martes, junio 21, 2022

Correcciones a las declaraciones tributarias que no generan sanción por corrección

 


El artículo 588 del ET establece que los contribuyentes podrán corregir sus declaraciones tributarias dentro de los 3 años siguientes al vencimiento del plazo para declarar.

Si la corrección no varía el valor a pagar o el saldo a favor, no será necesario liquidar la sanción del artículo 644 del ET.
“los contribuyentes tienen la oportunidad de corregir sus declaraciones tributarias presentadas, dentro de los tres (3) años siguientes al vencimiento del plazo para declarar”

De acuerdo con el artículo 588 del Estatuto Tributario –ET–, modificado por el artículo 107 de la Ley 2010 de 2019, los contribuyentes tienen la oportunidad de corregir sus declaraciones tributarias presentadas, dentro de los tres (3) años siguientes al vencimiento del plazo para declarar, y antes de que la Dian les haya notificado requerimiento especial o pliego de cargos en relación con la declaración que se corrige.

Ahora bien, aunque el artículo 644 del ET contemple que cuando el contribuyente corrija sus declaraciones tributarias estaría en la obligación de liquidar y pagar la respectiva sanción por corrección respecto al ajuste realizado, existen casos especiales en los cuales no será necesario liquidar la sanción en cuestión. Veamos:
Rectificación de errores por diferencias de criterio

Cuando al realizar la corrección a la declaración se genere un mayor valor a pagar o un menor saldo a favor, siempre que corresponda a una rectificación de un error proveniente de diferencias de criterio o de apreciación entre la Dian y el declarante, relativas a la interpretación del derecho aplicable, no procederá la sanción por corrección.
“Cuando al corregir una declaración tributaria no se modifique el valor a pagar o el saldo a favor, no será necesario liquidar la sanción por corrección”

Lo anterior, bajo la condición de que los hechos que consten en la declaración objeto de corrección sean completos y verdaderos, para lo cual el contribuyente deberá presentar la respectiva declaración y explicar las razones en que se fundamenta.

Correcciones que no varíen el valor a pagarCuando al corregir una declaración tributaria no se modifique el valor a pagar o el saldo a favor, no será necesario liquidar la sanción por corrección.

Correcciones al patrimonio

Si se desea corregir una declaración de renta para efectos de modificar el patrimonio declarado e incluir algún bien que se haya dejado por fuera de la misma, debe tenerse en cuenta que dicho ajuste solo modificará el valor del patrimonio bruto y líquido.

Así pues, si el nuevo patrimonio declarado queda totalmente justificado con la nueva declaración presentada, y además no se altera el impuesto a cargo, valor a pagar ni saldo a favor, no procederá la liquidación de sanción de corrección.

Escuche de primera mano las explicaciones dadas por el Dr. Diego Guevara Madrid, líder de investigación tributaria de Actualícese sobre el tema en cuestión:

Oportunidad para corregir una declaración

Teniendo en cuenta que el plazo para corregir una declaración tributaria es de tres (3) años contados a partir del plazo para declarar, si por ejemplo un contribuyente presentó su declaración de renta del año gravable 2020 el 18 de agosto de 2021 (día en el que se vencía el plazo para declarar), este tendrá oportunidad de corregir dicha declaración hasta el 2024.

Recordemos que la versión anterior del artículo 588 del ET señalaba que el plazo para corregir las declaraciones era de dos (2) años a partir del vencimiento para declarar; por tal motivo, si el contribuyente planea corregir una declaración de renta correspondiente al año gravable 2017, presentada en el 2018, debe tener en cuenta que la oportunidad para realizar la corrección fue hasta el 2020.

Lo anterior, dado que la Ley 2010 de 2019, que modificó el artículo 588 y amplió el plazo para realizar las correcciones, solo entró a regir a partir del 27 de diciembre de 2019, y por tanto, a las declaraciones presentadas antes de su entrada en vigor no les aplican las disposiciones de la nueva ley (ver el Concepto Dian 2616 de 2020).

Ahora bien, para corregir las declaraciones tributarias, disminuyendo el valor a pagar o aumentando el saldo a favor, se deberá realizar la corrección dentro del año siguiente al vencimiento del término para presentar la declaración (ver el artículo 589 del ET).

Los claroscuros de acortar la jornada laboral en A. Latina

 


Patrones y trabajadores, de acuerdo. Pero alertan de sobrecarga de trabajo o más costos a empresas.

Trabajar entre 40 y 42 horas semanales, en lugar de las 48 contempladas por la legislación colombiana, convenció a Daniel Parra de aceptar un nuevo empleo, aunque al comienzo con menos salario. Ahora no duda de que disminuir las horas laboradas “de verdad, cambia la vida”: tiene dos días de descanso, uno para las diligencias personales o para estudiar francés, porque quiere hacer un posgrado en Francia, y otro para descansar.

Daniel es licenciado en inglés, tiene 22 años y trabaja en un call center en Bogotá. Aunque en Colombia apenas en 2023 entrará en vigencia la ley que reduce gradualmente la jornada laboral a 42 horas semanales, él ya ha experimentado la ventaja de “trabajar menos y vivir más”. Hoy tiene mejor sueldo que cuando trabajaba seis días a la semana, con solo media hora para el almuerzo y descansos de 15 minutos de tanto en tanto.

Varios países latinoamericanos discuten sobre reducir la jornada laboral y algunos como Venezuela por estos días ya celebran la primera década de acortar de 44 a 40 las horas semanales trabajadas. En Chile, algunos diputados proponen bajar de 45 a 39 horas; en México, más que restar tiempo a las 48 horas, buscan trabajar 4 días y descansar 3, y en Argentina, la intención es pasar de 48 a 40 o a 36 horas.

Muchos matices

El asunto tiene varias complejidades. Una, que enfrenta los intereses de los empleadores y de los empleados. Otra consiste en que se basa en el ejemplo del mercado laboral europeo, cuyas jornadas llevan años siendo cortas, pero en condiciones muy diferentes. Y, además, desconoce que, como dice el doctor en Ciencias Sociales venezolano Héctor Lucena, “es errático hablar del sistema laboral porque no hay uno, sino varios”.

El asunto tiene varias complejidades. Una, que enfrenta los intereses de los empleadores y de los empleados.

En esta idea lo secunda el presidente de la Cámara de la Producción y del Comercio Biobío, en Chile, Álvaro Ananías, para quien los economistas suelen hacer cálculos generalistas. Estos, según él, ignoran una realidad del sistema productivo: reducir la jornada tiene efectos fuertes en las empresas altamente intensivas en mano de obra –un porcentaje elevado en los costos de producción–, y débiles en las que no tienen muy marcado ese componente.

Lucena, profesor de la Universidad de Carabobo, con énfasis en relaciones del trabajo, señaló a Connectas que reducir la jornada abre el riesgo de que las empresas pequeñas y medianas, ante la incapacidad de sostenerse, decidan sacrificar a los empleados más frágiles, como los más viejos o los que ganan más.

Por otra parte, reformas como estas tienen la debilidad de que solo impactan a los empleados formales, que cumplen horario y gozan de protección social. Por fuera quedan cuentapropistas e informales, cerca de la mitad de la fuerza laboral –o más– en algunas economías. Pese a esto, estas medidas constituyen un avance hacia la meta trazada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de laborar un máximo de 40 horas semanales.

Ventajas y riesgos

Las reformas del entorno laboral y de protección social se enfrentan con la escasa articulación de las normas aplicables, que, incluso, son contradictorias u obsoletas. Forman, entonces, colchas de retazos difíciles de controlar y vigilar por los Estados, lo que puede conducir a efectos no deseados.

Aun así, es difícil encontrar opositores a rajatabla. Unos y otros reconocen beneficios en la salud mental y física de los individuos, mejoras en las relaciones familiares y sociales y mayor flexibilidad para que grupos discriminados como las mujeres y los jóvenes puedan trabajar. Más tiempo libre también puede aumentar el consumo, pues se asume que las personas no se irán siempre directamente para el hogar.

Más tiempo libre también puede aumentar el consumo, pues se asume que las personas no se irán siempre directamente para el hogar.

Sin embargo, al acercar la lupa aparecen claroscuros. El mayor de ellos es que muchas personas, para redondear los bajos salarios, aprovechen la jornada más corta para engancharse en dos y hasta tres empleos simultáneos o aceptar más horas extras. Esto, por supuesto, aumentaría el número de trabajadores extenuados, todo lo contrario de lo que perseguiría la ley.

Justamente, en el estado de Jalisco, Hugo Mendoza dirige el Centro de Reflexión y Acción Laboral (Cereal), organización que investiga y defiende los derechos humanos laborales. A diario conoce personas que, al terminar su horario formal, limpian casas, venden productos por catálogo o incluso pasan a otra empresa para cumplir un nuevo turno. Esto lo lleva a proponer un alza salarial para evitar el riesgo de sobreexplotación y a diseñar incentivos gubernamentales para atajar los cierres de las pequeñas y medianas empresas.

Desde Argentina Fabio Basteiro, un curtido sindicalista, integrante del Comité Ejecutivo del Observatorio de Políticas Públicas Aeronáuticas, lo complementa. Para él, en su país la sobrecarga horaria “afecta al 26,5 por ciento de los trabajadores, unos 4,5 millones de personas, y responde a los bajos niveles salariales”. Y añade una queja: los proyectos que se discuten “omiten nuevos derechos laborales que garanticen ingresos básicos y aspectos más amplios como la sobreexplotación patronal o la elevada concentración y extranjerización de la economía”.

Temores empresariales

A los empresarios en este tema los ronda el fantasma del encarecimiento de los costos de producción. Esto, a juicio del chileno Ananías, empobrece a la población porque, a la larga, ella es la que paga las alzas en la cadena productiva. Calcula que, en una compañía como la suya –de tecnologías de información, altamente intensiva en mano de obra y cuya nómina es el 90 por ciento del costo total de producción–, un recorte de cinco horas semanales costará cerca de 11 por ciento más.

En ese caso la empresa tendría que trasladar la diferencia a sus clientes, y estos, a su vez, la pasarían a los consumidores finales. No obstante, Ananías cree posible paliar esos efectos “dejando de lado el populismo y amarrando las reformas con análisis técnicos de la productividad y del impacto en las distintas verticales de los negocios”, dijo a Connectas.

A los empresarios en este tema los ronda el fantasma del encarecimiento de los costos de producción.

También en Chile, Sergio Escobar, empresario y profesor de la Universidad de Concepción, añade otro factor de incertidumbre: el Congreso aprobó un alza salarial y discute una reforma de la ley de previsión social que aumentará el aporte de los patronos para la pensión y la salud de los empleados.

“Estamos hablando de una suerte de 20 por ciento de costos adicionales”, recalca. Agrega que este no es el momento adecuado para la reforma, porque después del estallido social de 2019 la inversión y el ahorro están disminuyendo. De aprobarse, dice, podría incentivar el crecimiento de la automatización en sectores como el agrícola, altamente intensivo en mano de obra, con la consecuente pérdida de empleos. Mirarlo distinto

Sin embargo, los temores de los industriales y comerciantes por la baja de productividad, el encarecimiento de la nómina y la rigidez del sistema de contratación son, en muchos casos, infundados, anota Juan Felipe Parra, investigador del Semillero de Trabajo y Derecho de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, en Bogotá. Pues recuerda que en países como Colombia la ley laboral tiene múltiples excepciones. Estas, por ejemplo, exoneran a los patronos de pagar horas extras, recargos nocturnos o dominicales en diversos puestos de trabajo.

A su vez, el chileno Leonardo Salazar, profesor de Economía de la Universidad de Concepción, resalta que cuando se redujo de 48 a 45 horas la jornada semanal el efecto negativo en el empleo “fue absolutamente nulo”. Sin embargo, “lamentablemente en Chile, por más ‘trabahólicos’ que seamos, no tenemos las productividades de países como Alemania, que trabajan bastante menos que nosotros y son muy productivos”. Un tema donde, para muchos, está la verdadera discusión de fondo.

De hecho, muchos empresarios también pueden enfrentar el impacto del recorte al cambiar sus indicadores de gestión para medir a los empleados por resultados y no por horas trabajadas. Así ocurrió en la empresa venezolana Seguros Pirámide cuando llegó la pandemia en 2019. Víctor Roa y Sandra Gil ocupaban cargos gerenciales en el área de gestión humana. Relatan que, por las restricciones en movilidad, solo un pequeño grupo siguió yendo a la oficina, aunque menos horas, mientras los otros se conectaban desde sus casas cuando más les convenía.

Muchos empresarios también pueden enfrentar el impacto del recorte al cambiar sus indicadores de gestión para medir a los empleados por resultados y no por horas trabajadas.

Por eso defienden el modelo que combina presencialidad con virtualidad, como ocurrió en las cuarentenas recientes. Para Roa, para adaptarse con éxito a un modelo de gestión por resultados se necesitan planificación, ejecución y control, y subraya que no tiene sentido que el trabajador pague con su tiempo la ineficiencia de un proceso inadecuado. A su vez, Gil destaca cuatro ventajas de mezclar lo presencial con el teletrabajo: tener más tiempo para planificar, pensar y concentrarse; aprender nuevas estrategias de control; asumir mayor autonomía y jugar con horarios para poder estudiar. En busca del tiempo preciso

En muchos sentidos, 2022 es un año atípico. Los países apenas empiezan a recomponer sus economías después del covid-19, no han recuperado los puestos de trabajo, millones de personas permanecen en la pobreza y en la informalidad, la inflación está descontrolada y los salarios no cubren la canasta básica. De ahí que en sectores sindicales, empresariales y académicos surjan dudas sobre la conveniencia de que este sea el momento para recortar las horas trabajadas.

Como señala Salazar al mencionar el caso chileno, en 2001, cuando se planteó bajar de 48 a 45 las horas laborales, no hubo efectos negativos porque el país crecía a un 3,3 por ciento y, en 2005, cuando entró en total operación, lo hacía a un 5,7 por ciento. “Hoy el crecimiento es de 1,8 por ciento, y en el 2023 se espera que lo haga en 0,1 por ciento o que, eventualmente, entre en recesión. Ahora hay miedo porque las condiciones económicas son muy distintas”.

De hecho, muchos sectores ya trabajan 40 o 42 horas semanales, algo que las leyes deben institucionalizar en busca de que la jornada se reduzca para todos. Una posibilidad que alegra a Daniel Parra y lo hace celebrar esta lucha por que “la sociedad sea más feliz”.