La Ley 2155 de 2021 modificó el artículo 616-1 del ET para introducir a la normativa fiscal la alusión al sistema de facturación electrónica en conjunto, dejando de hacer referencia solo a la facturación electrónica, sino también a otros documentos.
Conoce en qué consiste este sistema.
Mediante el artículo 13 de la Ley 2155 de 2021 se modificó el artículo 616-1 del Estatuto Tributario –ET–, con el fin de hacer referencia al sistema de facturación electrónica, el cual incluye, además de la facturación electrónica, los documentos electrónicos con fines fiscales, que sirven como soporte de costos, deducciones, ingresos, pasivos o impuestos descontables, los servicios que utilicen como insumos los documentos electrónicos o la información que proporcionan estos, tal como es el caso del registro de facturas electrónicas de venta como título valor –Radian–, devoluciones y declaraciones sugeridas de impuestos.
“Dicho sistema fue creado por la Dian con el objetivo de desmaterializar los documentos que sirven como soporte fiscal, además de brindar una mejor interacción de la misma con los contribuyentes”
El sistema de facturación electrónica nació con la expedición de la Resolución 000042 de 2020. Sin embargo, no fue sino hasta la Ley 2155 de 2021 que dicho término fue incluido en el Estatuto Tributario. Dicho sistema fue creado por la Dian con el objetivo de desmaterializar los documentos que sirven como soporte fiscal, además de brindar una mejor interacción de la misma con los contribuyentes, responsables y demás personas y entidades que requieran cumplir obligaciones ante esta entidad.
¿Cuáles documentos y servicios conforman el sistema de facturación electrónica?
De acuerdo con el artículo 616-1 del ET, entre los documentos que hacen actualmente parte del sistema de facturación electrónica encontramos:Factura electrónica de venta.
Reporte para validación de facturas de talonario o de papel expedidas por inconvenientes de tipo tecnológico del facturador.
Documento soporte de pago de nómina electrónica.
documento soporte de adquisiciones con no obligados a expedir factura o documento equivalente.
No obstante, además de los documentos anteriormente señalados, serían integrados al sistema de facturación electrónica los siguientes:Documentos equivalentes a la factura de venta (documento equivalente electrónico).
Documento soporte de importación.
Cabe señalar que los anteriores documentos que integran el sistema de facturación tienen formas de operación tecnológica similar al de factura electrónica. Por tanto, para acceder a los mismos, se deberá cumplir con el proceso de habilitación en el sistema en mención alojado en la página web de la Dian.
Ahora bien, respecto a los servicios que hacen parte del sistema de facturación electrónica, se encuentran:La plataforma Radian, mediante la cual se realiza el registro de las facturas electrónicas de venta como título valor.
Servicio de devoluciones.
Declaraciones sugeridas.
Beneficios del sistema de facturación
Entre los beneficios que ofrece el sistema de facturación se destacan los siguientes:Ahorro en el procesamiento y gestión documental.
Poder usar los documentos electrónicos validados por la Dian como costos, deducciones, impuestos descontables, activos, pasivos en las distintas declaraciones tributarias para pagar lo justo.
Desmaterializar comprobantes fiscales para facilitar la consulta y trazabilidad.
Acceder a mejores servicios como devoluciones automáticas y declaraciones tributarias sugeridas.
Mantener actualizada la información contable y tributaria sobre costos, deducciones e impuestos descontables.
Registro de facturas electrónicas de venta como título valor en el Radian, lo cual genera confianza para los tenedores de estos títulos y para los inversionistas sobre la trazabilidad del documento, facilitando la generación de liquidez de forma inmediata.