domingo, agosto 11, 2019

Arrepentido de haber comprado un producto? Sepa cómo ejercer su derecho al retracto


Si adquirió un producto por internet, ventas por catálogo o televisión, entre otros medios, y no tuvo la posibilidad de ver previamente lo que iba a comprar, usted, como consumidor, lo puede devolver. Lo anterior se conoce como “derecho de retracto”. Le contamos lo que debe hacer para ejercerlo. 

La Superintendencia de Industria y Comercio, a través del Estatuto del Consumidor, reguló los derechos y deberes de los empresarios en las relaciones de consumo. Dentro de esos deberes está el de informar y dar cumplimiento al derecho de retracto, el cual obtiene el consumidor al hacer una compra por internet. 

El derecho de retracto es la facultad que tiene el consumidor de arrepentirse de una compra de bienes o servicios en los siguientes casos: 
Ventas de bienes y prestación de servicios mediante sistemas de financiación: es decir, aquellas compras que son financiadas por el mismo establecimiento. 
Venta de tiempos compartidos o servicios turísticos: aquellas transacciones en las que por medio de cuotas periódicas se recibe algún beneficio en alojamiento vacacional para un número particular de días durante el año. 
Ventas a distancia, internet o televisión: se trata de los negocios que se realizan por medio de catálogos, ventas por televisión o internet, en donde no se tuvo acceso al producto físico. 
Ventas que utilizan métodos no tradicionales: por ejemplo, los lanzamientos de productos apoyados con invitaciones, regalos, consumo de licor o cualquier factor que pueda ejercer presión en el consumidor para adquirir un producto. 
“La idea es que el consumidor, al recibir el producto, decida si está conforme con lo recibido o si se arrepiente de su compra, sin necesidad de darle alguna explicación al proveedor”

La idea es que el consumidor, al recibir el producto, decida si está conforme con lo recibido o si se arrepiente de su compra, sin necesidad de darle alguna explicación al proveedor. Se trata entonces de poder ejercer el derecho de protección a la libertad de elección, ya que no es lo mismo ir hasta el establecimiento y elegir el producto, a elegirlo por medio de una imagen. 
¿Qué se debe tener en cuenta para ejercer el derecho al retracto? 
El consumidor cuenta con cinco (5) días hábiles desde que recibe el producto o desde la celebración del contrato. 
Lo único que debe hacer el consumidor es comunicarse con el vendedor y expresarle su voluntad de retractarse de la compra. 
Por su parte, el proveedor deberá reintegrar el dinero pagado en su totalidad, sin que se efectúen descuentos o retenciones por concepto alguno. 
La devolución del dinero al consumidor no podrá exceder los 30 días calendario desde el momento en que se ejerció el derecho. 
Si existe incumplimiento en la devolución del dinero o el empresario se niega a reconocerle al consumidor el derecho de retracto, la Superintendencia de Industria y Comercio –SIC–, previa investigación, podrá imponer multas de hasta 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes –smmlv–. 
¿Para cuáles relaciones de consumo no aplica? 

Este derecho no aplica en todas las relaciones de consumo. Algunas excepciones son: compra de bienes transados en la bolsa de valores, productos perecederos, bienes de uso personal e íntimo, bienes hechos a la medida, apuestas y loterías, entre otros. 
¿No quedó satisfecho con la respuesta del proveedor? 

Si la respuesta entregada por el proveedor fue contraria a las pretensiones del consumidor, o este último ni siquiera obtuvo respuesta alguna, se puede presentar una denuncia ante la Superindustria, la cual puede ser verbal, escrita o a través de medios electrónicos. La idea de hacer una denuncia es buscar la protección del derecho de los consumidores y salvaguardar el interés general, no solo el particular. 

Finalmente, si la respuesta entregada por la empresa no corresponde a lo esperado y la persona aspira la reparación del bien, cambio del mismo o la devolución del dinero, el consumidor puede presentar una demanda ante la Superindustria, entidad que podrá ordenar la reparación de los perjuicios causados al consumidor.


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Cuánto tiempo es la maternidad en Colombia?

Durante este tiempo la mujer podrá seguir devengando el mismo salario que tenía antes del parto. 


El Senado amplió la licencia de maternidad de 14 a 18 semanas.

En Colombia, el permiso remunerado o licencia de maternidad hasta inicios de 2017 era de 14 semanas. Pero gracias a la Ley 1822 del 4 de enero de 2017 se extendió a 18 semanas. Ese es el tiempo que rige actualmente

Es decir que la madre podrá gozar de 4 meses y medio de permiso. La idea de este periodo es promover la lactancia materna de forma exclusiva durante los primeros meses, ya que esto ayuda a la salud del bebé y a la economía familiar.

Del total de 18 semanas que tiene la mujer de licencia maternidad, al menos una semana es obligatorio que se haga antes de la fecha estimada de parto. Este tiempo puede extenderse a dos semanas, según lo estime tu médico.Quiere decir que, si se toma una semana antes, tendrá 17 restantes. Si tomas dos semanas preparto, tendrás aun 16 restantes.

Sobre la remuneración durante este tiempo, la ley es clara en afirmar que la mujer seguirá devengando lo mismo de su trabajo. 

"Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de dieciocho (18) semanas en la época de parto, remunerada con el salario que devengue al momento de iniciar su licencia (…) Si se tratare de un salario que no sea fijo como en el caso del trabajo a destajo o por tarea, se tomará en cuenta el salario promedio devengado por la trabajadora en el último año de servicio, o en todo el tiempo si fuere menor", dice la norma. 

El aumento en el tiempo de licencia de maternidad creo en Colombia un efecto de discriminación hacia la mujer por estar en edad reproductiva, pues no se le contrata por la posibilidad de que quede embarazada. 

Para revertir esta situación, el Congreso discutirá un proyecto que crea la licencia parental compartida.

La propuesta, de los congresistas Juanita Goebertus y José Daniel López, busca que el periodo de licencia para cuidar al bebé se pueda dividir entre el padre y la madre del menor, con el fin de que los hombres respondan por la crianza de sus hijos, pero también para eliminar que en los procesos de selección de personal se tenga como criterio si la mujer está en edad reproductiva o no.



https://www.eltiempo.com/politica/congreso/licencia-de-maternidad-en-colombia-cuantos-dias-tengo-de-permiso-397176