BIENVENIDOS AL PORTAL TRIBUTARIO, CONTABLE Y LEGAL. BRINDAMOS CONSULTORIAS Y ASESORIAS INTEGRALES EN TRIBUTARIAS, AUDITORIAS, CONTABLES, Y LEGALES.DE COBERTURA REGIONAL Y NACIONAL. SOMOS UNA FIRMA COLOMBIANA, CON MAS DE 24 AÑOS.NUESTRO PRINCIPAL OBJETIVO BRINDAR UN SERVICIO ENMARCADO EN OPORTUNIDAD, CALIDAD, RESPONSABILIDAD Y CUMPLIMIENTO DE NORMAS, EN BENEFICIO DE NUESTROS CLIENTES.Y SE TRADUZCA EN GENERACION DE RESULTADOS FINANCIEROS Y REMUNERACIONES COMPETITIVAS CON NUESTROS COLABORADORES.
El cobro de incapacidades en el sistema de seguridad social comprende una serie de requisitos, como el tiempo de permanencia en el sistema.
A continuación, conoce el tiempo mínimo de cotización para que proceda el cobro de una incapacidad de origen común o laboral para trabajadores dependientes.
Entre las obligaciones que recaen sobre un empleador está la de afiliar a sus trabajadores a los sistemas de seguridad social en salud y de riesgos laborales, desde el día en que estos inician sus labores, independientemente de que se encuentren en período de prueba.
La finalidad de la afiliación a estos sistemas es, entre otras cuestiones, que el trabajador cuente con una garantía de atención a su salud, en caso de que se presente un accidente en la realización de sus actividades personales o cotidianas, o en el desarrollo de sus actividades laborales, ya sea dentro o fuera de su sitio de trabajo y, además, que le sean reconocidas las prestaciones económicas a las que haya lugar (por ejemplo, las incapacidades).
En la siguiente infografía te presentamos algunas de las pautas más importantes que deben tener en cuenta empleadores y trabajadores respecto a las incapacidades:
Teniendo en cuenta lo dicho, a continuación estudiaremos cuánto tiempo debe transcurrir para que en los sistemas de salud y riesgos laborales se reconozca el pago de incapacidades.
Tiempo mínimo de cotización para el cobro de una incapacidad de origen común
Una incapacidad de origen común es aquella que se presenta por un accidente ocurrido por fuera del ámbito laboral.
Dicha incapacidad debe ser prescrita por un médico inscrito a la EPS en la cual el trabajador cotiza en calidad de dependiente, y su pago debe ser asumido por diferentes entidades y porcentajes, dependiendo del tiempo de duración.
En el siguiente vídeo, Luis Miguel Merino, abogado consultor en derecho laboral explica cómo debe pagarse una incapacidad de origen común:
“Para efectos del reconocimiento por parte de las EPS de una incapacidad, el trabajador debe haber realizado aportes por un mínimo de cuatro (4) semanas”
En lo que refiere a nuestro tema en concreto, el artículo 2.1.13.4 del Decreto 780 de 2016 establece que para efectos del reconocimiento por parte de las EPS de una incapacidad, el trabajador debe haber realizado aportes por un mínimo de cuatro (4) semanas.
Por lo tanto, se tiene que en el evento en que el trabajador haya sido afiliado por primera vez a una EPS en el régimen contributivo o se haya reportado la novedad de ingreso, deberá esperar a que transcurra un mes (1) después de su vinculación al sistema, para que le puedan ser reconocidas las incapacidades de origen común.
Nota: debe tenerse en cuenta que, según lo establece el Decreto 2943 de 2013, le corresponde al empleador el pago de las incapacidades por origen común durante los dos (2) primeros días. Por lo tanto, aunque la EPS no se encuentre obligada, si el trabajador no cumple con el mínimo de semanas, el empleador sí debe reconocer el pago de la incapacidad por dichos días.
Tiempo mínimo de cotización para el cobro de una incapacidad de origen laboral
Un accidente laboral es aquel que se produce como consecuencia directa del trabajo o labor desempeñada, y que ocasiona en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psíquica, invalidez o la muerte.
En lo que concierne a nuestro caso en particular, el artículo 1 de la Ley 776 de 2002 que regula lo concerniente al pago de las prestaciones económicas derivadas del sistema de riesgos laborales no establece un tiempo mínimo de cotización para el reconocimiento de incapacidades. El único requisito que exige es que el trabajador al momento de la ocurrencia del accidente se encuentre afiliado a una administradora de riesgos laborales –ARL–.
“las ARL reconocen el pago de incapacidades a partir del día siguiente de la afiliación del trabajador al sistema”Tweet This
Dado lo anterior, se tiene entonces que las ARL reconocen el pago de incapacidades a partir del día siguiente de la afiliación del trabajador al sistema.
Al respecto, conviene mencionar que para, efectos de que la ARL asuma las prestaciones económicas derivadas de un accidente laboral, el empleador debe reportar el accidente a la misma dentro de los dos (2) días siguientes a la ocurrencia del hecho (artículo 2.2.4.2.1.5 del Decreto 1072 de 2015), so pena de tener que responsabilizarse por los gastos médicos, pago de incapacidades, indemnizaciones, entre otros, a favor del trabajador.
Nota: le corresponde al empleador realizar el pago de la incapacidad en las fechas habituales en las que el trabajador recibía su salario, y realizar el recobro ante las EPS o ARL.
En lo que concierne al pago de las incapacidades de origen laboral, a diferencia de las incapacidades de origen común, al empleador no le corresponde reconocer el pago de los dos (2) primeros días; la ARL debe asumir su pago desde el primer día de la incapacidad.
En el siguiente vídeo, Angie Marcela Vargas, abogada consultora en derecho laboral explica el tiempo mínimo de cotización al sistema de seguridad social que debe tener un trabajador para el cobro de incapacidades:
El balance del sector financiero realizado durante el primer semestre de este año reveló que este registró pérdidas por una cifra de $4,57 billones
A pesar del golpe que está viviendo la economía y que ya se empieza a reflejar en el sistema financiero, los establecimientos de crédito tienen la suficiente solvencia para afrontar el choque. Al menos así lo revela el último informe de las cifras del sector, en el que el análisis de la Superintendencia Financiera concluye que están en capacidad de absorber de manera ordenada el choque sin comprometer el correcto funcionamiento del canal del crédito, ni el cronograma de convergencia a estándares prudenciales”.
El regulador destaca que esta situación se logró gracias a las respuestas que han tenido las autoridades como el fortalecimiento que ha tenido este sector en los últimos años. Pese a esto, la entidad advirtió que seguirá monitoreando de cerca “el desenvolvimiento de las condiciones macroeconómicas, con el fin de promover un ajuste ordenado del sistema y preservar la adecuada prestación de su oferta de servicios al público”.
Y es que el balance del sector financiero durante el primer semestre reveló que este registró pérdidas por $4,57 billones. De los subsectores, las fiduciarias (-$63.466 millones), las pensiones y cesantías (-$11,46 billones), los intermediarios de valores ($-1,59 billones) y las Sedpe (-$17.070 millones) reportaron pérdidas.
Por el contrario, los establecimientos de crédito ($3,97 billones), el régimen de prima media ($353.654 millones), las aseguradoras ($1,16 billones), los proveedores de infraestructura ($130.125 millones y las instituciones oficiales especiales ($2,94 billones) registraron ganancias.
Sin embargo, el sistema financiero mantiene el crecimiento positivo de los activos, pues al cierre del primer semestre los activos alcanzaron $2.103,1 billones, lo que significó un crecimiento real anual de 6,4%.
Los activos totales aumentaron $12,6 billones frente al mes anterior, como resultado del incremento en $6,9 billones en las inversiones a valor razonable de instrumentos de patrimonio y el crecimiento de $4,1 billones en el disponible en bancos y otras entidades financieras. La relación de activos totales a PIB fue 203,5%. En lo que se refiere al impacto de la coyuntura en el crédito, en el sexto mes del año la la cartera vencida alcanzó los $20,4 billones, con una variación real anual de -11,5%. El saldo de cartera riesgosa se situó en $46,6 billones, por lo que tuvo un decrecimiento de 2,2% frente al mismo periodo de 2019.
Vale recordar que la semana pasada, la Superintendencia Financiera certificó que la usura para septiembre quedó en 27,53%, lo que significó un incremento un leve incremento de 0,09 puntos porcentuales.
Además del ahorro, los aportes voluntarios que usted haga disminuyen la base para el cálculo de la declaración de renta
´
Nunca se es lo suficientemente joven para pensar en nuestra vejez y, aunque suena un tema lejano, tampoco lo es para alcanzar una pensión.
Por eso, si está interesado en ahorrar, aquí en La Quincena le contamos todo lo que tiene saber sobre las pensiones voluntarias
Cualquier trabajador asalariado o independiente que cotice en un fondo privado puede acercarse a este mecanismo, que le ayudará a guardar su dinero en una bolsa, que le permitirá tener más plata para su pensión, para comprar vivienda o al final para hacer ahorros de largo plazo.
Además del ahorro, que le genera una rentabilidad extra, los aportes voluntarios que usted haga disminuyen la base para el cálculo de la retención en la Fuente y la declaración de Renta. Además, los retiros están exentos del famoso 4x1.000. Es decir, usted va a pagar menos impuestos.