martes, enero 05, 2021

Cuáles son los puntos que se analizan para modernizar la revisoría fiscal en Colombia

 


Se busca un marco conceptual a partir de principios que rijan la conducta de los revisores fiscales.

Los revisores fiscales deben tener derechos, no solo responsabilidades.

Los programas académicos deben incorporar temas de revisoría fiscal y normas de auditoría y aseguramiento.

Francisco Reyes Villamizar, presidente del Comité para la Reforma a la Revisoría Fiscal, tiene claro que la revisoría fiscal y el régimen de registro mercantil y de cámaras de comercio no han sido objeto, en las últimas cinco décadas, de modificaciones sustanciales.

La afirmación la realizó en el webinar Contadores públicos: jugadores clave en el proceso de reactivación económica, organizado por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP–, en el que aseguró que «nos enfrentamos a un estatuto contenido en el Código de Comercio, el cual acusa signos de verdadera obsolescencia».

Desde este comité está claro que son normas que merecen ser revisadas y puestas a tono con las realidades contemporáneas, y ajustadas según las tendencias internacionales sobre el tema.

Hay que estar atentos a las mejores prácticas internacionales en materia de revisoría fiscal. «Aunque es una figura colombiana hay que hacer que nuestras reglas jurídicas se acoplen al entorno internacional», indica.

Reyes Villamizar destaca el papel realizado en conjunto con académicos, profesionales de contaduría pública, profesores universitarios y revisores fiscales en ejercicio, quienes vienen analizando los puntos para conocer hacia dónde se dirige la figura de la revisoría fiscal.

«El primer punto es definir acertadamente lo qué es la revisoría fiscal. Tratar de establecer un artículo que enmarque las características básicas de esta. Segundo, buscar un marco conceptual para la revisoría fiscal a partir de unos principios que deben regir la conducta de los revisores fiscales. Se deben analizar las funciones que el legislador le imponga al revisor fiscal, así como las que se relacionan con la colaboración con las entidades del Estado, que tienen control o fiscalización sobre los entes económicos», explica.

Derechos, documentación, cobertura y remoción

Recalca que los revisores fiscales deben tener derechos, «no solo se les puede imponer cargas y responsabilidades. Hay que analizar cuáles son los derechos que estos tienen».

Y agrega que es importante analizar la documentación que deben presentar, en qué oportunidad, cuál debe ser su forma, estructura y contenido, y qué publicidad se les debe dar a estos documentos.

Además, es relevante permanecer atentos a la cobertura de esta figura, si se debe universalizar o si se debe restringir a compañías que tengan dimensiones significativas, medidas por sus ingresos y/o activos.
“El período de remoción y renuncia del revisor fiscal son de gran importancia, por lo que es otro punto que se está discutiendo”

El período de remoción y renuncia del revisor fiscal son de gran importancia, por lo que es otro punto que se está discutiendo, especialmente, en lo que tiene que ver con el mecanismo de designación, porque «es evidente que la revisoría fiscal debe dotarse de independencia para que pueda ejercer su facultad y función, sin que esté sujeta de presiones por parte del ente fiscalizado», afirma.

Otro punto para analizar es el presupuesto asignado, su régimen de responsabilidad y las posibles sanciones en los casos en los que, individualmente o de manera colectiva, el revisor fiscal incurra en alguna falta.
Articulación de programas académicos con temas de la revisoría fiscal

Finalmente, Reyes Villamizar enfatizó en que se debe trabajar en una articulación con los programas académicos de contaduría pública para ver la forma en que se incorporen modificaciones en el pensum académico y se introduzcan temas relacionados con aspectos específicos de la revisoría fiscal, las normas de auditoría, normas de aseguramiento y la fiscalización individual, entre otros aspectos que son relevantes en el contexto fundamental de las empresas.

 Puntos analizados para reformar la revisoría fiscal (actualicese.com)

Estados financieros 2020: nuevas normas contables que se deben tener en cuenta al elaborarlo

 


Conoce aquí las principales normas contables que han emitido distintas entidades nacionales e internacionales alrededor del COVID-19.

Estudiarlas es indispensable para estar preparados a la hora de elaborar los estados financieros de 2020.

Desde que inició la emergencia global generada por la pandemia del COVID-19, entidades nacionales e internacionales han emitido lineamientos relacionados con los posibles impactos del coronavirus en la preparación de la información financiera. A continuación, se mencionan los más relevantes:
Material educativo sobre la aplicación de la NIIF 9 – Instrumentos financieros

La IASB publicó, el 27 de marzo de 2020, un documento titulado IFRS 9 y COVID-19, en el que aborda la aplicación de la NIIF 9 – Instrumentos financieros durante el período de incertidumbre económica generada por el nuevo coronavirus.
Documento de orientación técnica n.° 18 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública

El documento de orientación técnica n.° 18 – Aplicación de las Normas de Información Financiera y Normas de Aseguramiento de la Información como consecuencia de la declaratoria de pandemia del coronavirus COVID-19, emitido el 23 de mayo de 2020 por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP–, contiene recomendaciones cuyo propósito es ayudar a mejorar la información que las entidades colombianas preparen durante el período 2020 y siguientes, donde se requiere realizar permanentemente juicios y estimaciones en condiciones de incertidumbre.
Guía de orientación contable de la Superintendencia de Sociedades

La Supersociedades emitió, en junio de 2020, la guía de orientación contable Algunas consideraciones en el marco de la emergencia económica generada por el COVID-19, mediante la cual brinda algunos lineamientos sobre los principales impactos de esta pandemia en la preparación de los estados financieros correspondientes a los ejercicios 2019, 2020 y siguientes.
Exención en la aplicación de la NIIF 16 – Arrendamientos

El 28 de mayo de 2019, la Junta de Normas Internacionales de Información Financiera –IASB, por sus siglas en inglés– aprobó una exención en la aplicación de la NIIF 16 – Arrendamientos, cuyo propósito es brindar una solución práctica para la contabilización de las reducciones en los contratos de arrendamiento, como consecuencia del COVID-19.

En Colombia, como resultado de la recomendación del CTCP, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó un proyecto de decreto para adicionar dicha exención al marco normativo de las entidades del grupo 1.
Conceptos del CTCP

El CTCP ha emitido varias consultas relacionadas con los efectos del COVID-19 en los estados financieros. Los más importantes son los siguientes:
Concepto 0359 de abril 1 de 2020: explica cuál es el impacto de la pandemia del nuevo coronavirus en los estados financieros de 2019.
Concepto 0413 de abril 22 de 2020: explica que una empresa que haya suspendido sus actividades productivas a causa de la emergencia sanitaria causada por el COVID-19 no debe detener la depreciación de sus activos.
Concepto 0477 de mayo 12 de 2020: explica que los recursos recibidos del Programa de Apoyo al Empleo Formal –Paef–, del que trata el Decreto Legislativo 639 de 2020, se deben contabilizar como una subvención, de conformidad con la NIC 20 o la sección 24 del Estándar para Pymes.

Nuevas normas contables para elaborar los estados financieros 2020 (actualicese.com)