jueves, febrero 23, 2023

IVA en la adquisición de bienes y servicios para el desarrollo de proyectos de generación con FNCE y gestión eficiente de la energía. Oficio DIAN 127 (000434) de 2022

 


OFICIO Nº 127 [000434]

30-01-2023

DIAN

De conformidad con el artículo 56 del Decreto 1742 de 2020, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas generales que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.

Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta si, al momento de finalizar la importación temporal de corto plazo, se puede presentar el certificado de que tratan los artículos 12 y 13 de la Ley 1715 de 2014, expedido por la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, en aras de acceder a la exclusión del IVA y exención de aranceles.

Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes:

El artículo 12 de la Ley 1715 de 2014 establece:

“ARTÍCULO 12. EXCLUSIÓN DEL IMPUESTO A LAS VENTAS (IVA) EN LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE GENERACIÓN CON FNCE Y GESTIÓN EFICIENTE DE LA ENERGÍA. <Artículo modificado por el artículo 9 de la Ley 2099 de 2021. El nuevo texto es el siguiente:> Para fomentar el uso de la energía procedente de fuentes no convencionales de energía FNCE y la gestión eficiente de energía, los equipos, elementos, maquinaria y servicios nacionales o importados que se destinen a la preinversión e inversión, para la producción y utilización de energía a partir de las fuentes no convencionales, así como para la medición y evaluación de los potenciales recursos, y para adelantar las acciones y medidas de gestión eficiente de la energía, incluyendo los equipos de medición inteligente, que se encuentren en el Programa de Uso Racional y Eficiente de Energía y Fuentes No Convencionales (Proure) estarán excluidos del IVA.

(…)

Para tal efecto, la inversión deberá ser evaluada y certificada como proyecto de generación de energía eléctrica a partir de fuentes no convencionales de energía (FNCE) o como acción o medida de gestión eficiente de la energía por la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME.

(…)” (subrayado fuera de texto)

A su vez, el artículo 13 ibidem prevé:

“ARTÍCULO 13. INSTRUMENTOS PARA LA PROMOCIÓN DE LAS FUENTES NO CONVENCIONALES DE ENERGÍA (FNCE) Y GESTIÓN EFICIENTE DE LA ENERGÍA. INCENTIVO ARANCELARIO. <Artículo modificado por el artículo 10 de la Ley 2099 de 2021. El nuevo texto es el siguiente:> Las personas naturales o jurídicas que, a partir de la vigencia de la presente ley, sean titulares de nuevas inversiones en nuevos proyectos de fuentes no convencionales de energía (FNCE) y medición y evaluación de los potenciales recursos o acciones y medidas de eficiencia energética, incluyendo los equipos de medición inteligente, en el marco del Programa de Uso Racional y Eficiente de Energía y Fuentes No Convencionales (Proure), gozarán de exención del pago de los derechos arancelarios de importación de maquinaria, equipos, materiales e insumos destinados exclusivamente para labores de reinversión y de inversión en dichos proyectos. Este beneficio arancelario será aplicable y recaerá sobre maquinaria, equipos, materiales e insumos que no sean producidos por la industria nacional y su único medio de adquisición esté sujeto a la importación de los mismos.

La exención del pago de los derechos arancelarios a que se refiere el inciso anterior se aplicará a proyectos de generación fuentes no convencionales de energía (FNCE) y a acciones o medidas de gestión eficiente de la energía en el marco del Programa de Uso Racional y Eficiente de Energía y Fuentes No Convencionales (Proure) y deberá ser solicitada a la DIAN como mínimo 15 días hábiles antes de la importación de la maquinaria, equipos, materiales e insumos necesarios y destinados exclusivamente a desarrollar los proyectos de FNCE y gestión eficiente de la energía, de conformidad con la documentación del proyecto avalada en la certificación emitida por la UPME.

Para tal efecto, la inversión deberá ser evaluada y certificada como proyecto de generación de energía eléctrica a partir de fuentes no convencionales de energía (FNCE) o como acción o medida de gestión eficiente de energía en el marco del Programa de Uso Racional y Eficiente de Energía y Fuentes No Convencionales (Proure) por la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME).

(…)” (subrayado fuera de texto).

Estas medidas se encuentran reglamentadas en los artículos 1.3.1.12.24. y 1.3.1.12.25. del Decreto 1625 de 2016, de los cuales se destaca lo siguiente:“Cuando la certificación se expida con posterioridad a la importación o adquisición de los bienes y servicios objeto de exclusión del impuesto sobre las ventas (IVA), el inversionista podrá realizar la solicitud de devolución del impuesto pagado, de conformidad con lo previsto en el artículo 1.6.1.21.27. de este Decreto y cualquier norma que lo modifique, sustituya o adicione ” (subrayado fuera de texto).

“La exención del pago de los derechos arancelarios a que se refiere el inciso anterior se aplicará a proyectos de generación fuentes no convencionales de Energía (FNCE) y a acciones o medidas de gestión eficiente de la energía en el marco del programa de uso racional y eficiente de energía y fuentes no convencionales (Proure) y deberá ser solicitada a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Adunas Nacionales (DIAN) como mínimo quince (15) días hábiles antes de la importación de la maquinaria, equipos, materiales e insumos necesarios y destinados exclusivamente a desarrollar los proyectos de FNCE y Gestión eficiente de la energía, de conformidad con la documentación del proyecto avalada en la certificación emitida por la UPME” (subrayado fuera de texto)

Ahora bien, si al momento de la presentación de la declaración de modificación de la importación temporal de corto plazo el importador/inversionista cuenta con el certificado expedido por la UPME, podrá acceder al beneficio contemplado en el artículo 12 de la Ley 1715 de 2014, siempre y cuando se dé cumplimiento a los demás requisitos establecidos en la normativa aduanera y tributaria.

En este punto es importante recordar que, si con el cambio de modalidad de importación hubo lugar al pago del IVA, operará la devolución de dicho tributo, tal y como lo establece el artículo 12 de la Ley 1715 de 2014 y su reglamentación.

Ahora bien, respecto a la exención del pago de los derechos arancelarios de importación, prevista en el artículo 13 de la Ley 1715 de 2014, el importador deberá contar con la licencia previa respectiva de manera previa a la modificación de la declaración de importación temporal de corto plazo. Esto, por cuanto, por expresa exigencia legal, para que el beneficio en comento se haga efectivo, se debe acreditar previo a la obtención de la autorización del levante de la mercancía.

Para mayor información y en relación con lo anterior, se acompaña copia de los Oficios 010946 del 30 de abril de 2018 y 032762 del 10 de noviembre del mismo año, advirtiendo que lo referente a la importación temporal se encuentra regulado en los artículos 200 y siguientes del Decreto 1165 de 2019.

En los anteriores términos se resuelve su solicitud y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad”-“Doctrina”, dando click en el link “Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”.

Qué lleva a que los microempresarios colombianos ahorren?

 Educación financiera y asociatividad empresarial son factores que se asocian con que un microempresario ahorre por medio de instrumentos formales.



Las empresas que se ubicaban en zonas rurales contaban con una mayor disposición a ahorrar frente a sus pares urbanas.

La pandemia generada por cuenta del Covid-19 representó un reto enorme para el aparato empresarial colombiano. En especial, el segmento que quedo más expuesto a este suceso fueron los microempresarios, caracterizados por contar con altos niveles de informalidad, limitada dotación tecnológica y un bajo acceso a financiamiento formal.

De hecho, la Encuesta de Micronegocios (EM) del Dane mostró que solo el 25% de las microempresas encuestadas había ahorrado en 2019 y menos del 20% habían solicitado un crédito en el mismo lapso. Así, se expuso la baja penetración de este tipo de instrumentos, los cuales pueden ser útiles para mitigar los efectos del deterioro en la actividad productiva de las firmas en periodos de crisis.

Precisamente, con el fin de entender las razones que llevan a que un microempresario ahorre y, a su vez, elija un vehículo financiero para hacerlo, el equipo de análisis económico de Banca de las Oportunidades, con la información de la EM de 2019, publicó el estudio “Factores que inciden en la decisión de ahorro de los microempresarios”.

La importancia de este estudio radica en que desde la perspectiva de la inclusión financiera el ahorro puede representar una puerta de entrada al sistema financiero para los microempresarios. De hecho, las características de algunos productos de depósito como la cuenta de ahorros, permite que a través de ellos se genere un historial transaccional de sus operaciones financieras, incluyendo sus ingresos y gastos. Dicha generación de información contribuye a que, en segunda instancia, los dueños de estas firmas puedan acceder a créditos o seguros.

PRINCIPALES HALLAZGOS

Los principales resultados del estudio mostraron que variables como la educación financiera, el grado de asociatividad empresarial, el uso de internet para realizar transacciones y el nivel de ingreso incidieron favorablemente en la probabilidad de que un microempresario ahorre, y además, seleccione un mecanismo formal para hacerlo.

Otro aspecto que se encontró fue que las empresas que se ubicaban en zonas rurales contaban con una mayor disposición a ahorrar frente a sus pares urbanas. No obstante, cuando se evaluó la elección del mecanismo por el cual guardaron su dinero, las empresas que se hallaban en centros urbanos presentaron una mayor probabilidad de elegir un instrumento formal.

Por otra parte, en las microempresas cuya propietaria era una mujer hubo una mayor intención de ahorrar que aquellas cuyo dueño era un hombre. No obstante, no se encontraron resultados concluyentes por sexo a la hora de determinar la elección del vehículo de ahorro. Finalmente, las empresas que eran formales tuvieron una mayor inclinación a utilizar productos financieros autorizados en comparación con las firmas informales.

REFLEXIONES FINALES

La correlación positiva que tuvieron la educación financiera, el grado de asociatividad empresarial y la utilización de internet para realizar transacciones con el ahorro de los microempresarios, da indicios de la importancia que tienen las iniciativas públicas y privadas encaminadas a estos frentes. En particular, los resultados para esta última variable indicarían que un mayor grado de digitalización en la economía estaría contribuyendo a generar mejores prácticas en el manejo de los productos financieros por parte de los empresarios.

Adicionalmente, es necesario continuar analizando estrategias que fomenten el ahorro formal en zonas rurales, pues las microempresas que se ubican en estos territorios tienden a preferir alternativas informales, pese a tener mayor inclinación a ahorrar que las firmas urbanas.

Finalmente, este tipo de estudios reflejan la relevancia de continuar construyendo cada vez más información sobre las necesidades de financiamiento y de ahorro de las microempresas. En efecto, los sucesos derivados de la pandemia obligan a hacer un monitoreo constante de este tipo de firmas, de forma que se continúen implementando estrategias de política pública para que ellas logren sortear satisfactoriamente escenarios de menor dinamismo en la economía.

Cómo utilizar el crowdfunding para financiar proyectos productivos?

 Estas son algunas características del crowdfunding y los beneficios que trae para inversionistas y empresas.



El crowdfunding de inversión constituye un sistema alternativo y complementario a la intermediación financiera tradicional.

La expedición del Decreto 1357 de 2018, proceso coordinado por la Unidad de Regulación Financiera, expandió las opciones de financiación de emprendedores en Colombia. Ahora han sido definidas las reglas para que un grupo de empresas o personas se unan colaborativamente y apoyen un proyecto.

Dado que la norma aún es reciente, estas son algunas inquietudes que podrían tener aquellos emprendedores que recuerdan que el crédito es solo una fuente de financiación, pero no la única.

¿Qué es y cuál es la norma que establece las reglas de juego del crowdfunding de inversión?

Si bien existen modelos de crowdfunding en los que los aportes recolectados se destinan a proyectos sociales o donaciones, el Decreto 1357 de 2018 se centra en el esquema de inversión, en el que el inversionista espera un rendimiento por los recursos entregados. El crowdfunding de inversión constituye un sistema alternativo y complementario a la intermediación financiera tradicional, mediante el cual se realizan recaudos colectivos a través de medios electrónicos para financiar proyectos productivos empresariales.

¿Quiénes participan en el crowdfunding de inversión?

Esta modalidad de crowdfunding incluye tres actores principales:

1. Las sociedades de financiación colaborativa: tienen a cargo la implementación de las plataformas para la recepción, clasificación y publicación de los proyectos productivos que requieran financiación y están sujetas a la vigilancia de la Superintendencia Financiera. Este grupo incluye las sociedades anónimas cuyo objeto exclusivo sea el de intermediar entre aportantes y receptores de financiación, las bolsas de valores y los sistemas de negociación o registro de valores autorizados para tal fin.

2. Los aportantes: invierten recursos en proyectos productivos que se encuentren listados en las plataformas de intermediación de las sociedades de financiación colaborativa.

3. Las empresas o emprendedores: acuden a las sociedades de financiación colaborativa para publicitar su proyecto productivo con miras a solicitar recursos para financiarlo en un plazo no superior a seis meses.

¿A quiénes va dirigida esta modalidad de financiación colaborativa?

La participación en actividades de crowdfunding de inversión no está limitada a aportantes con características predefinidas. Esto permite que más colombianos puedan dar su primer paso hacia la inversión. En particular, a través de la primera plataforma de financiación colaborativa de la Bolsa de Valores de Colombia, a2censo, una persona puede invertir desde $200 mil en proyectos productivos innovadores.

La norma, no obstante, hace una clasificación de los aportantes con el fin de establecer montos máximos de financiación. Los aportantes que demuestren tener un portafolio robusto, idoneidad técnica o estén vigilados por la Superintendencia Financiera se considerarán como calificados. Los demás, se denominarán no calificados.

Así, una empresa puede solicitar hasta 3.000 salarios mínimos (unos $2.633 millones) si los recursos recaudados provienen exclusivamente de aportantes no calificados, o hasta 10.000 salarios mínimos (aproximadamente $8.878 millones) si en el grupo de aportantes hay al menos uno calificado. Las campañas más recientes de a2censo muestran metas de recaudo entre los $100 y $200 millones, lo que indica que el crowdfunding puede constituir un mecanismo alternativo de financiación atractivo para las pymes.

¿Qué pasos se deben seguir para participar en esquemas de crowdfunding?

A continuación, se resumen las generalidades del proceso para aportantes y empresarios.

Generalidades del proceso para aportantes y empresarios.

El 41% de colombianos solo tiene ingresos para sobrevivir, según estudio

 


Cuatro de cada diez colombianos solo recibe ingresos que cubren los gastos necesarios para sobrevivir y más de la mitad están retrasados en sus obligaciones financieras.

Cuatro de cada diez colombianos solo recibe ingresos que cubren los gastos necesarios para sobrevivir y más de la mitad están retrasados en sus obligaciones financieras, según mostró un estudio sobre bienestar financiero en Colombia publicado este miércoles.

El 41 % de las personas declara tener solo los ingresos justos para su supervivencia y el 41,2 % dice estar preocupado o muy preocupado porque el dinero no alcance.

Así se rescata del estudio "Transacciones en línea y bienestar financiero en Colombia", basado en una encuesta a 3.721 adultos realizada por Banca de las Oportunidades, un programa del Gobierno colombiano para la inclusión financiera.

El índice de bienestar financiero de los colombianos, según este estudio, se sitúa, a pesar de estos datos, en un nivel medio, con un 49,8 en una escala en la que 14 es el nivel más bajo y 95 el más alto.

De esta forma, el 22,5 % de los encuestados no podría hacer frente a un gasto imprevisto con sus actuales ingresos y el 40,3 % aseguró que hacer un regalo supone una "enorme carga para sus gastos mensuales".

"Se destaca que las personas entre 18 y 24 años y los hombres alcanzan mayores niveles de bienestar financiero", subraya Banca de las Oportunidades. Este "bienestar financiero" también aumenta para quienes han completado grados escolares, sobre todo si tienen títulos universitarios.

Vivir en una zona rural o no tener carga familiar también da mayor bienestar financiero, así como lo tienen quienes realizan transacciones financieras en línea.

En esta última línea, el informe asegura que la pandemia redujo diez puntos porcentuales las personas que prefieren usar efectivo por encima de pagos con tarjeta o con dinero móvil, que antes de 2020 estaban en un 88,4 %

Por qué el Régimen Simple de Tributación es una oportunidad de ahorro

 A través de este modelo, los empresarios y emprendedores podrán tener beneficios a la hora de pagar impuestos.



Bajo este régimen habrán tarifas diferenciales y excepciones tributarias en algunos casos.

Con la entrada en vigencia de la Ley de Inversión Social, las pequeñas y medianas empresas, así como los empresarios y emprendedores del país, tienen una oportunidad de ahorro en el pago de impuestos, a través del modelo del Régimen Simple de Tributación (RST).

Con la entrada en vigencia de la ley aquellos empresarios que tengan ingresos inferiores a 100.000 UVT ($3.800.400.000, cada UVT es de $38.004 en 2022) podrán hacer parte del RST.

Bajo esta figura, quienes hagan parte del régimen podrá tener tarifas diferenciales que oscilan entre el 3,4% y el 7%, las cuales se determinan por los ingresos y la actividad económica. Además, para los propietarios de restaurantes y bares, o cuya actividad principal y exclusiva sea el expendio de comidas y bebidas, no serán responsables del Impuesto Nacional al Consumo durante el año 2022.

Del mismo modo, las franquicias no serán responsables de IVA durante este mismo periodo.

Tenga en cuenta que si el emprendedor aún no tiene inscripción en el Registro Único Tributario (RUT), puede hacer parte del RST en cualquier momento del año, entre tanto, si el emprendedor o empresario cuenta con RUT, puede acceder a los beneficios del RST actualizando su Registro Único Tributario a través de la App Dian o mediante los sistemas electrónicos de la entidad, entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2022, sin programar cita, ni hacer filas.

Para gozar de los beneficios que trae el RST es importante tener en cuenta lo siguiente:

• Si ya tiene RUT puede consultar el paso a paso https://www.dian.gov.co/impuestos/RST/Documents/Paso-a-paso-RST.pdf y hacer su inscripción en el RST.

• Si se inscribe en el RST después del 1 de enero, deberá transferir o adicionar en los recibos electrónicos del SIMPLE, los impuestos generados durante el periodo gravable que no ha concluido a la fecha de la inscripción en el RST, como lo es el Impuesto Nacional al Consumo generado en este periodo.

Las medidas que surgieron a partir de la Ley de Inversión Social buscan fortalecer el tejido empresarial colombiano, contribuyendo a la reactivación económica, la recuperación de la inversión, la generación de empleo formal, y la posibilidad de que los comerciantes, empresarios y emprendedores reinviertan en sus empresas y negocios para ser más competitivos en el mercado, partiendo del ahorro que obtienen a través del Régimen Simple de Tributación.

Minería cripto e impuestos: viejas ideas para nuevas profesiones

 Cada vez que se habla de criptomonedas las miradas están puestas en su valor y en la oportunidad o no de invertir en ellas. De hecho, la gran mayoría de la literatura se refiere a la tenencia y operación de monedas cripto pero pocos reparan en aquellos que sostienen esta operatoria, los llamados mineros.


Argentina puede tomar la delantera y presentar un sistema normativo moderno y transparente en materia de minería cripto


En un sistema monetario tradicional, una autoridad bancaria central, como la Reserva Federal o el Banco Central Europeo, acuña y distribuye monedas que pone en circulación. Al tener el control sobre la cantidad que circula en la economía, las autoridades bancarias centrales supervisan el valor de la moneda.

Sin una autoridad bancaria central, las criptomonedas deben entrar en circulación a través de una red descentralizada creada mediante una cadena de bloques conocida como blockchain. El proceso para crear y hacer circular nuevas monedas cripto es conocido como "minería", que se realiza a través de computadoras conectadas a la red blockchain.

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Estas computadoras verifican y autentican transacciones de criptomonedas y las registran en la cadena de bloques. A medida en que ocurren las transacciones, las computadoras de minado van construyendo cada bloque mediante un proceso que se conoce como Proof of Work (PoW).
Minería cripto

Para compensar a los operadores de estas computadoras por verificar y autenticar las transacciones (y que, esencialmente, sirven como una autoridad bancaria central), la cadena de bloques los retribuye con las propias criptomonedas derivadas de tarifas de transacción ya estipuladas. Los mineros son los responsables de brindar la potencia informática necesaria para garantizar que otros usuarios puedan participar en las transacciones de manera rápida, segura y eficiente.

El proceso de minería también asegura que las criptomonedas entren en circulación y crezcan a un ritmo regular. Una vez que se completa un bloque, y la computadora resuelve el algoritmo matemático, la red blockchain libera una cantidad predeterminada de monedas en circulación. La liberación controlada de monedas evita la inflación y asegura que las criptomonedas mantengan su valor a lo largo del tiempo.

Dilema tributario local y mundial

La literatura tributaria ha explicado los diferentes impuestos que recaen por la tenencia y enajenación de criptomonedas. No obstante, comienza a tomar importancia la figura de los mineros, ya que su actividad empieza a generar controversias y disputas entre los distintos entes recaudadores locales. Si bien está claro que es un servicio digital, por sus particularidades y el gran uso de hardware para resolver algoritmos no es posible definir el lugar en donde es prestado o en donde es utilizada económicamente la prestación. Es por ello que es necesario precisar si dicho servicio es o no una exportación para permitir su encuadre adecuado en tanto en IVA como en Ingresos Brutos y para la definición de renta de fuente argentina en materia de Impuesto a las Ganancias.

Como menciona el contador Marcos Zocaro, especialista en tributación cripto, "al ser una actividad bastante reciente, también sería necesario que se brindaran algunas precisiones sobre su tratamiento impositivo".

En este aspecto es importante señalar que, si en términos de Impuesto a las Ganancias argentino la minería cripto es definida como una renta de fuente argentina, cualquier retención de impuesto sufrida en el exterior impactará negativamente en los costos, ya que impedirá su cómputo generando doble imposición internacional. Asimismo, su definición como exportación liberaría del pago de Ingresos Brutos y de IVA.

En 2022 comenzarán a discutirse las conclusiones de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico ( OCDE) respecto del Pilar 1 y Pilar 2 para la creación de un impuesto mínimo global. Este proceso de discusión requerirá la adecuación de las normas tributarias internas, por lo que es el momento ideal para que Argentina tome la delantera y presente un sistema normativo moderno y transparente en materia de minería cripto.

Ley de promoción minera cripto

Sin perjuicio de todas las aclaraciones que deban formularse para dar certeza y previsibilidad a los inversores en minería cripto, Argentina posee dos leyes que bien podrían fomentar la implantación de granjas de minado criptola ley 27.506, de Promoción de la Economía del Conocimiento (2019) y
el Régimen de Promoción Industrial de Tierra del Fuego dispuesto a través de la ley 19.640 (1972).

Para ello es necesario tener claro su incorporación al nomenclador de actividades económicas a efectos de asegurar su tributación e inclusión en regímenes promocionales y unir esta nueva profesión a nuestras leyes ya vigentes.

Uno de los aspectos más importantes está vinculado con la transparencia que deben poseer las empresas dedicadas a la minería cripto y el apego a las normas tributarias y éticas. Es por ello que los organismos multilaterales han elevado recomendaciones en este sentido -como por ejemplo la OCDE con las regulaciones BEPS (Based Erosion Profit Shifting)- para evitar medidas de abuso de parte de los contribuyentes para disminuir sus bases de tributación.

Hoy han tomado la delantera países como Canadá, Islandia, Georgia, China y Rusia, pero la carrera recién comienza. China ha dispuesto restricciones a la minería a raíz del impacto ambiental y muchas firmas comienzan a desplazarse por el mundo. Normas claras pueden transformar a nuestro país en pionero y líder de esta nueva industria.

Lo bueno, lo malo y lo feo que dejan las opa sobre el GEA

 Entres las lecciones aprendidas están la educación financiera para conocer formas de comprar empresas y aprender a trabajar con socios no esperados.



Aunque el Grupo Gilinski no logró tomar el control de Nutresa, se trató de buen negocio ya que controlaría el 27% de la propiedad.

Las ofertas públicas de adquisición (opa) que el Grupo Gilinski adelantó sobre Nutresa y Grupo Sura, dos de los pilares del Grupo Empresarial Antioqueño (GEA), han dejado en la opinión pública la sensación de que se trata una confrontación entre empresarios colombianos que hace algo más de dos décadas ya se habían enfrentado por la propiedad de Bancolombia.

Los compradores lograron hacerse al 27,69% de Nutresa, tras haber buscado, con un socio de Abu Dhabi, quedarse con al menos el 50,1% y con el 25,25% de Grupo Sura aunque ahora aspiran, tras el lanzamiento de una nueva opa, comprar entre el 5 y el 6,25% adicional.

Pero el ambiente confrontacional que se vio en medio de estas operaciones, con medidas, anuncios y hasta reclamaciones ante diferentes superintendencias, así como respuestas sorpresivas de su contraparte, también está dejando cosas buenas y malas para el mercado, los inversionistas y la opinión pública.

Para Julián Benavides, jefe de Departamento de Estudios Contables y Financieros de la Universidad Icesi de Cali, algo bueno que dejaron las opa fue una rentabilidad inesperada que aprovecharon los accionistas minoritarios, incluidos los fondos de pensiones, pues las acciones colombianas arrastran con una década de mediocres resultados.

Señala que para el mercado puede haber algo malo en el sentido de que la bursatilidad de las dos acciones va a caer por la mayor concentración que habrá con menos socios propietarios y la caída de la liquidez.

Benavides considera que esto podría tener un efecto, que podría calificarse como “feo”, si una o las dos empresas las sacan de la Bolsa como pasó con Bavaria, tras su venta a una multinacional.

El académico plantea que el GEA en su estrategia podría haber estado considerando tener un socio, pero nunca con el que tuvo problemas en el pasado y “deberán estar pensando que les toca convivir con él”. “Es una pelea en la que los contrincantes no terminan separados, sino juntos”, indica.

Para Gilinski, aunque no logró tomar el control de Nutresa, fue un buen negocio hacerse a más del 27% de propiedad, dijo una fuente próxima a esa familia.

Benavides dice que para el mercado las opa no son malas perse, lo que sucede es que por la poca profundidad que arrastra, son novedosas y pueden generar mayor iliquidez.

Otro elemento bueno que el académico resalta es la educación financiera que esto genera en la opinión pública, pues la gente comienza a interesarse en estas alternativas para la valoración y compra de compañías. “Si esto genera más alternativas de inversión y para darle más bursatilidad al mercado sería positivo”, dice.

Adicionalmente, otro elemento positivo hacia el futuro que se puede dar es que el hecho que empresarios muy diferentes entre sí sean socios en una compañía puede ser una fuente de aprendizaje.

Daniela Triana, especialista en renta variable de Acciones & Valores asegura que, al menos momentáneamente, algo bueno ha sido la valorización del mercado.

Otro elemento es que cuando se desembolsen los $7,8 billones, buena parte de los recursos deberán ser reinvertidos, “ojalá en otras acciones” pues especialmente los fondos de pensiones deben rebalancear sus inversiones en otros títulos y donde vean potencial como GEB, Ecopetrol o Bancolombia.

Para la sociedad, considera, las opa dejan claro que los inversionistas y la ciudadanía se han dado cuenta que las acciones de las empresas en bolsa están baratas y la gran mayoría de los activos en el mercado son buenos. “No es impulsar la compra porque sí, sino que es real, los emisores hacen buena una buena gestión”, pero se necesitan más inversionistas y empresas en donde poner los recursos.

Para César Tamayo, decano de Economía y Finanzas de la Universidad Eafit, es bueno que en el mercado haya más opa y ojalá más acordadas que hostiles o sin aviso, pues esto muestra que hay posibilidades de generar más valor en las empresas.

Advierte que cuando las valoraciones están en puntos bajos los directivos no pueden quedar lamentándose de que no se puede hacer nada para añadir valor.

Dice que las compañías en otros países utilizan mecanismos como la recompra de acciones cuando los valores difieren de sus valores fundamentales y reitera que otra lección positiva es que se ve que es posible encontrar una sociedad entre un local y un extranjero para hacer inversiones valiosas y rentables.

Además, las opa le inyectan liquidez al mercado y si las compañías se mantienen, los fondos pueden seguir invirtiendo “ojalá que sea en Colombia”, dice.

Señala que la educación financiera que dejan estas operaciones es muy positivo. “Esto le dio un aire de película de suspenso a un tema técnico y aburrido, y hay que romper esa extrañeza y apatía para tener más gente participando en el mercado de valores. Esto puso el reflector en los participantes del mercado, la bolsa, y en quienes teníamos la labor de hacer pedagogía”, finaliza Tamayo.

La inflación, un fenómeno que impacta al mundo

 El año 2021 marcó sendos récords sin precedentes en las mayores economías. América Latina es la región más golpeada, mientras Asia aún resiste.




Las crecientes presiones inflacionarias y la naturaleza multicausal requiere expandir la gama de instrumentos a las autoridades.

De Estados Unidos a Europa, de Asia a América Latina y de África a Oceanía, el ‘virus’ económico de la inflación azotó al mundo el año 2021 a la par del biológico de la covid-19.

Las economías globales registraron el año pasado récords al alza de los precios al consumidor, situación que pone en jaque a los bancos centrales u organismos económicos mundiales a la espera de cuál va a ser su respuesta.

Una cadena logística desordenada y la escasez de productos esenciales, como los semiconductores, resultado de la explosión de la demanda antes y después de la crisis, explican grosso modo, el comportamiento del IPC.

La inflación también se detalla por el aumento del precio de las materias primas tales como madera, cobre o acero y de la energía como la gasolina, el gas, o la electricidad.

“La mayor sorpresa del 2021 fue la inflación”, reseñaron en su momento los analistas del banco estadounidense Goldman Sachs.

Si bien es cierto que la inflación golpeó el mundo el año anterior, también es preciso destacar que esta se comporta con mayor crudeza en África y América Latina, siendo esta última la más afectada.

De hecho, estos dos continentes comparten la lista de los países con las más altas inflaciones.

En su más reciente informe, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) señaló que la inflación en la región fue de 7,2% en el 2021 (excluyendo a Argentina, Venezuela, Surinam y Haití) y de 7,6% en América del Sur, sin contar a los países del continente ya mencionados.

Sin presentar cálculos, este organismo prevé que en 2022 las presiones inflacionarias continúen en la región, impulsada por precios de alimentos y energía, y le pide a las autoridades económicas emplear diversos mecanismos, más allá del incremento de las tasas de interés, para combatirla.

“Las crecientes presiones inflacionarias y la naturaleza multicausal de la inflación requiere expandir la gama de instrumentos disponibles a la autoridad monetaria (encajes, tasas de interés, reservas internacionales, utilización de los DEGs)”, señala el documento de la Cepal.

“...(se debe) expandir el espectro de instrumentos (monetarios, cambiarios y macroprudenciales) más allá de la tasa de interés, para enfrentar las presiones inflacionarias sin menoscabar los impulsos por recuperar el crecimiento y el empleo”, complementó el organismo.

UNA AMÉRICA LATINA GOLPEADA

Brasil, la economía más grande del continente, cerró el 2021 con una inflación de 10,06%, el mayor nivel desde 2015.

Las divisiones de transporte (21,03%); vivienda (13,05%) y alimentos y bebidas (7,94%) fueron las de mayor crecimiento.

Por otro lado, la inflación en México fue de 7,36% en 2021, la más alta desde hace 20 años, también impulsado por un incremento de los precios de los alimentos.

Chile, a su vez, despidió el año anterior con una inflación de 7,2%, la más alta en 14 años, mientras que en Perú (6,42%), fue el mayor incremento desde el 2009.

En Paraguay fue de 6,8%, la mayor en diez años, y en Uruguay de 7,96%.

Lejos están Venezuela (686,4%) y Argentina (50,9%) como los territorios con mayor inflación en la región, al tiempo que Bolivia (0,90%) y Ecuador (1,96%) fueron las de menor crecimiento.

Por su parte, Centroamérica, la inflación cerró de la siguiente manera: Costa Rica (3,30%); El Salvador (6,12%); Honduras (5,32%); República Dominicana (8,5%) y Guatemala (3,07%).

ÁFRICA, CON LA INFLACIÓN AL ALZA

En el continente africano las economías también cerraron el año pasado con alzas importantes. Ghana, por ejemplo, al finalizar 2021 su inflación fue de 12,6%, en Jordania de 1,36%, al tiempo que en Túnez fue de 6,6% y en Uganda de 2,9%.

Otros países de la región, quizás mas renombrados, aún no cierran el año estadístico pero su inflación avanza así a noviembre : Sudáfrica (5,5%), Marruecos (2,6%) y Nigeria (15,40%).

EL CASO DE ASIA

El origen de las cadenas de suministro y los puertos marítimos de avanzada tecnología se encuentran en este lado del mundo, por lo cual, están acostumbrados a no tener presiones inflacionarias.

Sin embargo, esto cambió con la actual situación y se observan casos como Corea del Sur (2,5%), su máximo en 10 años; Taiwán (1,96%), máximo desde 2009 y Filipinas (4,5%), récord de tres años.

A su turno, China, la segunda economía mundial concluyó el 2021 con una inflación de 1,5%, el nivel más bajo desde agosto pasado.

También, todo parece indicar que Japón, un país acostumbrado a la inflación cero, verá este año un ligero incremento, pues a noviembre ya suma un escueto 0,5%.

LAS ALZAS EN EUROPA

El viejo continente no es ajeno a la actual situación inflacionaria. España (6,5%), Francia (2,8%), Noruega (5,3%), Estonia (12,1%), Turquía (36,1%), Letonia (7,9%), Lituania (10,6%), Países Bajos (5,7%), Luxemburgo (4,1%) y Suiza (1,5%), entre otros.

PUNTOS A DESTACAR DE LA INFLACIÓN EN EL GLOBO

La alza inflacionaria en 2021 es uno de los legados más importantes de la pandemia en todo el mundo, marcando récords de más de 10 años en países como Corea del Sur, Chile o Taiwán, por ejemplificar algunos.

América Latina y el Caribe fue una de las zonas más golpeadas por estas presiones en 2021. En América del Sur fue de 7,6%, excluyendo a Argentina y Venezuela, dice la Cepal. En 2022 estas presiones continuarán.

Si bien esta coyuntura afecta a todo el mundo, destacan los casos en Asia o Europa, territorios acostumbrados a tener nulo o ligeras presiones inflacionarias. Por su parte, en África también hay grandes incrementos.