viernes, enero 13, 2023

Gobierno emite lineamentos para mantener los contratos de prestación de servicios

 


Uno de ellos es que las entidades no podrán suscribir contratos con personas naturales por un periodo mayor a cuatro meses

El Departamento Administrativo de la Función Pública y de la Agencia Nacional de Contratación Pública y Colombia Compra Eficiente, en representación del Gobierno Nacional emitió una circular en donde precisan los lineamientos para los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión en este 2023.

Esto después de la polémica que generó la prohibición de dichos contratos y luego de recibir duras críticas de la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez y de la Procuraduría General que advirtió que podría haber una parálisis estatal.


De esta forma y entra los lineamientos dejados en la circular del pasado 5 de enero, se menciona que, para suscribir contratos tanto con personas naturales como jurídicas, los estudios previos que los respalden deberán indicar las razones por las cuales esas actividades que contratarán no las pueden realizar personas de planta o explicar, si es el caso, por qué esas funciones requieren de un conocimiento especializado.

Dicho documento fue firmado por los directores de Función Pública, César Augusto Manrique y de Colombia Compra Eficiente, Stalin Ballesteros García.

Allí también se precisa que las entidades no podrán suscribir contratos con personas naturales por un periodo mayor a cuatro meses, pero expone las excepciones en los que se podrán concretar contratos superiores a ese periodo.

“Los contratos mencionados podrán exceder el plazo de cuatro (4) meses siempre que, de manera expresa y clara, se precisen las razones que justifiquen la fijación de un plazo mayor, así como los motivos por los cuales resulta conveniente proveer tal necesidad a través de un contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, en lugar de la creación de un empleo de la planta temporal”, indica el documento.

Agregando que, “los contratos de prestación de servicio son para fines puntuales, nunca para cumplir misiones permanentes de las institucionales, cuando se disfrazan contratos reales en CPS u OPS las entidades incumplen los mandatos legales y constitucionales y se precariza el empleo público”, afirmó el director Manrique.

De otro lado, este jueves el vicepresidente de Fedemunicipios, Jorge Augusto Palacio Garzón alcalde de Sevilla – Valle y el alcalde de Génova – Quindío, Jorge Iván Osorio Velásquez, se reunieron con Manrique para exponer las preocupaciones e inquietudes de los mandatarios locales frente a la Circular del Plan de Formalización del Empleo Público en Equidad.

“Como conclusión de la reunión con el Dr. Manrique y luego de exponer los argumentos de los alcaldes; se decidió instalar una comisión de apoyo, seguimiento y asesoría para la implementación gradual, equitativa y ajustada a las realidades de las entidades territoriales del “Plan de Formalización del Empleo Público en Equidad – Vigencia 2023”, que será integrada entre otros por la Federación Colombiana de Municipios y las entidades competentes en la materia”, afirmó Jorge Augusto Palacio Garzón alcalde de Sevilla – Valle y Vicepresidente de Fedemunicipios.

Jorge Iván Osorio Velásquez, alcalde de Génova – Quindío afirmó que “celebramos la buena disposición del Gobierno para entender que las políticas nacionales deben adaptarse a las realidades y necesidades de las entidades territoriales”.

Cabe destacar que el objetivo de esta prohibición y según lo anunció el presidente Petro, es que desaparezcan ese tipo de contratos para darle una verdadera vinculación laboral a todos los trabajadores que en la actualidad no se les da todas las garantías.

Eso según expresó la ministra Ramírez es casi imposible cumplir antes de cuatro meses, el tiempo de plazo que se dio en diciembre pasado para cumplir la medida. En opinión de la ministra no hay la disponibilidad de recursos para pagar los nuevos salarios que se proyectan.

jueves, enero 12, 2023

articulos 92 y 93 reforma tributaria de 2023

 El artículo 92 de la reforma permite que hasta el 13 de abril de 2023 se “corrijan” (realmente es presentación extemporánea) las declaraciones de IVA que se encuentren sin efecto legal al 30 de noviembre de 2022 por haber sido presentadas en una periodicidad distinta a la que corresponde, sin liquidar sanción de extemporaneidad como consecuencia de lo dispuesto en el parágrafo 2° del artículo 1.6.1.6.3 del Decreto 1625 de 2016.


Imagínese que en algún periodo antes del 30 de noviembre de 2022, su periodicidad en IVA era bimestral y usted declaró cuatrimestral, lo que permite este artículo es, elaborar las dos declaraciones bimestrales con la información que incluyó en una sola cuatrimestral sin liquidar la respectiva sanción, lo mismo, del mismo modo en el sentido contrario (usted me entiende).

Pero algo complicó esto, resulta que el Consejo de Estado expidió una sentencia que tiene fecha de 3 de noviembre de 2022 en la que saca del ordenamiento jurídico al parágrafo 2° del artículo 1.6.1.6.3 del Decreto 1625 de 2016 y determina que, una declaración presentada en un periodo distinto si produce efectos jurídicos. Gran lío se nos armó.

En mi interpretación no es posible hacer uso del artículo 92 de la reforma tributaria por una sencilla razón, al 30 de noviembre todas las declaraciones de IVA producen efectos jurídicos como consecuencia de la sentencia. Pero es posible que la DIAN tenga una interpretación distinta a la mía, es por eso que desde el 14 de diciembre, un día después de sancionada la reforma, les estoy preguntando, por todos los medios que nos compartan su posición. Espero tener respuesta esa semana y sin lugar a dudas te la compartiré por este medio.

El mejor escenario es que la DIAN interprete que sí se puede hacer uso del artículo y ahí el camino es claro y sencillo, tendremos que presentar con la periodicidad correcta, con la información que corresponda a la periodicidad y no liquidar ninguna sanción. Pero si la interpretación oficial coincide con la mía, nos quedan dos caminos, apartarnos de la posición oficial de la DIAN y hacer uso del artículo 92 sin pagar nada (no lo recomiendo) o hacer uso del artículo 93 de la reforma y pagar “alguito”.

Bueno, esto ya se hizo extenso así que vamos a dejar el artículo 93 para el próximo semanario, solo te anticipo que ese es el artículo peor redactado de la historia de la humanidad, pero que sin lugar a dudas, trae unas reducciones de sanciones intereses moratorios para omisos e inexactos DIAN importantísimas, incluso, para quienes tengan cuentas pendientes con la UGPP.

Qué pasa cuando una persona incumple con el tiempo de un contrato a término fijo?

 


En la antigüedad el empleado que no haya terminado el lapso de tiempo establecido debía pagar una indemnización a su empleador

A inicios del 2023 las personas trazan metas para poder cumplirlas con el trascurso del año. Muchas de estas pueden ser conseguir una casa, viajar o tener un buen empleo. Esta última puede ser el logro y meta de vida de varias personas. Sin embargo, al momento de contratar a alguien, existen unas condiciones y términos a cumplir como en el caso de los contratos a términos fijos, en los que los trabajadores hacen un acuerdo que consta de cumplir con sus labores en un lapso de tiempo.

Para comprender más sobre el tema, la abogada de la firma Scola Abogados, María Isabel Espitia, explica que el a término fijo se encuentra regulado en el artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo y que tiene una serie de particularidades: debe constar por escrito, tiene un plazo máximo de tres años, pero las partes pueden renovarlo indefinidamente, para su terminación debe haber un aviso previo de 30 días y si el término pactado en el contrato de trabajo es inferior a un año, este solo puede ser prorrogable en tres ocasiones.



¿En qué ocasiones se puede terminar el contrato?

La abogada Espitia dice que solo existen tres casos en los que el contrato a término fijo puede terminar. El primero es que el tiempo de pacto pactado esté terminando. El segundo es por una justa causa incurrida por el trabajador y la tercera es por una decisión unilateral de cada una de las partes.

Cuando el trabajador es quién renuncia la situación cambia un poco. María Isabel Espitia recalca que cuando ocurren estas situaciones, “la renuncia surte efectos inmediatos sin que el trabajador esté obligado a preavisar al empleador, y sin que dicha renuncia le permita al empleador realizar algún tipo de descuento”.

Por otro lado, Jimmy Jiménez, abogado especialista de Integrity Legal, dice que en Colombia no existen sanciones establecidas en la ley, para que una persona pueda renunciar, sin importar que esta no haya cumplido con el periodo pactado entre las dos partes.


Indicadores básicos a tener en cuenta en 2023

 



Presentamos un compendio de los indicadores laborales, comerciales, tributarios, contables, financieros, monetarios y económicos fundamentales para tener en cuenta en la realización de las gestiones que se encuentran bajo la supervisión y responsabilidad de los profesionales contables.

En los últimos años (2022 y 2023) el valor del impuesto al consumo de bolsas plásticas se ha venido aumentando anualmente de acuerdo con las variaciones del IPC.

Este incremento se certificó por la Dian para el año 2023 mediante la Circular 000001 de 2023.


El valor de la unidad de valor real –UVR– opera en el país para efectos de calcular el costo de ciertos créditos de vivienda. Esta se encuentra certificada por el Banco de la República.


El GMF es un impuesto indirecto que se aplica a las transacciones realizadas por los usuarios financieros. En el artículo 879 del ET se establecen las transacciones exentas del GMF.


Para el año 2023 se mantiene la exención para las transacciones que no superen las 350 UVT mensuales.

Entérate en este editorial del cierre del precio de venta por gramo de oro al 31 de diciembre de 2022, según el informe del Banco de la República.

Te contamos, además, el precio de venta y compra de otros materiales preciosos al cierre del 2022.



La variación del índice de precios al consumidor IPC del año 2022, equivalente a la inflación del año 2022, cerró en 13,12 %, según el reporte del Departamento Administrativo Nacional de Estadística –Dane–.






El incremento en las cuotas de administración de edificios o conjuntos sometidos al régimen de propiedad horizontal no depende del índice de precios al consumidor ni del porcentaje de ajuste del salario mínimo.


El depósito a término fijo –DTF– es la tasa de interés calculada como promedio ponderado semanal por monto de las tasas promedio de captación diarias de los CDT a 90 días.

Conoce la tasa de cierre del DTF al 31 de diciembre de 2022, según el reporte de la Superfinanciera y el Banco de la República.

La unidad de pago por capitación –UPC– es el valor anual que se reconoce por cada uno de los afiliados al sistema general de salud para cubrir las prestaciones del plan de beneficios en salud en los regímenes contributivo y subsidiado.


El Decreto 957 de 2019 señaló los criterios de clasificación de empresas como micro, pequeñas o medianas empresas, de acuerdo con los ingresos percibidos en un año por actividades ordinarias y el sector en el que se encuentren.


Mediante la Resolución D-0052 del 30 de diciembre de 2022, se fijaron las tarifas de la Junta Central de Contadores –JCC– para la vigencia 2023 en relación con los trámites y servicios que la entidad ofrece.

La norma también indica el costo de la expedición de certificados.



La devaluación del peso produce una pérdida en su poder de compra respecto a las divisas extranjeras, dado que se hace más costosa una unidad de moneda extranjera.

En el año 2022, el peso colombiano sufrió una significativa devaluación frente al dólar que te exponemos a continuación.

La tasa representativa del mercado –TRM–, además de ser un indicador económico, es una herramienta de gran utilidad en los procesos de planeación presupuestal de las organizaciones.


La tasa de cambio representativa del mercado –TRM– es un indicador económico que revela la cantidad de pesos colombianos equivalentes a un dólar de los Estados Unidos.

En esta publicación te contamos cuál fue el valor de cierre de la TRM al 31 de diciembre de 2022, según el reporte de la Superfinanciera.

El euro es la moneda oficial de los países que pertenecen a la Unión Europea. En Colombia es habitual que el precio de esta moneda aumente o disminuya a diario frente al valor del peso colombiano.


A pesar de que en Colombia el bitcoin no se encuentra reglamentado como una moneda legal, las operaciones con este activo han sido relevantes en el mercado financiero, por lo que representa un importante indicador.



Este aumento regirá a partir del 1 de enero y durante la vigencia del año 2023.

Te presentamos en cuánto queda el salario mínimo y el auxilio de transporte.


El Gobierno nacional anunció que el incremento del auxilio de transporte será del 20 %. Con el Decreto 2614 del 28 de noviembre de 2022 del Ministerio del Trabajo, la cifra del auxilio de transporte que regirá a partir del 1 de enero de 2023 es la siguiente:

Decreto 2614 de 2022 2022 Aumento 2023
Auxilio de transporte $117.172 20 % $ 140.606


Mediante la Resolución 0001264 de noviembre 18 de 2022, la Dian fijó el valor de la unidad de valor tributario –UVT– aplicable para el año gravable 2023. ¡Aquí te contamos el valor de la UVT 2023!

De igual forma, encuentra aquí cuáles son los principales indicadores que se actualizan con el nuevo valor de la UVT 2023.


La Ley 2101 de 2021 reduce la jornada laboral de manera gradual de cuarenta y ocho (48) a cuarenta y dos (42) horas semanales.

Su implementación se hará desde el 15 de julio de 2023 hasta el 15 de julio de 2026.



De acuerdo con el numeral 10 del artículo 206 del ET, modificado por la reforma tributaria, la renta laboral exenta del impuesto de renta 2023 corresponderá al 25 % del valor de los pagos laborales una vez se detraigan los ingresos no constitutivos de renta, deducciones y demás rentas exentas.



Para determinar los obligados a tener revisor fiscal en 2023, las sociedades comerciales deberán observar al cierre del año 2022 el monto de sus activos e ingresos brutos.



Por el año 2023, el tiempo mínimo de cotización para obtener la pensión de vejez se mantendrá en 1.300 semanas.

La edad para pensionarse también se mantendrá en sesenta y dos (62) años para hombres y cincuenta y siete (57) años para mujeres.

El impuesto al consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas en 2023 fue establecido por la Dirección General de Apoyo Fiscal mediante la Certificación 02 de diciembre 6 de 2022.


El impuesto al consumo de licores, vino, aperitivos y similares para 2023 fue establecido por la Dirección General de Apoyo Fiscal del Minhacienda mediante la Certificación 003 de diciembre 6 de 2022.


El incremento de la tarifa del impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco para 2023 fue reglamentado por la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda mediante la Certificación 004 de diciembre 6 de 2022.

Este incremento será aplicable desde el 1 de enero de 2023.

La tarifa general de reteiva en el año 2023 podrá ser hasta del 50 % del valor del IVA, de acuerdo con lo establecido por el Gobierno nacional mediante el artículo 437-1 del Estatuto Tributario –ET–, modificado mediante la Ley 2010 de 2019.

Los activos de menor cuantía para efectos fiscales son aquellos que poseen un costo igual o inferior a 50 UVT.

El valor de la UVT fijado por la Dian para 2023 es de $42.412.

Aquí te contamos cuál es el valor en pesos de este indicador y la normativa que lo regula.

El informe de los miembros de la junta directiva del Banco de la República señala que la meta de inflación 2023 fue estimada en un 7 %.

También el informe señala que se espera que la inflación de 2024 retorne el camino a la meta de 3 %.



Mediante la Resolución 1327 de 2022, la Superfinanciera certifica la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo de bajo monto y la tasa de usura que rige para el período entre el 1 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023.


En cumplimiento del Decreto 2497 de 2022, la Superfinanciera de Colombia determinó las tarifas diferenciales para la compra del Soat 2023, las cuales equivalen a aproximadamente al 50 % del costo vigente al 14 de diciembre de 2022.


El salario integral 2023 seguirá estando constituido por un factor salarial (mínimo 10 smmlv) y uno prestacional (30 % del factor salarial), los cuales deberán ser determinados en salarios mínimos mensuales legales vigentes.


Las sociedades vigiladas por la Superintendencia de Sociedades para 2023 serán aquellas cuyos activos o ingresos totales por el año 2022 hayan sido superiores a 30.000 smmlv.


Con el fin de determinar el valor del impuesto de vehículos automotores para el año gravable 2023, se deberá tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto 2588 de diciembre 23 de 2022 del Ministerio de Hacienda y en la Resolución 20223040072375 del 2022 del Ministerio de Transporte.

El término de las licencias de maternidad y paternidad para el 2023 se mantiene sin modificaciones respecto del 2022.

La licencia de maternidad se mantiene invariable. La licencia de paternidad también, pero esta dependerá siempre del indicador de la tasa de desempleo estructural.

Hasta el 19 de junio de 2023, el aporte al piso de protección social para aquellas personas que mensualmente perciban ingresos inferiores a un (1) salario mínimo, se mantendrá sin variaciones respecto de la entrada en vigor del Decreto 1174 de 2020 del Ministerio del Trabajo.

El aporte a salud 2023 seguirá siendo del 12,5 %; este debe determinarse con base en el ingreso base de cotización –IBC–.

A continuación, conoce los porcentajes de cotización obligatoria al sistema de seguridad social en salud –SG-SSS– de empleadores y trabajadores en 2023.

El porcentaje de los aportes a pensión 2023 seguirá siendo del 16 %; este debe determinarse con base en el ingreso base de cotización –IBC–.

A continuación, conoce los porcentajes de cotización al sistema de pensiones de empleadores y trabajadores en 2023.

Mediante el Decreto 2609 de diciembre 28 de 2022, el Ministerio de Hacienda fijó el porcentaje de reajuste fiscal 2022.

Los contribuyentes podrán reajustar el costo de los activos fijos por el año gravable 2022 de acuerdo con lo previsto en los artículos 70 y 73 del ET.

Para el año gravable 2023, serán personas naturales retenedoras los comerciantes que en el año 2022 hubiesen poseído un patrimonio o ingresos brutos superiores a 30.000 UVT.

Esta obligación recaerá respecto de pagos por honorarios, comisiones, arrendamientos, rendimientos financieros y compras.

La periodicidad del IVA en 2023 puede ser bimestral, cuatrimestral o anual, dependiendo de los ingresos brutos del contribuyente.

A través del Decreto 2487 de 2022 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público se establecieron los plazos para declarar dicho impuesto.

Por el año gravable 2023, los agentes de retención tendrán plazo para expedir certificados de retención del año gravable 2022 hasta el 31 de marzo.

Así lo indicó el calendario tributario establecido en el Decreto 2487 de diciembre 16 de 2022.

Aquí te contamos cuál es el valor de la sanción mínima 2023 para efectos tributarios y en qué casos se aplica.

Lo anterior, a raíz de la expedición de la Resolución 0001264 de noviembre 18 de 2022, con la cual la Dian fijó el valor de la UVT para el año gravable 2023 en $42.412.

La tasa de interés Dian para liquidar deudas fiscales de carácter nacional corresponde a la tasa de usura establecida por la Superfinanciera menos 2 puntos porcentuales.

La tasa de enero de 2023 resulta ser 180 puntos básicos más alta que la de diciembre de 2022.

La cuantía mínima de retención en la fuente a título de renta por concepto de prestación de servicios es de 4 UVT.

El valor de la UVT fijado por la Dian para 2023 es de $42.412.


La cuantía mínima de retención en la fuente para los colocadores independientes de juegos de suerte y azar es de 5 UVT diarias.

El valor de la UVT fijado por la Dian para 2023 es de $42.412.


La cuantía mínima de retención en la fuente a título de renta por concepto de compras es de 27 UVT.

El valor de la UVT fijado por la Dian para 2023 es de $42.412.


La cuantía mínima de retención en la fuente a título de renta por concepto de loterías, rifas, apuestas y similares es de 48 UVT.

El valor de la UVT fijado por la Dian para 2023 es de $42.412.


Mediante la Resolución 1968 de 2022, la Superfinanciera certificó la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario que regirá para el período comprendido entre el 1 y el 31 de enero de 2023.

Interés bancario para microcréditos entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023

Mediante la Resolución 1968 de 2022, la Superfinanciera certificó la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de microcrédito que regirá para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023.


Mediante la Resolución 1968 de 2022, la Superfinanciera certificó la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de microcrédito que regirá para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023.