viernes, diciembre 13, 2019

Factoring: alternativa para la iliquidez


En el ecosistema empresarial no es extraño encontrar contratos con cuentas de cobro pagaderas a 30, 60, 90 y 120 días, en los mejores casos. Este peculiar comportamiento, que no se limita solo al contexto colombiano sino que es un fenómeno global, ha llamado la atención de los legisladores en diferentes latitudes. 

Tal preocupación parlamentaria –legítima o populista, como quiera verse–, ha sido el desencadenante de medidas atinentes a limitar el tiempo de pago de los bienes y servicios prestados entre empresas. La idea detrás de esto es evitar que la falta de liquidez de las compañías, particularmente de las pymes, las ponga en riesgo de liquidación. Al tener que esperar varios meses por el pago, es indudable que el flujo de caja de estas se ve resentido, toda vez que los gastos y costos no dan espera. 

Así las cosas, solo por mencionar un ejemplo, Chile promulgó la ley de pago a 30 días, que será implementada de manera gradual los próximos años. Según esta directriz, que cobija a todas las empresas sin importar su sector o tamaño, el pago de las facturas no podrá superar el lapso de 30 días, salvo que las partes en cuestión acuerden una temporalidad diferente que “no constituya un abuso para el acreedor” y que, además, quede registrada por escrito ante las autoridades competentes. 

En el caso colombiano se han presentado proyectos en la misma línea, pero no han prosperado en su tránsito por el legislativo. ¿Significa esto que las empresas no tienen más alternativa que esperar el pago de sus cuentas de cobro para obtener liquidez? 

La respuesta, por supuesto, es un “no”. Obviamente, la primera mirada al buscar alternativas se dirige hacia los préstamos corporativos y comerciales que tienen dentro de su portafolio las entidades financieras. Si bien esta es una opción válida, el proceso no siempre es rápido y sencillo y menos para las micro y pequeñas empresas. 

No obstante, existe un producto que no ha tenido la suficiente difusión y que es una buena opción a considerar para solventar la falta de liquidez que se puede generar por cuenta de los elásticos periodos de pago: el factoring.



http://lanotaeconomica.com.co/finanzas/factoring-alternativa-para-la-iliquidez-2.html

Trabajadores beneficiarios del subsidio familiar. Conozca las condiciones


Uno de los tipos de subsidio ofrecidos corresponde al “familiar monetario”, el cual es una prestación pagada en dinero a la que tienen derecho los trabajadores de medianos y pequeños ingresos. 

Conozca los principales aspectos a continuación. 

Mensualmente, todas las empresas que cuentan con trabajadores vinculados mediante contrato laboral deben realizar un aporte a parafiscales, equivalente al 9 % de la base de liquidación de la nómina de salarios, distribuido así: 4 % para las cajas de compensación familiar, 3 % para el ICBF y 2 % para el Sena. 

Los subsidios de las cajas de compensación no son considerados ningún tipo de salario extra; más bien son beneficios pagados en dinero, especie o servicios. La Ley 21 de 1982 regula tales beneficios, contemplando temas como el subsidio familiar o el subsidio en especie, que incluye vestuario, alimentación, becas de estudio o textos escolares. 


Uno de los tipos de subsidio ofrecidos corresponde al “familiar monetario”, el cual es una prestación pagada en dinero a la que tienen derecho los trabajadores de medianos y pequeños ingresos. 

Tenga en cuenta que el monto del subsidio varía según el número de beneficiarios que tenga el trabajador afiliado a la caja de compensación. 
Trabajadores beneficiarios 

Los trabajadores que reciban una remuneración mensual, fija o variable, que no supere los cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes —smmlv—, y que sumada a la remuneración de su cónyuge o compañero(a) permanente no sobrepase los seis smmlv, serán beneficiarios.



https://actualicese.com/trabajadores-beneficiarios-del-subsidio-familiar-conozca-las-condiciones/?referer=email&campana=20191209&accion=click&utm_source=act_boletindiario&utm_medium=act_email&utm_campaign=act_boletincontenidos&utm_content=20191209_laboral&MD5=27e45d0767d6a6bc7439dc1bc00c605a