sábado, mayo 01, 2021

Sagrilaft deberá implementarse antes del 31 de mayo según regulación de Supersociedades

 


Multas por incumplimiento de la implementación podrían alcanzar hasta 200 salarios mínimos legales vigentes

La Superintendencia de Sociedades modificó su regulación referente al control de lavado de activos con la expedición de la circular del 24 de diciembre de 2020, la cual implementó diversos cambios a los empresarios para este año con el nuevo sistema Sagrilaft. Andrés Jiménez, socio de KPMG Forensic en Colombia, explicó cómo deben responder las empresas ante esta nueva regulación.

¿Qué cambios trajo la pandemia al modus operandi del lavado de activos?

La pandemia generó cambios en la forma en que trabajamos y eso también generó que los criminales aumentaran sus actos ilegales. Alrededor del mundo se dieron más procesos de corrupción y lavados de activos. Desde el punto de vista del fenómeno, el crimen organizado empezó a aprovecharse de la situación de desventaja de las empresas para lavar dinero.

¿Cómo está Colombia en el tema de lavado de activos?

En un país como Colombia, el narcotráfico y la corrupción buscan que los recursos ilegales traten de incorporarse a la economía a través del lavado de activos. Es importante recalcar que las cifras se miden en los casos que judicializan las autoridades, pero hay que tener cuidado con este análisis porque puede ser un proceso de varios años. De esta forma, las autoridades han judicializado empresas y casos que han comprometido un promedio de $3 billones relacionados con el lavado de activos.

¿Cuál fue el cambio de regulación de la Supersociedades?

La entidad ya tenía una regulación en lavado de activos desde 2016. Esa cifra cobijaba a empresas que tuvieran un monto de activos de $140.000 millones. Pero con la nueva circular del 24 de diciembre de 2020, las empresas que tengan activos superiores a 40.000 salarios mínimos ($35.000 millones) ahora están obligadas a implementar el sistema Sagrilaft.

¿Hubo cambios adicionales?

Sí. Ahora las empresas que cuenten con servicios de activos virtuales relacionados con criptoactivos y bitcoins deberán integrarse a la nueva regulación si ganan más de $2.600 millones. Adicionalmente, las organizaciones deberán designar una figura oficial de cumplimiento que no tenga condición de administrador o de control como auditor interno.

¿Qué implicaciones tiene este nuevo cambio?

La baja en el rango de $35.000 millones incluirá a muchas organizaciones en Colombia de corte familiar y microempresas y otras con importancia regional que desde el punto de vista social y cultural nunca se han visto envueltas en estos procesos. Es un cambio importante y agresivo, pero desde el punto de vista de prevención es necesario pues hace parte de la regulación y de la recomendación internacional.

¿En qué consiste el sistema Sagrilaft?

Se trata de la Prevención del Riesgo de Lavado de Activos y busca que las empresas identifiquen sus riesgos, los midan y apliquen controles de auditoría al sistema para diseñar planes que eviten el lavado de activos en cualquier parte de sistema empresarial. La circular del 24 de diciembre obliga a que se tengan controles más estrictos y que toda la cadena de la empresa esté al tanto del sistema para no incurrir en el delito. Además, deben capacitar a todo el personal en sistemas tecnológicos para el cumplimiento de Sagrilaft.

¿Qué otros procesos deben aplicar las empresas?

La empresa, además de tener el oficial de cumplimiento, debe informar a toda la organización, tiene que establecer los controles en formatos de software y controles de tecnología. La junta directiva debe saberlo, así como los representantes legales y, si es necesario, los clientes. Debe existir un reporte de la medición de los riesgos y deben quedar documentados.

¿Cuál es la fecha límite para reportar la implementación del sistema a Supersociedades?

Las empresas tienen hasta el 31 de mayo para la implementación del sistema Sagrilaf según lo estipulado en la circular de la Superintendencia de Sociedades del 24 de diciembre de 2020.

¿Existen sanciones en caso de no cumplir con la integración de este sistema a las empresas?

Lo que establece la reglamentación es que existan multas para la empresa, para el representante legal, revisor fiscal y para el oficial de cumplimiento de hasta 200 salarios mínimos legales vigentes o $180 millones. A la fecha, Supersociedades no ha impuesto una multa mayor a $50 millones.

Responsabilidad del revisor fiscal ante deficiencias del control interno

 


Conocer al cliente implica que el revisor fiscal evalúe el sistema de control interno de una entidad. Dicha evaluación le permitirá identificar posibles deficiencias.

Conoce en este editorial las responsabilidades del revisor fiscal cuando identifica deficiencias del control interno de una entidad.

Antes de abordar las responsabilidades del revisor fiscal ante las deficiencias de control interno en una entidad, cabe recordar qué se entiende por este tipo de deficiencias, así como por evaluación del control interno, y cuáles son los riesgos asociados a las posibles deficiencias del control interno.

De acuerdo con el apartado 6 de la Norma Internacional de Auditoría –NIA– 265 – Comunicación de las deficiencias en el control interno a los responsables del gobierno y a la dirección de la entidad, una deficiencia del control interno existe cuando:

“(i) un control está diseñado, se implementa u opera de forma que no sirve para prevenir, o detectar y corregir incorrecciones en los estados financieros oportunamente; o

(ii) no existe un control necesario para prevenir, o detectar y corregir, oportunamente, incorrecciones en los estados financieros”.

Así pues, si el control diseñado no previene, detecta o corrige incorreciones oportunamente, se habla de deficiencia del control interno. Dichas deficiencias pueden ser encontradas por el revisor fiscal bien sea en su etapa de planeación, donde deberá identificar riesgos a través de indagaciones, o en su etapa de ejecución, donde aplicará técnicas y procedimientos que lo podrían llevar a identificar deficiencias en el control interno.
Evaluación del control interno

En la etapa de planeación de la auditoría, el revisor fiscal deberá obtener un conocimiento de la entidad y su entorno, el primero de ellos incluye un conocimiento acerca del control interno; en consecuencia, la evaluación del control interno constituiría una responsabilidad del revisor fiscal.

En esta evaluación, el revisor fiscal podrá tener en cuenta lo establecido en el Committee of Sponsoring Organizations –COSO– y sus cinco componentes:
ambiente de control,
evaluación de riesgos,
actividades de control,
información y comunicación, y
actividades de monitoreo.

Esto permitirá al revisor fiscal realizar pruebas de cumplimiento, las cuales determinarán el riesgo y, por ende, el alcance de los procedimientos del revisor fiscal.
Riesgo de control y responsabilidad del revisor fiscal

Para evaluar el sistema de control interno, el revisor fiscal deberá tener en cuenta los tres tipos de riesgos que pueden surgir en su auditoría: inherentes, de control y de detección:

Riesgo inherente

Riesgo de control

Riesgo de detección

Propios de la naturaleza de la entidad e independientes de su control interno.Probabilidad de que los controles de la entidad no permitan detectar y corregir errores a tiempo.Relacionada con la posibilidad de que el revisor fiscal no detecte errores en su procedimiento.

 

El riesgo relacionado de forma más directa con el control interno y sus posibles deficiencias es el riesgo de control, puesto que se refiere a la ausencia de actividades de control que establezcan las entidades para prevenir, detectar y corregir desviaciones en sus procesos.

De detectarse deficiencias en el control interno, el riesgo de control con el que trabajará el revisor fiscal será mayor y, por ende, deberá realizar una mayor cantidad de pruebas sustantivas, las cuales podrán fundamentar la validez e integridad de la evidencia obtenida para que el revisor logre realizar su respectivo dictamen, y menores pruebas de cumplimiento, las cuales tienen como objetivo cerciorarse del cumplimiento de los procedimientos.

Pruebas de cumplimiento

Pruebas sustantivas

Su objetivo es probar el funcionamiento de los controles.Su objetivo es determinar eventuales errores para fundamentar la confiabilidad de la información.

 



Las pruebas sustantivas tienen un alcance inversamente proporcional a los resultados bajos en las pruebas de control. Por tanto, cuando se identifique una deficiencia en el control interno, en cualquiera de las primeras dos etapas del trabajo del revisor fiscal: planeación y ejecución, el revisor fiscal estará en la responsabilidad de ampliar el alcance de sus procedimientos.

Por el contrario, si el nivel de cumplimiento de la entidad es alto, es decir, hay un riesgo de control bajo, el revisor fiscal deberá realizar pruebas de control extensas y sustantivas cortas.
Otras responsabilidades del revisor fiscal
“si el revisor fiscal identifica deficiencias en el control interno de una entidad, tendrá la responsabilidad de realizar los procedimientos necesarios para lograr la confiabilidad de su evidencia”

En concordancia con lo anterior, si el revisor fiscal identifica deficiencias en el control interno de una entidad, tendrá la responsabilidad de realizar los procedimientos necesarios para lograr la confiabilidad de su evidencia.

De acuerdo con el Dr. Roberto Valencia, especialista en Normas Internacionales, cuando el revisor fiscal identifica una deficiencia en el control interno, estará en la responsabilidad de determinar si dicha deficiencia es significativa.

En el caso de que la deficiencia sea significativa y que a juicio profesional del revisor fiscal su comunicación no afecte su trabajo, podrá comunicar la deficiencia de control a la dirección. No obstante, si el revisor detecta más de una deficiencia, y la combinación entre ellas constituye deficiencias significativas, sí estará en la responsabilidad de comunicar al máximo órgano de la entidad de forma oportuna.


En la siguiente infografía se podrán conocer, según lo planteado en la NIA 265, las cuestiones que se deberán tener en cuenta a la hora de determinar si una deficiencia o un conjunto de estas constituyen deficiencias significativas:


El PIB colombiano se contrajo 6,8% en 2020 y 3,6% en el cuarto trimestre según el Dane

 Los sectores con los mejores desempeños fueron las actividades agropecuarias, financieras, inmobiliarias y de administración pública


Hoy el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Dane, dio a conocer los resultados de la economía colombiana, que se contrajo 6,8% en 2020.

Anualmente, hubo cuatro ramas de actividad económica que cerraron 2020 con comportamientos positivos, que fueron el sector agropecuario (2,8%), actividades financieras y de seguros (2,1%), actividades inmobiliarias (1,9%) y administración pública (1%).

Por otro lado, las actividades que mas contribuyeron a la contracción fueron comercio, transporte, alojamiento y servicios de comida (-15,1%) , construcción (27,7%) y explotación de minas y canteras (-15,7%), que sumadas aportaron -5,8 puntos porcentuales dentro del resultado general.

La cifra de contracción está en línea con las expectativas de los gremios, que esperaban que la caída sería de 7%, así como de las expectativas de Fedesarrollo (-7%) y del Banco de la República (-7,2%).

En cuanto a los resultados trimestrales, según las cifras de la entidad, la economía colombiana se contrajo 3,6% en el último trimestre de 2020, lo que representa una recuperación de 12,2 puntos porcentuales frente al resultado del segundo trimestre del año, 15,8%.

Las actividades económicas que tuvieron mejor comportamiento en dicho periodo fueron el sector agropecuario, que creció 3,4%; el de administración pública (3,3%), actividades financieras y de seguros (2,9%) y las actividades profesionales científicas y técnicas (2,5%).

El director del Dane resaltó la recuperación inter trimestral del sector agropecuario y en la explotación de minas y canteras, mientras que el sector de la construcción ha mostrado signos de recuperación pero aún tiene un comportamiento mixto.

Mensualmente, la economía colombiana se contrajo 2,5% en diciembre. Por su parte, las actividades primarias tuvieron una contracción de 4% en el último mes del año, pues presentaron un comportamiento mixto en el que el sector agropecuario tuvo un crecimiento de 8,1% y el de minas y canteras cayó 15,7%. Por su parte, las actividades secundarias cayeron 10,5% anual en diciembre y las terciarias tuvieron una contracción de -0,1% anual.

jueves, abril 29, 2021

Ingreso no gravado por aporte voluntario por COVID-19: ¿se puede restar en declaración del AG 2020?

 


A través del artículo 9 del Decreto Ley 568 de 2020 se manifestó que el aporte voluntario por el impuesto COVID-19 se podría tratar como un ingreso no gravado.

Por ello, el proyecto del formulario 210 para el año gravable 2020 insinúa que dicho valor sí se podrá restar como ingreso no gravado.

La norma contenida en el artículo 9 del Decreto Ley 568 del 14 de abril de 2020 (declarada parcialmente exequible con la Sentencia C-293 de agosto 5 de 2020) ha terminado por originar una gran paradoja tributaria.

En efecto, sucede que fue a través de la anterior norma cuando se creó por primera vez el beneficio tributario del “ingreso no gravado” por concepto del aporte voluntario a título del impuesto COVID-19 que algunos empleados o contratistas del sector público, al igual que algunos pensionados, quisieron realizar durante los meses de mayo a julio de 2020.

Al respecto, en el inciso tercero del artículo 9 del mencionado Decreto Ley 568 de abril de 2020 solo se lee lo siguiente:

“El valor del aporte solidario voluntario por el COVID 19 podrá ser tratado como un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional en materia del impuesto sobre la renta y complementarios”.

De acuerdo con lo indicado en los artículos 338 y 363 de la Constitución política, es claro que el nuevo beneficio tributario allí creado no se podría aplicar en las declaraciones de renta o del régimen simple del mismo año gravable 2020, pues lo prohíbe la Constitución.

Por tanto, dicho beneficio solo se podría aplicar en los ejercicios siguientes, es decir, en las declaraciones de renta o del régimen simple de los años gravables 2021 en adelante.

Sin embargo, el caso es muy particular, pues el aporte solo lo hicieron entre los meses de mayo a julio de 2020 y, obviamente, no lo seguirán realizando durante los años 2021 y siguientes.

Además, podemos suponer que las entidades públicas se atrevieron a restar el mencionado “ingreso no gravado” en la depuración de los pagos sometidos a retención de los meses de mayo a julio de 2020 (lo cual, por supuesto, violaría la norma constitucional), y fue por ese motivo que la misma Dian, al momento de diseñar el formulario 220 para certificar los pagos laborales del año 2020, incluyó el nuevo renglón 52 para reportar justamente los “aportes voluntarios al impuesto solidario por COVID-19” (ver captura de pantalla).

Proyecto de formulario 210 del año gravable 2020


La polémica se complica aún más si se tiene en cuenta que el 1 de febrero de 2021 la Dian publicó el proyecto del formulario 210 para declaraciones de renta del año gravable 2020 de personas naturales, y en el instructivo para el renglón 33 (que contendrá los “ingresos no gravados” que se restarían dentro de las subsecciones que compondrán la cédula general) se lee lo siguiente:


“33. Ingresos no constitutivos de renta de las Rentas de trabajo: incluya en esta sección los ingresos no constitutivos de renta de las Rentas de trabajo, tales como:

Aporte solidario voluntario por COVID-19: el valor del aporte solidario voluntario por el COVID-19 de conformidad con el artículo 9 del Decreto Legislativo 568 de 2020 y Sentencia C-293 de 2020 de la Corte Constitucional”.
“Dian está insinuando que en las declaraciones de renta del año gravable 2020 sí se podrá restar un “ingreso no gravado” creado con un decreto ley del mismo año”

Como puede verse, la misma Dian está insinuando que en las declaraciones de renta del año gravable 2020 sí se podrá restar un “ingreso no gravado” creado con un decreto ley del mismo año 2020, lo cual se convierte en una clara violación a lo dispuesto en la Constitución.

Por tanto, queda abierta la discusión: ¿es válido que esta vez se permita que un beneficio por “ingreso no gravado”, creado con un decreto ley del año 2020, se pueda restar en la declaración del mismo año gravable 2020? El problema de aceptar esta tesis es que en el futuro muchos contribuyentes también querrán aplicarla para los nuevos “ingresos no gravados” que se vayan creando con las reformas tributarias, lo cual formaría un grave problema jurídico.

Gremio bancario acata receta del Fondo Monetario Internacional sobre las utilidades

 Algunos bancos podrán repartir más utilidades y otros menos, de acuerdo con los resultados que registraron al cierre de 2020


Luego de que Hamid Faruqee, jefe de la Misión en Colombia del Fondo Monetario Internacional (FMI), recomendara la retención de un porcentaje de las utilidades del sector financiero en el marco de la visita anual del organismo inertnacional, Hernando José Gómez, presidente de Asobancaria, aseguró que como gremio reciben con mucho agrado el informe compartido por el FMI.

Sobre la recomendación de retener las utilidades, el presidente del gremio explicó que los "bancos tendrán que reservar de estas utilidades, como normalmente lo hacen, una buena parte para capitalizar o robustecer su patrimonio para poder atender adecuadamente las ampliaciones de la cartera este año".

Dicha receta del FMI para garantizar y robustecer la estabilidad del sistema financiero llega en un momento en el que se ha registrado una reducción en las utilidades de las entidades, pues los establecimiento de crédito alcanzaron resultados acumulados por $5,8 billones, cifra inferior en 51% frente a 2019, según lo reveló el último informe del Sistema Financiero a cierre de noviembre de 2020 emitido por la Superintendencia Financiera.

En línea con lo anterior, Gómez aseguró que siguiendo los parámetros de la Superfinanciera, algunos bancos podrán repartir más utilidades y otros menos, de acuerdo con los resultados que alcanzaron al cierre del año anterior.

Además de lo anterior, Gómez dijo que "les alegra mucho que se haya reconocido la fortaleza, la robustez y la capacidad que mostró el sector financiero para enfrentar adecuadamente los estragos que causó la pandemia en la economía colombiana y, adicionalmente, que se resaltara que el sector financiero pudo continuar colocando créditos y atendiendo las necesidades de las empresas, hogares y personas".

miércoles, abril 28, 2021

Planeación financiera: herramienta para superar la crisis

 


Dada la crisis financiera producto de la pandemia del COVID-19, es necesario que las empresas realicen planeaciones financieras y tomen decisiones adecuadas que les permitan recuperarse de sus efectos.

En este seminario te ofrecemos las herramientas para una adecuada planeación y toma de decisiones.

La crisis derivada de la pandemia del COVID-19 y las medidas tomadas por los Gobiernos para contener los contagios provocaron una disrupción sin precedentes en las dinámicas de los mercados y negocios en toda América Latina.

Problemas como deterioro de las carteras, fallas en las cadenas de suministros, pérdidas de inventarios, caídas en la demanda de bienes y servicios, al igual que las pérdidas significativas de liquidez hacen parte de los inconvenientes que enfrentan las empresas que han sido más impactadas por esta crisis.

El último trimestre de 2020 y los primeros meses de 2021 son los momentos oportunos para que las empresas evalúen su situación, determinen qué tanto fueron afectadas por la pandemia y elaboren planes que permitan retomar o cambiar su curso, asegurando la recuperación de la liquidez y la supervivencia de la entidad.

El último trimestre del año 2020, en el que los impactos de la pandemia en las organizaciones son más notorios y las medidas de confinamiento se flexibilizan recuperando un poco de la normalidad social y comercial, es el momento oportuno para que las empresas evalúen su situación y determinen qué tanto fueron afectadas por la pandemia, con el fin de que elaboren planes que permitan retomar o cambiar su curso, asegurando la recuperación de la liquidez y la supervivencia de la entidad.

Coronavirus contrajo a la clase media mundial por primera vez desde década de 1990

 Los Investigadores del Centro de Investigación Pew encontraron que rangos de la clase media cayeron de 90 millones a 2,5 millones


La clase media mundial se contrajo por primera vez en décadas el año pasado
debido a la pandemia del covid-19, y a medida que casi dos tercios de los hogares en las economías en desarrollo informaron haber sufrido una pérdida de ingresos, de acuerdo con dos nuevas estimaciones basadas en datos del Banco Mundial.

En un estudio publicado el jueves, los investigadores del Centro de Investigación Pew, que esa partidista, encontraron que los rangos de la clase media global —aquellas personas de "ingresos medios" e "ingresos medios-altos" que ganan entre US$10 y US$20, y entre US$20 yUS$50 por día, respectivamente— cayeron el año pasado de 90 millones de personas a casi 2,500 millones.


Eso agrandó las filas de los pobres, o aquellos que viven con menos de US$2 aldía, en 131 millones, estimó Pew. Los datos de Pew sobre la clase media en realidad amortiguan el impacto porque se estima que 62 millones de personas de altos ingresos, o aquellas que ganan US$50 o más por día, cayeron al nivel medio como resultado de la pandemia, dijo Rakesh Kochhar, autor del estudio.

Eso sugiere que el número de personas que entraron en la crisis como miembros de la clase media mundial, y que posteriormente se separaron, en realidad superó los 150 millones el año pasado, según las estimaciones de Pew, eso es más que la población de Francia y Alemania juntas.

"En la historia moderna, es difícil encontrar ejemplos en los que se haya visto una caída tan pronunciada en el crecimiento económico mundial", dijo Kochhar en una entrevista.

Es posible que el impacto aún no haya terminado. En la actualidad, las preocupaciones sobre las posibles consecuencias de una recuperación más lenta en las economías emergentes y las consecuencias continuas de la crisis, crecen. El miércoles, el banco central de Brasil anunció su mayor aumento en la tasa de interés en una década, en respuesta a los crecientes temores de inflación.

Economistas también están observando de cerca las posibles consecuencias para las naciones emergentes del aumento de los rendimientos en los bonos del Tesoro de EE.UU. y un dólar fortalecido a medida que se acelera la economía de ese país.

Reversa abrupta

Si la estimación de Pew resulta cierta en los datos del Banco Mundial que aún se están recopilando, marcaría el final de un patrón que ha visto a la clase media mundial expandirse sin falta desde la década de 1990, gracias al rápido crecimiento de las economías en desarrollo como las de China e India.

Cuando Pew calculó por última vez el número de personas de ingresos medios en el mundo en2011, o aquellas con ingresos de entre US$10 y US$20 por día, constituían 13% de la población mundial. Para 2019, eso había crecido a casi 18%, dijo Kochhar, con un promedio de 50 millones de personas por año uniéndose a las filas de ingresos medios durante la última década.

En un documento separado publicado el lunes basado en encuestas de 47.000 hogares en 34países en desarrollo con una población colectiva de casi 1.400 millones de personas, los investigadores del Banco Mundial encontraron que 36% de los hogares sufrieron pérdidas de empleo en 2020, y cerca de dos tercios vieron caer sus ingresos.

El resultado fue el primer aumento en la pobreza global visto desde la crisis financiera asiática de 1997-98, escribieron los investigadores del banco.

Como en muchos países ricos, las encuestas de países que van desde Burkina Faso a Colombia, Indonesia y Vietnam muestran que la carga del impacto económico recayó desproporcionadamente sobre las mujeres, los jóvenes y los trabajadores autónomos en los centros urbanos.

Pero también señalan las consecuencias que se espera que tengan las recuperaciones más lentas. Si bien Estados Unidos ha desatado medidas de rescate fiscal sin precedentes para su economía, muchas economías en desarrollo no cuentan con la cantidad de recursos necesaria.

En qué consiste la reforma tributaria gradual y de largo plazo que el FMI le recomendó a Colombia?

 


Colombia debe considerar medidas de recaudo que favorezcan el crecimiento económico, enfocadas en la eficiencia fiscal, progresividad, sostenibilidad y equidad.

Para el FMI, se deben eliminar los regímenes preferenciales para las empresas y reducir las exenciones del IVA.

Una transición hacia la senda de consolidación fiscal. Este es el objetivo que debería tener Colombia, según un informe presentado el 12 de febrero de 2021, y elaborado por la Misión del Fondo Monetario Internacional –FMI–, donde indica una serie de recomendaciones fiscales que deberían ser tenidas en cuenta en medio de la discusión de una reforma tributaria.

En medio de un escenario de recuperación económica para el país, el FMI considera que «un menor déficit como proporción del PIB relativo al del año pasado debería ser factible a menos que la actividad se debilite».
“una consolidación fiscal gradual guiada por reformas fiscales debería asegurar el retorno al ancla fiscal durante los próximos cinco años”

De allí en adelante, una consolidación fiscal gradual guiada por reformas fiscales debería asegurar el retorno al ancla fiscal durante los próximos cinco años. Volver a la regla fiscal en 2022 resultaría en un fuerte ajuste fiscal que podría descarrilar la recuperación.

En cambio, este año debería aprobarse un plan de consolidación fiscal más gradual que asegure la sostenibilidad y la credibilidad de las finanzas públicas con el fin de restablecer la meta del déficit estructural y reprogramar el horizonte del ajuste bajo el marco fiscal de mediano plazo –MFMP–. El plan debería contener los siguientes elementos principales:
Aumento del recaudo en al menos 2 puntos porcentuales del PIB

Para reducir el endeudamiento público salvaguardando a la vez la inversión pública y el gasto social clave, el recaudo tributario del Gobierno central deberá aumentar de manera gradual, pero duradera en al menos dos (2) puntos porcentuales del PIB.

En la reforma fiscal que trabaje el Gobierno se deben considerar medidas de recaudación que favorezcan el crecimiento económico, y que estén enfocadas en la eficiencia fiscal, la progresividad, la sostenibilidad y la equidad.

En este punto se debe, según el punto de vista del FMI:
Incluir la ampliación de la base del impuesto a la renta de personas naturales.
Reducción de las exenciones al IVA con mecanismos de compensación para proteger a los hogares más pobres.
Eliminación de regímenes preferenciales para las empresas.

Además, «esfuerzos adicionales para mejorar la administración impositiva ayudarían a reducir la evasión tributaria y complementarían estas medidas».
Un compromiso creíble para restablecer y fortalecer el ancla fiscal

Como piedra angular para el marco de las políticas de Colombia, se debe reforzar la solidez y la supervisión del MFMP, «incluidas las cláusulas de escape de la regla fiscal, con el fin de especificar mejor la duración de cualquier suspensión provisional y el mecanismo de corrección», indica la entidad.

De igual forma, se debería considerar la creación de un consejo fiscal independiente que supervise la implementación de la regla fiscal y el proceso de transición para volver a la misma.

Reformas de más largo plazo incluyen complementar la regla del déficit estructural con un objetivo de techo de deuda u otros mecanismos que aseguren su estabilización para contener aumentos de la deuda pública del Gobierno nacional.
Reducir barreras para la formalización laboral y empresarial

Las reformas estructurales y la integración de migrantes pueden apoyar la recuperación y sentar las bases para un crecimiento inclusivo y sostenible.

La reducción de las barreras a la formalización empresarial y laboral reduciría aún más el desempleo durante la fase de recuperación y mejoraría la productividad.

«El anuncio reciente de un Estatuto de Protección Temporal aplicable a casi 2 millones de migrantes venezolanos es encomiable y debería aumentar el potencial económico de Colombia. Por otra parte, debe continuar la implementación de la agenda de infraestructura, junto con los esfuerzos por reducir los cuellos de botella logísticos y las barreras al comercio», sugiere el FMI.

Se dictaminó que bancos no pueden bloquear cuentas por sospechas judiciales

 


La decisión se tomó luego de que un ciudadano señaló que Bancolombia no le permitió retirar su salario por una orden de la Fiscalía

La Corte Suprema afirmó que los bancos no pueden bloquear cuentas bancarias cuando haya una sospecha de ilegalidad. La decisión se tomó luego de que un ciudadano señaló que Bancolombia no le permitió retirar su salario porque la Fiscalía había emitido una orden judicial; para poder desbloquearla, según la información, se requería una orden judicial.

Además, afirmó que el 9 de julio de 2020 presentó la petición ante la Fiscalía accionada por medio de correo electrónico, pero la Fiscalía no había emitido respuesta y esta omisión afecto a su núcleo familiar al no poder retirar sus ingresos de la cuenta.

Por esta razón, presentó una tutela relacionada con sus derechos al mínimo vital buen nombre, petición y trabajo. Por esta razón, la Corte ordenó a la Fiscalía que responda a la solicitud y emita la orden a Bancolombia para el desbloqueo de la cuenta.

Bancolombia también se pronunció y afirmó que recibió una alerta de un hecho "presuntamente delictivo en que el señor Luis Fernando de Oro Gamarra se encuentra involucrado en una investigación penal. La entidad dijo que ante una situación como la descrita, el Banco activa protocolos de seguridad en respuesta a la detección de operaciones ilegales.


lunes, abril 26, 2021

Riesgos laborales los trabajadores de una empresa se encuentran todos expuestos al mismo riesgo?

 



La Corte Suprema de Justicia realizó una serie de precisiones respecto a los niveles de riesgo laboral que pueden presentarse en una empresa.

Determinó que el hecho de que una empresa se encuentre clasificada como de alto riesgo no implica que todos sus trabajadores se encuentren expuestos al mismo.

Las empresas en Colombia, para efectos de la seguridad y salud de los trabajadores, se encuentran clasificadas en niveles de riesgo, que oscilan entre I (riesgo mínimo) y V (riesgo máximo). Esta calificación conlleva una serie de obligaciones, por ejemplo, el pago de aportes al sistema de riesgos laborales en diferentes tarifas según el nivel de riesgo, a saber:

Nivel de riesgo

Porcentaje de cotización

Actividades

Cotización mínima 2021

I

0,522 %

Trabajos de oficina.

$4.743

II

1,044 %

Manufactura: fabricación de tapetes, tejidos, etc.

$9.485

III

2,436 %

Manufactura: fabricación de agujas, alcohol, etc.

$22.132

IV

4,350 %

Manufactura: fabricación de aceites, vidrios, servicios de transporte.

$39.521

V

6,960 %

Manejo de asbestos, arenas, etc.

$63.233

 




Nota: el valor de la cotización mínima se realizó con base en el salario mínimo mensual legal vigente para 2021 ($908.526).

Esta clasificación también influye en la implementación de los estándares mínimos del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo –SG-SST–, que deben determinarse según el número de trabajadores y el nivel de riesgo con el cual se encuentra calificada la empresa.

En el siguiente video, Natalia Jaimes Lúquez, abogada consultora en derecho laboral, explica cómo se determina el nivel de riesgo para afiliar a un trabajador al sistema de riesgos laborales:



Por otra parte, tenemos que el artículo 15 del Acuerdo 049 de 1990 establece que, para los trabajadores que desempeñen actividades mineras en socavones o subterráneos o que se encuentren expuestos a altas temperaturas, radiaciones ionizantes y sustancias comprobadamente cancerígenas (actividades clasificadas en nivel de riesgo V), se disminuirá en un (1) año la edad de pensión por cada 50 semanas cotizadas con posterioridad a las primeras 750 semanas en forma continua o discontinua en la misma actividad.

En el siguiente tutorial, Luis Miguel Merino, abogado consultor en derecho laboral, explica cómo solicitar esta pensión especial de vejez ante Colpensiones. Se podrá encontrar esta información a partir de la hora 1:24:57:


Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia

Este tema es traído a colación debido a un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia, esto es, la Sentencia SL035 de 2021, mediante la cual realiza una serie de precisiones respecto a los niveles de riesgo a los que se encuentran sometidos los trabajadores en una empresa.

En la siguiente infografía realizamos una síntesis del caso estudiado por la Corte en la sentencia en mención:


Haciendo un breve recuento del caso, se trata de un trabajador contratado como electricista en una empresa petroquímica calificada y registrada ante el Ministerio del Trabajo en nivel de riesgo V, ya que su objeto social implica el uso de sustancias consideradas como altamente cancerígenas.

Debido a esto, este trabajador solicitó ante Colpensiones el reconocimiento de la pensión especial de vejez prevista en el mencionado artículo 15 del Acuerdo 049 de 1990, que le fue negada bajo el argumento de que no contaba con las pruebas suficientes para demostrar que se encontraba realmente expuesto a dichas sustancias.

Para este caso, como un elemento de prueba, una institución educativa realizó un estudio de las áreas de la empresa que se encontraban expuestas a dichas sustancias, determinando que las labores que cumplía el trabajador y el área en la que las desempañaba no se encontraban realmente expuestas a ellas.
“el hecho de que una empresa se encuentre clasificada en nivel de riesgo V no implica que todos sus trabajadores se encuentren expuestos al mismo riesgo”

Atendiendo a lo dicho, luego de una serie de consideraciones, la Corte determinó que el hecho de que una empresa se encuentre clasificada en nivel de riesgo V no implica que todos sus trabajadores se encuentren expuestos al mismo riesgo, debido a que puede tener personal que desempeñe labores administrativas para los cuales el nivel de riesgo es calificado en un grado inferior. Para esto, precisó:

“No por el hecho de que una empresa como la demandada sea clasificada como de alto o máximo riesgo, se puede predicar que todos sus trabajadores despliegan actividades de alto riesgo, pues se trata de dos conceptos con tratamientos y consecuencias diferentes. En ese sentido, nada impide que una empresa sea catalogada como de alto riesgo y que al mismo tiempo, mantenga trabajadores que despliegan labores alejadas del alto riesgo para la salud, como puede ser el caso de quienes desempeñan cargos administrativos u oficios que no tengan verdaderamente exposición a sustancias para el caso cancerígenas”.

(Los subrayados son nuestros).

Teniendo en cuenta lo anterior, señaló que, para efectos de acceder a dicha pensión, resulta indispensable demostrar que el trabajador se encontraba realmente expuesto a las sustancias cancerígenas, puntualizando:

“(…) la Corte ha indicado que, para poder ser beneficiario de la pensión especial de vejez, no basta con laborar en una empresa catalogada como de alto riesgo o que maneje sustancias cancerígenas, sino que resulta indispensable demostrar que el trabajador estuvo expuesto realmente a esas sustancias, por razón de las tareas que desempeñaba. Y dicha situación es predicable respecto del artículo 15 del Acuerdo 049 de 1990 (…)”.

(El subrayado es nuestro).

Debido a estas consideraciones, ya que no se pudo demostrar que el trabajador no se encontró expuesto de manera permanente a las sustancias cancerígenas, la Corte concluyó que el trabajador no cumplía con los requisitos para acceder a este tipo de pensión.

Frente a lo dicho, tenemos como conclusión que el solo hecho de que una empresa se encuentre calificada en el nivel de riesgo V (debido a su objeto social) no implica que todos los trabajadores que laboren en ella se encuentren expuestos al mismo nivel de riesgo, lo cual tiene como consecuencia que no puedan ser acreedores de determinadas prestaciones económicas, como (en nuestro caso en concreto) la pensión especial de vejez prevista en el Acuerdo 049 de 1990.


domingo, abril 25, 2021

Registro de autoevaluación y plan de mejoramiento del SG-SST comprende un plazo máximo?

 



El Ministerio del Trabajo determinó que, desde diciembre del año 2020, los empleadores tienen la obligación de realizar el registro de la autoevaluación y plan de mejoramiento del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST–.

¿Existe una fecha límite para realizar este registro?

¿Cuál es el plazo máximo para realizar el registro de autoevaluación y plan de mejoramiento del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo?

El sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST– tiene como finalidad alcanzar niveles óptimos de seguridad y salud en el trabajo, a través del desarrollo e implementación de políticas de control de riesgos laborales; usa elementos como la planificación, evaluación, auditoría, control, evaluación y anticipación de riesgos.

El SG-SST debe ser ejecutado anualmente, es decir, cada año los empleadores deben realizar un estudio y calificación de su sistema (autoevaluación) y, posteriormente, establecer las mejoras (plan de mejora) que podrán realizarse para el siguiente año de ejecución.

Obligaciones del empleador frente a la implementación del SG-SST

Registro de la autoevaluación y plan de mejoramiento

Como fue estudiado en nuestro editorial SG-SST: empleadores deberán registrar autoevaluación y plan de mejoramiento desde diciembre de 2020, el Ministerio del Trabajo expidió la Circular 0071 de 2020, por medio de la cual estableció que los empleadores y todo aquel obligado a implementar el SG-SST deben realizar el registro de las autoevaluaciones y planes de mejoramiento de este sistema de los años 2019 y 2020 en la página del Fondo de Riesgos Laborales. Según lo previsto en la resolución en mención, este registro debe estarse llevando a cabo desde diciembre de 2020.
No existe un plazo máximo para realizar el registro

En lo que refiere al interrogante en cuestión, el Mintrabajo, mediante la Circular 0014 de 2021, determinó que no existe una fecha límite para el registro de la autoevaluación y plan de mejoramiento del SG-SST, sino que esta acción se llevará a cabo paulatinamente. Esto supone, entonces, que dicho registro podrá realizarse en el transcurso del año 2021.


Hay un preocupante aumento de la desigualdad dentro de los países

 Entrevista con Klaus Schwab, fundador y presidente ejecutivo del Foro Económico Mundial.



Las vacunas contra el covid-19 muestran lo que pueden lograr la cooperación internacional y las asociaciones público-privadas, dice Schwab.

Entrevista con Klaus Schwab, fundador y presidente ejecutivo del Foro Económico Mundial (WEF, por su sigla en inglés) y quien invita a retomar y reinventar el ‘capitalismo de las partes interesadas’ por el bien de la sociedad, las personas y el planeta.

En 2018, usted destacó la importancia del diálogo de buena fe o ‘la capacidad de ver el mundo a través de los ojos de otras personas, especialmente aquellas con las que no estamos de acuerdo’. Tres años después, partidarios del presidente Donald Trump asaltaron el Capitolio de EE. UU. para interrumpir la certificación de una elección que creían, sin evidencia, estaba amañada.

¿Qué puede lograr el diálogo de buena fe en tales circunstancias? ¿Están las asambleas ciudadanas, que usted defendió en 2019, a la altura de la tarea, o hay que pensar en otros mecanismos?

El diálogo de buena fe solo puede ocurrir dentro de ciertos límites normativos. En una democracia, esos límites incluyen el respeto por la Constitución, los líderes electos, la aplicación de la ley y la integridad física y seguridad de todas las personas. Pero creo que las asambleas de ciudadanos pueden contribuir a superar algunas de las profundas divisiones que se observan en muchos países. Así como la inclusión de un ‘jurado de pares’ puede ayudar a mitigar el riesgo de una justicia politizada, las asambleas de ciudadanos pueden imbuir los debates públicos sobre temas controversiales o polémicos de un sentido de equidad, actuando así como un freno al escepticismo y cinismo, que hoy son tan frecuentes.

Después de todo, una asamblea de ciudadanos debería, por definición, incluir representantes de todos los segmentos de la sociedad. Además, deben incluir una fase de ‘aprendizaje’, durante la cual los participantes adquieren una comprensión más profunda del tema en cuestión antes de que comience la discusión. No obstante, la mejor manera de salvar las divisiones sociales y políticas es garantizar que todos los miembros de una sociedad tengan la oportunidad de progresar y prosperar.

Si un sistema continúa brindando esa oportunidad solo para algunos, será difícil aliviar el descontento, sin importar cuán sólidas sean nuestras herramientas para el diálogo. Por eso abogo por el ‘capitalismo de las partes interesadas’, un sistema económico que concede la máxima prioridad al progreso a largo plazo de la sociedad en su conjunto.

En su nuevo libro, con Peter Vanham, El capitalismo de las partes interesadas: una economía global que funcione para el progreso, la gente y el planeta, ustedes avanzan una visión integral del modelo, aplicando lecciones de las mejores prácticas en lugares tan diversos como China y Dinamarca, o Etiopía y Nueva Zelanda.

¿Qué políticas le parecieron particularmente convincentes?
A nivel de gobernanza, llama mi atención el marco de estándares de calidad de vida de Nueva Zelanda, que representa la perspectiva del Estado sobre lo que realmente importa para el bienestar de los neozelandeses, ahora y en el futuro. En el centro de este marco, que ayudó a dar forma al ‘presupuesto del bienestar’, presentado por primera vez por el gobierno de la primera ministra Jacinda Ardern en 2019, se encuentra la convicción de que el PIB es una medida inadecuada del bienestar. Para medir el bienestar de una sociedad a lo largo del tiempo, incluso entre generaciones, necesitamos un conjunto más amplio de indicadores.

Este marco de normas de calidad de vida también aplica una definición amplia del capital: no solo es el capital financiero, es decir, dinero, sino también capital humano, social y natural. Con esta comprensión multicapa del capital, el valor de la inversión en áreas como la educación, la formación profesional y el medio ambiente se vuelve imposible de ignorar. Este es solo uno de los modelos inspiradores y sensatos que discutimos en nuestro libro.

La mejor manera de salvar las divisiones sociales y políticas es garantizar que todos los miembros de una sociedad tengan la oportunidad de progresar y prosperar

En el 2019 escribió que, para enarbolar y defender los principios del ‘capitalismo de las partes interesadas’, las empresas necesitarán nuevas métricas. Y el año pasado, el Consejo Empresarial del Foro Económico Mundial las dio a conocer.

¿Cree que la reciente agitación del mercado de valores, que parece haber roto cualquier vínculo significativo entre los precios de las acciones y los fundamentos, estimulará a las corporaciones a mirar más allá del mercado de valores? Y en términos más generales, ¿qué lecciones deja el episodio de GameStop?

Existe un consenso cada vez mayor entre ejecutivos e inversionistas de que las empresas deben centrarse más en la creación de valor a largo plazo y menos en la maximización de beneficios a corto plazo. Por ejemplo, en su carta anual a los directores ejecutivos, Larry Fink, de Blackrock, ha destacado cada vez más la importancia fundamental de la sostenibilidad en las decisiones de inversión. Además, en 2019, la Mesa Redonda de Negocios de EE. UU. adoptó el ‘capitalismo de las partes interesadas’. Y en enero, 61 empresas (Ecopetrol entre ellas) se comprometieron a implementar las ‘Métricas del capitalismo de partes interesadas’ del WEF que usted menciona. Estos incluyen la medición y divulgación de datos sobre una amplia gama de objetivos ambientales, sociales y de gobierno corporativo, en lugar de solo ganancias.

Este tipo de cambios son mucho más representativos que los giros a corto plazo del mercado de valores. Ahora, el episodio de GameStop, es más una cuestión de regulación. Y en cualquier sistema capitalista asegurar que los mercados financieros estén bien regulados es una cuestión de vital importancia, entre otras, para la credibilidad del sistema. Porque si demasiadas personas pierden la fe en la equidad del sistema, o dudan de si realmente está regulado, este corre el riesgo de volverse disfuncional.

A fines del 2020 escribió que el fin de la pandemia de covid-19, que las vacunas prometen acelerar, puede ser uno de los pilares sobre los cuales construir una nueva ‘filosofía de gobierno’ y reformar las instituciones. Sin embargo, el nacionalismo de las vacunas y las reglas de propiedad intelectual (a las que EE. UU. y otros se niegan a renunciar) plantean serias dudas...
Primero, quiero reconocer el triunfo que ha sido el desarrollo de las vacunas contra el covid-19. Nunca antes en la historia de la humanidad se habían concebido, desarrollado, probado, aprobado, distribuido y administrado vacunas para un nuevo patógeno a una escala tan grande en tan poco tiempo. Y la cooperación internacional, junto con las asociaciones público-privadas, fue clave para lograrlo.

La vacuna Pfizer-BioNTech fue desarrollada por una empresa alemana y otra estadounidense, con contribuciones de científicos de decenas de países. La vacuna Oxford-AstraZeneca surgió de la cooperación entre una institución académica y una empresa farmacéutica sueco-británica. Y desarrollar las vacunas en sí es solo el primer paso: empresas de logística de todo el mundo se comprometieron a distribuir las vacunas, así como equipos de protección personal, a países de todo el mundo. Esto también es un signo de solidaridad mundial.

Dicho esto, también me preocupan el aumento del nacionalismo de las vacunas y los movimientos de algunas economías para frenar las exportaciones. Estos enfoques no solo perturban el funcionamiento de la economía y el comercio mundiales, también se corre el riesgo de alimentar resentimientos que podrían durar mucho más que la emergencia de salud pública. Y, en última instancia, ni siquiera sirven a los intereses de quienes las adoptan, porque cuanto más tarde el mundo en alcanzar el nivel de cobertura necesario, mayores son las posibilidades de que se desarrollen nuevas cepas más allá del alcance de las vacunas existentes.

Hasta que todos estén vacunados, nadie estará a salvo. Por lo tanto, es de interés de todos continuar la cooperación mundial en vacunas, del mismo modo que es de interés de todos colaborar en la lucha contra el cambio climático. Cuanto más tiempo los países se nieguen a reconocer esto, más personas sufrirán.

... me preocupan el aumento del nacionalismo de las vacunas y los movimientos de algunas economías para frenar las exportaciones

En la Agenda de Davos, un evento virtual organizado por el Foro Económico Mundial, el presidente chino, Xi Jinping, pronunció el discurso de apertura. ¿Qué fue lo que más le llamó la atención de sus comentarios?

El discurso de Xi se produjo en un momento histórico para la economía mundial. Por primera vez en 200 años, Asia es la región dominante de la economía mundial, y representará más de la mitad del PIB mundial en 2021. Como la economía más grande de Asia, y pronto del mundo, China ha desempeñado un papel decisivo en este desarrollo. Ante esto, aprecié particularmente el llamado de Xi a una cooperación global continua en áreas como el desarrollo económico, el comercio y especialmente el cambio climático. Como el mayor emisor de CO2 del mundo, los compromisos de China con los acuerdos internacionales sobre comercio y clima son cruciales para lograr resultados.

Según un informe de Oxfam publicado el primer día de la Agenda de Davos, las 1.000 personas más ricas del mundo recuperaron sus pérdidas pandémicas en solo nueve meses; pero los más pobres del mundo podrían tardar más de una década en recuperarse. En este contexto, muchos oradores del evento reconocieron la necesidad de redoblar los esfuerzos para crear un sistema económico más equitativo. Pero sigue habiendo mucho escepticismo sobre la voluntad de los líderes de implementar soluciones adecuadas a la escala del problema. ¿Qué propuestas concretas surgieron de los debates de este año?
Las desigualdades en ingresos y riqueza son dos de las realidades más problemáticas de nuestro tiempo. Aunque las noticias no son del todo malas. A nivel mundial, la desigualdad de ingresos ha disminuido en las últimas décadas, en gran parte gracias al progreso económico en países como China e India. Como planteamos en El capitalismo de las partes interesadas, este es uno de los resultados positivos del comercio y la inversión global, y no deberíamos perder esto de vista.

Al permitir que más países y regiones participen plenamente en la economía global, hemos reducido la desigualdad. Pero esto no compensa el fuerte y preocupante aumento de la desigualdad dentro de los países, incluidos Estados Unidos y gran parte de Europa, así como China e India. Para las empresas, la forma más directa de abordar este problema es aumentar los salarios mínimos si no son adecuados y extender sus compromisos de ‘comercio justo’ a lo largo de la cadena de suministro. Algunos ya lo están haciendo. Por ejemplo, PayPal aumentó el salario de sus trabajadores este año ‘aunque el mercado no lo requería’.

Otro paso que las empresas pueden tomar es pensar más detenidamente en cómo se compara la compensación total anual del director ejecutivo con el salario medio de la empresa: una de las ‘Métricas del capitalismo de partes interesadas’ del WEF. Pero, en última instancia, la desigualdad a nivel macro es una cuestión que los gobiernos deben abordar. Ellos son los que tienen las herramientas para limitar o gravar los ingresos y la riqueza, y para redistribuirlos hacia la mitad y la base de la pirámide.

Las desigualdades en ingresos y riqueza son dos de las realidades más problemáticas de nuestro tiempo

Ha estado escribiendo sobre el ‘capitalismo de las partes interesadas’ desde 1971. ¿Qué lo atrajo al tema y cómo ha evolucionado su enfoque?
Soy un hijo de la Alemania y la Europa de la posguerra; de hecho, comencé la escuela primaria en septiembre de 1945. En ese momento, el sentimiento expresado por el eslogan Nie Wieder Krieg (‘Nunca más la guerra’) era ampliamente compartido, al igual que el entendimiento de que, para reconstruir nuestros ingresos, empresas, comunidades y sociedades, todos tenían que contribuir. Éramos partes interesadas en un futuro compartido.

La economía social de mercado que se construyó en Alemania bajo Ludwig Erhard en la década de 1950 encarnaba esta idea. Personalmente, también aprendí mucho sobre esto de mis padres. Mi padre dirigía una fábrica y una empresa de ingeniería en las décadas de 1950 y 1970, y me mostró cómo cada individuo, desde los trabajadores del taller hasta la alta dirección, realizaba contribuciones cruciales. Estas experiencias me inspiraron en mi carrera académica y empresarial a explorar más profundamente la noción de empresa como unidad social. Esa exploración resultó en mi libro de 1971 Modern Enterprise Management in Mechanical Engineering, en el que discutí el concepto de las ‘partes interesadas’, y el Manifiesto de Davos de 1973, que estipula las responsabilidades que tienen las empresas hacia sus partes interesadas.

En los últimos 50 años, sin embargo, la idea de que ‘el negocio de los negocios es el negocio’ se extendió por todo el mundo, fomentando la búsqueda de mercados libres sin restricciones y provocando que otras ‘partes interesadas’, como el gobierno, las instituciones públicas y los sindicatos, perdieran gradualmente poder. Muchos de nuestros problemas más urgentes en la actualidad, incluidas la desigualdad de ingresos y una concentración y el poder excesivos del mercado, surgieron de este enfoque. Ahora las campanas de alarma están sonando. El cambio climático, las crisis sociales y económicas y la pandemia destacan la necesidad de adoptar nuevamente la noción de ‘capitalismo de partes interesadas’ y reinventarlo para el siglo XXI.