domingo, marzo 13, 2022

Tratamiento del impuesto de industria y comercio al cierre de 2021 del régimen simple y ordinario

 


Los contribuyentes que en 2021 pertenecían al régimen ordinario y no se cambiarán tienen dos opciones para tratar el valor del impuesto de industria y comercio causado durante dicho año.

Por su parte, los contribuyentes que se trasladarán al SIMPLE durante 2022 tienen una sola opción.

Veremos a continuación las opciones de tratamiento del valor del impuesto de industria y comercio causado durante 2021 para los contribuyentes que permanecerán en el régimen ordinario durante 2022, seguido del caso de los contribuyentes que voluntariamente se trasladen al SIMPLE.
1. Tratamiento del impuesto de industria y comercio para los contribuyentes que permanecerán en el régimen ordinario en 2022

Las personas naturales y jurídicas que durante 2021 pertenecieron al régimen ordinario del impuesto de renta y que al mismo tiempo estuvieron obligadas a liquidar y causar el impuesto de industria y comercio a favor de los municipios deben tomar una importante decisión sobre la forma en que tratarán el gasto por industria y comercio que solo quedó causado al cierre del año 2021.

En efecto, y de acuerdo con lo indicado en las normas de los artículos 115 y 115-1 del ET, tales contribuyentes podrán escoger una de las siguientes alternativas:
A. Impuesto de industria y comercio como gasto 100 % deducible

Podrá tratarse como un gasto 100 % deducible en la declaración del año gravable 2021, pero con la condición de que el pago se realice antes de la presentación (oportuna o extemporánea) de la declaración inicial de renta (ver artículo 115-1 del ET).

Lo anterior implica, por ejemplo, que, si una persona jurídica tributa en el impuesto de renta con la tarifa del 31 % y tiene causado un gasto por industria y comercio de $100.000.000, en tal caso, al incluir dicho gasto en su declaración lograría rebajar el saldo a cargo de su impuesto de renta en el equivalente a $100.000.000 × 31 % = $31.000.000. Pero, si tributa al 9 % (caso de hoteles, editoriales y otras entidades mencionadas en los parágrafos 2 al 5 del artículo 240 del ET), entonces su ahorro en el impuesto de renta sería de $100.000.000 × 9 % = $9.000.000.

B. Impuesto de industria y comercio como descuento tributario

Esta opción corresponde a no tomar ningún valor como deducible al cierre del año 2021; no obstante, de acuerdo con el artículo 115 del ET, cuando el impuesto sea pagado durante el año 2022, entonces podrá tomarse, en la declaración de renta del año gravable 2022, un descuento tributario equivalente al 50 % ($50.000.000 según el ejemplo anterior).

Tanto la persona jurídica que tributa al 35 % como la que tributa al 9 % u otra tarifa similar restarían siempre el mismo valor, a saber, $50.000.000 en el ejemplo que planteamos (ver Ley 2155 de 2021artículo 259-2 del ET y Concepto Dian 10462 de mayo 2 de 2019). En los reportes de exógena del año gravable 2022 se utilizaría el concepto 8330 en el formato 1004 v. 7 (ver Resolución 000124 de octubre de 2021).
2. Tratamiento del impuesto de industria y comercio para los contribuyentes que se trasladarán al régimen simple en 2022

En relación con lo anterior, es importante destacar que algunos contribuyentes (personas naturales y jurídicas) que hasta el cierre del año 2021 pertenecieron al régimen ordinario pueden contemplar la opción de trasladarse al régimen simple, para lo cual deben cumplir los requisitos de los artículos 905 y 906 del ET (modificados con la Ley 2155 de septiembre de 2021) y tomar la decisión a más tardar en febrero de 2022.
“en la declaración anual del año gravable 2022 del SIMPLE (formulario 260) no se podrán tomar el descuento tributario del 50 % del impuesto de industria y comercio”

Por tanto, si deciden trasladarse de régimen, en la declaración anual del año gravable 2022 del SIMPLE (formulario 260) no se podrán tomar el descuento tributario del 50 % del impuesto de industria y comercio que se menciona en el artículo 115 del ET.

En efecto, en el régimen simple solo aplican 3 descuentos tributarios posibles:

a. Los aportes como empleador de solamente el año 2021 al sistema general de pensiones (ver parágrafo 4 del artículo 903 del ET y el artículo 1.5.8.3.2 del DUT 1625 de 2016, modificado con el Decreto 1091 de agosto 3 de 2020).

b. El 0,5 % de los ingresos por ventas y servicios con medios de pagos electrónicos (ver artículo 912 del ET y los artículos 1.5.8.3.3 al 1.5.8.3.5 y numeral 4 del artículo 1.5.8.3.11 del DUT 1625 de 2016, modificados con el Decreto 1091 de 2020).

c. El 100 % del impuesto SIMPLE calculado sobre la reventa de panela comprada a productores artesanales (ver artículo 4 de la Ley 2005 de diciembre 2 de 2019).

Siendo este el caso, lo único que deberán hacer tales contribuyentes al cierre del año gravable 2021 es aplicar lo dispuesto en el artículo 115-1 del ET: tomar como un gasto 100 % deducible el impuesto de industria y comercio que solo quedó causado, y con la condición de pagarlo antes de la presentación de la declaración de renta.

Deuda bruta del Gobierno bajó en enero a $720,58 billones

 Según Minhacienda, asciende a 56% del PIB. Las obligaciones internas subieron a $429,42 billones, mientras el compromiso externo a $291,16 billones.



Según la denominación, 60,1% de la deuda es en moneda local, y el 39,9% restante fue adquirido en moneda extranjera.

El Ministerio de Hacienda publicó las cifras de deuda bruta del Gobierno nacional central para el primer mes de enero de 2022, la cual presentó una leve reducción frente al cierre del año pasado. Según los datos publicados en por la cartera y su división de Crédito Público, en enero las obligaciones del país descendieron a $720,58 billones, $3,7 billones por debajo del saldo que registró la Nación al cierre de 221, que fue de $724,58 billones.

Esto implicó una disminución en términos porcentuales de -0,5%, pero es, así mismo, la primera contracción en la deuda en cuatro meses.

Así, la deuda bruta de la Nación se ubicó en enero en 56% del PIB, lo que presentó además un avance importante, si se tiene en cuenta que en diciembre de 2021 la deuda del Gobierno Nacional Central cerró en 61,5% del PIB, por debajo también de la proyección que tenía el Gobierno en el Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP) presentado el año pasado, que estaba en 66,8%.

En cuanto a la composición de la deuda, las cifras de Hacienda mostraron como el 59,6% del saldo corresponde a obligaciones internas, que ascienden a $429,42 billones, mientras que el restante 40,4% hace referencia a la deuda externa, equivalente a $291,16 billones. En ambos casos se presentó una caída en los compromisos, que en diciembre de 2021 cerraron en $431,91 billones en el caso de la deuda interna y en $292,40 billones para la deuda externa.

Expresado en dólares, la deuda interna se ubicó en enero de 2022 en US$107.825 millones, y la deuda externa en US$73.109 millones, de modo que la deuda brutal total del gobierno nacional central llegó a US$180.934 millones.

Al revisar la deuda por su denominación, 60,1% de la deuda está en moneda local. Allí, el 42% está en pesos colombianos y 18,2% en Unidades de Valor Real (UVR) en pesos colombianos. El 39,9% restante está en moneda extranjera, con 36,3% en dólares, y 3,6% en euros.

En la deuda interna, $130,85 billones están en UVR y $298,56 billones en pesos. Mientras que en las cifras de deuda externa, se tienen obligaciones de US$65.654 millones, el equivalente a una deuda de US$6.478 millones adquirida en euros, y otros US$977 millones de deuda adquirida en pesos colombianos (COP).

El reporte de deuda bruta también detalla el perfil según las fuentes de financiamiento de la misma, en las cuales la mayoría corresponde a TES de corto y largo plazo, con $391 billones y un total del 54,3% de la participación dentro de la deuda bruta; a bonos externos, que son $141,86 billones equivalentes al 19,7% de la deuda total.

También resaltan los pagarés de tesorería ($26,2 billones) y el 3,6% del total de las obligaciones, así como las deudas con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que suma $40,8 billones, que equivalen a 5,7%. El Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), representada en $52,09 billones y el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF), con una deuda de $10,47 billones.

Luis Carlos Reyes, director del Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, indicó que “hay que mantener las cosas en una visión panorámica, la deuda se ha casi duplicado en los últimos 10 años, entonces una reducción así de pequeña no tiene un impacto considerable sobre la tendencia que vemos”.

Reyes reconoció que es una noticia positiva y tiene que ver con que el gobierno ha podido refinanciar parte de la deuda a unas tasas más convenientes y ha habido una recuperación del recaudo a medida que se ha recuperado la economía después del choque de la pandemia. “A largo y mediano plazo no se debería cantar victoria, se necesita sí o sí una reforma tributaria para cumplir con las metas de reducción de deuda que se tienen, sobre todo si se espera mantener los programas que ese lanzaron en la pandemia”, indicó Reyes.

Juan David Ballén, director de Análisis y Estrategia de la comisionista Casa de Bolsa, destacó que, este año, “según la publicación del Plan Financiero, el Gobierno se va a endeudar a un menor ritmo que lo que hizo en los últimos dos años, y es probable que eso se esté viendo reflejado en esas cifras”. Aseguró que el gobierno espera una menor emisión de deuda, tanto interna como externa, y es probable que en todo este año se vaya a reducir estos endeudamientos.


Debe crearse un organismo autónomo e independiente de vigilancia y control para la profesión contable

 


Rodrigo Vallejo afirma que si es elegido como representante a la Cámara se enfocará en los proyectos de la profesión contable, en la creación de un registro único de revisores fiscales y de un fondo para el pago de los honorarios.

Dice que la Dian no puede seguir viendo a los contadores públicos como enemigos y menos como sus empleados de segunda clase.

Otro de los contadores públicos que participará en las próximas elecciones a realizarse en el mes de marzo, con el fin de sacar adelante proyectos que beneficien a la profesión contable, es Rodrigo Vallejo Sánchez.

Vallejo Sánchez es candidato a la Cámara de Representantes por el Quindio, por la coalición MIRA, Colombia Justa Libres, Salvación Nacional, con el número 102 en el tarjetón. En el debate Contadores haciendo política para contadores expuso sus diversos puntos de vista.

¿Desde su aspiración política cómo piensa que se debe generar reconocimiento y respeto hacia la profesión contable?

Siendo cumplidor de la Ley 5 de 1992 en cuanto a las funciones, tener iniciativa, promover el debate y gestionar a favor de mi tierra. Que quede claro, en el Congreso de la República la mirada de un contador público es mas integral en la solución de los problemas que de cualquier otro profesional.

Para generar respeto y reconocimiento hacia la profesión contable, lo principal es ser ejemplo en nuestras actuaciones públicas y privadas, así como actuar de manera integral.
¿Qué propuestas busca impulsar desde su candidatura? ¿Cuál es su principal objetivo al buscar esta oportunidad desde la política?

Lo principal es seguir construyendo una imagen, consolidando un pensamiento y proponiendo los cambios que se requieren. Las propuestas son en dos sentidos. En primera medida, uno encaminado a proyectos de carácter general como la reforma tributaria, el régimen pensional de los profesores, tarifas de servicios públicos, así como leyes que creen incentivos para la reactivación económica y generar empleo.

Lo segundo, enfocarse en proyectos de la profesión. La creación de un registro único de revisores fiscales y de un fondo para el pago de los honorarios.
¿Cuál es su punto de vista alrededor de los proyectos que buscan la modernización de la contaduría pública y la revisoría fiscal?

Que los mismos no reflejan un consenso de los contadores y menos la realidad de la profesión.

¿Ve viable que los proyectos de ley sean una realidad? ¿Cuál es la mejor forma de «venderlos» para que cuenten con apoyo político?

Ganando la confianza de los usuarios de nuestros servicios, que vean en ellos no un costo sino una inversión. Que tanto contadores públicos como revisores fiscales pasemos al momento de ponerle valor agregado a nuestros servicios.
¿Estar en el Congreso les abriría mayores puertas a contadores públicos para que en un mañana se lancen otros al ruedo político?

Claro que sí, además los contadores públicos tenemos que darnos por enterados que si la situación está como está es porque hemos actuado de forma pasiva, de espaldas a la realidad.
La justicia es una bandera social interesante. ¿Cómo se enfoca hacia la profesión del contador público?
“La justicia como bandera social debe ser garantista de las actuaciones del contador público”

El contador público es dador de confianza cuando da fe pública. La justicia como bandera social debe ser garantista de las actuaciones del contador público, debe propiciar escenarios que permitan que los contables sintamos respaldo de la institucionalidad en nuestro ejercicio.

Debe crearse un organismo autónomo e independiente de vigilancia y control para la profesión contable, con dedicación de tiempo completo y remuneración.

La Dian no puede seguir viendo a los contadores públicos como enemigos y menos como sus empleados de segunda clase.
¿Cómo se pueden evitar formalmente las excesivas cargas administrativas vigentes para contadores y revisores fiscales?

Cuando los contadores públicos tengamos un proceso de formación afianzado en principios, criterios, carácter, con seguridad, la formación académica será el complemento perfecto para hombres y mujeres que queremos prestarle un servicio a entidades públicas y/o privadas.