martes, enero 28, 2020

Plazos para presentar declaraciones tributarias durante el 2020




Por medio del Decreto 2345 del 23 de diciembre de 2019, el Ministerio de Hacienda estableció los plazos para realizar la presentación y pago de las declaraciones tributarias durante el 2020. 

Como novedad, dicho calendario incluye los plazos para la presentación de la declaración anual del SIMPLE. 

Luego de haber publicado el 30 de octubre de 2019 un proyecto de decreto, mediante el cual se propuso el calendario tributario aplicable al año gravable 2020, finalmente el 23 de diciembre de 2019 el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 2345 para definir los plazos para la presentación y pago de las diferentes declaraciones tributarias. 

Dicho decreto contempla modificaciones a las normas contenidas en el Decreto 1625 de 2016 con el objetivo de incluir las novedades previstas en la Ley 1943 de 2018 (declarada inexequible a través de la Sentencia C-481 de 2019), entre las cuales se encuentra la presentación de la declaración unificada del nuevo régimen simple. 

Por lo tanto, al iniciar el nuevo año es importante estar atento a las fechas en las que se deberán presentar las declaraciones tributarias más comunes, entre las cuales encontramos: 
Impuesto sobre la renta y anticipo 

Para la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementario y su respectivo anticipo se deberán tener en cuenta los plazos específicos para los diferentes grupos obligados a declarar: 

Grandes contribuyentes 

Las personas naturales y jurídicas contribuyentes del régimen especial y calificadas para 2019 y 2020 como grandes contribuyentes, deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario por el año gravable 2019 entre el 14 y el 27 de abril de 2020, de acuerdo con el último dígito del NIT del declarante. 

Es de aclarar que este tipo de contribuyentes cancelarían el valor total del impuesto a cargo y el anticipo de renta en tres cuotas así: 
Pago de la primera cuota: entre el 11 y el 24 de febrero de 2020. 
Declaración y pago de la segunda cuota: entre el 14 y el 27 de abril de 2020. 
Pago de la tercera cuota: entre el 9 y el 24 de junio de 2020. 

El valor de la primera cuota no podrá ser inferior al 20 % del saldo a pagar del año gravable 2018. Una vez se haya liquidado el impuesto y el anticipo, del valor a pagar se restará lo pagado en la primera cuota y el saldo se cancelará en dos cuotas equivalentes al 50 % del saldo a pagar. 

Personas jurídicas y demás contribuyentes 

Las personas jurídicas y los contribuyentes del régimen especial no calificados como grandes contribuyentes presentarán la declaración y el pago de la primera cuota del impuesto sobre la renta y complementario entre el 14 de abril y el 12 de mayo de 2020, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT. 

El pago de la segunda cuota sería efectuado entre el 9 y el 24 de junio de 2020 según el último dígito del NIT. 

Personas naturales y sucesiones ilíquidas 
“Las personas naturales y sucesiones ilíquidas presentarían la declaración del impuesto sobre la renta entre el 11 de agosto y el 21 de octubre de 2020”

Las personas naturales y sucesiones ilíquidas presentarían la declaración del impuesto sobre la renta entre el 11 de agosto y el 21 de octubre de 2020, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT. 
IVA 

Los responsables del IVA deberán considerar si cumplen las condiciones para presentar la declaración de forma bimestral o cuatrimestral, para lo cual deberán tener en cuenta lo siguiente: 

Declaración y pago bimestral 

Deberán presentar la declaración del IVA bimestralmente los grandes contribuyentes y aquellas personas naturales y jurídicas, cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre de 2019, sean iguales o superiores a 92.000 UVT ($3.152.840.000). 

Tales bimestres se cumplirán en las siguientes fechas de acuerdo con el último dígito del NIT del responsable, sin tener en cuenta el dígito de verificación, así: 
Enero – febrero: entre el 10 y el 24 de marzo de 2020. 
Marzo – abril: entre el 12 y el 26 de mayo de 2020. 
Mayo – junio: entre el 7 y el 21 de julio de 2020. 
Julio – agosto: entre el 8 y el 21 de septiembre de 2020. 
Septiembre – octubre: entre el 10 y el 24 de noviembre de 2020. 
Noviembre – diciembre: entre el 13 y el 26 de enero de 2021. 

Declaración y pago cuatrimestral 
“Presentarán la declaración de IVA cuatrimestralmente las personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre de 2019 sean inferiores a 92.000 UVT ($3.152.840.000)”

Presentarán la declaración de IVA cuatrimestralmente las personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre de 2019 sean inferiores a 92.000 UVT ($3.152.840.000), así: 
Enero – abril: entre el 12 y el 26 de mayo de 2020. 
Mayo – agosto: entre el 8 y el 21 de septiembre de 2020. 
Septiembre – diciembre: entre el 13 y el 26 de enero de 2020. 
Impuesto nacional al consumo 

Los responsables del impuesto nacional al consumo –INC– deberán presentar y pagar la declaración de manera bimestral, en los mismos períodos y fechas establecidas para el IVA. 
Retención en la fuente 

Los agentes de retención del impuesto sobre la renta e IVA, así como por contribuciones por laudos arbitrales a que se refieren los artículos 368, 368-1, 368-2, 437-2 y 518 del Estatuto Tributario –ET– y el artículo 130 de la Ley 1955 de 2019, al igual que los autorretenedores del artículo 1.2.6.6 del Decreto 1625 de 2016, deberán presentar y pagar las retenciones y autorretenciones realizadas cada mes en los siguientes plazos: 
Enero: entre el 11 y el 24 de febrero de 2020. 
Febrero: entre el 10 y el 24 de marzo de 2020. 
Marzo: entre el 14 y el 27 de abril de 2020. 
Abril: entre el 12 y el 26 de mayo de 2020. 
Mayo: entre el 9 y el 24 de junio de 2020. 
Junio: entre el 7 y el 21 de julio de 2020. 
Julio: entre el 11 y el 25 de agosto de 2020. 
Agosto: ente el 8 y el 21 de septiembre de 2020. 
Septiembre: entre el 6 y el 20 de octubre de 2020. 
Octubre: entre el 10 y el 24 de noviembre de 2020. 
Noviembre: entre el 10 y el 23 de diciembre de 2020. 
Diciembre: entre el 13 y el 26 de enero de 2021. 
Declaración anual de activos en el exterior, según tipo de declarante 
Grandes contribuyentes: entre el 14 y el 27 de abril de 2020, según el último dígito del NIT. 
Personas jurídicas: entre el 14 de abril y el 12 de mayo de 2020, según los dos últimos dígitos del NIT. 
Personas naturales: entre el 11 de agosto y el 21 de octubre de 2020, según los dos últimos dígitos del NIT. 
Declaración informativa de precios de transferencia 

Los plazos para presentar virtualmente la declaración informativa de precios de transferencia transcurrirán entre el 7 y el 21 de julio de 2020, según el último dígito del NIT. 
Documentación comprobatoria de precios de transferencia 

Para presentar la documentación comprobatoria los obligados deberán tener en cuenta, según el último dígito del NIT, estos plazos: 
Informe local: entre el 7 y el 21 de julio de 2020. 
Informe maestro: entre el 10 y el 23 de diciembre de 2020. 
Informe país por país: entre el 10 y el 23 de diciembre de 2020. 
Actualización y presentación de la memoria económica régimen tributario especial 

Contribuyentes que hacen parte del régimen tributario especial -RTE-, así como las cooperativas, tienen la obligación de actualizar el registro web al que hace referencia el artículo 364-5 del ET, a más tardar, el 31 de marzo de 2020. 

Quienes estando obligados no hagan la actualización y su respectivo envío, se convertirán en contribuyentes del impuesto de renta y complementario del régimen ordinario para el año gravable 2020 y tendrán que actualizar el RUT. 
Impuesto unificado bajo el SIMPLE 

Las personas naturales y jurídicas que se hayan inscrito como contribuyentes del SIMPLE para el período gravable 2019 deberán presentar la declaración anual consolidada y pagar el impuesto correspondiente al año gravable 2019 según el último dígito del NIT, entre el 22 y el 28 de octubre de 2020. 

Los contribuyentes inscritos en el indicado régimen que sean responsables del IVA, deberán presentar la declaración anual consolidada del IVA correspondiente al año gravable 2019, según el último dígito del NIT, entre el 24 y el 28 de febrero de 2020.

¡Consulta y descarga nuestro Calendario tributario – Versión digital 2020 y la Versión para imprimir!



https://actualicese.com/plazos-para-presentar-declaraciones-tributarias-durante-el-2020/?referer=email&campana=20200103&accion=click&utm_source=act_boletindiario&utm_medium=act_email&utm_campaign=act_boletincontenidos&utm_content=20200103_contribuyente&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d

La banca no llega a más colombianos por sus estructuras de costos tan altos


Movii está por alcanzar los 500.000 usuarios y su tasa de crecimiento mensual en transacciones y usuarios está entre 30% y 40% 

En septiembre, la Sociedad Especializada en Pagos y Depósitos Electrónicos (Sedpe) Movii iba a lanzar un comercial para dar a conocer sus servicios. Este iba a ser emitido una única vez en televisión y luego sería divulgado a través de medios digitales. Sin embargo, el audio del video se filtró y generó malestar en el sector financiero. Hernando Rubio, CEO de Movii, le contó a LR cómo concluyó ese episodio y en qué están trabajando actualmente. 

¿Qué pasó tras la polémica del comercial que no se emitió?
Todos saben que lo que digo en ese video está soportado, que es verdad y que por más de 10 años he dicho exactamente lo mismo. Lo único que hice diferente fue ponerle un poco de humor. ¿Por qué? Porque en esta era digital hay tanto contenido, que generas una emoción o el comercial nadie lo ve. La banca no le vio el humor, lo vio como una amenaza, y es muy difícil de entender por qué. Hicieron cosas muy agresivas en contra nuestra, como ese ‘press release’ que sacaron a través de Asobancaria diciendo “todos los bancos unidos vamos a demandar a Movii”. 

¿Los demandaron?
No, porque no había nada que demandar, pero lo cogieron muy mal y se vinieron muy fuerte en contra de todo, y eso asusta mucho. Al final, después de esas primeras semanas complejas, tengo que decir que lo que al principio parecía que era un ‘embarradón’, hoy pienso que, aunque no salió, el comercial hizo que la inclusión financiera en este país se volviera de moda. Todo el mundo está hablando del tema, varios bancos han cambiado sus productos y el último evento de Colombia Fintech, que fue hace un par de semanas, se llamó ‘Por la digitalización para la inclusión financiera’. Nosotros ya pasamos la página, sacamos otro comercial y estamos creciendo muy bien. 

¿Cómo están en usuarios?
Hace dos meses pasamos los 300.000 usuarios y ya estamos llegando a los 500.000. Al mirar el porcentaje de crecimiento mes a mes, crecemos entre 30% y 40% en usuarios y en transacciones. Más allá de la vanidad del número de usuarios, lo que me tiene más feliz es que hay unos números que están divinos sobre inclusión financiera.

¿Cuáles son esos resultados?
Hemos encontrado que, de la totalidad de nuestras transacciones, solo 2% son retiros. La mayoría de las billeteras en el mundo son para desembolsar plata, pero aquí la gente encontró una razón para dejarla en la app. No es por falta de sitios para retirar, porque puede retirar el dinero en cualquier cajero de Colombia, ya que es MasterCard la tarjeta o pueden retirarlo con el app en cualquier Éxito, en cualquier Baloto, en cualquier Drogas la Rebaja o en cualquier punto MoviiRed. Hay 17.000 puntos de venta donde la gente puede retirar. Además, nosotros no pagamos nada por dejar el dinero ahí, así como no cobramos, tampoco damos rendimientos, pero es una forma segura de tener la plata. 

LOS CONTRASTES

Erick RincónPresidente de Colombia Fintech

“Las Sedpe son un instrumento extraordinario de inclusión financiera, pues tienen un modelo de vinculación digitalizado, simple y con cobertura”. 

El otro indicador muy bueno es cómo le meten plata a la cuenta. Hay dos maneras de hacerlo: si eres bancarizado, puedes traer la plata desde tu cuenta de cualquier banco, y si no, puedes ir a los puntos de recarga como Baloto y Éxito. Del total de recargas, 75% se hacen en puntos externos y 25% a través de transferencias desde cuentas bancarias. Eso nos muestra a nosotros que la gran mayoría de los usuarios es gente que no tiene una cuenta activa. 

También están los número de la gente para qué está usando Movii. La transacción número uno es para hacer compras por internet, pero también lo usan para recargar el celular, para pagar facturas y para enviar dinero. 

¿Por qué la banca no ha podido llegar a esas personas?
Por las estructuras de costos tan altos que tiene y por la tecnología vieja que usa la mayoría. Producto de esa tecnología vieja y de esos altos costos con los que se montaban las cosas anteriormente, no en la era digital que todo es más fácil y más barato, crearon un modelo en donde adquirir un usuario tenía un costo muy alto. Como su objetivo es la rentabilidad, ser sostenibles en el tiempo y ser rentables, el único modelo de negocio que encontraron se basa en cobrarle ‘fees’ a las personas. 

Para nosotros lo más relevante es mantener el costo de adquisición bajito, porque si mantenemos este bajito y no le cobramos al usuario, sino que lo que hacemos es cobrarles a los proveedores, nosotros vamos a tener crecimiento exponencial. 

¿Cuál es el promedio de las transacciones en Movii?
En Colombia, la media de la transacción que se hace con tarjeta débito es de entre $140.000 y $150.000. Nuestra transacción débito promedio es $25.000. Eso significa que estamos llegando a personas de menos ingresos. Hay un montón de retos económicos porque toda la estructura de pagos de Colombia es muy costosa y está hecha para prestar servicios de $150.000 para arriba. Para nosotros es un reto muy grande poder hacer las transacciones de $25.000, pero este país tiene que ser capaz de llegar a que una persona pueda pagar un chocorramo de manera digital. 

Más de 90% de las transacciones en el país se realizan en efectivo. ¿Por qué?
La banca dice que las principales razones son que a la gente le da miedo volverse visible por problemas tributarios con la Dian o que el 4x1.000 ahuyenta a la gente de digitalizarse, porque en efectivo no está este impuesto y en las cuentas sí. Ambas son razones válidas, pero la mayoría de las transacciones son en efectivo porque el pago digital es fuera de línea y tiene un costo altísimo. 

Nosotros no estamos acá para matar el efectivo, este va a durar por mucho tiempo. Estamos acá para ayudar a que la gente haga las transacciones que con el efectivo no puede hacer, como hacer compras en internet. 

En una entrevista pasada con LR nos comentó que tendrán nano seguros y remesas. ¿Cómo van estos proyectos?
Los seguros que queremos hacer son de momento y hemos tratado con muchas empresas de hacerlos, pero ha sido complejo por la tecnología en la que están basados sus servicios. Igual seguimos en el proceso. El Soat ya se puede comprar en nuestra plataforma, pues es el único seguro que por ley el Gobierno obligó a que fuera 100% digital. 

En las remesas venimos trabajando también. Ya fuimos autorizados para ser intermediaros del mercado cambiario por el Banco La República, y ya estamos en el mínimo producto viable con el primer money remiter para empezar a hacer los pagos de billetera a billetera. Estamos haciendo ensayo y error, pero una vez tengamos el servicio listo lo empezaremos a soltar de a poco para que la gente pueda recibir su envío de dinero directamente en la billetera y no tenga que hacer fila en una oficina física. 

¿En qué otros servicios están trabajando?
Con los resultados que comenté antes, estamos viendo que hay gente que empieza a usar Movii para ahorrar y queremos ponérsela más fácil, es decir con más beneficios y estímulos para que dejen la plata ahí. En el tema de adquirencias también estamos trabajando para que comercios puedan recibir pagos digitales.


https://www.larepublica.co/finanzas/la-banca-no-llega-a-mas-colombianos-por-sus-estructuras-de-costos-tan-altos-hernando-rubio-ceo-movii-2945762