jueves, noviembre 14, 2019

Impuesto diferido en contratos de venta o enajenación de bienes: puntos a tener en cuenta


Fiscalmente el ingreso por la venta de bienes inmuebles se reconoce en la fecha de la escritura pública, y en términos contables no se especifica la condición de firmar una escritura pública para realizar el reconocimiento del ingreso. Con base en esto exponemos un caso práctico de impuesto diferido. 

Para abordar el impuesto diferido en los contratos de venta o enajenación de bienes se debe realizar un análisis sobre qué sucede en la operación entre vendedor y comprador. Ante la venta de un inmueble se pueden dar, entre otros, los siguientes casos: 
El vendedor conserva la titularidad legal del bien y le entrega el activo al comprador, esto con el fin de que el primero tenga una garantía del pago que está por recibir del segundo. 
El vendedor le entrega la titularidad legal del bien y el activo al comprador, y recibe el pago por parte de este último de inmediato. 
El vendedor le entrega la titularidad legal del bien y el activo al comprador, y firma un contrato con él en el que pactan que recibirá posteriormente los pagos. 

En la práctica, en la mayoría de los contratos de venta o enajenación de bienes a plazos, tiene lugar el primer escenario mencionado, pues el vendedor conserva la titularidad legal del bien con el fin de generar una garantía sobre el pago del mismo, razón por la cual la escritura pública se firma luego de entregarle el activo al comprador, e incluso después de algunos pagos. 

Esta operación genera impuesto diferido, puesto que para fines fiscales se podrá reconocer el ingreso al momento de realizar la escritura pública (ver artículos 27 y 28 del ET). 

Situación distinta ocurre con el tratamiento contable, donde no se incluye como requerimiento para reconocer el ingreso la condición de que la titularidad legal del bien le haya sido transferida al comprador, ni que este haya efectuado los pagos o se le haya entregado el activo; sino que se exige que se hayan transferido los riesgos y beneficios asociados al bien, además de otras condiciones mencionadas en el párrafo 23.10 del Estándar para Pymes, como que los costos e ingresos derivados de la operación se puedan medir con fiabilidad, que el vendedor obtenga beneficios económicos y que no conserve el control efectivo sobre el bien ni ninguna implicación en la gestión corriente del mismo. 
¿Interesado en ampliar este tema? 

Si usted desea ampliar su conocimiento sobre este tema, le recomendamos revisar la conferencia Ejemplos sobre el cálculo del impuesto diferido por concepto de la venta de bienes inmuebles a largo plazo, emitida por nuestro líder de investigación en Estándares Internacionales Juan David Maya, la cual es exclusiva para suscriptores Platino. 




https://actualicese.com/impuesto-diferido-en-contratos-de-venta-o-enajenacion-de-bienes-puntos-a-tener-en-cuenta/?referer=email&campana=20191108&accion=click&utm_source=act_boletindiario&utm_medium=act_email&utm_campaign=act_boletincontenidos&utm_content=20191108_contribuyente&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d

Empleadores e independientes adeudan $5 billones en parafiscales

La evasión en los trabajadores independientes supera los 3 billones de pesos, según indicó el Gobierno.

Billetes de 100 mil pesos colombianos
Colprensa (Referencia) 

La Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) rindió cuentas de la gestión que ha venido adelantando en el último año, ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Esa entidad informó que en los últimos años ha disminuido la evasión en el pago de salud, pensión y riesgos laborales. Sin embargo, varias empresas y trabajadores independientes siguen sin pagar sus aportes parafiscales, por lo que en el último año esta evasión llegó a los cerca de 5 billones de pesos. 

“La evasión de los empleadores hoy está en una tasa inferior del 5%. Anteriormente los independientes no cotizaban y hoy tenemos una evasión en este segmento que llega al 30% y en términos de recursos, hoy esta falta de pago es menor a los 5 billones de pesos, así que aún hay un trabajo por hacer”, afirmó la directora de la entidad, Gloria Inés Cortés.

En total, 3.8 billones de pesos corresponde a la evasión en los parafiscales por parte de los independientes y 1.2 billones de pesos corresponde al saldo rojo que tienen las empresas, con el Gobierno Nacional. 

A pesar de que la evasión en el país sigue siendo alta, la funcionaria señaló que se ha avanzado mucho en este frente, pues en el año 2012 el Estado dejó de percibir 16 billones de pesos por la falta de pago en salud, pensión y riesgos laborales de trabajadores independientes y empresas. 

Cortés dijo que es importante cumplir con el pago de los parafiscales ya que estos benefician al trabajador y a su grupo familiar a la hora de cubrir alguna emergencia en materia de salud. Además, los aportes que se realizan mensualmente permite reunir los requisitos para acceder a una pensión y en el caso de los riesgos laborales se cuenta con cobertura necesaria para atender alguna emergencia.

Las empresas o independientes que no cumplan con el pago tendrán que enfrentar altas sanciones económicas, que van desde el 5% hasta el 200% del total de la deuda.



https://www.rcnradio.com/economia/empleadores-e-independientes-adeudan-5-billones-en-parafiscales