lunes, junio 05, 2023

Gobierno Nacional y OISS firman convenio para que colombianos puedan cotizar para pensión en 14 países

 


En un esfuerzo por mejorar la seguridad económica de los ciudadanos colombianos que trabajan en el exterior, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Trabajo, y la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) han firmado un convenio que permitirá a los colombianos cotizar para su pensión en 14 países.

El convenio fue firmado el pasado mes de abril y tiene como objetivo principal ampliar las oportunidades para que los trabajadores colombianos en el extranjero puedan cotizar y recibir una pensión. Los países con los que se ha firmado el convenio son: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, España, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay.

Este convenio representa una oportunidad para los colombianos que trabajan en estos países y que anteriormente no pudieron cotizar para su pensión, lo que a menudo llevaba a que no tuvieran acceso a la seguridad económica en su vejez. Ahora, gracias a este acuerdo, podrá hacerlo y contar con un futuro más seguro y estable.

La ministra de Trabajo, Marta Lucía Ramírez, destacó la importancia de este convenio en la construcción de una política de protección social para los trabajadores migrantes y señaló que «este acuerdo permitirá que millas de colombianos puedan tener acceso a una pensión y una vida digna en su vejez, incluso cuando han trabajado fuera del país».

Por su parte, el director de la OISS, Adolfo Jiménez Fernández, resaltó la importancia de este convenio en el contexto de la migración laboral en la región, y afirmó que «este acuerdo es un paso adelante en la construcción de políticas que garantizarán la protección social de los trabajadores migrantes, quienes contribuyen significativamente al desarrollo económico de los países».

En resumen, este convenio representa una medida importante para mejorar la seguridad económica de los trabajadores colombianos en el extranjero y es un paso importante en la construcción de políticas que garantizan la protección social de los trabajadores migrantes en la región.

Inflación da respiro, pero ¿sí es para celebrar?

 


El más reciente dato de inflación del DANE fue positivo. Según el ente estadístico, en abril la variación de precios fue de 12,8 %. Esto es casi medio punto porcentual menos que el registro de marzo, cuando llegó a 13,2 %.

El comportamiento mensual de la inflación sorprendió hasta a los más optimistas. En los últimos sondeos e informes, tanto el Banco de la República como los expertos se decantaron por una variación del 0,9 %. Sin embargo, el dato revelado fue de 0,78 %.

Esto abre una puerta de esperanza a que la inflación repita lo que ocurrió con los anteriores ciclos inflacionarios: que la variación de precios ceda al mismo ritmo que aceleró. Esto ocurrió en los periodos 2006-2009, 2010-2013 y en 2014-2017.

Evolución de la inflación en Colombia (%).

¿Ocurrirá lo mismo entre 2021 y 2024? Esta es una pregunta cuya respuesta no es un simple “sí” o “no”. Aquí se entra en el terreno del “depende”.

Los puntos que dan respiro.

Siguiendo con la evidencia empírica, un punto que favorece a la baja de la inflación tiene que ver con la reducción de los precios a los productores. Desde hace varios meses este índice (IPP) viene desacelerándose. Tan es así, que en los primeros cuatro meses del año el IPP se contrajo un 1,06 %.

Es por ello que es de esperar que se vean ecos de esta reducción en menores presiones a los precios a los consumidores.

En este camino se evidencia el comportamiento de la inflación de alimentos. Los datos de abril mostraron una desaceleración mensual del 0,07 %. Esta es la primera reducción de este grupo de bienes desde 2021.

Gracias a esto los alimentos registraron una inflación acumulada del 18,47 %. Así, perdió velocidad el principal propulsor de la inflación en los últimos meses. Esto es, probablemente, el primer paso para que se incremente la desaceleración de alimentos y, por esta vía, a la reducción de la inflación total.

Sumado a esto, conforme se avance en el año, los efectos base (el estar comparándose con datos de 2022 que fueron mejores que los actuales) se desvanecerán.

Esto significa que la devaluación perderá importancia en cuanto a la inflación, pues desde abril del año pasado se empezó a ver ese fenómeno. Aunque nadie niega el alto precio de la divisa, en 2023 ha tenido una relativa estabilidad sobre los $4.500, por lo que ya no tendrá tanto efecto al compararse con los $4.400 que superó en el segundo semestre del año pasado.

Lo que todavía preocupa.

Si bien el optimismo frente a las cifras es innegable, no se puede caer en la ingenuidad. Todavía quedan asuntos por resolver.

De acuerdo con la Organización Meteorológica Mundial la probabilidad de que se presente el fenómeno de El Niño entre julio y septiembre llegó a 80 %. Este aumento en la temperatura tendrá efectos sobre los alimentos, particularmente aquellos de ciclo corto (como habichuela, pimentón, lechuga, etc.). Con esto, se amortiguaría la caída de la inflación de los alimentos.

Además, según sea la intensidad de este fenómeno meteorológico, también podría verse afectado el mercado energético y sus tarifas. Un escenario similar al que se tuvo entre 2015 y 2016 que incluso amenazó con apagones.

De otro lado, se tiene el encarecimiento de los combustibles. El Gobierno se embarcó en la tarea de cerrar el déficit del Fondo de Estabilización del Precio de los Combustibles. Esto implica incrementar el precio de la gasolina (inicialmente) y del diésel (idealmente si las presiones políticas lo permiten).

Según analistas, por cada $1.000 pesos que se incremente la gasolina, se incrementa la inflación en 0,6 puntos porcentuales. Esto significa que si aún falta incrementar el galón de gasolina en más de $3.000 pesos, el efecto acumulado sobre la inflación sería cercano a los 2 puntos porcentuales.

Lo que va a pasar.

Conforme se tenga la certeza de que se dio un cambio en la tendencia de la inflación, el banco de la República empezará a relajar su política monetaria. Esto significa que hacia finales del año es muy probable que se vean recortes en la tasa de interés del Banco.

En consecuencia, 2024 será un año en donde se pondrá más énfasis en la recuperación de la dinámica de la economía que en el control inflacionario. Este último, valga decirlo, estará en “piloto automático”.

No obstante, hay que recalcar que las sombras que todavía se ven por cuenta de los combustibles y el fenómeno del niño tampoco dejan ver un gran recorte de esas tasas de interés. El ajuste podría tener una duración de más de 12 meses.

Dicho esto, hay que recordar que una desaceleración de la inflación no significa una reducción de precios. Lo que ocurre es que estos seguirán aumentando, pero a un ritmo menos marcado que lo que se vivió en el último año.

Intereses a las cesantías: ¿qué debes tener en cuenta para su liquidación y pago?

 


Aquí hablaremos sobre...

Fórmula de liquidación de los intereses a las cesantías.
Trabajadores que tienen derecho al pago de los intereses a las cesantías.
Sanción por no pagar los intereses a las cesantías.

El próximo 31 de enero es la fecha límite para que los empleadores les cancelen directamente a los trabajadores el valor de los intereses a las cesantías.

A continuación, realizamos un estudio de las pautas para tener en cuenta frente a la liquidación y pago de este concepto.

La llegada de un nuevo año trae en su primer trimestre una serie de beneficios para los trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo, entre los cuales se encuentra el pago de los intereses a las cesantías.

Este concepto se encuentra regulado mediante el artículo 1 de la Ley 52 de 1975 y el Decreto Reglamentario 116 de 1976. Por medio de estas normas se establece que deberán pagarse intereses sobre las cesantías, los cuales equivalen al 12 % anual sobre los saldos que tenga el trabajador a su favor por concepto de cesantías. Este pago debe realizarse a más tardar el 31 enero del siguiente año o en la fecha de retiro del trabajador en caso de que esto último ocurra primero.

En la siguiente infografía sintetizamos los puntos para tener en cuenta sobre los intereses a las cesantías:


Fórmula de liquidación de los intereses a las cesantías.

La fórmula de liquidación de los intereses a las cesantías es la siguiente:

Valor de las cesantías × días trabajados × 12 %/360.

Como puede observarse, el cálculo para determinar el valor de este concepto debe establecerse con base en el monto de las cesantías que deben ser liquidadas del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año o de manera proporcional si el trabajador no laboró el año completo. De esta manera, este enero de 2022 deben pagarse los intereses por las cesantías causadas al 31 de diciembre de 2021.

Ejemplo.

Supongamos que un trabajador laboró nueve (9) meses del año 2021 en la compañía XYZ, devengando un salario básico de $1.500.000 mensuales más el auxilio de transporte ($106.454). Aplicando la fórmula se obtendría:

$1.204.841 × 270 × 12 %/360 = $108.436.

Tenemos entonces que a este trabajador le corresponde un total de $108.436 por concepto de intereses a las cesantías.

Liquida los intereses a las cesantías de 2021 con nuestro Modelo en Excel para el cálculo de los intereses a las cesantías.

En el siguiente video, la conferencista Liliana Delgado Mena explica cómo deben liquidarse los intereses a las cesantías:

Consulta nuestro Liquidador de cesantías e intereses de cesantías para liquidar los intereses que se causen en el actual año gravable 2022.

Trabajadores que tienen derecho al pago de los intereses a las cesantías.

Los intereses a las cesantías deben pagarse a los trabajadores dependientes, esto es, aquellos vinculados mediante contrato de trabajo, lo cual incluye a los trabajadores del servicio doméstico, independientemente del tiempo de prestación del servicio.

Existe, no obstante, una excepción frente a la liquidación de esta prestación en la fecha señalada, y es para los trabajadores que, aunque sean dependientes, devengan salario integral. Esto debido a que en el factor prestacional de este tipo de salario se encuentra incluido de manera mensual el pago de los intereses de conformidad con lo previsto en el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–.

Sanción por no pagar los intereses a las cesantías.

Se establece en el numeral 3 del mencionado artículo 1 de la Ley 52 de 1975 que, en caso de que el empleador no pague al trabajador los intereses a las cesantías (sin perjuicio de las retenciones autorizadas por la ley o que convengan las partes), deberá pagarle al empleado como indemnización, y por una sola vez, un monto igual al de los intereses (artículo 5 del Decreto 116 de 1976).


LAS 6 RAZONES POR LAS QUE SE DESACELERA EL CRÉDITO EN MONEDA LOCAL EN COLOMBIA

 


La desaceleración del total de la cartera de crédito se acentuó durante el primer trimestre de 2023 en Colombia. A su vez, la tendencia creciente con las que venían las tasas de interés de los depósitos y de algunas modalidades de préstamos se detuvo.

Algunas de las razones que explican este fenómeno, de acuerdo al Banco La República:

Tasas de interés de crédito altas, aunque con menores expectativas de ajustes significativos.
Condiciones financieras externas más apretadas.
Primas de riesgo país en niveles elevados.
Incrementos en la mora de la cartera.
Mayores exigencias para otorgar crédito por parte de las entidades financieras en Colombia.
Incremento de deuda y carga financiera de agentes.
El crédito en Colombia por sectores.

En marzo, el crecimiento anual de la cartera total de créditos en moneda nacional fue del 13,4% (2,2% real), menor en 3,4 puntos frente a lo registrado en diciembre. Este comportamiento estuvo liderado por la cartera de consumo, que entre diciembre y marzo registró una leve caída en su nivel y una desaceleración en su crecimiento anual del 19% al 12,8% (1,3% real).

Los préstamos para compra de vivienda registraron una desaceleración más lenta (de 13,9% a 12%), mientras que los préstamos comerciales se incrementaron un 14,2% anual en marzo (3,4 %, real), cifra inferior al 16,4% de diciembre.

El crédito comercial en dólares otorgado por los bancos nacionales mostró una leve recuperación, con un 4,7% de crecimiento anual en marzo, mientras que los bonos colocados en el mercado nacional se contrajeron un 5,4%. Finalmente, la modalidad de microcrédito tuvo un ligero aumento del crecimiento anual, al pasar del 14,4 % al 14,6 % (2,9 %, real) entre diciembre y marzo, respectivamente.

Ajustes en la Tasa de Política Monetaria.

En marzo se detuvo la tendencia creciente de las tasas de interés nominales y reales de los depósitos a plazo y de algunas de crédito. En el primer trimestre se redujo la magnitud de los aumentos de la tasa de interés (75 pb en enero y 25 pb marzo) y a marzo la situó en el 13%.

En el mercado monetario, las tasas de interés con plazos menores a seis meses se han ajustado al mismo nivel de la TPM, mientras que la IBR a doce meses se situó en marzo, en promedio, 60 pb por debajo. Este comportamiento sugiere expectativas de estabilidad en la TPM en los próximos meses y probables reducciones desde el último trimestre del año.

Por el lado de las captaciones bancarias, las tasas de interés de los depósitos de ahorro aumentaron y alcanzaron el 7,1 %. Por su parte, las tasas de interés de los Certificados de Depósito a Término (CDT), única fuente de crecimiento de los depósitos desde el año anterior, disminuyeron en marzo y se situaron por debajo de las observadas en diciembre de 2022.