Los trámites varían si se es persona natural o jurídica y los pasos iniciales, como el Registro Mercantil, se hacen ante una cámara de comercio
Si está pensando en constituir una empresa e iniciarse en el mundo del comercio de bienes y servicios, es importante que tenga en cuenta los requisitos para ello. Primero, es importante establecer que la constitución de una empresa puede darse como persona natural o jurídica (sociedad) y dependiendo del fin podrán variar los trámites y requisitos.
Para la creación de una empresa, según la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB), se debe contar con la mayoría de edad; en caso de tener entre 14 y 18 años, podrá hacerlo pero con la autorización de sus representantes legales, con el fin de “ocuparse de actividades mercantiles en nombre o por cuenta de otras personas y bajo la dirección y responsabilidad de estas”.
Para las personas jurídicas debe haber una formalización según las normas que rigen los diferentes tipos societarios. Según Diego Márquez, socio de Del Hierro Abogados, lo anterior se da a través de los estatutos. “Allí se establecen las reglas que regirán a la sociedad en temas como votos y la resolución de problemas”, dijo.
Asimismo, se debe elegir un nombre para personas jurídicas y/o establecimientos de comercio, sucursales o agencias, razón por la que no deben ser nombre homónimos de otras empresas registradas. Un representante legal también será requerido.
Trámites
Márquez aseguró que las personas naturales deben iniciar con la creación de empresa en la Cámara de Comercio a través del Registro Mercantil. “Entre la información solicitada estará a qué se va a dedicar, dirección, correo electrónico y demás información básica. Hay que matricular el establecimiento de comercio y le solicitarán un estimado de los activos”, anotó. La CCB, a su vez, adicionó que para el Registro Mercantil es necesario tener diligenciado y firmado el Registro Único Empresarial y Social (Rues).
Para las personas jurídicas también rige la presentación del Rues, pero firmado por el representante legal. Los constituyentes y representantes de la sociedad, además, deben presentar sus documentos de identidad y de constitución (estatutos de la sociedad).
Un punto importante es el Registro Único Tributario de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), el cual también debe ser tramitado por las sociedades.
“Desde lo tributario hay que tener claro que, como esa empresa operará en un municipio, tiene que inscribirse en la administración tributaria de esa región. En Bogotá se llama el Registro de Información Tributaria (RIT) y esos trámites son necesarios para nacer y sacar la autorización de facturación”, explicó el abogado Márquez. Se debe tener en cuenta que esta es la fase inicial para la creación de una empresa, pero, según la actividad mercantil que se vaya a desarrollar, pueden exigirse permisos adicionales que deberán ser gestionados en las entidades que corresponda.
De esta manera, dependerá del sector de comercialización si es necesaria la tramitación de más requisitos. En el agro, por ejemplo, se requiere una serie de autorizaciones del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).
“Para que una sociedad nazca en etapa preoperativa son necesarios los trámites del Registro Mercantil, establecimiento de comercio y cuidado de marcas”, dijo Márquez. Sobre los tiempos para estos trámites, se estima que las personas naturales pueden legalizar su empresa en 24 horas, pues se trata de un proceso casi automático.
“En cuanto a tiempos, el proceso está muy estandarizado. Si todo el trámite está bien hecho, en 36 horas se tiene el certificado de nacimiento de la sociedad, el cual es rápido e incluye el RUT. El tema marcario toma más tiempo, pues se puede demorar entre seis meses y un año; el tema de facturación se hace con una cita, que puede demorarse entre seis y 10 días. Pero, si todo sale muy bien, podría tenerse en cinco días una sociedad lista para funcionar en su etapa preoperativa”, dijo Márquez.
Costos de los trámites
La CCB ofreció un estimado de cuánto dinero podría necesitarse para formalizar una empresa. Para las personas naturales y jurídicas, los derechos de matrícula cuestan $38.000 para capitales de hasta $239 millones y $114.000 para capitales superiores; por otro lado, el formulario Rues tendría un costo de $6.500.
Para un establecimiento de comercio, los derechos de matrícula varían: $48.000 para capitales de hasta $2,7 millones, $103.000 para capitales de hasta $15 millones y $154.000 para montos superiores.
En el caso de las personas jurídicas existen gastos adicionales, como el pago del impuesto de registro, que será de 0,6% sobre el valor del capital suscrito para Pyme y de 0,7% para grandes empresas. Con relación a los derechos de inscripción, el documento de constitución cuesta $48.000. El formulario Rues, también necesario para constituir sociedades, tiene le mismo precio en todos los casos.