jueves, mayo 05, 2022

Por qué pocas mujeres en Colombia llegan a altos cargos en las empresas? Mitos e hipótesis

 


Más del 90 % de los cargos de presidencia, gerencia general o dirección ejecutiva, y más del 80 % de los puestos de junta directiva son ocupados por hombres.

Además, existen sectores económicos donde predomina la contratación de un género en particular por diversos sesgos culturales.

Inclusión de al menos el 30 % de mujeres en juntas directivas, empresas alcanzan entre el 8 y el 13 % de incremento en el rendimiento sobre los activos.

Estas son las razones por las que pocas mujeres en Colombia
alcanzan altos cargos en las empresas

Colombia es un país donde las mujeres todavía se encuentran en una posición no tan favorable respecto a los hombres, como lo indican datos de ONU Mujeres, pero hay que reconocer que se viene realizando un buen trabajo para lograr que las juntas directivas de los emisores de valor del país alcancen el 30 % de participación femenina, cuyo objetivo amplía la oferta para el género en altas gerencias.

Luego de las últimas elecciones de asambleas generales hubo un pequeño pero significativo aumento del 18.7 %, 1.7 puntos porcentuales por encima del número que se había mantenido en Colombia durante los últimos años, sin embargo, todavía son muchas las barreras que mantienen al género muy por debajo en la participación de altos cargos.

Frente a este tema, Alexander Guzmán, coordinador del Centro de Estudios en Gobierno Corporativo del CESA, enumera y explica cinco razones relevantes por las cuales las mujeres del país no alcanzan suficientes cargos altos en las empresas.
1. La casa, el sitio de la mujer

En América Latina, un porcentaje de la población (20 %) considera que la mujer debería quedarse en la casa cuidando a los hijos, lo que implica que el hombre se convierta en el proveedor del hogar.

«Esto lleva a privilegiar al hombre, especialmente el padre de familia, tener cargos de mayor responsabilidad y con salarios altos. Por el contrario, la mujer con hijos tiende a tener una menor probabilidad de ascenso y menores salarias por un trabajo de igual valor al que puede desempeñar un hombre en la misma posición», afirma Guzmán.
2. Preconcepción: el trabajo del hombre es de mayor calidad
“En todas las estadísticas que generan entes gubernamentales, como el DANE, la mujer hace, en su gran mayoría, el trabajo no remunerado que se deriva de las tareas del hogar”

Guzmán dice que investigaciones sobre sesgos inconscientes han mostrado que el trabajo que desarrolla el hombre puede percibirse de mejor calidad comparado con el que ejerce la mujer, basado en preconcepciones y no en hechos fehacientes, reales o comprobados.
3. La mujer ejecuta la mayor cantidad de trabajo no remunerado en el hogarEn todas las estadísticas que generan entes gubernamentales, como el DANE, la mujer hace, en su gran mayoría, el trabajo no remunerado que se deriva de las tareas del hogar.

Lo anterior hace que las mujeres cuenten con menos tiempo de descanso y vean afectada su productividad laboral al exponerse a una sobrecarga de tareas.

«Sin mayor colaboración en la distribución de estas tareas en casa, seguirá siendo muy desafiante para la mujer asumir cargos de mayor responsabilidad en los gobiernos corporativos, donde consecuentemente, se espera mayor productividad y dedicación por parte de la persona a cargo», analiza Guzmán.
4. Dominio de hombres en los cargos de liderazgo

Más del 90 % de los cargos de presidencia, gerencia general o dirección ejecutiva, y más del 80 % de los puestos de junta directiva son ocupados por hombres.

Cuando un espacio en particular está dominado por un género, es más probable que lleguen personas de ese género. En el caso colombiano, ya que las juntas directivas y las posiciones de alta gerencia están ocupadas mayoritariamente por hombres en Colombia, es más probable que las nuevas personas que llegan a ocupar estas posiciones pertenezcan a este género.
5. Barreras invisibles para ellas

Algunas posiciones que se asocian a bajos niveles responsabilidad son frecuentemente ejercidas por mujeres. Además, existen sectores en donde predomina la contratación de un género en particular por estos sesgos culturales.

«Al empezar su ejercicio profesional en posiciones operativas, la mujer encuentra mayor dificultad para ascender en la organización, no solo porque parte de un punto más bajo en la estructura empresarial, sino porque encuentra barreras invisibles, que generalmente obedecen a patrones culturales sustentados en los puntos abordados previamente», describe.
Sí o sí balance de género en las juntas directivas

Mónica Contreras, economista y quien ha sido miembro de la junta directiva de Women In Connection, Invest In Bogotá, Corficolombiana y Farmatodo, entrega en #CharlasConActualícese cifras de la presencia de las mujeres en cargos gerenciales y el por qué se presentan obstáculos.

Por su parte, Marcela Carrasco, fundadora del Club del 30 % y presidenta de la División Andina de Mastercard, defiende la idea de fomentar el balance de género en las juntas directivas de las empresas.

«La situación trae beneficios para los negocios, las empresas y para la economía en general. Con una inclusión de al menos el 30 % de mujeres en juntas directivas, las empresas alcanzan entre el 8 y el 13 % de incremento en el rendimiento sobre los activos; con un 25 % de mujeres en posiciones de liderazgo se genera, en promedio, un incremento del 4 % sobre los retornos de los flujos de caja y del 8 % de crecimiento en ventas. Estos resultados pueden hasta duplicarse si el balance es del 50 %», explica.

Trabajo remoto acaba de ser regulado por Decreto 555 de 2022

 


El Ministerio del Trabajo expidió el Decreto 555 del 9 de abril de 2022, mediante el cual reglamentó el trabajo remoto, las cláusulas de los contratos, las obligaciones de las partes y el papel de la ARL en el desarrollo de esta modalidad.

Conoce las particularidades de esta forma de trabajo.

En la práctica laboral existen muchas formas de trabajo a distancia que, pese a que se asemejan en la forma de ejecución, difieren en sus obligaciones. En Colombia encontramos el teletrabajo, trabajo en casa y el trabajo remoto, al cual haremos referencia a lo largo de este análisis.

Ante la emergencia sanitaria causada por el coronavirus, se empezó a hablar de mecanismos que permitieran la realización de labores sin necesidad de contacto físico; así, se expidió la Ley 2069 de 2020, en la cual se hizo referencia al trabajo remoto en su artículo 17, y la Ley 2121 de 2021, por medio de la cual se crea el régimen de trabajo remoto y se establecen normas para promoverlo y regularlo.

En ese sentido, el pasado 9 de abril de 2022 el Gobierno aprobó el Decreto 555 de 2022, emitido por el Ministerio del Trabajo, el cual busca regular el trabajo remoto y reglamentar lo que estaba dispuesto en las normas anteriormente mencionadas.
“En el decreto también se establecieron las condiciones mediante las cuales se debe realizar un contrato remoto y cuáles son las cláusulas que este debe incorporar”

El documento tiene como objeto principal regular las condiciones aplicables a las relaciones laborales entre empleadores del sector privado y trabajadores remotos; las funciones y obligaciones de las entidades administradoras de riesgos laborales –ARL– y los diferentes actores que participan en la implementación y ejecución del trabajo remoto en el país.En el decreto también se establecieron las condiciones mediante las cuales se debe realizar un contrato remoto y cuáles son las cláusulas que este debe incorporar. En este sentido, se explica que dicho contrato debe incluir las funciones que debe desarrollar el trabajador, las condiciones de trabajo, los elementos de trabajo que le serían entregados y la responsabilidad del empleado sobre los mismos, las medidas de seguridad informática y los motivos por los cuales el empleado puede asistir al centro de trabajo.



De igual manera, el decreto fijó las obligaciones del empleador en este tipo de contrato, así como las obligaciones de las administradoras de riesgos laborales y los cuidadores.

Antes de entrar en detalle a explicar el contenido del Decreto 555 de 2022 hay que distinguir el teletrabajo, el cual permite a los trabajadores la alternancia entre la presencialidad y la no presencialidad; el trabajo en casa, que surgió a raíz del confinamiento en pandemia, y obedece a razones apremiantes, urgentes y temporales; y la modalidad del trabajo remoto, regulada en la Ley 2121 de 2021, en la que el empleador tiene la responsabilidad de proveer herramientas de trabajo y conectividad para el óptimo desarrollo de las funciones.


A continuación, te contamos los puntos clave del Decreto 555 de 2022. Veamos.
Definición de trabajo remoto

El trabajo remoto es una forma de ejecución del contrato laboral, según la cual se estipula entre las partes la prestación del servicio mediante el uso de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones u otro medio idóneo, sin contacto físico con el empleador durante toda la relación laboral.

El trabajo remoto se encuentra regulado mediante la Ley 2121 de 2021 y hasta la expedición del Decreto 555 de 2022 se regularon las condiciones aplicables a las relaciones laborales entre los empleadores del sector privado y los trabajadores remotos, así como las funciones y obligaciones de las ARL en el desarrollo y ejecución del contrato de trabajo, como lo señala el artículo 2.2.1.6.6.1 del mismo decreto:

Artículo 2.2.1.6.6.1. Objeto. El objeto de la presente Sección es regular las condiciones aplicables a las relaciones laborales entre empleadores del sector privado y trabajadores remotos; las funciones y obligaciones de las entidades administradoras de riesgos laborales, y los diferentes actores que participan en la implementación y ejecución del trabajo remoto en el país.

Así, el empleador y el trabajador no interactúan físicamente a lo largo de la vinculación contractual. No obstante, esta forma de ejecución del contrato no comparte los elementos constitutivos y regulados para el teletrabajo y el trabajo en casa.

El Decreto 555 de 2022 le da preponderancia al uso de mecanismos virtuales en la ejecución del contrato. Es decir, debe ser desarrollado en su mayoría de manera virtual con las herramientas que determine el empleador, tal y como lo resalta el artículo 2.2.1.6.6.3 cuando menciona las herramientas tecnológicas, instrumentos, equipos, conexiones y programas.

De igual manera, se destaca el pago del auxilio de conectividad como obligación a cargo del empleador, cuyo fin es compensar el costo de los servicios de energía e internet o telefonía, en caso tal de que se utilice.

En esa medida, una de las obligaciones para los contratantes a la hora de definir la responsabilidad de la custodia de los elementos de trabajo es establecer los procedimientos de entrega y devolución por parte del trabajador remoto.

Asimismo, se destaca la obligación de estipular las medidas de seguridad informática que deben cumplirse para la ejecución del trabajo remoto.

De igual manera, se señala que puede haber circunstancias excepcionales en que se podrá requerir al trabajador para que concurra al centro de trabajo con el fin de ejercer actividades recreativas, culturales y de bienestar a las que el trabajador deba asistir al centro de trabajo o al sitio recreativo que el empleador disponga, de acuerdo con lo señalado en el artículo 16 de la Ley 2121 de 2021.

En conclusión, mediante el decreto expedido se fijaron los puntos que los contratos de trabajo remoto deben incluir, entre los que destacan: las funciones que debe desarrollar el trabajador, las condiciones físicas de su puesto de trabajo, los elementos de trabajo que se entregarán al trabajador, las medidas de seguridad informática que debe conocer y cumplir, y las circunstancias excepcionales en las que el empleador lo podrá requerir presencialmente en el centro de trabajo.
Obligaciones del empleador que contrata en trabajo remoto

Uno de los puntos clave en el correcto entendimiento de esta modalidad laboral es el establecimiento de las obligaciones de las partes, teniendo en cuenta la naturaleza y finalidad de la contratación remota.

Según el artículo 2.2.1.6.6.4. del Decreto 555 de 2022, el empleador debe remitir a la ARL la copia del contrato de trabajo del trabajador remoto y diligenciar el formulario adoptado para tal fin y suministrado por esta.

Asimismo, está en la obligación de informar a la ARL el lugar elegido para la prestación del servicio, así como cualquier cambio de lugar, indicando la jornada semanal, la clase de riesgo que corresponde a las labores ejecutadas y la clase de riesgo correspondiente a la empresa o centro de trabajo.

Debido a que en el trabajo remoto es de suma importancia, realizar un control de los peligros y riesgos de la empresa, en su ejecución deben tomarse las medidas necesarias a cargo del empleador para evitarlos, entre ellos la adopción de un plan de trabajo anual del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo.

Dentro de las anteriores medidas se destaca el dar a conocer a los trabajadores los mecanismos de comunicación para cualquier reporte de accidentes de trabajo o enfermedad laboral, suministrar al trabajador remoto equipos de trabajo seguros y medios de protección adecuados en la tarea a realizar.

Teniendo en cuenta lo anterior, se deberán verificar las condiciones de higiene y seguridad industrial del lugar donde se trabaje, así como realizar las acciones y programas para la protección y respeto de la dignidad humana del trabajador remoto, la igualdad de trato en cuanto al acceso a la información, y el derecho a la intimidad y privacidad del trabajador.

Cabe destacar que, de igual manera, debe garantizarse el derecho a la desconexión laboral para evitar los impactos que se pueden generar en la salud mental y en el equilibrio emocional de los trabajadores, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 2191 de 2022.
Obligaciones del trabajador remoto

Adicionalmente, en el decreto también se regularon las obligaciones que tiene el trabajador en la ejecución del contrato laboral.

De esta manera, el trabajador debe participar en las actividades de prevención y promoción organizadas por la empresa, el comité paritario de salud ocupacional, cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones del sistema de gestión de seguridad en el trabajo de la empresa, utilizar los elementos de protección personal y procurar el cuidado integral de su salud.

En ese mismo sentido, el empleado debe participar en la prevención de los riesgos laborales, reportar accidentes de trabajo, enfermedades laborales, incidentes e incapacidades, y asegurarse de cumplir con las normas y atender las recomendaciones del empleador y la ARL.

No debe olvidarse de atender las instrucciones respecto a seguridad informática, efectuadas por el empleador, y suministrar información veraz sobre el lugar de trabajo, así como cualquier cambio que se presente.

También, dentro de las obligaciones se encuentra la de restituir los equipos y herramientas de trabajo entregados por el empleador para el desempeño de sus labores, en el estado en que fueron recibidos, salvo el deterioro por el uso normal de los mismos.

Experiencia del cliente marca la diferencia para el consumidor financiero del futuro

 


Infobip se convierte en un aliado estratégico del sector financiero, para que el cliente nunca sienta que lo están “dejando en visto”

No hay peor frustración para un cliente del sector financiero que sentirse desatendido e incluso ignorado ante una solicitud, cualquiera que ésta sea. Sentir que su banco se está haciendo el de la vista gorda, puede ocasionar que éste se vaya para siempre, simplemente por exigir lo más básico que todas estas empresas deberían garantizar: un excelente servicio.

En los últimos años, la explosión de los neo-bancos, fintechs y start-ups ha configurado una nueva era para el sector financiero, en la cual los consumidores tienen muchas opciones para escoger y hasta los más mínimos detalles marcan la diferencia. Esta situación ha acelerado los desarrollos tecnológicos en torno a estos nuevos instrumentos, con el surgimiento de compañías como Infobip que trabajan codo a codo con estas instituciones para mejorar la experiencia del usuario final, utilizando la tecnología a su favor para crear experiencias memorables para todos sus usuarios.

De acuerdo con un estudio reciente, solicitado por Infobip y realizado por la consultora Frost & Sullivan, solo 6 de cada 10 entidades financieras en América Latina consideran que la atención al cliente juega un rol crítico en la percepción que los usuarios tienen de su marca. Este aspecto es cada vez más relevante, teniendo en cuenta que más del 80% de los clientes que viven una mala experiencia están dispuestos a cambiar de entidad financiera en el corto plazo, lo cual debe ser un motivo de preocupación para estas instituciones, sin importar su tamaño, sus activos y su base actual de clientes.

Con esto en mente, Infobip busca apoyar a estas instituciones garantizando experiencias fluidas y de calidad, por medio de la omnicanalidad, una estrategia que les permite estar en permanente contacto con sus usuarios a través de canales como redes sociales, aplicaciones, e-mail, sitios web, entre otros. Este enfoque se complementa con la implementación de una plataforma de comunicaciones en la nube, que les permite a los agentes de servicio acceder a la información de los clientes financieros, de una forma centralizada e integral, permitiéndoles mayor agilidad y una correcta administración de la información.

Una de las principales ventajas que ofrece este nuevo esquema de servicio, es que los clientes no tendrán que repetir una y otra vez su información al cambiar de un canal a otro para interactuar con su entidad financiera, lo cual demuestra integridad y seguridad en el manejo de los datos clave para realizar operaciones y solicitudes. Así mismo, las entidades podrán ofrecer experiencias mucho más cercanas, personalizadas y satisfactorias.

Todo esto es posible gracias a las soluciones exclusivas de Infobip como Answers, una plataforma de desarrollo de chatbots fácil de usar, conforme a las necesidades de cada empresa, reforzando así el servicio al cliente, las ventas y las campañas de marketing. Además, a través de esta solución, no es necesario crear código. Infobip también ofrece Moments, la plataforma para interactuar con clientes en todos los canales de atención y dispositivos desde un único espacio de trabajo, y Conversations, la solución que permite convertir cualquier Centro de Contacto en un Centro de Experiencia del Cliente en la nube. Ésta última permite gestionar efectivamente la data de los usuarios y automatizar flujos de trabajo para así mejorar no solo la experiencia de los clientes, sino también la de los empleados, ayudándolos a gestionar mejor su tiempo y recursos.

Este tipo de soluciones son escalables, lo cual les permite gestionar los casos de baja y mediana complejidad, mientras que los de alta complejidad son transferidos de manera inmediata a agentes humanos más experimentados, sin alterar la calidad y velocidad que los clientes esperan en cada una de las etapas del servicio.

Por estas y otras razones, Infobip se convierte en un aliado estratégico del sector financiero, para que el cliente nunca sienta que lo están “dejando en visto” y, por el contrario, se enamore de un servicio personalizado, seguro e innovador, que cambiará para siempre su percepción y su relación con estas instituciones.