la salud de los trabajadores. Estos factores incluyen actividades que involucran contacto con materiales biológicos, trabajos en entornos con presencia de microorganismos patógenos, entre otros.

Factores psicosociales

Se refieren a condiciones y situaciones que pueden afectar la salud mental y el bienestar emocional de los trabajadores. Incluyen aspectos como el estrés laboral, la carga de trabajo excesiva, la falta de control sobre las tareas, la falta de apoyo social, la violencia o el acoso laboral, entre otros. Estos factores pueden contribuir al desarrollo de problemas psicológicos y afectar negativamente la calidad de vida de los empleados.

Factores de riesgo ergonómicos

Se refieren a condiciones en el entorno de trabajo que pueden afectar la interacción entre los trabajadores y su entorno laboral, especialmente en relación con la ergonomía, que es el estudio de la adaptación del trabajo al trabajador y viceversa.

Estos factores incluyen aspectos como la disposición de los equipos y mobiliario, la postura laboral, la repetitividad de ciertos movimientos y la carga física, con el objetivo de prevenir lesiones musculoesqueléticas y mejorar la eficiencia y comodidad en el trabajo.

En el siguiente video, la abogada Angie Vargas explica la responsabilidad penal o civil del empleador frente a los riesgos laborales:

Otros factores de riesgo laboral

Además de los factores de riesgo laboral mencionados, existen otros relacionados con accidentes de trabajo. Algunos ejemplos incluyen:

Riesgo mecánico: relacionados con maquinaria y herramientas que pueden generar riesgos físicos, como atrapamientos, cortaduras o golpes.

Riesgo eléctrico: exposición a corriente eléctrica, que puede provocar descargas eléctricas, quemaduras y otros peligros.

Riesgo de incendio y explosión: presencia de materiales inflamables, malas condiciones eléctricas o mal manejo de sustancias que pueden generar situaciones de riesgo.

Riesgo de caídas: superficies resbaladizas, alturas, ausencia de barandas de seguridad y otros elementos que aumentan el riesgo de caídas.

Riesgo de trabajo en alturas: relacionados con actividades realizadas en alturas elevadas, lo que aumenta el riesgo de caídas y lesiones.