domingo, junio 19, 2022

Cómo va la reglamentación de las NIGC 1 y 2? Esto dice el CTCP

 


El CTCP indicó aspectos importantes sobre la incorporación de las Normas Internacionales de Gestión de la Calidad 1 y 2 –NIGC 1 y 2– a la normativa colombiana, así como sobre la fecha de su posible aplicación en el país.

A continuación, realizamos un recuento de estos avances.

Las firmas de auditoría y los contadores públicos independientes que brinden servicios de auditoría y revisión de información histórica, revisión de estados financieros, trabajos de aseguramiento y trabajos de servicios relacionados deben aplicar un sistema de gestión de la calidad. Este es regulado por las Normas Internacionales de Gestión de la Calidad –NIGC– 1 y 2. Estas normas reemplazarían a la Norma Internacional de Control de Calidad –NICC– 1.
¿Por qué deben implementarse las NIGC 1 y 2?

El propósito de las NIGC es que las firmas de auditoría tengan un sistema de gestión de la calidad en los servicios que brindan a sus clientes, de manera que implementen un enfoque basado en riesgos en dichos servicios.

La NIGC 1 refiere la responsabilidad de la firma de auditoría de establecer políticas o procedimientos que aborden los encargos que deben estar sujetos a revisiones de calidad del encargo.

Por su parte, la NIGC 2 trata la elegibilidad del revisor de calidad del encargo, el desempeño de este profesional y la documentación de una revisión de calidad del encargo, como se muestra en la siguiente infografía:


A pesar de que la NICC 1 brindó los lineamientos necesarios para el control de calidad, la gestión de calidad representa un enfoque diferente, mucho más amplio. Es así como las NIGC 1 y 2 corresponden a un sistema con un enfoque basado en riesgos, el cual es proactivo, de flujo continuo, repetitivo y escalable, como lo señala el Dr. Roberto Mejía, especialista en Estándares Internacionales, en el siguiente video:

¿Cómo va la reglamentación de las NIGC 1 y 2?

En el ámbito internacional se espera la aplicación de las NIGC a partir del 15 de diciembre de 2022, esto como respuesta a la publicación de IAASB sobre las nuevas normas para la gestión de la calidad de las firmas que prestan servicios de auditorías y revisiones de información financiera histórica, otros trabajos de aseguramiento y servicios relacionados. Es de aclarar que se permite su aplicación anticipada.

Para Colombia, actualmente las normas de calidad se encuentran contenidas en la NICC 1. No obstante, para la introducción correspondiente a la normativa del país se han adelantado los siguientes procesos:El CTCP emitió un proyecto de discusión pública que incorpora la NIGC 1, anteriormente NICC 1, y la NIGC 2.
El período para discusión pública de este proyecto culminó el 30 de noviembre de 2021.
El CTCP elaboró una ponencia para estudio y revisión de los miembros del Consejo. El documento final revisado fue aprobado y autorizado para ser remitido a las autoridades de regulación, en reunión plenaria del 28 de diciembre de 2021, con acta n.º 65.
El 19 de enero de 2022 se remitió a las autoridades de regulación (MinCIT y MHyCP) el documento de sustentación de la propuesta sobre interpretaciones y enmiendas emitidas por el IAASB durante los períodos 2019 a 2021.

Para finalizar, el CTCP expresa en el Concepto 0269 del 6 de mayo de 2022:

El CTCP recomienda la expedición de un Decreto reglamentario que actualice y ponga en vigencia la nueva norma de gestión de calidad (NIGC1 y NIGC2), por lo que se espera que durante el primer semestre de 2022 las autoridades de regulación emitan las actualizaciones correspondientes y que ellas sean aplicables en Colombia a partir del 1 de enero de 2024, permitiendo su aplicación anticipada.
“se está a la espera de la incorporación de esta actualización en la normativa del país por parte de las autoridades de regulación ”

De acuerdo con lo citado, se está a la espera de la incorporación de esta actualización en la normativa del país por parte de las autoridades de regulación , además se estima que estas normas sean aplicables en el país a partir del primero de enero de 2024.

Auditoría para entidades menos complejas: ¿en qué va la propuesta elaborada por el IAASB?

 


Los profesionales contables podrán participar en la elaboración de la Norma Internacional de Auditoría para entidades menos complejas hasta el 31 de enero del siguiente año (2022).

El IAASB, por su parte, continúa desarrollando una norma separada para las entidades menos complejas –LCE–.

El IAASB continúa trabajando en su propuesta de Norma Internacional de Auditoría para estados financieros de entidades menos complejas, la cual, desde el punto de vista de la entidad, constituye un hito y marca una etapa importante para la profesión contable mundial.

Desde julio de 2020, el IAASB centró sus esfuerzos en el desarrollo de una norma separada para las entidades menos complejas –LCE, por sus siglas en inglés– en un plazo acelerado.

En diciembre de 2020, se aprobó la propuesta de proyecto para la línea de trabajo y en junio de 2021 se aprobó el borrador de exposición de la propuesta de Norma Internacional de Auditoría para las auditorías de estados financieros de entidades menos complejas, que se publicó para comentarios públicos el 23 de julio de este año.
“muchos de los problemas y retos que se están experimentando no son exclusivos de las LCE y también pueden aplicarse ampliamente a otras auditorías”

Luego de la socialización de la propuesta, IFAC ha determinado que muchos de los problemas y retos que se están experimentando no son exclusivos de las LCE y también pueden aplicarse ampliamente a otras auditorías.

En particular, se destacaron los problemas relacionados con la complejidad, comprensibilidad, escalabilidad y proporcionalidad de todas las auditorías.
Auditoría de estados financieros en una LCE

El resultado previsto de la utilización de la norma separada es una auditoría de alta calidad que mejore la credibilidad de los estados financieros para los usuarios de estos. La norma separada está diseñada para una auditoría de los estados financieros de una LCE que:Sea proporcionada a la naturaleza y circunstancias que serían típicas de una auditoría de una LCE.
Pueda utilizarse eficaz y eficientemente para obtener evidencia suficiente y apropiada de auditoría, para respaldar una opinión de auditoría de seguridad razonable.
Utilice un enfoque de auditoría basado en el riesgo, con requisitos basados en principios, para que la norma propuesta pueda aplicarse a entidades menos complejas con una amplia gama de circunstancias y en todos los sectores o industrias.

Conceptos de las NIA también se aplican para este grupo

IFAC ha explicado que, en concordancia, muchos de los conceptos básicos utilizados en las NIA para apoyar un enfoque basado en el riesgo también se han incorporado en la norma separada, incluyendo:El uso de objetivos.
Utilizar los procedimientos y conceptos básicos de las NIA como base para establecer el esfuerzo de trabajo del auditor al realizar una auditoría de una LCE.
La necesidad de obtener suficientes pruebas de auditoría adecuadas para respaldar la opinión de auditoría.
Utilizar la materialidad para centrar los esfuerzos del auditor y evaluar las incorrecciones.
Utilizar el modelo de riesgo de auditoría; aplicar los conceptos de riesgo inherente, riesgo de control y riesgo de detección.

Al respecto, IFAC explica lo siguiente:

Como tal, la norma separada tendría los mismos objetivos generales del auditor y las mismas limitaciones inherentes a una auditoría de las NIA.
Todavía hay plazo para realizar comentarios

La entidad ha invitado a los profesionales contables para que comenten sobre la claridad, comprensibilidad y viabilidad de la aplicación de la norma separada. Se les invita a que aborden en sus preguntas temas relacionados con:Posición general: opiniones sobre la naturaleza independiente de la norma, el título propuesto y la posición general de la norma separada.
Autoridad de la norma: opiniones sobre la autoridad (o alcance), si se puede implementar, si el rol propuesto de las autoridades legislativas o reguladoras, o de los organismos locales relevantes con autoridad para establecer normas, es claro y apropiado; y si es necesario hacer algún cambio en las limitaciones propuestas relacionadas con su uso.
Principios clave utilizados en la elaboración de la norma separada, diseño y estructura generales: opiniones sobre los principios clave de desarrollo y el enfoque de los requisitos, los objetivos y el material explicativo esencial.
Contenido: opiniones sobre el contenido de cada parte y los aspectos en los que se podría mejorar la norma.
Auditorías de grupo: incluye opiniones sobre el impacto de la actual exclusión de las auditorías de grupo del ámbito de aplicación y sobre la conveniencia de incluir las auditorías de grupo.
Otros asuntos: incluye opiniones sobre el enfoque propuesto para las futuras actualizaciones y el mantenimiento, y sobre el apoyo y la orientación que serían útiles al aplicar la norma propuesta.