En este archivo de Excel elaborado por nuestro líder en investigación tributaria, Diego Guevara Madrid, encontrará las novedades y anexos que debe tener en cuenta para preparar el formulario 110 y formato 2516 para la declaración de renta o ingresos y patrimonio de personas jurídicas –AG 2019–.
En el presente archivo se incluye en versión Excel el formulario 110 para declaraciones de renta y/o de ingresos y patrimonio de personas jurídicas y personas naturales sin residencia por el año gravable 2019 y fracción de año gravable 2020, prescrito por la Dian a través de su Resolución 000023 de marzo 18 de 2020 (publicada en el Diario Oficial 51.261 del 19 de marzo de 2020, el cual circuló en internet el 27 de marzo de 2020).
Se incluyen, adicionalmente, en versión Excel, las 7 páginas (secciones) que componen el formato 2516 v. 3 (reporte de conciliación fiscal; ver artículo 772-1 del ET y Decreto 1998 de noviembre 30 de 2017) para el año gravable 2019, prescrito con la Resolución 000052 de octubre 30 de 2018 (la cual fue modificada con las resoluciones 000016 de marzo 7 de 2019, 000071 de octubre 28 de 2019 y 000023 de marzo 18 de 2020).
Quienes deban presentar virtualmente el formato 2516 v. 3 deberán hacerlo antes del vencimiento del plazo para la presentación de la declaración del formulario 110. Téngase presente que dicho formato 2516 solo es elaborado por los «contribuyentes del impuesto de renta obligados a llevar contabilidad» (sin importar si son del régimen ordinario o del especial), pero no debe elaborarse por parte de los «no contribuyentes del impuesto de renta», sin importar si son o no declarantes de ingresos y patrimonio (ver parágrafo 3 del artículo 1.7.2 del DUT 1625 de octubre de 2016). Además, tampoco debe ser elaborado por los contribuyentes que durante el año gravable 2019 hayan optado voluntariamente por pertenecer al régimen simple de tributación (nota: tener presente que el PDF del formato 2516 v. 3 se tendrá que estudiar en combinación con lo que estableció el artículo 2 de la Resolución 000023 de marzo 18 de 2020).
La Dian sigue sin publicar el nuevo prevalidador tributario para el formato 2516 v. 3, el cual permitiría conocer cuáles son efectivamente las celdas en verde que no son diligenciables, pues dichas celdas no quedaron identificadas en los documentos que se expidieron como anexos de la Resolución 000052 de octubre 30 de 2018. Al respecto, debe tenerse presente que dicho prevalidador es un aplicativo diseñado por la Dian, que solo funciona en los computadores que tengan Excel para Windows y no funcionan en los computadores que solo tengan Excel para MAC (por ese motivo, los usuarios de MAC necesitan tener fraccionado su disco duro e instalar una licencia de Windows y otra de Excel para Windows, pues solo de esa forma pueden hacer funcionar los prevalidadores de la Dian).
(Nota: para conocer si la Dian publica el prevalidador tributario del 2516 v. 3 se debe visitar esta zona del portal de dicha entidad, debajo del subtítulo «prevalidador impuestos«). Además, lo único que ha publicado la Dian es un archivo de Excel básico, con lo que sería la estructura de dicho formato.
Por tanto, cuando se estudien las hojas del presente archivo que correspondan a la estructura del formato 2516 v. 3 deberá tenerse en cuenta que allí quedaron marcadas en color azul las celdas que la misma Dian definió como no diligenciables. Además, en marzo del año 2019, al momento de instalar el prevalidador tributario con que se elaboró el anterior formato 2516 v. 2 para el año gravable 2018, dicho aplicativo terminaba liberando tres archivo especiales en PDF denominados «Guía del usuario del prevalidador«, «Guía para la carga y envío del archivo XML» y «Preguntas frecuentes del reporte de conciliación fiscal«, los cuales se recomienda examinar detenidamente, ya que tales instrucciones siguen siendo útiles para elaborar el nuevo formato 2516 v. 3.
Cabe anotar que, junto al formulario 110 y el formato 2516 v. 3 en este archivo de Excel incluimos los modelos de los principales anexos que se sugieren elaborar y conservar para soportar las cifras que se llevarían a los diferentes renglones de dichos documentos.
Adviértase además que, aunque el formulario 110 y el formato 2516 diseñados por la Dian también deben ser utilizados por las personas naturales no residentes y las sucesiones ilíquidas no residentes obligadas a llevar contabilidad, en los anexos que se elaboraron dentro del presente archivo solo se hicieron adaptaciones aplicables a las personas jurídicas (ya fuesen personas jurídicas declarantes de renta del régimen ordinario, o personas jurídicas declarantes de renta del régimen especial, o personas jurídicas declarantes de ingresos y patrimonio). Por tanto, los anexos que se incluyen en este archivo no tienen adaptaciones que sean aplicables a los casos de personas naturales no residentes obligadas a utilizar el formulario 110 y el formato 2516.
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