miércoles, octubre 13, 2021

Proyecto de reforma tributaria: críticas a las propuestas sobre personas jurídicas y naturales

 


Para analistas del CEDE, la tarifa de renta del 35 % para empresas es un retroceso que nos aleja de los países de la OCDE.

El país deberá revisar su alta renta corporativa y confrontar los problemas de diseño en el ICA.

Se considera negativo validar la protección a pensionados con capacidad de aportar.

En la Nota Macroeconómica n.º 31, La nueva propuesta de reforma tributaria: elementos para el debate parlamentario, el Centro de Estudios sobre Desarrollo Económico –CEDE– de la Universidad de los Andes afirma que el proyecto de ley de reforma tributaria es políticamente viable y tiene la virtud de generar nuevos ingresos muy necesarios, al tiempo que ajusta la regla fiscal para ayudar a recuperar la golpeada credibilidad fiscal del país.

Sin embargo, no avanza hacia la estructura fiscal deseable, perpetuando algunas inequidades y agravando otras. Advierte la entidad:

Algunos de esos avances tendrán que quedar para una reforma temprana en el próximo gobierno y otros deberían incorporarse durante el trámite por el Congreso.
Propuestas enfocadas en las personas jurídicas

De acuerdo con la entidad, los principales elementos de la propuesta de generación de ingresos, si bien se presentan como cambios permanentes en el estatuto tributario, lucen insostenibles:
Una tarifa de renta del 35 % para las empresas es un retroceso que nos aleja aún más de nuestros pares de la región y de la OCDE. Colombia pasaría a ser el país con las tasas más altas, lo que dificulta atraer inversión y lograr que las empresas nacionales compitan con otras a nivel mundial.
“las dos fuentes principales de recursos de la reforma están destinadas a reexaminarse”

Limitar el descuento del ICA al 50 % es un punto medio que, por un lado, recupera algo de recaudo frente al actual descuento completo; por el otro, amortigua en algo el golpe de la reforma sobre la tributación total de las empresas (renta más ICA pleno). «Lo anterior no resuelve ni el mal diseño del ICA ni la descoordinación entre niveles de gobierno que se produce cuando un impuesto local como el ICA se puede descontar del impuesto de renta nacional», analiza la universidad.
Se espera que en algunos meses o años el país revise su altísima renta corporativa y deba confrontar, de fondo, los problemas de diseño en el ICA. Así, las dos fuentes principales de recursos de la reforma están destinadas a reexaminarse. «Este parece ser el camino factible en la actualidad, pero no es el ideal de largo plazo y más pronto que tarde requerirá ajustes en la dirección ideal», advierte la entidad.
Lupa sobre las personas naturales

Muchos de los impuestos sobre personas naturales de la reforma retirada en el primer semestre del año resultaron inviables. Aunque afectaban a sectores relativamente privilegiados en el contexto nacional, tanto las enormes dificultades económicas por la pandemia como el desprestigio de la cultura tributaria en el país mostraron que no es el momento oportuno para aumentar las cargas sobre el 30 % o incluso el 20 % de los hogares más ricos del país.

Sin embargo, la entidad no encuentra justificable renunciar a incrementar la carga sobre el 5 % o el 1 % de los hogares más ricos. De hecho, este parece ser el primer paso necesario para construir un sistema más justo con la legitimidad que luego permita demandar un apoyo de los demás en proporción a sus posibilidades.

En Colombia, los que más tienen conforman una clase de altísimos ingresos muy delgada. La primera versión de la reforma proponía un impuesto a los altos patrimonios de las personas naturales, modificaba tasas y apretaba tuercas a los descuentos tributarios que facilitan reducciones tributarias de aquellos con más ingresos.

Ese espíritu puede y debe recuperarse en esta reforma, con algunos ajustes para solucionar huecos que persistían en esa propuesta inicial.

También sería necesario repasar los cambios a dividendos a la luz de la más elevada tasa empresarial y la consecuente exacerbada preocupación de la doble tributación para accionistas de empresas.

De otro lado, se encuentran unos pocos pensionados con pensiones muy elevadas y con frecuencia altamente subsidiadas por los contribuyentes respecto del ahorro real pensional logrado mientras trabajaban. Al respecto, esto dice la universidad:

Consideramos muy negativo el mensaje de validar la protección a pensionados con capacidad sobrada de aportar, continuando la mala práctica de no considerar sus ingresos como sujetos de tributo en las mismas condiciones de los ingresos de las demás personas.


Proponen que productos farmacéuticos dejen de estar exentos del IVA

 Proposición radicada para reforma tributaria busca que se eliminen de categoría de exentos. Productores nacionales dicen que quedarían en desventaja.



Hace año y medio, cuando se aprobó en el Congreso la Ley 2010 de 2019, o la reforma tributaria también conocida como ‘Ley de Crecimiento’, la industria farmacéutica nacional celebró la decisión que modificó el tratamiento del IVA que tenían los medicamentos, pues pasaron del régimen de excluidos, en el que habían estado desde 1991, al de exentos.

Este cambio, en palabras prácticas, lo que permitió fue que los productores nacionales pudieran solicitar la devolución de los IVA pagados durante el proceso de fabricación de los productos, algo que las compañías importadoras de medicamentos no tenían que asumir y que, según se argumentó con la aprobación del proyecto, permitió “nivelar la cancha” entre nacionales y productores extranjeros.

Sin embargo, una proposición radicada por el senador de Cambio Radical, Édgar Díaz Contreras, para el nuevo proyecto de reforma tributaria o ‘ley de inversión social,’ generó preocupación entre la industria nacional.

Con esta se busca que se eliminen de la categoría de exentos, en el artículo 477 del Estatuto Tributario, productos como provitaminas y vitaminas, antibióticos, medicamentos y otros relacionados como “glándulas y demás órganos para usos opoterápicos” y “sangre humana, sangre animal para usos terapéuticos, profilácticos o de diagnóstico”.

Dentro de la justificación para esta propuesta el parlamentario asegura que, “inicialmente, la adición a este régimen se hizo con la finalidad de que la industria farmacéutica bajara así los precios de los medicamentos, pero esto no ha ocurrido, al contrario sobrecostos y altos costos surgieron de la pandemia”.

Esta propuesta no sentó bien a la industria nacional. “Cambiar el régimen de exención de los medicamentos es algo muy inconveniente en este momento, porque genera una inequidad entre los medicamentos importados y los producidos en el país.

"Esa inequidad ya se había zanjado con la ley 2010 de 2019, reversar eso en un momento como estos, en que la pandemia ha demostrado la importancia del suministro y el abastecimiento de medicamentos para los hogares colombianos, es supremamente inconveniente”, dijo José Luis Méndez, presidente de la Asociación de Industrias Farmacéuticas en Colombia (Asinfar).

Según Méndez, esto terminaría afectando además los bolsillos de los hogares, que en esta coyuntura destinan mayores recursos a medicamentos y vitaminas.

Por el lado de la Cámara de la Industria Farmacéutica de la Andi, su directora, Ana María Vesga, aseguró que “cuando la tributaria nos pasó de excluidos a exentos fue un logro para la industria de producción local, porque en el proceso de fabricación de un medicamento no es solo la producción de la mezcla de materias primas, sino que asocia una serie de costos que tienen IVA, y cuando se está excluido simplemente no se puede retornar”.

Para la ejecutiva, “había una clara asimetría en el régimen anterior”, pues el importador no tiene ninguno de esos costos y eso se traduce en una ventaja competitiva para ellos.

“Si volvemos al universo de los excluidos, esa opción de descontar el IVA de la cadena de producción no existe, lo que sería un mayor costo y eso puede eventualmente traducirse en incrementos de precios y a una pérdida de competitividad e incluso a que no haya incentivos para producir ciertos medicamentos”, dijo.

Se estima que en ventas, las compañías importadoras cuentan con el 65 % del mercado, mientras que las situadas en Colombia representan el 35 %, mientras que por el lado de la distribución la industria nacional ofrece casi el 70 % de las unidades, mientras que las importadoras tan solo aportan el 30 %.




Según expertos, esto afectaría los bolsillos de los hogares, que en la coyuntura del coronavirus destinan mayores recursos a medicamentos y vitaminas.

IMPACTO NACIONAL

Justamente este tema ha generado varios estudios desde centros de investigación y desde la academia. Jorge Iván Bula, profesor titular de la Facultad de Ciencias Económicas de la U. Nacional y director del Centro de Investigaciones para el Desarrollo (CID), lideró el estudio Análisis de los elementos económicos y tributarios de la industria farmacéutica y su impacto sobre la competitividad frente a países de la región.

Según el académico, “lo que se hizo en 2019, al cambiar la condición de excluidos a exentos, tiene una ventaja importante y es que al final el precio al consumidor final llega a menores precios y en consecuencia tiene un efecto importante para el mercado de estos productos”.

Para Bula, la propuesta que se está intentando introducir en la reforma desde el Congreso no solo impactaría el precio final, sino también a la industria frente a sus competidores foráneos, pues el productor extranjero está exento del respectivo IVA en su territorio e ingresa a nuestro mercado con preferencias tributarias como un cero arancel, producto de acuerdos de libre comercio.

“Lo que mostramos en nuestro estudio es que la competitividad en el sector nacional se vería afectada, pues esta ley igualó el terreno de juego y puso en igualdad de condiciones a los productos producidos en el mercado nacional y a los extranjeros. Si se tiene en cuenta la tasa de cambio, los productos importados ingresarían a costos muy altos, o incluso los mismos insumos. Así el producto final no pague IVA, esto tendría impactos importantes sobre el sector salud”, aseguró Bula.

Desde Fedesarrollo, por otro lado, se elaboró justamente el año pasado un estudio que analiza el impacto del tránsito de los productos farmacéuticos de excluidos a exentos que se logró.

El documento asegura que la medida adoptada por el gobierno en la ley 2010 del 2019 “permite que los productores locales compitan en igualdad de condiciones con los importadores. Esto, teniendo en cuenta que, debido a la exclusión de los medicamentos del IVA desde 1990, las firmas colombianas estaban enfrentando un costo adicional frente a los importadores de medicamentos de aproximadamente 6,7 %”.

UN MERCADO CRECIENTE

Cifras de la Cámara Farmacéutica de la Andi señalan que el sector aporta al país aproximadamente 0,67 % del PIB. La producción, enfocada en gran proporción a satisfacer la demanda interna de medicamentos, ronda los $7,2 billones y el sector genera cerca de 50.000 empleos.

Las estimaciones sobre las cifras que mueve este mercadoson de $18 billones para 2021 en el país, con una proyección de crecimiento a $23 billones para el año 2024.

Cerca del 17 % de las ventas de medicamentos en Colombia corresponden a fármacos de venta libre (OTC), mientras que el 83 % corresponde a medicamentos con receta o RX.

Ley obliga a Fondos de pensiones a invertir en proyectos productivos

 Deberán entregar el 3 % de los recursos que manejan, alrededor de $10 billones.



El saldo del ahorro pensional de las cuatro administradoras del sistema, Porvenir, Protección, Colfondos y Protección, llega a $325 billones,

Ya es Ley, la 2112 de 2021. De ahora en adelante, el 3 % de los recursos de los Fondos de Pensiones Obligatorias del régimen de Ahorro Individual tendrán que ser invertidos en empresas o proyectos productivos nacionales, una propuesta que las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías de Colombia (AFP) consideran que sienta un mal precedente frente a otros intentos de afectar el ahorro pensional.

En su momento, el representante a la Cámara Óscar Darío Pérez le dijo a Portafolio que parte de esos recursos que administran las AFP de sus afiliados podrían ser invertidos, “vigilando el riesgo y responsablemente en las mipymes para que tengan opciones diferentes al financiamiento financiero. No es abrir la puerta a lo que pasa en Chile o Perú, donde la gente está sacando parte de su ahorro pensional por la crisis”.

Y es que el monto de los recursos son cuantiosos pues de acuerdo con Asofondos, el saldo del ahorro pensional de las cuatro administradoras del sistema, Porvenir, Protección, Colfondos y Protección, llega a $325 billones, por lo que la cantidad con la que los emprendimientos podrían beneficiarse sería de $9,7 billones.

La Ley busca potenciar la industria de Fondos de Capital Privado y canalizar recursos hacia las empresas. El porcentaje mínimo de inversión de recursos en Fondos de Capital Privado y/o deuda privada que establece la ley deberá obtenerse en los dos años siguientes contados a partir de la entrada en vigencia.

Daniel Wills, vicepresidente Técnico Asofondos dice que la Ley “fuerza inversiones con el ahorro que es propiedad de los afiliados a los fondos de pensiones, bajo una iniciativa de carácter político, un hecho sin precedentes en el sector”.

Agregó que la iniciativa de reactivar las pymes es loable, pero esta no garantiza su aporte pleno en el logro del objetivo principal de una estrategia de inversiones en este tipo de ahorro, esto es, maximizarlo, la misión de las AFP. Se buscará que las inversiones requeridas mejoraren las condiciones de riesgo y retorno de sus cuentas individuales, dijo.