martes, marzo 15, 2022

Lavado de activos y soborno transnacional: señales de alerta para revisores fiscales

 


Según Santiago López, el revisor fiscal no es un fiscal que debe investigar delitos realizados por la organización o quienes trabajen en esta.

Este tiene la obligación de denunciarlos si tiene sospechas y debe informar todos los controles que se están realizando para prevenir riesgos.

Santiago López, delegado de asuntos económicos y societarios en la Superintendencia de Sociedades, describe en #CharlasConActualícese el rol del revisor fiscal frente al lavado de activos y el soborno transnacional.

Explica que la responsabilidad de la dirección de toda empresa está en asegurar que las actividades de la entidad se realicen de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias.

Por su parte, la responsabilidad del revisor fiscal está en aplicar los procedimientos que identifiquen incumplimientos de disposiciones legales y reglamentarias.

El revisor fiscal debe informar al interior de la organización todos los controles realizados para prevenir posibles riesgos. De igual forma, verificar que los estados financieros revelen la realidad contable de la compañía.

Del mismo modo, el revisor fiscal debe tener presente lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 1778 de 2016:

Deberá denunciar los actos de corrupción, así como la presunta realización de un delito contra la administración pública, un delito contra el orden económico y social o un delito contra el patrimonio económico que hubiere detectado en el ejercicio de su cargo.


Denuncia por parte del revisor fiscal por presuntos delitos
“Cuando el revisor fiscal tiene sospechas de un delito de soborno transnacional o de lavado de activos, deberá realizar la denuncia correspondiente”

El revisor fiscal no es un fiscal que debe investigar los delitos realizados por la organización o quienes trabajen en este, no debe buscarlo, pero tiene la obligación de denunciarlo si tiene sospechas.Cuando el revisor fiscal tiene sospechas de un delito de soborno transnacional o de lavado de activos, deberá realizar la denuncia correspondiente.

Este profesional está obligado a poner los hechos en conocimiento de los administradores de la compañía y del máximo órgano social. Para realizar la denuncia, el revisor fiscal cuenta con un plazo de seis meses contados desde el momento en el que hubiere tenido conocimiento de los hechos.

Vale la pena decir que no será aplicable el régimen de secreto profesional que ampara a los revisores fiscales.

Le asiste al revisor fiscal la obligación de realizar el reporte de operaciones sospechosas ante la UIAF cuando se cumplan los supuestos en dicha norma.
Señales de alerta en soborno transnacional y lavado de activos

Para López, todo revisor fiscal debe tener presente tres semáforos rojos cuando de soborno transnacional se refiere:
Concentrar sus esfuerzos en determinar si la sociedad en la cual ejerce sus funciones realiza negocios internacionales en países con altos o medianos grados de corrupción.
Dar mayor atención a aquellos sectores que históricamente han demostrado ser los que tienen un mayor grado de riesgo de soborno internacional.
Estar atento al uso innecesario o injustificado de intermediarios para realizar las actividades de la sociedad y actuar ante funcionarios públicos, como podría ser la creación de sociedades subordinadas y estructuras societarias o contractuales complejas sin un propósito claro, sea que se circunscriban en el mismo país en que opera la sociedad o en el exterior.
Estrategias para detectar el soborno transnacional y el lavado de activos

El revisor fiscal y el contador público, en el proceso de inteligencia y análisis de información, alrededor del soborno transnacional y el lavado de activos, deben tener en cuenta puntos como:
Identificar los directivos o empleados con un estilo de vida que no es compatible con sus ingresos conocidos.
Elaborar un perfil de la empresa, así como de sus altos directivos.
Analizar información relacionada con quienes son al interior de la sociedad los que negocian, firman contratos y autorizan los pagos. Lo anterior con el fin de identificar si hay actores clave en las operaciones y las relaciones entre ellos; investigando sobre el uso de un intermediario como un consultor.

Conozca en qué casos, cómo y quiénes deben pagar retención en la fuente este año

 


Este año, la UVT que regirá para el pago de la retefuente quedó fijado en $38.004, un aumento de 4,67% frente a la de 2021

Daniela Morales Soler

La retención en la fuente es el recaudo anticipado de un impuesto, no un impuesto en sí mismo. Este puede ser de otros impuestos, como a las ventas o de industria y comercio y, como el pago de estos impuestos se hace de forma mensual, bimestral o anual, el Estado usa la retención para acceder a los recursos de forma anticipada.

Este se le cobra a quien recibe el ingreso, por ejemplo, la persona que hace la venta; y es recibido por los agentes de recaudo, que pueden ser personas naturales o empresas que deben actuar como agentes de retención.

Iván Felipe Aguirre, abogado experto en temas tributarios, señaló que es muy importante saber que el sistema de retención en la fuente no aplica solamente para el impuesto de renta, sino también para IVA e ICA, por lo que, cuando se le haga una retención, debería preguntar cuáles son las que se le aplican.

Lo primero que se debe saber es que la retención es diferente en el caso de los empleados. Para la nómina, se toma como un pago anticipado del impuesto de renta y se hace calculando los ingresos de las personas en Unidades de Valor Tributario (UVT). Esta quedó fijada, para 2022, en $38.004, un aumento de 4,67% frente al valor que tenía en 2021.

LOS CONTRASTES

Iván Felipe AguirreAbogado experto en tributación

"El sistema de retenciones no aplica solo para la renta sino también impuestos como IVA e ICA"

Con base en esa unidad se calcula cuál es la retención que se le debe aplicar: si un empleado gana entre 150 y 360 UVT (es decir, entre $5,7 y $13,6 millones), se le retiene 28% y esto lo hace directamente el empleador, que actúa como agente de retención; en cambio, a los empleados que devenguen entre 360 y 640 UVT, (entre $13,6 y $24,3 millones), se les hará un descuento de 33%.

Como este se deduce del pago que se debe realizar de renta, los empleados pueden acceder al certificado de ingresos y retenciones que aplican las compañías, que evidencia cuál es el concepto total retenido y se puede hacer valer en la declaración de renta.

Aguirre señaló que hay varios factores de beneficio que las personas a las que aplique la retefuente deben conocer: por ejemplo, si una persona tiene hijos menores de edad dependientes económicamente, tiene una cuenta de fomento a la construcción (AFC) o aporta voluntariamente a pensión, puede tener descuento.

Sin embargo, este se aplica también para el pago de bienes y servicios. Por ejemplo, las compras generales, tanto de declarantes como no declarantes, pagan. Para el primer caso, este será de 2,5% y para el segundo de 3,5%.

Ahora bien, si hacen parte del régimen de tributación simple, es importante saber que no se aplica la retención en la fuente (por conceptos de ICA e IVA). Por el contrario, si hacen parte del régimen ordinario de tributación, sí le aplica. En este caso, Aguirre recomienda conocer las tablas con los conceptos de pago y sus bases mínimas. Cabe recalcar que al régimen simple sí le aplica la retención en el IVA.

En el caso de las compras de combustibles derivados del petróleo y de vehículos, la retención se aplica para todos los valores. La primera retiene 0,1% del valor pagado, mientras que la segunda paga 1%.