martes, marzo 05, 2024

Propiedades, planta y equipo – Medición posterior. Concepto 600 CTCP de 2023

 



La entidad tiene la expectativa de cambiar su política contable para medir el terreno en adelante aplicando el modelo de revaluación.

CONSULTA (TEXTUAL)

“(…) De manera atenta y respetuosa me dirijo a Usted con el fin de solicitar un concepto sobre la viabilidad o no de llevar a cabo avaluó (sic) comercial de un terreno con el fin de actualizar el valor de este bien raíz en la cuenta de PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO y el PATRIMONIO de la empresa, y a su vez de dar cumplimiento a la ley y a una recomendación de un ente de control.

El terreno tiene un área aproximada de 180 hectáreas ubicado en el sector rural utilizado para la disposición final de residuos sólidos, a la fecha el terreno esta ocupado en un 50% con los residuos sólidos, el otro 50% esta libre pero su fin es de trasladar también en su momento a esta área disponible los residuos sólidos hasta ocupar la totalidad del lote.

De acuerdo lo expuesto anteriormente y para dar cumplimiento a la recomendación del ente de control, ¿la empresa podría llevar a cabo un avalúo comercial al 50% del terreno que está libre, o se podría avaluar la totalidad del terreno?

Asignarle una vida útil limitada por que esta área estaría sujeta de depreciación de manera conjunta con las celdas sanitarias, teniendo en cuenta que con el tiempo se van a construir nuevas celdas en el futuro, en esa forma ¿el terreno tendría que tratarse por componentes y depreciarse en función del uso?

De acuerdo, a la sección 27 de las NIIF, también ¿podría la empresa deteriorar dicho terreno por el 50% del área que esta utilizado con la disposición final de los residuos sólidos en ese lugar? ¿Desde el punto de vista tributario no habría ningún inconveniente?”

CONSIDERACIONES Y CONCEPTO

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en su carácter de Organismo Orientador técnico-científico de la profesión y Normalizador de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, conforme a las normas legales vigentes, especialmente por lo dispuesto en la Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009, y en sus Decretos Reglamentarios, procede a dar respuesta a la consulta anterior de manera general, pues no se pretende resolver casos particulares, en los siguientes términos:

En primer lugar, es importante aclarar que una vez emitidos los decretos que ponen en vigencia los estándares de contabilidad e información financiera en Colombia, el tratamiento contable debe realizarse conforme al marco técnico normativo aplicable a cada entidad. Dado que la consulta no especifica a qué grupo pertenece la entidad en cuestión, pero se hace alusión a la Sección 27 en su contexto, este concepto se desarrolla teniendo como referencia el Marco Técnico Normativo de la NIIF para las Pymes correspondiente al Grupo 2, que se encuentra contenido en el Anexo 21 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015.

Por otra parte, es importante recordar que cada elemento de los estados financieros está sujeto a un proceso de reconocimiento, medición, presentación y revelación, el cual debe ser analizado por la administración para reflejar su realidad financiera. En consecuencia, con base en la información proporcionada en la consulta, se infiere que, el terreno se trata como una propiedad, planta y equipo y que según la política contable actual de la entidad, el mismo se está midiendo mediante el modelo del costo2. Entiende el CTCP, por lo tanto, que la entidad tiene la expectativa de cambiar su política contable para medir el terreno en adelante aplicando el modelo de revaluación3 permitido por la Sección 17. Este cambio implica la necesidad de determinar el valor razonable del activo mediante un avalúo técnico, como es habitual en estos casos. Además, se deben seguir las pautas establecidas en los párrafos 17.15B a 17.15D, los cuales abordan el modelo de revaluación y su mantenimiento en períodos posteriores.

Dado lo expuesto anteriormente y sin la intención de resolver casos particulares, como ya se mencionó, recomendamos la lectura del concepto 2018-1244 emitido por este organismo. En dicho documento, se encuentran elementos de análisis relacionados con los terrenos utilizados en rellenos sanitarios para establecer su medición posterior.

¿Desde el punto de vista tributario no habría ningún inconveniente?

Es importante señalar que el CTCP no tiene competencia para abordar asuntos tributarios de las sociedades, como los planteados por el peticionario. Las inquietudes en materia tributaria deben ser dirigidas a la Unidad Administrativa Especial – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – U.A.E. DIAN.

En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que, para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este concepto son los previstos por el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015.

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1 https://www.ctcp.gov.co/publicaciones-ctcp/compilaciones-normativas/anexo-2-del-dur-2420-de-2015-normas-de-informacion/compilacion-anexo2-a-diciembre-31-de-2020-niif-py

2 “17.15A Una entidad medirá un elemento de propiedades, planta y equipo tras su reconocimiento inicial al costo menos la depreciación acumulada y cualesquiera pérdidas por deterioro del valor acumuladas”.

3 “17.15B Una entidad medirá un elemento de propiedades, planta y equipo cuyo valor razonable pueda medirse con fiabilidad por su valor revaluado, que es su valor razonable, en el momento de la revaluación, menos la depreciación acumulada y el importe acumulado de las pérdidas por deterioro de valor posteriores”.

4 https://www.ctcp.gov.co/CMSPages/GetFile.aspx?guid=9ab580bf-2679-4176-96cc-8282b4a9ee23

Habilidades blandas para contadores: ¿reto educativo para las universidades?

 Aquí hablaremos sobre...¿Es posible "enseñar" o transferir las habilidades blandas en las universidades?

¿El desarrollo de habilidades blandas es responsabilidad exclusiva de la educación universitaria?

Fortalecimiento del pensamiento argumentado

Mary Analí Vera afirma que las habilidades blandas no se enseñan, sino que se promueven a través de los estudios universitarios.

Trabajo en equipo, creatividad, manejo de conflictos, empatía, pensamiento crítico, pueden involucrarse como actividades de aprendizaje para alcanzar el grado profesional.

Para Mary Analí Vera Colina, profesora asociada de la facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional, directora del Grupo de Estudios Interdisciplinarios sobre Gestión y Contabilidad, sería importante superar la denominación de habilidades blandas, en contraposición a las habilidades duras o de alcance técnico:

No es una visión que yo esté proponiendo porque varios autores vienen discutiendo esta definición hace un tiempo, proponiendo llamarlas, por ejemplo, habilidades humanas o habilidades sociales. Esto no solo es válido para profesionales contables, sino para cualquiera que tenga interacción con personas en nuestra dimensión como seres sociales.
¿Es posible «enseñar» o transferir las habilidades blandas en las universidades?

Vara Colina afirma que la dimensión universitaria no es homogénea y no tiene que serlo. No generaliza el rol de las universidades de manera única y uniforme porque cada institución tiene sus particularidades, contextos, perfiles de ingreso y egreso.

Sobre esas «habilidades humanas», creo que no se trata de enseñar sino de promover o fortalecer su desarrollo, en el marco de la formación integral y el crecimiento personal que debe experimentar el futuro profesional en sus estudios universitarios, tanto de pregrado como de posgrado, e inclusive en programas de actualización o educación continuada.

Esto no significa necesariamente crear cursos o asignaturas con ese propósito, ya que son habilidades o comportamientos que deberían promoverse simultáneamente al trabajar los contenidos disciplinares.

El desarrollo de las habilidades relacionadas con el trabajo en equipo, comunicación, creatividad, solución de problemas, manejo de conflictos, empatía, pensamiento crítico, entre otras, pueden involucrarse en las actividades de aprendizaje requeridas para alcanzar el grado profesional, reiterando que no las percibo como acciones separadas.

¿El desarrollo de habilidades blandas es responsabilidad exclusiva de la educación universitaria?

En este punto Vera Colina se pregunta: ¿el desarrollo de estas habilidades es responsabilidad exclusiva de la educación universitaria o deben promoverse desde la educación básica y continuar durante la vida profesional y organizacional?

Varios expertos han recomendado la importancia de promover tales «habilidades humanas» desde edades tempranas como comportamientos deseables en cualquier persona que forma parte de una colectividad.

Sin embargo, con frecuencia observamos que los estudiantes inician su fase universitaria con un desarrollo limitado de tales comportamientos que es necesario fortalecer en algún momento de su formación integral como profesionales, pero especialmente como personas y actores sociales.
“el desarrollo de estas habilidades no finaliza con el grado universitario, sino que debe seguir su desarrollo continuo en las esferas organizacionales”

Adicionalmente, el desarrollo de estas habilidades no finaliza con el grado universitario, sino que debe seguir su desarrollo continuo en las esferas organizacionales.

Cómo se pueden gestionar riesgos de corrupción al interior de las empresas?

 Transparencia por Colombia reveló que hay una mejor protección del gobierno corporativo, aunque existen oportunidades para que mejoren.




El código busca que se incluyan normas que eviten la corrupción en el sector privado.

Transparencia por Colombia reveló ayer la más reciente versión de su ‘Medición de Gestión Empresarial de Riesgos de Corrupción’, en este caso para el año 2023, en la cual dejó claro que si bien con el tiempo las empresas en el país se están blindando mejor para evitar caer en conductas de este tipo, todavía hay muchos retos en el panorama.

Los resultados en esta ocasión dejaron en claro que el avance del mundo corporativo en este tema es satisfactorio, con una calificación promedio del 73%.

En esta oportunidad participaron 17 empresas (12 grandes y 5 medianas) a las cuales se les revisaron temas como el manejo de proveedores, canales de denuncia, disposición de información, protección del denunciante; entre otros.

“Se reconoce el esfuerzo de las empresas en la implementación de los sistemas de denuncia de hechos de corrupción, pero se deben plantear oportunidades de mejora en la implementación de lineamientos para la protección al denunciante, puesto que es un tema que hasta ahora se encuentra en desarrollo por parte de las empresas”, indicaron en el reporte.

En esta oportunidad participaron firmas como Bavaria, Caracol Televisión, Carvajal S.A, Compañía de Puertos Asociados, Compensar, Corona Industrial S.A.S, Grupo Argos, Grupo Colpatria, Grupo Nutresa, Grupo Sura, Sodimac Homecenter y Telefónica Movistar; para el caso de las grandes compañías.
Karina Cruz, directora de Iniciativas Empresariales y Sector Privado en Transparencia por Colombia, explicó que mientras las 12 grandes empresas obtuvieron una calificación promedio del 77%, indicando un nivel de avance satisfactorio. En el caso de las empresas medianas, las cinco participantes alcanzaron una calificación promedio del 64%.

“Estos resultados quisimos revisarlos en una forma un poco más detallada, identificamos asuntos en los que las empresas deben fortalecerse, como en todo no significa que las empresas no han avanzado en este sentido, sino que es muy por el contrario, pues los resultados nos muestran avances importantes”, dijo esta vocera.

Las cinco firmas de categoría mediana que hicieron parte del estudio fueron Bodytech, Cementos San Marcos S.A.S., Russell Bedford DSA, Kaeser Compresores De Colombia S.A.S. y Siderúrgica del Occidente, Sidoc S.A.S. Entre estas, si bien la lucha contra el riesgo de corrupción quedó por encima del 50%; este indicador no fue tan alto como en las grandes.

Teniendo en cuenta estos datos, Transparencia por Colombia estableció cuatro puntos centrales sobre los cuales deben enfocarse las empresas para evitar riesgos en este sentido, dejando claro que más allá de hablar de fallas, lo importante es centrarse en cómo evitar que estas se puedan presentar en el día a día.

“Hemos avanzado decididamente en entender y generar guías y medidas que le permitan a las firmas fortalecer sus procesos de gestión. Cuando llega una denuncia y el denunciante requiere una protección integral, es importante efectivamente asegurar la protección integral de esas personas que toman decididamente la decisión de avanzar en un proceso de denuncia”, agregó Karina Cruz.

En primer lugar el reporte se centra en los patrocinios, dejando claro que es importante establecer una posición clara en el tema, definiendo a quiénes se les otorgarán y los montos correspondientes. De la misma forma, advierten que se deben generar lineamientos específicos en cuanto a las contribuciones sociales “para diferenciar los patrocinios de las donaciones, asegurando que cada uno sea gestionado de manera distinta al interior”.

“Aquí es muy importante tener claro ese protocolo, tener claro los procedimientos, tener claro cuáles son esos pasos que se deben seguir dentro de este proceso, no solo de denuncia, sino de la protección integral del denunciante de corrupción”, agregó.


El segundo punto a enfocarse tiene que ver con el lobby, frente al cual señalan que hay que tener una postura clara desde la corporación frente al lobby o cabildeo. Aunque advierte que actualmente, no se han definido acciones específicas en este ámbito para varios de los revisados.

Para Karina Cruz, tener una política clara contra esta práctica, ayudará a las compañías a mejorar sus relaciones con entidades públicas de manera más eficaz y estructurada; “ya que se dejan las reglas claras desde el principio.

En tercer lugar, agrega que “es fundamental asegurar la protección integral de quienes denuncien actos de corrupción mediante la implementación de un protocolo de medidas de seguridad. Este protocolo debe esclarecer el procedimiento específico dentro de las empresas y detallar los pasos a seguir para aquellos que deseen presentar una denuncia por un caso de estos”.
Por último, hizo un llamado a las firmas para que se establezcan canales de solicitud de información, a los cuales calificó como “transparencia pasiva” por parte de los ciudadanos hacia las empresas, ya que “esto permitirá aplicar planes de mejora para lograr una mayor eficiencia y prontitud, asegurando que estos canales sean cada vez más efectivos para satisfacer las necesidades de grupos de interés”.

Desde Transparencia por Colombia se enfatizó en que hay que valorar los avances que se han logrado hasta el momento en materia de lucha y prevención de la corrupción en el sector empresarial, teniendo en cuenta que este es el primer paso para evitar que este tipo de flagelos afecten a la ciudadanía en general.

Este es un análisis que se viene realizando desde el año 2021, con el fin de apoyar al sector empresarial a evitar que el sector privado caiga en prácticas que puedan dañar su imagen y buen nombre y además que golpeen las finanzas públicas de una nación.
Proteger al denunciante

Uno de los llamados reiterados por parte de Transparencia por Colombia es a que las empresas se concentren en la creación de canales seguros para que cualquier colaborador, cliente, proveedor o ciudadano en general, pueda dar a conocer cualquier tipo de irregularidad que se pueda presentar en su interior.

Esto con el fin de estimular la cultura de la participación e incentivar a que las personas creen frentes en común contra prácticas que puedan ser interpretadas como corrupción, sin importar el contexto en que se dé.