viernes, agosto 18, 2023

Declaración de renta personas naturales en 11 pasos

 Encuentra en este completo análisis de 360º un compendio de nuestros mejores artículos, videos, liquidadores y publicaciones para que puedas realizarla fácil y rápidamente, sin omitir detalles.


En este especial te hablaremos de:

Paso 1: evalúa si el declarante es o no un residente fiscal en Colombia
Paso 2: determina si la persona natural es contribuyente del impuesto sobre la renta
Paso 3: confirma si el contribuyente está obligado o no a llevar contabilidad
Paso 4: verificar si el contribuyente se encuentra obligado a declarar
Paso 5: identifica la fecha para presentar la declaración de renta
Paso 6: verifica el cumplimiento de los requerimientos previos
Paso 7: selecciona el formulario
Paso 8: identifica cuáles cédulas del formulario deberás diligenciar
Paso 9: estudia las novedades de la declaración de renta de las personas naturales AG 2022
Paso 10: diligencie el formulario 210
Paso 11: carga la declaración de renta en la plataforma Muisca

Conciliación fiscal
Firmeza de la declaración de renta
Beneficio de auditoría para la declaración de renta
Régimen sancionatorio

La declaración de renta es un compromiso fiscal por el cual las personas naturales informan anualmente a la Dian sobre sus ingresos, ganancias ocasionales, costos y gastos.

Por el año gravable 2022, la declaración de renta de las personas naturales deberá atender las novedades introducidas por la Ley 2155 de 2021, y algunas de la reciente Ley de reforma tributaria 2277 de 2022, en lo relacionado con el procedimiento tributario.

Además, de acuerdo con el artículo 1 del Decreto 2487 de diciembre 16 de 2022, los plazos para su vencimiento en 2023 se cumplen entre el 9 de agosto y el 19 de octubre, según el último dígito del NIT del contribuyente.

Los siguientes son 11 sencillos pasos que debes seguir para preparar la declaración de renta de una persona natural. Veamos:

Paso 1: evalúa si el declarante es o no un residente fiscal en Colombia

El artículo 10 del Estatuto Tributario –ET– señala las condiciones que se deben tener en cuenta al momento de considerar la residencia fiscal de una persona natural.

Respondiendo las preguntas indicadas en la siguiente ilustración, podrás definirla muy fácilmente:

Para hacer mucho más sencillo tu estudio de este tema, te invitamos a descargar nuestras siguientes herramientas:

Este paso es muy importante, pues la condición de residente tendrá diferentes consecuencias a la hora de preparar la declaración de renta de una persona natural; entre ellas, el tipo de información que deberá reportarse y el formulario a utilizar, como se observa a continuación:

Paso 2: determina si la persona natural es contribuyente del impuesto sobre la renta

Tal como lo establecen los artículos 7 y 9 del ET, tanto las personas naturales como las sucesiones ilíquidas que hayan percibido rentas en el territorio nacional, siempre y cuando no se hayan inscrito en el régimen simple de tributación, son consideradas contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario en el régimen ordinario.

Paso 3: confirma si el contribuyente está obligado o no a llevar contabilidad

Varias de las normas vigentes que regulan el impuesto de renta y su complementario de ganancias ocasionales tienen una aplicación diferente para el contribuyente obligado a llevar contabilidad y para el no obligado.

Si tienes dudas sobre en cuál de los dos grupos se ubica la persona natural que deberá declarar, te invitamos a estudiar nuestro editorial Declaración de renta de personas naturales: efecto de llevar o no contabilidad, para que lo resuelvas fácilmente.

En el siguiente video, el Dr. Diego Guevara analiza el tema de la obligación de llevar contabilidad. Escúchalo de primera mano aquí:

Paso 4: verificar si el contribuyente se encuentra obligado a declarar.

En términos generales, puede sintetizarse en que estarán obligadas a declarar renta por el año gravable 2022 las siguientes personas naturales:


Dian espera recaudar $4 billones por renta a personas naturales

 Según la entidad, hay 4,8 millones de personas sujetas a declarar el impuesto en 2023.



Declaración de renta

Al igual que todos los años, las personas naturales sujetas a declarar el impuesto de renta se preparan para cumplir con su obligación tributaria. Para el año gravable 2022, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) espera que cerca de 4,8 millones de personas declaren renta, y alcanzar un recaudo de alrededor de $4 billones por este concepto.


Según confirmó a Portafolio la Dirección de Gestión de Impuestos de la Dian, la entidad “habilitó las herramientas necesarias para facilitar a cerca de 4,8 millones de ciudadanos, la presentación de impuesto de renta para personas naturales año gravable 2022 que presentan en el 2023 y así poder cumplir oportunamente esta obligación”.

Si se tiene en cuenta que el año pasado cerca de 4,5 millones de ciudadanos presentaron su declaración de renta para el año gravable 2021, esto implicaría un aumento de 6,6% en la cifra de declarantes.

Así mismo, la entidad confirmó a este medio que espera recaudar alrededor de $4 billones con estos declarantes, lo que representaría un aumento de 17,64% en la meta espera de ingresos por este concepto para la Dian.

¿Quiénes declaran?

A partir de este miércoles 9 de agosto, y hasta el 19 de octubre, los ciudadanos sujetos a declarar el impuesto de renta deberán tener presente los vencimientos del calendario tributario, según los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) del declarante.

Cecilia Rico Torres, directora de Gestión de Impuestos de la Dian, indicó que la entidad dispone de una guía completa para saber si la persona está o no sujeta a declarar.

De acuerdo con la funcionaria, todas aquellas personas que tuvieron un patrimonio bruto en 2022 superior a $171’018.000, “si cumple ese solo criterio, están obligados a declarar”.

Así mismo, según explicó la funcionaria, todos los contribuyentes que son responsables del impuesto sobre las ventas, independientemente del nivel de patrimonio, también deben presentar su declaración.

“O si tuvo ingresos brutos a lo largo del año 2022 iguales o superiores a $53’206.000 está obligado a declarar; si realizó compras con tarjeta débito o crédito por un valor igual o superior a $53’206.000 de igual manera debe presentar su declaración de renta”, indicó la funcionaria.

Rico también aclaró que si la persona realizó compras o consumos, en general, superiores a esa suma, también deberán declarar.

Y según la Dian, también son responsables de declarar quienes tengan "Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por un valor total acumulado superior a los $53’206.000.


El impacto tributario

Según explica Juan Sebastián Bustillo, asociado en la firma Cuatrecasas, en Colombia, los gravámenes sobre personas naturales en el país representan apenas el 7% del total del recaudo tributario, según cifras de la Ocde, mientras que en América Latina y el Caribe este porcentaje se eleva al 9%, y por el otro lado, en la Ocde asciende al 24%.

Para el experto, “la desaceleración de la economía puede impactar significativamente a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y, en consecuencia, al recaudo de este impuesto. Esto se debe principalmente a los menores ingresos percibidos por parte de los sujetos pasivos”.
Según Bustillos, durante una desaceleración económica, como la que estamos viviendo, muchas personas enfrentan la disminución de sus ingresos debido a la pérdida de empleo o la reducción de horas de trabajo.

Lo anterior resulta en una base gravable menor para el impuesto sobre la renta, lo que lleva a una disminución en los ingresos fiscales del Estado.

Además, según el experto, la desaceleración puede afectar a quienes dependen de ingresos de actividades comerciales o inversiones.