sábado, mayo 09, 2020

Las Pyme pueden ver afectada su operación y tendrán alza de sus pasivos



La Ley 1116 de 2006 o Ley de Insolvencia tiene por objeto la protección del crédito y la recuperación y conservación de la empresa 

Por la situación actual que se encuentra atravesando el país a razón del Covid-19, diferentes empresarios de pequeñas y medianas empresas se están empezando a preguntar qué es lo que va a pasar con sus negocios. Por esa razón, Asuntos Legales habló con David Araque, socio y codirector del grupo de práctica de Resolución de Conflictos y Protección de Inversiones del bufete Gómez-Pinzón, quien explicó la importancia de la Ley 1116 de 2006, en estos momentos. 

¿Qué sería la ley de insolvencia?

La Ley 1116 de 2006 o Ley de Insolvencia tiene por objeto la protección del crédito y la recuperación y conservación de la empresa como unidad de explotación económica. A la par, se erige en determinadas circunstancias como una fuente de conservación del empleo para empresas con dificultades económicas, a través de los procesos de reorganización y de liquidación judicial. 

En su primera vertiente, pretende la preservación de empresas viables, a través, no solo de su reestructuración operacional y administrativa, sino también de la normalización de sus relaciones comerciales y crediticias. Su otra vertiente, es el proceso de liquidación judicial, que busca el aprovechamiento del patrimonio del deudor, a través de la liquidación pronta y ordenada de los activos de la compañía haciendo un cruce de dichos activos a los acreedores de conformidad con las prelaciones y prioridades establecidas en la Ley. 

A partir de las medidas de emergencia por el Covid-19, ¿están las pequeñas y medianas empresas consultando esta ley? 

Las empresas contraen obligaciones a largo plazo y están sujetas a costos operacionales, los cuales deben honrar en la mayoría de los casos periódicamente y que corresponden al giro ordinario de los negocios. 

La notable disminución de los ingresos de una compañía con ocasión de la medida de aislamiento, correctamente tomada por el Gobierno ante la amenaza del Covid-19, lleva a las empresas a una pérdida o deterioro significativo en su liquidez, con la consecuencia de incumplimiento en sus obligaciones. 

En el caso de empresas grandes, estas cuentan con mayores recursos para contraer su operación durante la crisis sanitaria. Sin embargo, las Pyme pueden ver afectada su operación y un incremento exponencial de sus pasivos, lo que las obligue a consultar los efectos de la Ley 1116. 


Ricardo FandiñoSocio de Gómez-Pinzón

“El sector financiero está reaccionando al otorgar plazos a sus deudores para los pagos próximos a vencerse, al tiempo que está abriendo líneas de crédito de rápido uso”. 

¿Qué les permitiría entrar en insolvencia? 

En el caso de la reorganización empresarial, la admisión a dicho proceso no impide a la sociedad continuar con su funcionamiento, lo que presupone que si la operación u actividad a realizar por la empresa en reorganización está comprendida dentro del giro ordinario de los negocios, o cuenta con autorización de la Superintendencia por vía de excepción, puede la sociedad no frustrar la ejecución de su objeto social principal. 

Desde luego que tales actividades que puede desarrollar la empresa no son absolutas pues, en efecto, el artículo 17 de la Ley de Insolvencia trae una serie de restricciones, las cuales aplican desde la fecha en que el ente económico solicite a la Superintendencia la admisión a reorganización. Dentro de tales prohibiciones, y solo con fines ilustrativos, se pueden listar la adopción de reformas estatutarias por parte de los administradores, la constitución y ejecución de garantías o cauciones que recaigan sobre bienes propios del deudor, efectuar compensaciones, conciliaciones o transacciones de obligaciones a cargo de la empresa en reorganización, así como está prohibida la enajenación de bienes u operaciones que no correspondan al giro ordinario de los negocios. 

¿Considera que el Gobierno está adoptando las suficientes medidas? 

Todavía son inciertas las medidas que tomará el Gobierno. Las excepciones contenidas en el Decreto 457 de 2020 dan un alivio a algunos sectores económicos y, por consiguiente, a diversidad de empresas, de tal forma que puedan continuar la ejecución de su objeto social. Sin embargo, lo que vamos a empezar a ver es la interacción entre estas empresas y/o actividades exceptuadas con aquellas que de alguna u otra forma no encajan dentro de este régimen de excepción. 

De igual forma, las primeras medidas económicas adoptadas por el Gobierno dan un parte de tranquilidad en el sentido de entender que está pensando no solo en temas exclusivos de la emergencia sanitaria, sino que también está creando condiciones, en la medida en que las posibilidades actuales lo permitan, para que la industria salga adelante en esta época. 

Desde luego que hay muchas más cosas por hacer , y para ello, las agremiaciones juegan un papel muy importante, para que el Gobierno entienda las preocupaciones de los diversos sectores y empresas que componen la economía nacional. 

En todo caso, los mayores incentivos económicos y tributarios podrían estar a la orden del día, desde luego, sin impactar las medidas que ameritan una pandemia como la que en este momento estamos sobrellevando. 

¿Qué recomendaciones haría a las empresas en estos momentos? 

Inicialmente, consideramos que el empresario debe consultar a sus proveedores estratégicos y plantear renegociaciones de buena fe, todo ello, garantizando que la última opción de los empresarios es terminar sus contratos. 

Adicionalmente, aun cuando las circunstancias son las mismas, Covid-19, la situación de cada empresa y cada contrato es diferente y puede que tenga soluciones claras y distintas. Desde tal perspectiva, es necesario un análisis profundo desde todo punto de vista, particularmente laboral, tributario y corporativo, que permitan crear una solución a la medida de cada empresa y/o cada sector.



https://www.asuntoslegales.com.co/actualidad/las-pyme-pueden-ver-afectada-su-operacion-y-un-incremento-exponencial-de-sus-pasivos-2983396

Reactivación del comercio no depende solo de protocolos de seguridad: Mincomercio

El Gobierno aclaró que no todos lo todos los sectores económicos se reactivarán la próxima semana.


El ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo, explicó que la reactivación de todo el comercio no depende solo de la existencia de protocolos de bioseguridad, sino del momento oportuno para evitar la propagación de casos de coronavirus.

En diálogo con RCN Radio, el funcionario aseguró que se están analizando otras variables para garantizar el menor impacto negativo en la economía del país.

"Tenemos los protocolos de casi todos los sectores listos, pero es el Ministerio de Salud el que los avala y emite las resoluciones al respecto. Sin embargo, la reactivación de todo el comercio no depende solo de eso", indicó. 

En ese sentido, explicó que el Gobierno estudia el momento oportuno para reabrir los sectores de la economía, de acuerdo al comportamiento del virus y la velocidad de propagación, entre otros factores.

Restrepo señaló que también se debe tener en cuenta el tope autorizado en la movilización de personas en los sistemas de transporte, que debido a la emergencia por la COVID-19, no puede registra más de un 35% de ocupación.

"También hay que ser conscientes del impacto que puede tener una gran ciudad por el sistema de transporte masivo y que no se supere este tope. Por eso es que hay ir abriendo gradualmente, como lo hicieron los sectores de la construcción y la manufactura", señaló. 

Con respecto a la reactivación de los restaurantes, el ministro de Comercio precisó que se están estudiando los protocolos y también el momento indicado para dar ese paso de una forma segura.

"Hay sectores que tienen características de riesgo de contagio mayores con relación a otros. Por eso, los estamos abriendo de forma gradual", indicó. 

El ministro de Comercio indicó que los protocolos de bioseguridad para los sectores que reabrirán a partir del 11 de mayo, el el Ministerio de Salud los tendrá listos a finales de esta semana. 

"No todas las personas vinculadas a estos sectores saldrán a partir de esta fecha. Saldrán de manera gradual, de acuerdo a las valoraciones que hagamos sobre los protocolos de bioseguridad", concluyó José Manuel Restrepo



https://www.rcnradio.com/economia/reactivacion-del-comercio-no-depende-solo-de-protocolos-de-seguridad-mincomercio

viernes, mayo 08, 2020

Opinión modificada en el dictamen del revisor fiscal


El revisor emite una opinión modificada cuando los estados financieros no están libres de incorrección material o, en su defecto, cuando no obtiene evidencia suficiente para llegar a esta conclusión. 

Existen tres tipos de opinión modificada, a saber: con salvedades, desfavorable y con abstención de opinión. 

La función más importante del revisor fiscal probablemente es la de emitir un dictamen sobre los estados financieros de la entidad. En dicho dictamen el revisor fiscal debe incluir una opinión acerca de la razonabilidad de los estados financieros de la entidad, la cual se ha formado mediante el examen de la evidencia obtenida en el desarrollo de su labor. 

Cuando el revisor fiscal obtiene seguridad razonable de que los estados financieros están libres de incorrección material, fraude o error, es decir, que han sido preparados en todos los aspectos de conformidad con el marco normativo que aplique la entidad, entonces emite una opinión favorable o no modificada. Si el revisor fiscal no puede llegar a esta conclusión, entonces emite una opinión modificada, cómo veremos a continuación. 

Si usted es suscriptor de Actualícese, lo invitamos a acceder a nuestro especial ABC de los informes del revisor fiscal, con el que podrá profundizar en este tema, y además encontrar modelos descargables en Word de los dictámenes del revisor fiscal. 
¿Qué significa emitir una opinión modificada? 

Una opinión modificada significa que el revisor fiscal considera que los estados financieros de la entidad no se encuentran libres de incorrección material o, bien que no ha podido obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para concluir que los estados financieros están libres de incorrección material, sea esta generalizada o no. 

Si está leyendo esto, le puede interesar el Pack de formatos – Dictámenes e informes del revisor fiscal actualizados al 2020, que incluye 20 guías (en Word y Excel) que apoyarán su proceso de elaboración de dictámenes. Además, incluye un índice en Excel que relaciona las Normas de Aseguramiento de la Información –NAI– vigentes y la normativa en PDF, para ampliar sus conocimientos sobre el tema. 
¿Cuáles son los tipos de opinión modificada? 

La NIA 705 contiene tres tipos de opinión modificada, a saber: 
Opinión con salvedades. 
Opinión desfavorable o adversa. 
Denegación o abstención de la opinión. 

Cada uno de estos tipos de opinión se emite en distintas circunstancias, tal como se muestra en el siguiente gráfico: 


¿Cuál es el impacto de emitir una opinión modificada sobre el informe del revisor fiscal? 
“La NIA 705 explica que cuando el revisor fiscal emite una opinión modificada debe incluir variaciones en algunas secciones de su dictamen”

La NIA 705 explica que cuando el revisor fiscal emite una opinión modificada debe incluir variaciones en algunas secciones de su dictamen, entre las que se encuentran la de “Opinión del revisor fiscal”, “Fundamento de la opinión” y “Responsabilidad del revisor fiscal”. 

Recuerde que puede encontrar modelos de dictamen para cada uno de los tipos de opinión modificada en nuestro informe especial ABC de los informes del revisor fiscal. Descárguelos haciendo clic aquí.


https://actualicese.com/opinion-modificada-en-el-dictamen-del-revisor-fiscal/?referer=email&campana=20200507&accion=click&utm_source=act_boletindiario&utm_medium=act_email&utm_campaign=act_boletincontenidos&utm_content=20200507_revisoria&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d

las novedades en el impuesto de renta de persona naturales



La Ley 1943 de 2018 (declarada inexequible por la Sentencia C-481 de 2019, pero vigente para la tributación del año gravable 2019) introdujo grandes cambios en relación con el impuesto sobre la renta para personas naturales; entre ellos, la nueva cedulación aplicable para el año gravable 2019. 

A pesar de que la Corte Constitucional, mediante su Sentencia C-481 de 2019, falló sobre la inexequibilidad de la Ley 1943 de 2018, es importante tener en cuenta que la declaración del impuesto de renta para las personas naturales por el año gravable 2019, que se presentará durante 2020, deberá ser elaborada recurriendo a las disposiciones que introdujo esta ley. 


Así pues, entre los más importantes cambios en materia de impuesto de renta para personas naturales que se introdujeron con la Ley 1943 de 2018 figuran el de la utilización, a partir del año gravable 2019, de una nueva cedulación para la renta ordinaria de las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes, contribuyentes del régimen ordinario, en la cual solo se utilizarán tres cédulas (en lugar de cinco cédulas, como se usaron durante los años gravables 2017 y 2018), a saber: 

Cédula general:integra las rentas de trabajo mencionadas en el artículo 103 del ET; rentas de capital obtenidas por conceptos de intereses financieros, arrendamientos, regalías y explotación de la propiedad intelectual; y las rentas no laborales, las cuales se encuentran compuestas por los demás ingresos que no se clasifiquen en ninguna de las demás cédulas. 

Rentas de pensiones: incluye ingresos por pensión de jubilación, invalidez, vejez, sobreviviente, riesgos profesionales, indemnizaciones sustitutivas de las pensiones y devoluciones de ahorro pensional. 

Dividendos y participaciones: son rentas de esta cédula todas aquellas por concepto de dividendos y participaciones. 

Con el fin de que profundices en este importante tema hemos preparado el seminario en línea Madrúguele a la declaración de renta de personas naturales – año gravable 2019, una completa conferencia que no te puedes perder.


https://actualicese.com/actualicese-encasa-sobre-las-novedades-en-el-impuesto-de-renta-de-persona-naturales/?referer=email&campana=20200505&accion=click&utm_source=act_boletindiario&utm_medium=act_email&utm_campaign=act_boletincontenidos&utm_content=20200505_impuestos&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d

jueves, mayo 07, 2020

Presidente Iván Duque anunció que se decretará una nueva emergencia económica


Entre las medidas económicas están los subsidios que se darán a las nóminas de las pyme del país, los cuales serán hasta de 40% 

En medio de la intervención que realiza el presidente Iván Duque, junto a su gabinete anunció que se firmó una nueva emergencia económica, en la que tomarán medidas económicas que permitan proteger el empleo. 

"Para poder atender nuevos efectos que se derivan para el país, algunas de las medidas será proteger las nóminas de las pymes del país, se decidió que nosotros podamos subsidiar el equivalente al 40% de un salario mínimo a todos los trabajadores de las empresas que hayan tenido una disminución de mínimo el 20% en su facturación", anunció el presidente de la República. 

Además, se anunció que en materia tributaria, se ampliará el plazo del pago del impuesto de renta, este se correrá al final del año, esto con el fin de "dar más oxigeno de caja a las empresas con esto atendemos un universo muy grande de los generadores de empleo, porque entendemos la urgencia y necesidad", puntualizó el primer mandatario. 

Entre otras cosas, el Gobierno también anunció que "de la línea de $10 billones se han utilizado unas reservas unos $7 billones, y los desembolsos ya superan el billón de pesos, por otra parte se han reestrucutrado en el sistema finaciero colombiano una cantidad importante de obligaciones crediticios, por un monto total de $150 billones", explicó el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla. 

Susana Correa, Directora del Departamento de Prosperidad Social, anunció que habrá un giro para Familias en Acción, que llegará a 2,6 millones con un promedio de $334.000 por cada uno de estos hogares. La inversión total serpa de $711.000 millones. En Jóvenes Acción, llegarán a 296.000 beneficiados con $637.000, con una inversión de $200.000 millones. 


Por otra parte, el director del Departamento Nacional de Planeación, Luis Alberto Rodríguez, informó que las medidas de giros extraordinarios para familias vulnerables se mantendrán, giros como el de ingreso solidario y devolución del IVA.

Con algunas aperturas, Duque extiende cuarentena hasta el 25 de mayo

Sectores de la producción podrán salir a trabajar. Se habilitó salida de niños 3 veces por semana. 

Cuarentena nacional obligatoria se extiende hasta el 25 de mayoEl jefe de Estado anunció que el aislamiento preventivo obligatorio se extiende hasta el próximo 25 de mayo, "por el bien de los colombianos". 


Presidencia 
Cubrimiento en vivoPantalla completaCerrar 

Luego de hacer un extenso repaso de todo lo que se ha hecho en el país para controlar el coronavirus y de las medidas de alivio que ha tomado su administración para las personas y empresas más afectadas por la crisis, el presidente Iván Duque anunció en la noche de este martes algo que había trascendido desde la mañana: que el aislamiento preventivo obligatorio se extenderá hasta las cero horas del próximo 25 de mayo. 

Al intervenir en el programa televisivo Prevención y acción y luego de hacer un balance de lo que ha dejado en materia de salud el aislamiento preventivo, destacó que en el país hay mucha gente que se está preguntando cuándo se podrá recuperar la vida laboral. “Hay gente con angustias y temores sobre qué va a pasar con los puestos de trabajo, muchos se preguntan cómo va a ser el país para recuperarse”, afirmó.

El Presidente aseguró que habrá nuevos sectores que podrán a operar. "Vamos a darle la oportunidad a otros sectores para que también vayan dinamizando nuestra economía y ahí vamos a tener sectores industriales, vamos a tener las ventas al por mayor de automotores, vamos a tener la venta al por mayor de muebles, vamos a tener la venta al por mayor de otros artículos que son importantes en nuestra sociedad y vamos a empezar a dar pasos también de activación de comercios que también tengan niveles de como son las librerías, las lavanderías".

Estos sectores deben cumplir con los protocolos de bioseguridad. El ministro de Comercio, José Manuel Restrepo, advirtió que son los sectores de: muebles, vehículos y maquinaria de equipos. Y algunos sectores de comercio al por mayor: prendas, enseres y vehículos, "no aplica a ventas del consumidor final". Las librerías, papelerías, algunos productos de mascotas, lavandería a domicilio y vehículos, que son de ventas al detal pueden operar. "Los alcaldes tienen la llave de la gradualidad " y ellos determinan si cumplen los protocolos para seguir abriendo estos sectores. 

El mandatario dijo que hoy más que nunca tenemos que ser capaces de recuperar cada vez más espacio de vida productiva, pero hacerlo con la responsabilidad de seguir protegiendo la vida y seguir protegiendo la salud.

Es la tercera vez que el Gobierno prorroga la cuarentena. Desde el 25 de marzo pasado se ha permanecido en aislamiento preventivo.

Hasta ahora, además de unos sectores claves de la producción para atender la emergencia, solo se había permitido la salida de la construcción y una parte de las manufacturas.

Según la vicepresidenta, serían "casi 15 millones de colombianos que estarían recuperando su actividad productiva".



https://www.eltiempo.com/politica/gobierno/cuarentena-en-colombia-presidente-anuncio-aislamiento-obligatorio-hasta-el-25-de-mayo-492140

miércoles, mayo 06, 2020

Inflación de 2020 sería la más baja de los últimos siete años

En abril el dato fue de 0,16% y el anualizado de 3,51%. Expertos ya estiman que este año la cifra podría cerrar por debajo de 3%. 


La inflación cerraría el año en 3%, pero dado que el panorama ha cambiado muy rápido, no descartan reducir el pronóstico.. 

La actual situación que enfrenta el país que, además de tener el choque del coronavirus y los bajos precios del petróleo, ha tenido volatilidad en su moneda, ha hecho que cualquier expectativa de variables macroeconómicas que se tenía a comienzos de año para 2020 haya cambiado y entre estos, la inflación no se ha quedado por fuera.

A finales de enero, el Banco de la República presentó, como es tradicional, su Informe de Política Monetaria que también publica en abril, julio y octubre. En el documento entregado al inicio de año, el Emisor tenía una proyección de 3,1% para 2020 en la inflación, dato que en la actualización más reciente del Informe pasa a tener una estimación del indicador en un rango de entre 1% y 3%.

En caso de que se ubicara por debajo del 3% este año, vale decir que desde 2013 la inflación no era menor a esa cifra. 

Sin embargo, ¿qué haría que el indicador no cayera más allá de niveles cercanos al 3%? Expertos aseguran que el renglón de alimentos y el efecto del traspaso del dólar a los bienes transables continuarían ejerciendo presiones alcistas. 

José Ignacio López, director de investigaciones económicas de Corficolombiana, quien espera que la inflación cierre 2020 en un rango entre 2,9% y 3,4%, explicó que los rubros ya descritos “se van a ver contrarrestados por la mayoría de precios sobre todo en el renglón de servicios que es el que pesa más, que probablemente van a generar una menor inflación como son los alquileres, servicios médicos y educación. Son rubros importantes de gasto que van a estar con precios relativamente débiles por la contracción del consumo de hogares”.

En línea con lo dicho, Daniel Escobar, analista de mercado, comentó que el rubro de alimentos ha sido el que ha demorado el descenso de la inflación en el corto plazo y que los renglones de combustibles y quizás educación generen menores presiones.

Además, aseguró que al comparar los choques de demanda, que reduce la presión y oferta, aumenta los precios, “consideramos que el de demanda será más persistente en el largo plazo y por ello creemos que la inflación caerá”.

En las proyecciones de Escobar, la inflación cerraría el año en 3%, pero dado que el panorama ha cambiado muy rápido, no descartan reducir el pronóstico. 
Para Alejandro Reyes, economista de Bbva Research, “el efecto más dominante en el mediano plazo será el de menor demanda e ingreso, por lo que anticipamos un cierre de inflación por debajo del 3,4% para este año. Este depende de la profundidad del golpe al ingreso y demanda, el dato puede ser menor”.

Reyes añadió que existe un poco de incertidumbre de cómo volverán a operar algunos servicios que requieren distanciamiento social, por ejemplo, un avión que no se pueda llenar, posiblemente su costo de operación se incremente (per cápita) y ello lleve a que algunos precios suban, situación que podría impactar el dato de inflación más adelante.

En un escenario más conservador, Felipe Campos, director de investigaciones de Alianza Valores, espera que el indicador cierre el año en un rango entre 3,5 y 4%. Esto por la relación de alimentos con el dólar, que si bien tiene rezagos para trasladarse, tendría una fuerte presión al alza. 

Además de lo ya descrito, ¿qué tan cerca estamos de un fenómeno de deflación o estanflación? Previo a entrar en detalles, vale decir que la deflación es un periodo de caída general de los precios y estanflación se traduce en una economía estancada y precios creciendo (inflación). 

Con base en esto, la mayoría de expertos citados dicen que Colombia, a diferencia de otros países, aún está alejada de cualquiera de los dos fenómenos. Aseguran que, por el momento, el impacto de la crisis se traducirá en un inflación baja. 

Para Escobar, lo que se viene es un periodo de muy baja inflación, que puede ser aprovechado para tener tasas de interés igualmente bajas. “El Banco de la República aún tiene mucho espacio para estimular el crecimiento”, dijo.

Por su parte, Campos comentó que el rubro de alimentos es importante y hay que tenerlo en cuenta junto a los efectos del día vía dicho renglón. “Por ejemplo, Brasil estuvo en recesión tres años seguidos de 2014 a 2016 y durante esto la inflación subió y lo hizo de la mano del dólar chocando alimentos, ya tenemos experiencias recientes en Latinoamérica de estanflación, de economías en recesión y con inflación subiendo solo vía dólar. Hay que monitorear ese tema”, aseguró.


https://www.portafolio.co/economia/inflacion-de-2020-seria-la-mas-baja-de-los-ultimos-siete-anos-540550

Menor ocupación ¿por qué creció la inactividad y no el desempleo?

En marzo,1,6 millones de personas perdieron su trabajo y la tasa ascendió hasta el 12,6%. 


De total de los casi 1,6 millones de empleos destruidos durante marzo, por sexo, las mujeres fueron las más afectadas. 

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) dio a conocer ayer los datos del mercado laboral correspondientes a marzo, cifra que si bien no recogió todo el impacto del confinamiento, empezó a dar algunas luces del deterioro del empleo en el país debido a la coyuntura.

Para el mes pasado, la tasa de desempleo se ubicó en 12,6% en el total nacional, la más alta para marzo desde 2009, cuando fue de 12%. En este periodo, casi 1,6 millones de personas dejaron de estar ocupadas, pues en marzo del año pasado había 22,1 millones de ocupados, dato que cayó a 20,5 millones durante el mismo periodo de 2020. 

Para Luis Fernando Mejía, director de Fedesarrollo, los 1,6 millones de empleos perdidos en marzo significan una caída de 7,2%, “la más alta en lo corrido de esta década (y de este siglo”, dijo en Twitter.

Ahora bien, según explicó Juan Daniel Oviedo, director del Dane, “debido a que los hogares se encuentran confinados en sus viviendas y existen restricciones a la movilidad, buena parte de esa población ocupada que disminuyó entre marzo de 2020 y de 2019 no pasa automáticamente a la desocupación sino que entra a la inactividad”.

Con base en esto, vale decir que la población inactiva (que no están trabajando, ni buscando empleo) en el total nacional creció en casi 1,8 millones, pasando de 14,4 millones a 16,2 millones en marzo de 2019 al mismo mes de 2020, respectivamente. 
Por su parte, el número de desocupados se incrementó en 287.000, en el periodo en mención, lo cual hizo que la cifra del mes pasado cerrara con 2,96 millones de desempleados respecto a los 2,68 millones de marzo de 2019. 

Pero, ¿por qué si se destruyeron casi 1,6 millones de empleos creció más la inactividad que el desempleo? Además de lo que comentó Oviedo previamente citado, Jaime Tenjo, director del departamento de Economía de la Jorge Tadeo Lozano, explicó que “eso es efecto de que esto fue una cosa que nos cogió a todos por sorpresa (...) el Gobierno dijo que vamos a cuarentena e inmediatamente muchas empresas cerraron y muchas personas que son trabajadores por cuenta propia e independientes tuvieron que parar.

Cuando el Dane llega a hacer las encuestas, lo primero que pregunta es si ha hecho algo para conseguir empleo y en una o dos semanas no se había hecho nada sobre eso”.

Respecto a qué significa que gran parte de las personas que dejaron de ocuparse hubieran pasado a la inactividad, Oscar Becerra, docente de la Facultad de Economía en Los Andes, señaló que esto quiere decir que el impacto sobre el empleo es más grande de lo que la tasa de desocupación está reflejando. 

“Dada esta coyuntura, es importante ver la tasa de ocupación (ocupados/población total, que evita el efecto de la contabilidad de inactivos versus desocupados). Así, este indicador cayó cerca de 5 puntos porcentuales, de 56,4% a 51,7%. Tenemos efectos fuertes en destrucción de empleo, sin lugar a duda es una señal de que el impacto económico sobre la producción nacional y el bienestar de muchos colombianos va a ser considerable”, añadió Becerra.

De acuerdo con Sergio Peláez, profesor de la Universidad del Rosario, “lo más probable es que en mayo muchas de esas personas (inactivas) ya se van a empezar a pasar a la población económicamente activa y eso significa que los datos de desempleo sí van a ser mucho más grandes en ese mes”.

Con base en lo anterior, explicó que hoy en día el mecanismo de fluidez del mercado laboral está roto, pero que una vez la economía retorne a su tejido productivo normal donde la gente puede salir a buscar trabajo y las empresas a contratar, dichos datos de inactividad cambiarán dado que es una situación de corto plazo. 

Para Juan Carlos Guataquí, experto en temas laborales, uno de los retos que trae el repunte de la inactividad está relacionada a cómo apoyar a o financiar sus ingresos. En esta línea, afirmó que se deben tener garantías de desempleo que cobijen a una mayor parte de la población pues, en Colombia, “solo los cesantes formales tienen acceso a seguro de desempleo”.

LO QUE SE AVECINA EN EL MERCADO LABORAL

Dado el nivel de destrucción de empleo en marzo, el cual solo tuvo un poco más de una semana en confinamiento, en palabras de Becerra, más adelante “va a ser un panorama complicado, el mes de abril tendrá una mayor destrucción de empleos y la tasa de ocupación seguirá a la baja”.

Para Peláez, en todo el segundo trimestre del año las tasas de desempleo van a ser muy altas, diferente a estos meses de marzo y abril que nos tendrá con una amplia inactividad. 

MUJERES: LAS MÁS AFECTADAS DEL DESEMPLEO EN MARZO

De total de los casi 1,6 millones de empleos destruidos durante marzo, por sexo, las mujeres fueron las más afectadas, pues 863.000 perdieron su ocupación respecto a 721.000 hombres. 

Según explicó Iván Jaramillo, director del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, en el contexto de la política de aislamiento preventivo obligatorio, existen tres efectos principales en materia de género que dificultan el cierre de la brecha en el mercado laboral: la sobrecarga de trabajo no remunerado, el aumento de la violencia intrafamiliar y la pérdida de ingresos por el cierre de sectores económicos con amplia participación femenina. 

Por lo anterior, Jaramillo plantea que se hagan más campañas de sensibilización sobre repartición de tareas de cuidado y trabajo doméstico para que haya una distribución equitativa.



https://www.portafolio.co/economia/empleo/menor-ocupacion-por-que-crecio-la-inactividad-y-no-el-desempleo-540435

martes, mayo 05, 2020

Casos prácticos de contabilización de inventarios


El costo de los inventarios incluye el costo de adquisición, transformación y cualquier otro valor necesario para que los inventarios estén listos para la venta.

En este editorial abordamos casos prácticos sobre contabilización de inventarios, de acuerdo con el Estándar para Pymes.

Los inventarios se definen, según el párrafo 13.1 del Estándar para Pymes, como los activos que posee una entidad para la venta, en proceso de producción o en la forma de materiales o suministros, cuyo fin es utilizarlos posteriormente en la producción o en la prestación de servicios.
Componentes del costo de los inventarios

Las pymes deben contabilizar inicialmente los inventarios al costo, el cual está conformado, a su vez, por los costos de adquisición, transformación y cualquier otro costo incurrido para que los inventarios estén listos para la venta.

En la siguiente infografía puede encontrar los elementos que forman parte del costo inicial de los inventarios:

Casos prácticos sobre contabilización de inventarios

Visto lo anterior, en las siguientes líneas abordamos algunos casos prácticos sobre contabilización de inventarios.
Caso 1

Una entidad dedicada a la comercialización de electrodomésticos adquirió 200 televisores para la venta. El precio de compra de cada televisor es de $833.000, IVA incluido del 19 %. La entidad debe cancelar adicionalmente $15.000.000 correspondientes a aranceles.

La entidad tuvo que transportar el inventario desde el puerto hasta su almacén, para lo cual incurrió en un gasto de $9.000 por cada unidad de mercancía. A continuación, pagó $500 adicionales por cada unidad, correspondientes al cargue y el descargue de la mercancía.

El costo del inventario es el siguiente:
Precio de compra IVA incluido ($833.000 x 200 unidades)
 $166.600.000
IVA 19 %
($26.600.000)
Aranceles
 $15.000.000
Transporte del inventario ($9.000 x 200 unidades)
 $1.800.000
Cargue y descargue de la mercancía ($500 x 200 unidades)
$100.000
Total
 $156.900.000

Para determinar el costo del inventario la entidad excluye los $26.600.000 correspondientes al IVA de los productos, porque al ser este un impuesto recuperable podrá descontarlo después del valor a pagar en su declaración del IVA.

Los $15.000.000 cancelados por conceptos de aranceles se incluyen dentro del costo de los inventarios, debido a que son un impuesto no recuperable. En ese sentido, los aranceles se llevan como un mayor valor del costo de los inventarios y la entidad podrá llevarlos a su declaración de renta.

En cuanto a los valores pagados por transporte y por el cargue y descargue de la mercancía, también hacen parte del costo de los inventarios.

La entidad efectúa el siguiente registro en su contabilidad:
Cuenta
Débito
Crédito
Inventarios
$156.800.000
IVA descontable
$26.600.000
Cuenta por pagar a proveedores
$183.400.000

Caso 2

Una entidad que se dedica a producir bienes excluidos del IVA adquiere materia prima por valor de $50.000.000, la cual está gravada con IVA del 19 %. La entidad tuvo que transportar la mercancía de las instalaciones del proveedor hacia las suyas, para lo cual incurrió en un gasto de $2.000.000.

El costo del inventario sería el siguiente:
Precio de compra
 $50.000.000
IVA 19 %
$9.500.000
Transporte del inventario
 $2.000.000
Total
 $61.500.000

En este caso, la entidad incluye dentro del costo del inventario el valor del IVA, toda vez que al ser su actividad la producción de bienes excluidos es no responsable del IVA. Esto quiere decir que no podrá recuperar el IVA que pague por la adquisición de bienes y servicios gravados con dicho impuesto y este último deberá considerarse como un mayor valor del costo o gasto.

Adicionalmente, la entidad incluye dentro del valor de los inventarios los $2.000.000 del valor pagado por el transporte del inventario hacia sus instalaciones.

El registro que debe realizar la entidad es el siguiente:
Cuenta
Débito
Crédito
Inventarios
$61.500.000
Cuenta por pagar a proveedores
$61.500.000

Caso 3

Una entidad adquiere 1.000 unidades de mercancía por valor de $100.000 cada una, IVA incluido. La mercancía está gravada con la tarifa general del 19 %. El proveedor le concede a la entidad un descuento del 5 % en el momento de la compra.

En este caso, por tratarse de un descuento no condicionado o pie de factura, debe tenerse en cuenta desde el momento en que el proveedor factura la mercancía. Esto quiere decir que tampoco se incluye dentro de la base para calcular el IVA.

La factura que recibe la entidad es la siguiente:
Precio de compra ($100.000 x 1.000 unidades)
$100.000.000
Descuento del 5 %
-$5.000.000
Precio de compra con el descuento
 $95.000.000
IVA del 19 %
 $18.050.000
Total de la factura
 $113.050.000

Para determinar el costo de los inventarios, la entidad excluye del inventario el valor del IVA por ser un impuesto recuperable, por lo cual el costo de los inventarios es $95.000.000 y los $18.050.000 se contabilizan como un IVA descontable.

El registro que efectúa la entidad es el siguiente:
Cuenta
Débito
Crédito
Inventarios
$95.000.000
IVA descontable
$18.050.000
Cuenta por pagar a proveedores
$113.050.000

https://actualicese.com/casos-practicos-de-contabilizacion-de-inventarios/?referer=email&campana=20200504&accion=click&utm_source=act_boletindiario&utm_medium=act_email&utm_campaign=act_boletincontenidos&utm_content=20200504_laboral&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d

Estratos 3 y 4 también podrán pagar servicios públicos de abril y mayo a cuotas

Los usuarios podrán diferir este pago hasta por 24 meses.

El Gobierno anunció que los usuarios de servicios públicos de estratos 3 y 4, y que no puedan cancelar los recibos de abril y mayo, podrán diferir el pago hasta por 24 meses con 0 % de interés en términos reales, es decir, solo aumentará lo relativo a la inflación. Esto aplica para los servicios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica y gas natural.

Además, para esto habrá un periodo de gracia, de modo que este pago a cuotas podrá hacerse desde agosto de 2020. Según el cálculo del Gobierno, si se difiere a 24 meses un pago mensual, por ejemplo, de 80.000 pesos, la cuota sería de unos 3.500 pesos.

En el caso de los estratos 5 y 6 y los usuarios comerciales e industriales que no puedan pagar, ellos tendrán la opción de llegar a un acuerdo con su operador para que este financie las facturas "a las menor tasa que encuentre en el mercado", explica el Gobierno.

María Fernanda Suárez, ministra de Minas y Energía, fue enfática en decir que las personas que tengan la posibilidad de pagar la factura deben hacerlo: "Todos aquellos que tienen un empleo, todos aquellos que tienen capacidad económica deben cumplir con el pago oportuno de su factura".

Asimismo, la funcionaria anunció que quienes puedan ayudar a quienes no paguen tendrán la opción de hacerlo: "En el pago de las facturas que vienen a partir del 27 de abril los colombianos que puedan tendrán la posibilidad de hacer un aporte voluntario".

De otro lado, Suárez indicó que el costo unitario por kilovatio/hora, en las facturas que lleguen desde el 27 de abril, "va a mantenerse igual": "Los aumentos tendrán que ser diferidos de manera obligatoria".

Cabe mencionar que los usuarios de estratos 1 y 2 también tiene la opción de diferir los pagos de servicios públicos, pero a 36 meses y también con 0 % de interés en términos reales.


https://www.rcnradio.com/economia/estratos-3-y-4-tambien-podran-pagar-servicios-publicos-de-abril-y-mayo-cuotas

lunes, mayo 04, 2020

Puntos a tener en cuenta para la seguridad social de independientes: Actualícese #EnCasa




Actualízate en temas tributarios, de Estándares Internacionales y contables de forma gratuita de la mano de nuestros contenidos abiertos. 

Un compendio de especiales temáticos, a través de análisis, infografías, herramientas y conferencias, con los que ampliarás tus conocimientos. 

En Actualícese estamos comprometidos con la salud de todos los colombianos y queremos hacerles una invitación para que continúen con su capacitación diaria, desde la comodidad de sus hogares. Únete a nuestra causa Actualícese #EnCasa. 

Desde hace un par de semanas hemos estado publicando de una serie de editoriales con contenido libre. ¿Qué significa esto? Se trata de un compendio de diversos especiales temáticos, los cuales a través de análisis, infografías, herramientas y conferencias, explican y amplían información de determinados temas. 

Por lo anterior, los invitamos para que desde su casa ingresen, exploren y de una forma práctica y didáctica se actualicen sobre: 

Cuando hablamos de estados financieros hacemos referencia a un conjunto de documentos con los cuales se puede conocer la situación financiera de las empresas. 

¿Qué pasa si estos no son elaborados correctamente? ¿Inciden en el cálculo de los impuestos de una compañía? Inquietudes que despejamos en este contenido libre. 

A las personas naturales residentes que perciban rentas de trabajo, laborales y no laborales, se les deberá practicar retención en la fuente, por lo cual hay que identificar si el beneficiario obtuvo pagos laborales, abonos en cuenta por honorarios o demás compensaciones por servicios personales. 

¿Para qué otro tipo de contribuyentes aplica esto? ¿Qué pasa con los independientes acogidos al SIMPLE? 

En cumplimiento de su función misional de inspección y vigilancia, misión consagrada en el numeral 1 del artículo 20 de la Ley 43 de 1990, la JCC inició el proceso de visitas in situ, que inicialmente generaron controversia, que siguen adelante y están siendo ejecutadas a la fecha. 

Debido a las modificaciones presentadas a través de la Circular 100-000003 del 17 de marzo de 2020, la Supersociedades tomó la determinación de modificar el calendario para la presentación de los estados financieros de las empresas con corte al 31 de diciembre de 2019. 

Aunque la reforma tributaria 2019 solo buscaba revivir la inexequible Ley 1943 de 2018, estableció al menos 5 normas nuevas para la vigencia 2020 y siguientes. En este contenido libre se explican y analizan las novedades tributarias que establece la Ley 2010 de 2019 o Ley de crecimiento económico. 

Al hablar de la información exógena tributaria hacemos referencia a un registro de datos que se presentan en formato XML a través de un prevalidador. 

¿Cuáles son los plazos para presentarla? ¿Quiénes están obligados a presentarla? Son algunas de las preguntas que a continuación respondemos. 

¿Cuáles cifras y datos se deben consultar para elaborar las declaraciones de renta de las personas jurídicas del año gravable 2019? ¿Cuál es la tarifa? ¿Qué beneficios tienen las empresas? 

Estas y más preguntas quedarán despejadas a través de este contenido libre. 

Luego de que el artículo 135 de la Ley 1753 de 2015 fuera derogado por el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, surgieron dudas por parte de los trabajadores independientes. Por lo anterior, estos son los cambios que deben tener presentes los trabajadores independientes, en cuanto a su regulación se refiere.


https://actualicese.com/puntos-a-tener-en-cuenta-para-la-seguridad-social-de-independientes-actualicese-encasa/?referer=email&campana=20200417&accion=click&utm_source=act_boletindiario&utm_medium=act_email&utm_campaign=act_boletincontenidos&utm_content=20200417_contribuyente&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d

domingo, mayo 03, 2020

Habrá reforma tributaria más rápido de lo imaginado y a causa del COVID-19


Existe la posibilidad de que una vez termine la pandemia se presente una reforma tributaria. 

La crisis económica implica menos ingresos públicos, como consecuencia del frenazo económico. 

El papel fiscalizador de la Dian debe sobresalir, ya que no se cumplirá con meta de recaudo tributario. 

La idea que se llegó a barajar de que no se tendría una nueva reforma tributaria en el país se quedará en un sueño. La situación económica por la cual pasan Colombia y el mundo entero por culpa del COVID-19 ha hecho que la realidad sea otra. Sí, habrá de nuevo reforma tributaria. 

Y es que vale la pena recordar que el 20 de febrero de 2020 el director de la Dian, José Andrés Romero, en la presentación del plan de transformación de la Dian, dijo que la agilización de los procesos al interior de la entidad y la ampliación del recaudo en el país serían las estrategias para evitar una nueva reforma tributaria. 

Romero dijo que gracias a este cambio se lograría aumentar el recaudo en cinco puntos del PIB, lo que equivale a una cifra cercana a los 50 billones de pesos. 

«Con la modernización de la dirección de impuestos, con la inversión en tecnología, en big data y en nuevas plataformas tecnológicas, seguramente Colombia no va a necesitar nuevas reformas tributarias. No solamente en este Gobierno, sino en varios Gobiernos», afirmó. 

Hoy, casi un mes y medio después de dicha afirmación, el panorama es muy diferente. El 13 de abril del año en curso el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, dijo que el 2020 será uno de los peores años para el país en términos económicos, ya que, según proyecciones, el crecimiento económico caerá entre un 1,5 % y un 2 % (antes de la llegada del COVID-19 al país se preveía un crecimiento del 3,7 %). 

“Este será uno de los peores años, si no el peor, de nuestra historia económica. Cada día de encerramiento forzoso nos cuesta más de 2 billones de pesos a los colombianos”, aseguró Carrasquilla en dialogo con Semana

Además, el recaudo será inferior a los 158 billones de pesos que se tenían presupuestados en el plan financiero, lo que significará elevar la deuda del país, pero esperando que cuando finalice la crisis se pueda pagar. 
Reforma tributaria a la vuelta de la esquina 

Por lo anterior, el ministro aseguró que se va a requerir una reforma tributaria que ayude a la recuperación de los 10 billones de pesos que se dejarán de recaudar por impuestos. 

«Lo importante es tener claro que esa nueva deuda se debe pagar lo más rápido posible, una vez hayamos superado la crisis, y que el plan para hacerlo debe ser muy claro, muy preciso y se tiene que cumplir al pie de la letra. Este principio sencillo pero inapelable es el eje de lo que le presentaremos al país en el mes de junio en el nuevo marco fiscal de mediano plazo», dijo. 
“Se abre la posibilidad de que, una vez termine esta incertidumbre, el Gobierno explore presentar una reforma tributaria”Tweet This

Se abre la posibilidad de que, una vez termine esta incertidumbre, el Gobierno explore presentar una reforma tributaria, como lo afirmó Carrasquilla en entrevista con El Espectador

«La crisis económica que atraviesa el país implica, de una parte, mucho más gasto público para atender los desafíos en salud pública, los humanitarios y los de iliquidez empresarial; pero también implica muchos menos ingresos públicos como consecuencia del frenazo económico que tiene el manejo de la pandemia», afirma. 
A menor recaudo, fiscalización de la Dian cobra protagonismo 

Ya que el recaudo tributario tendrá una caída bastante importante, Germán Darío Machado, asesor del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y docente de Economía Colombiana de la Universidad de Los Andes, dice en Actualícese que combatir la evasión y la elusión es fundamental. 

«La modernización de la Dian ya está generando resultados que se espera que se profundicen rápidamente. En el corto plazo se terminarán de adelantar mejoras de gestión administrativa y de fiscalización que, junto con la implementación total de la factura electrónica y del sistema informático electrónico de tránsito aduanero, hacen parte de las estrategias para atacar de forma más fuerte y directa la evasión de impuestos y al contrabando», indica Machado. 

Gustavo Cote, exdirector de la Dian, afirma en Actualícese que la entidad tendrá que adoptar estrategias particulares para garantizar que se cumpla con las obligaciones corrientes y ordinarias del año. 

«Deberá acudir a campañas de divulgación que toquen el corazón de los colombianos y les haga ver desde el fondo de sus sentimientos de solidaridad la importancia que tiene aportar a los recursos públicos. Igualmente, tendrá que ser inflexible frente a los casos de evasión que detecte en sus programas de fiscalización», recomienda.



https://actualicese.com/habra-reforma-tributaria-mas-rapido-de-lo-imaginado-y-a-causa-del-covid-19/?referer=email&campana=20200417&accion=click&utm_source=act_boletindiario&utm_medium=act_email&utm_campaign=act_boletincontenidos&utm_content=20200417_contribuyente&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d

En abril se dispararía la curva del desempleo en Manizales


Aseguró el Observatorio de Mercado de Trabajo de Caldas. Se espera un aumento de 19 puntos. Desafío. 

Manizales no se salvará de la difícil situación económica y del aumento del desempleo que se estima en el país, debido a la pandemia, considerada en la historia como la de mayor impacto en la economía mundial. 

Según un estudio del Observatorio del Mercado del Trabajo en Caldas, se estima que durante el periodo de confinación en abril la tasa de desempleo de la ciudad aumentará al 32%, un incremento de 19 puntos, con respecto al periodo diciembre 2019- febrero 2020, cuando se situó en 13%. La proyección no es tan desalentadora si se compara con ciudades como Cúcuta e Ibagué que alcanzarían una tasa superior al 36% (Ver infografía). 

Mark Twain decía que la historia nunca se repite, pero a veces rima, y este panorama rima con las cifras de desempleo que se registraron en algunas crisis del pasado, como la de finales de los 90, cuando la tasa fue del 21%, la de 1986 (crisis cafetera) y la de la primera década del 2000, en las que se situó en 16%. 

¿Qué dice? 

Edisson Stiven Castro Escobary Héctor Mauricio Serna Gómez,docentes de la Universidad de Manizales e investigadores del Observatorio, señalaron que durante este mes, en Manizales, la cifra podría pasar de 28 mil 313 desocupados a cerca de 70 mil desocupados,teniendo en cuenta la población que está en riesgo de perder su trabajo. “El índice de riesgo de pérdida de empleo es de 22,3%, por lo que es probable que cerca de 42 mil personas sean despedidas de su trabajo y se sumarían a los 28 mil existentes". 

Para los académicos las cifras no son descabelladas, teniendo en cuenta que el DANE estimó que 1 millón 146 mil colombianos perderían sus puestos de trabajo y hasta ayer Caldas aportaba 6.171 desempleados. 

El informe indicó que los sectores de construcción, el comercio, los servicios financieros, el transporte y las comunicaciones serían los sectores que registrarían más despidos en los próximos meses. 

En el estudio se plantean tres posibles futuros escenarios de recuperación (Optimista, normal y pesimista) que dependerán de la dinámica de la economía y la capacidad para superar la emergencia sanitaria. (Ver infografía). 


No todo está perdido 

Duván Emilio Ramírez Ospina, decano de la Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas de la U. de Manizales, considera que este es el momento para reinventarse y empezar a pensar en las posibles soluciones para ganarle la guerra al rezago. 

Aquí algunas soluciones: 

*Las organizaciones, especialmente las del comercio, tendrán que reinventarse y aprovechar las tecnologías para implementar tiendas virtuales, que atiendan las 24 horas del día y sistemas de pago en línea. 

*El Gobierno debe impulsar la construcción de vivienda, especialmente en los estratos 1 y 2, en los que la demanda es insatisfecha. En este mismo sentido, alentar la compra a través de subsidios. 

*Las administraciones tendrán que explorar sus capacidades fiscales para incentivar las obras públicas y viales que generen más oportunidades laborales. 

A nivel mundial 

El Fondo Monetario Internacional confirmó el miércoles que debido a la covid-19, este 2020 se vivirá la peor recesión económica en 90 años, superando lo visto durante la crisis financiera global de 2008. 

En su más reciente informe Panorama Económico Global, el organismo estimó una contracción del 3% para la economía global, con una caída del 11% en los volúmenes de comercio de bienes y servicios. Apenas en enero, el FMI proyectaba una expansión global del 3,3%. Para 2021 se espera una recuperación económica del 5,8%. Aunque estará rodeada de mucha incertidumbre, la recuperación será menor a los niveles previos al brote. 

Ocupados y desocupados 

De acuerdo con el DANE, en Manizales - Villamaría la población Económicamente Activa (empleados más desempleados) es de 217 mil 780 personas. De esta cifra,189 mil 467 están ocupadas, el 60,3% poseía un empleo formal y el 39,2%, un trabajo informal. Mientras que la cifra de desocupados sumaba los 28 mil 313 personas.


https://www.lapatria.com/economia/en-abril-se-dispararia-la-curva-del-desempleo-en-manizales-456310