miércoles, mayo 04, 2022

Liquidación laboral final: mitos y verdades

 


Cuando finaliza un contrato, los trabajadores tienen derecho a la liquidación laboral por los conceptos adeudados y prestaciones sociales. Este pago suele estar rodeado de mitos que pueden causar confusiones y problemas.

En este artículo aclararemos los mitos más repetidos.

Los contratos de trabajo son convenios regidos por el derecho laboral, los cuales otorgan a los trabajadores una serie de derechos y prestaciones sociales, debido a que se encuentran ante una relación de subordinación respecto de sus empleadores.

Cuando los contratos finalizan, nace el derecho al pago de una liquidación final. A continuación, aclararemos algunos mitos relacionados con este pago.
La liquidación laboral es igual que la indemnización

Falso. La indemnización es un pago que debe reconocerle el empleador al trabajador cuando el contrato finalizó sin una justa causa. Es distinta a la liquidación final, que se trata del pago de los derechos laborales pendientes.

Por ende, la indemnización no puede entenderse como sinónimo de liquidación, pues esta última se trata de un pago que se le debe realizar al trabajador cuando su contrato de trabajo finaliza, sin importar la forma en la que terminó el contrato laboral (a diferencia de la indemnización, que solo se causa cuando se da un despido injustificado). La liquidación está integrada por los siguientes elementos:Salario: el valor del salario adeudado al trabajador al momento de la terminación del contrato.
Prima de servicios: dentro de la liquidación se deben cancelar las primas proporcionales que no han sido pagadas.
Cesantías: la regla general es que las cesantías se deben consignar en un fondo. Cuando se termina el contrato y hay cesantías que no se alcanzaron a consignar, se entregan directamente dentro de la liquidación.
Intereses de cesantías: es un interés entregado al trabajador por sus cesantías.
Vacaciones: al terminarse el contrato de trabajo el empleador debe reconocer dentro de lo pagado en la liquidación el valor de las vacaciones que el trabajador no alcanzó a disfrutar o compensar.

Recordemos que la indemnización por despido injustificado puede pagarse junto con el dinero de las prestaciones sociales debidas, teniendo claro que en muchas ocasiones, pese a que se produce un despido injusto, el empleador no paga la indemnización correspondiente, situación que obliga al trabajador a acudir a un proceso judicial ordinario con el fin de que un juez mediante una sentencia le ordene al empleador pagar tal indemnización.
La liquidación laboral no se reconoce en los contratos por duración de la obra o labor

Falso. Como se explicó con anterioridad, la liquidación se reconoce en todos los contratos de trabajo, incluido el contrato por duración de la obra o labor.

Este mito surge debido a que equivocadamente muchos empleadores confunden el contrato por duración de la obra o labor con el contrato de prestación de servicios.

Recordemos que el contrato por duración de la obra o labor se trata de una relación laboral en la que el tiempo de duración está condicionado al cumplimiento de una tarea o una labor.

En este tipo de convenios el trabajador posee la garantía del reconocimiento de todos los derechos laborales, como prestaciones, vacaciones y salarios.
Cuando se termina el contrato por renuncia o por justa causa no se tiene derecho a la liquidación

Falso. La liquidación es un derecho que tienen todos los trabajadores independientemente de la forma en la que terminó su contrato, pues, como se explicó, está compuesta de las prestaciones sociales, salarios y vacaciones causadas y debidas al trabajador.

Por lo anterior, en nada influye en el pago de la liquidación el hecho de que la terminación del contrato se diera con justa causa o por renuncia voluntaria del trabajador.

La liquidación laboral se paga según la antigüedad del trabajador

Falso. La liquidación laboral es el valor de las primas, cesantías y sus intereses, vacaciones y salarios que a la fecha de la terminación se le debían al trabajador. No tiene relación con la antigüedad.

De manera equivocada, algunos trabajadores esperan que, por llevar varios años laborando, el empleador les pague a la finalización del contrato una gran suma de dinero por antigüedad, cuando en realidad lo único que recibirán será el pago de las prestaciones y vacaciones debidas.

Para entender mejor esto, imaginemos que se finaliza el contrato de trabajo en marzo. En ese momento el empleador deberá cancelar solo las prestaciones sociales y vacaciones que a marzo se deban, correspondientes al proporcional de la prima, las cesantías y sus intereses y el tiempo de vacaciones causado sin disfrute o compensación a esa fecha.

La antigüedad solo es tenida en cuenta para el cálculo de la indemnización cuando se trate de un despido injustificado en un contrato laboral a término indefinido; en los demás casos no tendrá ninguna injerencia.
La liquidación debe pagarse de forma inmediata

Verdadero. Conforme a lo establecido en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–, la liquidación final de prestaciones sociales debe pagarse al momento de la finalización del contrato de trabajo.

En caso de existir mora en dicho pago, se generará a favor del trabajador una sanción correspondiente a (1) día de salario por cada día de retraso; y a partir del mes 25, en salarios mayores a un (1) salario mínimo se causará un interés de mora.

Es de anotar que la Corte Suprema de Justicia ha dicho, en múltiples sentencias, que la sanción moratoria no es automática y solo se puede exigir cuando se demuestra que el empleador actuó con la intención de perjudicar al trabajador, con negligencia o mala fe.

Si el empleador se demora algunos días en pagar la liquidación por temas de cierre de nómina y demás, no se causará la sanción moratoria. Esta se dará solo cuando deliberada, negligente, omisiva o maliciosamente el empleador tarda en pagar la liquidación.

Por todo lo anterior, es importante tener claro que la liquidación (compuesta de las prestaciones sociales, salarios y vacaciones) no es sinónimo de indemnización.

La liquidación se reconoce en todos los contratos de trabajo, incluido el contrato por duración de la obra o labor, sin importar la razón de la terminación del contrato. No guarda relación con la antigüedad del trabajador y debe pagarse los más pronto posible para evitar la acusación de la sanción moratoria.

La seguridad y salud en el trabajo debe sembrarse en el campo colombiano: OIT

 


El agro está entre los sectores más peligrosos para las y los trabajadores por sus altos índices de accidentalidad y enfermedades laborales. En Colombia se tiene reporte de al menos 50 mil accidentes que sumados a la informalidad laboral, prevalente en el campo, aumentan el riesgo.

Según cifras del DANE, para febrero de 2022 había en Colombia 3 128 000 personas ocupadas en labores de agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca. Esta cifra es representativa teniendo en cuenta que el 20,6 % de la fuerza de trabajo en el país es rural, lo que hace del campo un escenario clave para el desarrollo económico. Sin embargo, la naturaleza inherentemente peligrosa e insegura del trabajo agrícola genera una alta exposición a riesgos laborales y lesiones relacionadas con el trabajo.

Sólo para 2021, la Federación de Aseguradores Colombianos, Fasecolda, reportó 59.310 accidentes de trabajo en el sector de la agricultura, ganadería, caza y silvicultura, 70 enfermedades laborales y 35 muertes, esto solamente para los trabajadores agrícolas formales, afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales, una cifra que se cree es mucho mayor teniendo en cuenta que de 85,3 % se estima fue la tasa de informalidad en la ruralidad para el año 2019.

Según investigaciones de la Organización Internacional del Trabajo, dentro de los riesgos a los que se ven expuestos los agricultores colombianos diariamente, se encuentra la exposición a maquinaria y herramientas inadecuadas y en mal estado, productos químicos, enfermedades contagiosas, la exposición a condiciones ambientales desfavorables o extremas, las infecciones por exposición a parásitos, animales y picaduras de insectos, son algunos de ellos, además del acceso deficiente a agua limpia y saneamiento puesto que el 37,3 % de los productores obtienen el agua para sus actividades de los ríos, quebradas, caños o manantiales según cifras del Tercer Censo Nacional Agropecuario.

Además, es un escenario donde convergen actores de todas las edades, incluidos los trabajadores jóvenes quienes, según la OIT, registran índices de lesiones profesionales superiores a los de los trabajadores adultos.

En este contexto, es vital implementar acciones que mejoren su calidad de vida y la de sus familias, por lo que hablar de Seguridad y Salud en el Trabajo es indispensable para contribuir en la construcción de un trabajo decente y evitar que este tipo de situaciones afecten económica, física y emocionalmente a los agricultores colombianos.

En el marco del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, cuyo tema central este año es potenciar el diálogo social hacia una cultura de seguridad y salud positiva, es necesario que todos los actores involucrados actúen conjuntamente para encontrar soluciones adecuadas, eficaces y sostenibles. Esta cultura, requiere de la participación activa del gobierno, los empleadores y los trabajadores en iniciativas destinadas a asegurar un medio ambiente de trabajo seguro y saludable, mediante un sistema de derechos, responsabilidades y deberes bien definidos, y en la que se conceda la máxima prioridad al principio de prevención.

Por ello, la Organización Internacional del Trabajo – OIT, el Ministerio del Trabajo, la Unión Europea, representantes de los empleadores y de los trabajadores y entidades territoriales, se encuentran aunando esfuerzos que permitan fortalecer las capacidades en Seguridad y Salud en el Trabajo de los agricultores y agricultoras de diferentes lugares del país y de diversos sectores productivos, con el fin de brindar los conocimientos y herramientas requeridas para generar una cultura de prevención en sus espacios de trabajo. Una apuesta que vincula especialmente a las mujeres rurales quienes representan el 48% de la fuerza de trabajo en el sector agrícola colombiano.

El sector caficultor: comprometido en generar entornos seguros de trabajo.

El café es el producto de mayor exportación del agro colombiano, el país es el tercer productor y exportador de café del mundo. Según el Ministerio de Agricultura, esta cadena genera alrededor de 2,5 millones de empleos entre directos e indirectos, razón por la que es necesario emplear medidas que involucren a todos los actores que son partícipes en esta cadena de suministro para generar entornos seguros de trabajo.

Frente a este contexto, el sector café ha sido un escenario clave en la implementación de diferentes estrategias para la promoción del trabajo decente. Desde 2017 se adelantan diferentes iniciativas en alianza con la Federación Nacional de Cafeteros (FNC), el Ministerio del Trabajo, la Comisión Europea y la OIT para capacitar a los caficultores en departamentos como el Huila, Quindío, Caldas, Risaralda, Antioquia, Magdalena, Nariño y Valle del Cauca sobre cómo fomentar entornos de trabajo seguros y saludables.

Así mismo, la OIT junto al SENA, la Unión Europea y la Federación Nacional de Cafeteros, están adelantando un programa inédito en el país de Certificación de Competencias Laborales, encaminado a cualificar por primera vez a los recolectores cafeteros. Teniendo en cuenta que el 95% de los trabajadores son pequeños agricultores, este proceso permitirá promover temas clave, como lo son la Seguridad y Salud en el trabajo y los derechos fundamentales, con el fin de alentar el mejoramiento de las condiciones de trabajo.

Hoy, en el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, la OIT reitera el papel del diálogo social como el ingrediente fundamental para que los sistemas nacionales de SST sean sólidos y para que las medidas de prevención sean eficaces en el lugar de trabajo. Así mismo, la participación de los interlocutores sociales en la construcción de una cultura de prevención en materia de seguridad y salud es esencial para la definición de políticas, prioridades y planes de acción nacionales, así como en la formulación de leyes y reglamentos.

Afrontar conjuntamente los desafíos y limitantes de la Seguridad y Salud en el Trabajo en la ruralidad a través del diálogo social entre actores nacionales y territoriales, permitirá contribuir a que los agricultores y productores del país puedan desarrollar sus actividades en entornos seguros, saludables y sostenibles en beneficio de cada uno de los trabajadores y de sus familias.