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martes, marzo 02, 2021
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Régimen simple: plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias durante 2021
Los plazos para presentar y pagar la declaración anual consolidada del SIMPLE se encuentran en el artículo 1.6.1.13.2.50 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1680 de 2020.
Estos contribuyentes deberán presentar y pagar 6 anticipos bimestrales correspondientes al año gravable 2021.
El impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación fue creado por el Gobierno nacional a través del artículo 66 de la Ley 1943 de 2018 y retomado por el artículo 74 de la Ley 2010 de 2019.
Dicho impuesto fue creado con el propósito de reducir las cargas formales y sustanciales, impulsar la formalidad y, en general, simplificar y facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria de los contribuyentes que opten voluntariamente por acogerlo.
Así pues, el artículo 903 del Estatuto Tributario –ET– establece que el impuesto unificado bajo el régimen simple es un modelo de tributación opcional de determinación integral, de declaración anual y anticipo bimestral, que sustituye el impuesto sobre la renta e integra el impuesto nacional al consumo y el impuesto de industria y comercio consolidado a cargo de los contribuyentes.
Nota: recuerda que hemos preparado un completo análisis en el que podrás conocer todos los detalles relacionados con el régimen simple de tributación. Consúltalo en Régimen simple: tarifas, declaraciones, ventajas y desventajas.
Plazos para la presentación de la declaración anual del régimen simple
De acuerdo con el artículo 1.6.1.13.2.50 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1680 de 2020, las personas naturales y jurídicas que por el período gravable 2020 se hayan inscrito como contribuyentes del SIMPLE deberán presentar la declaración anual consolidada correspondiente al año gravable 2020 a más tardar en las fechas que se indican a continuación, teniendo en cuenta el último dígito del NIT registrado en el RUT:
o del NIT (sin el dígito de verificación) | Hasta el día (año 2021) |
1 y 2 | 25 de octubre |
3 y 4 | 26 de octubre |
5 y 6 | 27 de octubre |
7 y 8 | 28 de octubre |
9 y 0 | 29 de octubre |
Último dígito del NIT | Enero Febrero | Marzo Abril | Mayo Junio | Julio Agosto | Septiembre Octubre | Noviembre Diciembre |
Plazo máximo para consignar en 2021 | ||||||
Abril | Mayo | Julio | Septiembre | Noviembre | Enero 2022 | |
1 | 12 | 10 | 08 | 08 | 09 | 12 |
2 | 13 | 11 | 09 | 09 | 10 | 13 |
3 | 14 | 12 | 12 | 10 | 11 | 14 |
4 | 15 | 13 | 13 | 13 | 12 | 17 |
5 | 16 | 14 | 14 | 14 | 16 | 18 |
6 | 19 | 18 | 15 | 15 | 17 | 19 |
7 | 20 | 19 | 16 | 16 | 18 | 20 |
8 | 21 | 20 | 19 | 17 | 19 | 21 |
9 | 22 | 21 | 21 | 20 | 22 | 24 |
0 | 23 | 24 | 22 | 21 | 23 | 25 |
Último dígito del NIT (sin el dígito de verificación) | Hasta el día (año 2021) |
1 y 2 | 22 de febrero |
3 y 4 | 23 de febrero |
5 y 6 | 24 de febrero |
7 y 8 | 25 de febrero |
9 y 0 | 26 de febrero |
Régimen simple de tributación: plazos y pagos 2021 (actualicese.com)