domingo, enero 26, 2020

Colombia Mayor: ¿cuánto recibirán este año los adultos mayores que pertenecen a este programa?


Colombia Mayor cerró el 2019 con 1.675.462 adultos mayores como beneficiarios, un crecimiento del programa del 10,34 %. 

El programa aumentará para este 2020 su cobertura con ciento veinte y cinco mil (125 mil) nuevos cupos. 

Desde enero del 2019 cambiaron la forma de pago y el valor del subsidio. 

Los adultos mayores que en 801 municipios de Colombia contaban, durante el 2019, con un auxilio del programa Colombia Mayor entre $45.000 y $75.000 mensuales, recibirán ahora $80.000. 

Adicionalmente, el programa aumentará para este año su cobertura con 125 mil nuevos cupos, los cuales beneficiarán en todo el país a los adultos mayores que se encuentran desamparados y que no cuentan con una pensión, viven en la indigencia o en extrema pobreza. 
“serán 817.390 adultos mayores los que obtendrán el subsidio económico de $80.000 pesos”

De esta forma, serán 817.390 adultos mayores los que obtendrán el subsidio económico de $80.000 pesos, de los cuales 446.458 son mujeres y 370. 932 son hombres. Cabe recordar que este valor aplica desde el mes de noviembre de 2019. 

Durante el 2019, Colombia Mayor benefició a 1.675.462 adultos mayores, con lo cual se registra un crecimiento del programa del 10,34 %. 
Nivelando las cifras 

A las personas que ya recibieron el pago de noviembre con el valor anterior del subsidio, se les tuvo que haber hecho el ajuste en el pago del mes de diciembre; es decir, que si en noviembre les correspondió $45.000, para diciembre recibirían los $35.000 faltantes, más los $80.000 del mes de diciembre. 

Al respecto, la ministra del trabajo, Alicia Arango Olmos, dijo: “esta nivelación se hará por una única vez, con el ánimo de completar lo que corresponde al mes de noviembre, y ya de ahí en adelante, la cuota mensual de la ayuda será de $80.000”. 
Modificación en la forma y monto del subsidio 

Desde el primero de enero del 2019 se hizo una modificación en todo el país frente a la forma de pago y al valor del subsidio de Colombia Mayor, fecha desde la que se entrega el subsidio mensualmente y con un incremento en su valor de $5.000 para los municipios que se encontraban en un rango entre $40.000 y $70.000. 
Financiación de Colombia Mayor 

Este programa se financia con recursos del Fondo de Solidaridad Pensional, cuenta especial de la Nación, sin personería jurídica y que se encuentra adscrito al Ministerio del Trabajo. 
El dilema del programa: ¿aumentar el monto del subsidio o aumentar la cobertura? 

Desde el punto de vista de Fedesarrollo, Colombia Mayor debería modificarse en tres puntos
Universalizar la cobertura a toda la población mayor que no tiene pensión. 
Subir la edad de otorgamiento del subsidio a 65 años para los hombres y 62 para las mujeres. 
No modificar el subsidio actual hasta tener cobertura completa. Todo mecanismo de focalización tiene un alto costo social. 
Colombia Mayor, en resumen: 
Ayuda a los adultos mayores que se encuentran en situación de pobreza extrema y mendicidad. 
Este apoyo consiste en un subsidio económico que va desde los $80.000 hasta los $150.000 cada dos meses, costeado por el Fondo de Solidaridad Pensional. 
El monto fluctúa debido a los acuerdos firmados por cada municipio con el Gobierno (a mayor número de personas protegidas, menor subsidio). Los municipios pueden aumentar el monto de los subsidios a partir de recursos propios. 
Según cálculos del Ministerio de Trabajo, en el 2020 la población que es apta para entrar a este programa puede alcanzar los 2,4 millones de beneficiarios en el país. Al respecto cabe señalar que a diciembre de 2017 la cobertura alcanzaba los 1,5 millones de personas.



https://actualicese.com/colombia-mayor-cuanto-recibiran-este-ano-los-adultos-mayores-que-pertenecen-a-este-programa/?referer=email&campana=20200103&accion=click&utm_source=act_boletindiario&utm_medium=act_email&utm_campaign=act_boletincontenidos&utm_content=20200103_contribuyente&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d

Tasas de interés del Banco de la República completan 20 meses sin cambios

Según analistas, la cifra no tendría modificaciones hasta el año 2021.

Gerente general del Banco de la República, Juan José Echavarría

Durante la última reunión de 2019, la junta del Banco de la República dejó en 4,25 % las tasas de interés.

Esto quiere decir que las tasas de interés del país completan 20 meses consecutivos sin alteraciones, es decir, desde abril de 2018 el banco central las ha mantenido estable, y según analistas, la cifra no tendría modificaciones hasta el año 2021.

El gerente del Emisor, Juan José Echavarría, explicó que la reciente aprobación, por parte del Congreso de la República, de la reforma tributaria y la reducción en la intensidad de las marchas son dos elementos que reducirán la incertidumbre. 

"Lo importante para el banco es que se cumpla la regla fiscal para 2020 y 2021, por tal motivo estamos en eso. La incertidumbre baja y son buenas las noticias institucionales para el país de que se apruebe la reforma", sostuvo Echavarría, durante una rueda de prensa.

Frente a la inflación, el gerente: "Si todo marcha bien, esperamos volver a 3 % el año entrante. Los mercados son más pesimistas, esperan que volvamos a 3,4 % el año entrante. El banco bentral es más optimista".

"La junta seguirá haciendo un cuidadoso monitoreo del comportamiento de la inflación y las proyecciones de la actividad económica, así como la evolución de balanza de pagos y la situación internacional", agregó.

Señaló también que "la junta seguirá haciendo un cuidadoso monitoreo del comportamiento de la inflación y las proyecciones de la actividad económica, así como la evolución de balanza de pagos y la situación internacional".

En cuanto a la proyección del déficit de cuenta corriente para 2019, el gerente señaló que sigue siendo superior al 4 % del Producto Interno Bruto ((PIB) y continúa siendo financiado mayoritariamente por la inversión extranjera directa.



https://www.rcnradio.com/economia/tasas-de-interes-del-banco-de-la-republica-completan-20-meses-sin-cambios

Indicadores de 2020


Amplio y completo compendio de datos, indicadores, fechas y cifras que nos dejó el fin de año, los cuales se deberán tener en cuenta en el transcurso de 2020. 
UVT que regirá en el 2020 será de $35.607 

A través de la Resolución 000084 de noviembre 28 de 2019, la Dian fijó el valor de la UVT que regirá durante el año gravable 2020. Dicho valor actualiza, para el próximo año, todas las cifras expresadas en UVT aplicables en la determinación de los impuestos, sanciones, entre otros. 
Salario mínimo y auxilio de transporte 2020 serán de $877.803 y $102.854 respectivamente 

El salario mínimo para este año en Colombia será de $877.803, 6 % más al igual que en 2019. El aumento será de $49.687, según lo acordado por el gobierno nacional a través del Decreto 2360 de 2019. De igual manera, el auxilio de transporte aumentará un 6 %, llegando a $102.854. Con lo anterior, el salario mínimo 2019 con auxilio de transporte quedó en $980.657. 
Salario integral mínimo para 2020 

Habiendo sido definido el salario mínimo para el año 2020 por un monto de $877.803, incremento que equivale al 6%, se precisa que el valor mínimo para pactar un salario integral ascendió este año a $11.411.439, el cual incluye el 30 % de carga prestacional. 
Retención en la fuente en prestación de servicios tendrá una cuantía mínima de $140.000 

De acuerdo con el valor de la UVT fijado para 2020, la cuantía mínima de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta por concepto de prestación de servicios será de $140.000. A continuación, mencionamos aspectos relacionados con esta actualización normativa
Retención en la fuente en compras tendrá una cuantía mínima de $960.000 

Con la actualización del valor de la UVT, la cuantía mínima a partir de la cual se practica o no retención en la fuente a título de renta por concepto de compras (en general) quedó establecida en $960.000 para el 2020
Certifican interés bancario para créditos de consumo de bajo monto hasta septiembre de 2020 

La tasa de interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020 es del 34,18 %. El interés remuneratorio y moratorio para este tipo de créditos se establece en 51,27 %. 
Cuantía mínima de retención en la fuente para loterías, rifas, apuestas y similares en 2020 

La cuantía mínima para practicar retención en la fuente a título de renta por concepto de loterías, rifas, apuestas y similares quedó en $1.709.000 (montos superiores a 48 UVT) para el año 2020. La tarifa de retención a aplicar sigue siendo del 20 %. 
Retención en la fuente en juegos de suerte y azar tendrá una cuantía mínima de $178.000 en 2020 

La cuantía mínima para saber si un colocador independiente de juegos de suerte y azar estará sometido a retención se fijó en $178.000 (5 UVT) y la tarifa de retención a título de renta corresponde al 3 %. 
Depreciación de activos fijos inferiores a $1.780.000 

Activos denominados fiscalmente de menor cuantía serán los de costo igual o inferior a 50 UVT, equivalentes a $1.780.000 en el año 2020, por cuanto el valor de la UVT es de $35.607. 
Obligados a tener revisor fiscal en 2020 

Los señalados en el artículo 203 del Código de Comercio y las sociedades comerciales que cumplan los requisitos del parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990, deben tener revisor fiscal. Estos son los montos de activos o ingresos que generan dicha obligación
Sociedades sometidas a vigilancia por parte de la Supersociedades en el año 2020 

Las sociedades cuyos activos o ingresos totales por el año 2019 hayan sido superiores a $26.334.210.000 serán vigiladas por la Superintendencia de Sociedades en 2020. 
Aportes a pensión continúan en 16% para 2020 

A 2020, el aporte a fondo de pensiones continúa siendo 16 % del ingreso base de cotización –IBC– del trabajador independiente y dependiente. Para estos últimos, el aporte se fracciona en dos: 12 % aportado por el empleador y 4 % a cargo del trabajador. 
Término de la licencia de maternidad y paternidad para 2020 

Por medio de la Ley 1822 de 2017, se amplió el término de la licencia de maternidad de 14 a 18 semanas, cifra que se mantiene para el año 2020. La licencia de paternidad continúa en 8 días hábiles. 
Número de semanas de cotización para pensionarse se mantiene en 1.300 para 2020 

El aumento anual de 25 semanas de cotización para pensión finalizó en 2015, por tanto, hasta que no se expida una nueva norma, se mantendrá la cantidad de semanas a cotizar
Aporte a régimen contributivo de salud sigue igual para 2020 

El porcentaje del aporte continúa siendo de 12,5 % del ingreso base de cotización del trabajador independiente. Para empleadores con menos de 2 trabajadores, el aporte será de 8,5 % y 4 % adicional a cargo del trabajador, para un total de 12,5 %. 
Plazo máximo para expedir certificados de retención será hasta marzo 31 de 2020 

Los agentes de retención tendrán este plazo máximo para expedir los certificados donde consten las retenciones practicadas en el año gravable 2019
IVA bimestral y cuatrimestral durante 2020 

Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 2345 de 2019 por medio del cual se establecen los plazos para declarar y pagar el IVA en el 2020. El período gravable de este impuesto ha sido bimestral o cuatrimestral desde el año 2017. 
Personas naturales serán retenedoras en 2020 si su patrimonio o ingresos brutos superan $1.028.100.000 

Las personas naturales comerciantes que en el año anterior hubiesen poseído un patrimonio o ingresos brutos superiores a $1.028.100.000 serán agentes de retención sobre los pagos por concepto de honorarios, comisiones, arrendamientos, rendimientos financieros y compras para el año 2020. 
Sanción mínima tributaria será de $356.000 para 2020 

Conforme a lo señalado en el artículo 639 del ET y teniendo en cuenta que la UVT para 2020 quedó fijada en $35.607, el valor de la sanción mínima para efectos tributarios a pagar en 2020 será de $356.000. Este artículo también señala las situaciones en que no es aplicable la sanción mínima. 
Interés bancario en crédito de consumo será del 18,77 % en enero de 2020 

Entre el 1 y el 31 de enero de 2020 el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario será del 18,77 % efectivo anual, lo cual representa una disminución del 0,14 % con relación a la certificación anterior. 
Interés para microcréditos entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2020 

La certificación del interés bancario corriente para la modalidad de microcrédito será de 36,53 % y regirá entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2020. Acorde a la Resolución 1768 de 2019, representa una disminución de 0,03 %. 
Renta presuntiva para el año gravable 2020 será del 0,5 % 

De acuerdo con el artículo 188 del ET, modificado mediante el artículo 80 de la Ley de crecimiento económico, la tasa aplicable para el cálculo de la renta presuntiva para el año gravable 2020 será del 0,5 %. Con la nueva reforma tributaria se plantea la eliminación de esta renta para el año gravable 2021. 
Tarifa general de retención a título de IVA podrá ser hasta del 50 % para 2020 

Según el artículo 437-1 del ET, modificado por la Ley de crecimiento 2019, la tarifa de retención en la fuente por IVA (más conocida como reteiva) podrá ser hasta del 50 % del valor del IVA, de acuerdo con lo que determine el Gobierno nacional. 
Tasa de interés moratorio para efectos fiscales será de 26,16 % en enero de 2020 

La tasa de interés moratorio para efectos fiscales corresponde a la misma establecida por la Superfinanciera, menos 2 puntos porcentuales. Para enero de 2020 esta será de 26,16 %
Precio de la gasolina comenzará el 2020 estable 

Exención en pago del GMF fue limitada en 2020 a transacciones que no excedan los $12.462.000 mensuales 

Con la Ley de crecimiento económico se efectuaron algunos cambios al artículo 879 del Estatuto Tributario en lo relacionado con las exenciones al gravamen a los movimientos financieros. No varió, sin embargo, la exención para las transacciones que no superen las 350 UVT mensuales. 
Aumento para 2020 en las cuotas de administración de las propiedades horizontales 

El aumento en las cuotas de administración de una copropiedad depende de forma directa de los ingresos necesarios requeridos para la existencia, seguridad y conservación de los bienes comunes de la misma, establecidos en la Ley 675 de 2001. 
Índice de valorización predial –IVP– bajó a 3,98 % en 2019 

Con respecto al año 2018 (año que cerró en 4,65%), el índice de valoración predial –IVP– mostró por el año 2019 una variación de 3,98 %. El indicador es estimado anualmente y utilizado como insumo para determinar el reajuste de los avalúos catastrales de los predios urbanos a nivel nacional. 
Tarifa general del impuesto de renta para personas jurídicas será del 32 % para el año gravable 2020 

Según lo dispuesto en el inciso primero del artículo 240 del ET modificado por el artículo 92 de Ley 2010 del 27 de diciembre de 2019, la tarifa general del impuesto de renta de las personas jurídicas para el año gravable 2020 será del 32 %
25 % de rentas laborales estarán exentas del pago del impuesto de renta en 2020 

De acuerdo con el numeral 10 del artículo 206 del ET, el 25 % del valor de los pagos labores se encuentran exentos del impuesto sobre la renta y complementarios, el cual se efectuará una vez se detraiga del valor total los ingresos no constitutivos de renta, deducciones y demás rentas exentas. 
Nuevas tarifas del Soat fueron fijadas para 2020 

La Superfinanciera dio a conocer la Carta Circular 034 de 2019 en la que establece el nuevo tarifario para el Soat durante la vigencia 2020
Plazos para la implementación de factura electrónica para sujetos obligados 

De acuerdo con el artículo 3 de la Resolución 000020 de 2019, modificado por la Resolución 000064 de octubre 1 del mismo año, se ampliaron los plazos para la implementación de la factura electrónica para sujetos obligados. Conozca aquí los plazos para comenzar a expedir factura electrónica de venta. 
Tasa representativa del mercado al 31 de diciembre de 2019 quedó en $3.277,14 

La tasa representativa del mercado –TRM– es un indicador económico que revela la cantidad de pesos colombianos equivalentes a un dólar de los Estados Unidos. Para el 31 de diciembre de 2019 la TRM, según el reporte del Banco de la República, cerró en $3.277,14
Gramo de oro al 31 de diciembre de 2019 cerró con un precio de venta de $160.077,14 

El precio del oro es una cifra que puede variar en múltiples ocasiones durante el día. En Colombia, este valor cerró el año 2019 con una tarifa de venta de $160.077,14 por gramo
Incremento al porcentaje del avalúo catastral para el 2020 

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público –DPN– mediante el Decreto 2410 de 2019, determinó los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para el 2020
Meta de inflación para 2020 será del 3 % según Banco de la República 




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Conozca los cambios en materia tributaria que rigen para este 2020

Con estas modificaciones el Gobierno Nacional espera recaudar alrededor de 13 billones de pesos.

Este año también empezará a regir los tres días sin IVA.

A partir de este primero de enero cambiaron varias cosas en materia de impuestos por cuenta de la Reforma Tributaria aprobada por el Congreso de la República el pasado 20 de diciembre. 

Una de las modificaciones que introdujo la nueva ley es el aumento del tope para ser sujeto de retención en fuente, pues en 2019 debían aplicar a este pago las personas que, después de descontar las prestaciones sociales, tuvieran un ingreso mensual de dos millones 900 mil pesos, pero ahora aplicará para aquellos que reciban alrededor de tres millones de pesos. 

“Personas que ganan mensualmente más de 3 millones 295 mil pesos, pero eso es la suma neta después de quitar el 25% de rentas exentas y de aportes a pensiones etcétera, quiere decir que personas que ganen menos de 4 millones 100 mil pesos no están sujetos a retención en la fuente y posiblemente tampoco a pagar renta”, afirmó José Andrés Romero, director de la Dian. 

El alto funcionario señaló que este año también empezará a regir los tres días sin IVA, que aplicarán para la compra de electrodomésticos, vestuario, productos de tecnología entre otros. Actualmente, la Dian ya se encuentra trabajando en el decreto que reglamentará la medida. 

“Estos tres días sin IVA empiezan a aplicar desde julio del 2020 para garantizar que ya esté listo el tema la factura electrónica, lo que nos va a servir para poder controlar que las venta se realicen efectivamente ese día”, manifestó el jefe de la entidad. 

Además, se reducirá los aportes a salud de los pensionados, así aquellos que reciban un salario mínimo pagarán una tarifa del 8% y quienes ganen entre uno y dos salarios mínimos tendrán una tarifa del 10%, lo que le costará a las arcas de nación alrededor de 1 billón de pesos anuales. 

Por su parte, la devolución del IVA para familias de bajos ingresos empezaría a aplicar a finales del 2020, en caso de que se tengan los recursos, pues el Congreso de la República ya aprobó el presupuesto General de la Nación para el próximo año, en el que no se contemplan estos dineros. 

“Si el Gobierno Nacional encuentra la manera, podríamos empezar a hacerlo con toda claridad en el 2020. Es un acto de respeto al orden institucional que dice no podemos crear aprobaciones por fuera de la ley del presupuesto”, explicó el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla. 

En tiquetes aéreos también habrá un cobro adicional, las personas que salgan del país tendrán que pagar un impuesto de 1 dólar americano y quienes ingresen desde el extranjero deberán cancelar 15 dólares americanos. 

“Eso es un sobrecosto a los tiquetes, cuando quien compre el tiquete sea un residente en el exterior o un extranjero, deberá asumir este costo para fortalecer el sector turístico”, indicó el representante a la Cámara, Oscar Dario Pérez. 

También empezará a regir el cobro de una contraprestación por uso comercial y turístico de playas que tendrán que asumir las empresas que posean permisos, licencias o concesiones para explotarlas.

Para el 2020 se mantiene el cobro del IVA plurifásico, el impuesto al patrimonio y la sobretasa al sector financiero.


https://www.rcnradio.com/economia/conozca-los-cambios-en-materia-tributaria-que-rigen-para-este-2020