domingo, julio 11, 2021

Depuración del impuesto de ganancias ocasionales bajo los 4 escenarios posibles: casos prácticos en Excel

 



Para determinar la ganancia ocasional gravable en 2020 (casilla 116 del formulario 210), se utilizarán distintas fórmulas según la situación de cada contribuyente, es decir, si tiene ganancia o pérdida ocasional y si realizará compensación de pérdidas fiscales.

Realiza tus simulaciones con este liquidador.

Las ganancias ocasionales son utilidades obtenidas por un contribuyente por la ocurrencia de un hecho económico excepcional, por ejemplo, la obtención de una herencia o la venta ocasional de un bien.

Para determinar el impuesto a las ganancias ocasionales de las personas naturales residentes, se deben sumar los ingresos por ganancias ocasionales, detraerles los costos y el valor de las ganancias ocasionales exentas permitidas por las normas fiscales y aplicar las tarifas de los artículos 314 y 317 del Estatuto Tributario –ET–, según el tipo de ganancia ocasional del que se trate.

Lo anterior, con la novedad de que, por los años gravables 2020 y 2021, las personas naturales que obtuvieron rebajas, descuentos o quitas de capital, multas, sanciones o intereses provenientes de acuerdos de reorganización deberán llevarlos a su declaración de renta como una ganancia ocasional que podrán compensar con las pérdidas ocasionales del ejercicio o con las pérdidas acumuladas de años anteriores (ver artículo 15 del Decreto Legislativo 772 de 2020).

Como resultado de esta novedad, en el formulario 210 del año gravable 2020 se observa que, para determinar la ganancia ocasional gravable en 2020 (casilla 116), se utilizarán distintas fórmulas según la situación de cada contribuyente:
Cuando se tiene una ganancia ocasional diferente a la proveniente de un acuerdo de reorganización.
Cuando se tiene una ganancia ocasional proveniente de un acuerdo de reorganización y no se compensarán pérdidas fiscales.
Cuando se tiene una ganancia ocasional y se compensarán pérdidas fiscales.
Cuando se tiene una pérdida ocasional.

Por lo anterior, a continuación, compartimos un liquidador en el que se podrá estudiar la depuración del impuesto de ganancias ocasionales por el año gravable 2020 de una persona natural residente bajo los 4 escenarios descritos.



Ayuda Renta año gravable 2020: Dian pone a disposición el aplicativo para su descarga

 


El aplicativo Ayuda Renta es una herramienta desarrollada por la Dian para facilitar el diligenciamiento del formulario 210 empleado en la declaración de renta de las personas naturales residentes.

Este aplicativo ya se encuentra disponible para su descarga en la plataforma web de la Dian.
“El aplicativo Ayuda Renta es una herramienta mediante la cual se pretende facilitar el diligenciamiento de la declaración de renta y complementario de las personas naturales y asimiladas residentes”

El aplicativo Ayuda Renta es una herramienta mediante la cual se pretende facilitar el diligenciamiento de la declaración de renta y complementario de las personas naturales y asimiladas residentes no obligadas a llevar contabilidad, tales como empleados, profesionales, trabajadores independientes y rentistas de capital, pensionados, entre otros obligados a presentar su declaración en el formulario 210 por el año gravable 2020.


Las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes obligadas a llevar contabilidad, podrán optar por hacer uso de este programa para efectos de comparar la determinación de las rentas cedulares, así como la liquidación del impuesto, siempre y cuando parta de sus saldos finales y adecuen algunas cuentas propias de los obligados a llevar libros de contabilidad a la estructura del programa.

Dicho aplicativo se encuentra disponible para su descarga de manera gratuita en la plataforma web de la Dian, el cual incluye todas las novedades atribuibles al impuesto sobre la renta para las personas naturales, así como la nueva estructura del formulario 210, prescrito mediante la Resolución 000022 de 2021, para el año gravable 2020.

Para acceder a esta herramienta se deberán tener en cuenta los siguientes pasos:
Ingresar a la página web de la Dian y dar clic en la opción “Transaccional”.

Posteriormente, se deberá seleccionar la opción “Prevalidadores” y dar clic en “Impuestos”.

Efectuado el paso anterior, se desplegará un listado con los prevalidadores disponibles para su descarga, allí se encuentra el programa Ayuda Renta para el año gravable 2020.



Ten en cuenta que este programa se descargará como un archivo en carpeta comprimida, por lo cual se deberá extraer el archivo Excel para abrir el aplicativo.



Es importante tener en cuenta que, como el programa Ayuda Renta contiene una orientación general para el diligenciamiento del formulario 210, este no exime al declarante de la obligación de aplicar, en cada caso particular, las normas legales y reglamentaciones reguladoras del impuesto sobre la renta y complementario.
Puntos a tener en cuenta al utilizar el programa Ayuda Renta

Al utilizar este programa es importante tener en cuenta lo siguiente:
La veracidad de los datos consignados en este programa y la correcta clasificación de los ingresos dentro de cada una de las cédulas que conforman el formulario 210 son de absoluta responsabilidad del contribuyente. Por lo cual, dichos datos estarán sujetos a verificación por parte de la Dian.
Es requisito indispensable que el contribuyente se encuentre inscrito en el RUT para cumplir con la obligación de presentar la declaración de renta.
Al incorporar datos de la declaración de renta del año gravable 2019, tales como saldos a favor sin solicitud de devolución y anticipos por el año gravable 2020, se deberán trasladar exactamente los mismos valores allí incluidos. Además, se deberá tener en cuenta si presentó declaraciones de corrección voluntarias o provocadas por acción de la administración tributaria que hayan modificado los valores antes mencionados para que los mismos no generen sanciones por arrastres indebidos.
El programa realiza el cálculo de la sanción por extemporaneidad contemplada en el artículo 641 del Estatuto Tributario –ET– solo a los contribuyentes que, sin habérseles notificado emplazamiento para declarar, de manera voluntaria realicen la presentación de la declaración por fuera de los plazos contemplados entre el 10 de agosto y el 20 de octubre de 2021, atendiendo los dos últimos dígitos del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
El programa Ayuda Renta no podrá emplearse en los siguientes casos:
Si se trata de una corrección a la declaración inicialmente presentada, puesto que requieren cálculos adicionales para liquidar las sanciones por corrección a que haya lugar.
Cuando la declaración a presentar corresponde a la fracción del año gravable 2021, pues se requiere de cálculos, actualizaciones e impuestos no incluidos en la versión actual de esta herramienta.
Si a los contribuyentes obligados a presentar la declaración se les ha notificado emplazamiento para declarar.
Ten en cuenta…

Nuestro líder de investigación Diego Guevara Madrid ha diseñado dos plantillas en Excel para diligenciar correctamente el formulario 210 para la declaración de renta correspondiente al año gravable 2020 tanto de personas naturales obligadas a llevar contabilidad como no obligadas. Consúltalas en:




Aprovechar las tasas bajas y la estabilidad

 


El país experimenta un largo período de tasas bajas y estabilidad en el costo del dinero, coyuntura que debe aprovecharse antes de que la resurrección de la inflación se estabilice

Es una lástima que la firma calificadora de riesgo Standard & Poors le haya quitado el grado de inversión al país y a su paso castigado la deuda sin esperar a que el Gobierno Nacional reaccionara a la ola de protestas del pasado mayo, ni mucho menos a que presentara otra propuesta más sensata para la última legislatura del Congreso.

Es cierto que todos los países financiaron con deuda contraída en la banca multilateral los gastos derivados de la pandemia y que tuvieron que incentivar sus economías con ayudas públicas, créditos a bajo costo y subsidios sociales, además que todas estas acciones los llevaron a pedir más dinero de lo habitual mucho antes de que las economías se reactivaran.

Si no hubiese sido por la decisión de esa firma calificadora de riesgo, las preocupaciones de la economía poco a poco se irían difuminando, pues Colombia goza de una adecuada cartilla macroeconómica y las cosas se van acomodando con el paso de los meses.

Lo más elocuente del manejo económico quizá sea la estabilidad en las tasas de intervención del Banco de la República que ya casi alcanza un año en 1,75%, la más baja de la historia. El tipo oficial anterior al sistema financiero era de 2% y duró más de año y medio, una situación sin precedentes en la historia económica colombiana que durante años tuvo que luchar contra la inflación elevando los tipos, que, dicho sea de paso, fue estabilizada esa variación de precios pocos años después de que el Banco Central fuera de carácter independiente.

Con tasas oficiales en promedio a 2% y una expectativa inflacionaria, de un piso de 2% y un techo de 4%, la coyuntura envía un buen mensaje no solo para la banca multilateral y las firmas calificadoras de riesgo, sino para los consumidores que ven cómo el dinero alcanza para más cosas y los créditos no son impagables como en décadas anteriores de estrechez económica.

La tasa de usura, esa que certifica la Superintendencia Financiera, también están en mínimos desde hace varios meses, en torno a 25%, la cual es importante porque es el referente de las tarjetas de crédito y pilar del consumo.
No es propaganda decir que hay que aprovechar las tasas bajas hasta que estas duren en la economía.

Es la oportunidad para que el sistema financiero se vuelque a los consumidores, a los cuentahabientes con planes ambiciosos de créditos o de inversiones para reactivar la economía. Esta semana arranca el segundo semestre del año y siempre ha sido una buena época en la que repunta el PIB para alcanzar los pronósticos oficiales.

El Banco de la República decidió revisar al alza su pronóstico de crecimiento para este año, pasando de 6% a 6,5%. Esto, debido al mayor dinamismo de la actividad productiva que se registró en el primer trimestre del año, cuando el PIB fue de 1,1%. Y eso que es una cifra baja si se compara con los pronósticos de la banca multilateral, de la Ocde y de instituciones locales como Anif, Econometría y Fedesarrollo de cerca de 7%.

No está mal que la economía entre en otra etapa, en otro ciclo o fase muy acompasado con el plan de vacunación, la relativa normalización de las rutinas comerciales y de entretenimiento, variables fundamentales de la ecuación. Lo único que queda pendiente es advertirle a los políticos en carrera electoral que no jueguen con la economía, que no le pongan palos en la rueda, pues el raído slogan de que el “caos nunca muera”, solo sirve para que haya más personas pobres sin esperanza y no se avance para sacarlos de esta situación.


Por novena ocasión, el Banco de la República mantiene tasa en 1,75 %

 


La junta del Emisor mejoró su proyección de crecimiento del PIB para este año de 6 a 6,5 por ciento.

La junta directiva del Banco de la República completó nueve meses consecutivos sin modificar su tasa de interés, la cual se mantiene en 1,75 por ciento. La decisión fue unánime, según lo anunciado por el gerente de la entidad, Leonardo Villar.

De acuerdo con Villar, la situación de Colombia no es igual a las de los países que han elevado sus tasas de interés, como Brasil, Rusia o México, y donde la inflación se ha acelerado fuertemente.

"En algunos países, la situación es que la inflación ha aumentado de manera significativa y que compromete el cumplimiento de las metas de inflación, ese no es el caso de Colombia", dijo el gerente del banco, quien agregó que en Colombia "tenemos condiciones diferentes a los países que han aumentado sus tasas, por esa razón, por unanimidad, el banco decidió mantener su tasa de interés".

La decisión se tomó teniendo en cuenta que en el primer trimestre de 2021 la economía alcanzó un crecimiento mayor que el esperado, dinamismo que se mantuvo en abril, como lo mostró el Índice de Seguimiento Económico.

Según la junta del Banco, no obstante, la tercera ola de contagio del covid-19 y, en mayor medida, los bloqueos a las vías y los problemas de orden público se reflejarán en una menor actividad económica durante el segundo trimestre. Pese a ello, el buen desempeño hasta abril justificó una revisión del pronóstico de crecimiento del PIB para 2021 de 6 a 6,5 por ciento en el escenario central. Aun en ese escenario, el nivel de actividad económica seguiría siendo inferior al de 2019. Además, las tasas de desempleo e informalidad se mantienen en niveles particularmente altos.

Por su parte, según cálculos del Emisor, la inflación anual en mayo de 3,3 por ciento superó los pronósticos. La presión alcista provino del grupo de alimentos (9,52 por ciento), y en especial de los alimentos perecederos (18,16 por ciento), debido a las dificultades de abastecimiento en diversas ciudades.

El incremento en la inflación básica, sin alimentos ni regulados (1,56 por ciento), se mantuvo por debajo de la meta y fue similar a lo proyectado. Parte del incremento reciente de la inflación podría tener alguna persistencia y afectar las expectativas, las cuales permanecen ancladas.

A pesar del crecimiento de la demanda externa y de la mejora de los términos de intercambio, se proyecta un mayor déficit de cuenta corriente consistente con el mejor dinamismo de la demanda interna.

En los Estados Unidos, la inflación sorprendió al alza y su valor esperado se mantiene por encima de la meta de 2 por ciento que persigue la Reserva Federal. Esto ha generado expectativas sobre la posibilidad de que se adelante el inicio de la normalización de la política monetaria en ese país, lo que tornaría las condiciones financieras internacionales menos favorables y afectaría el apetito por riesgo para inversiones en las economías emergentes.

Dada la situación fiscal y de endeudamiento público, de no lograrse el ajuste fiscal requerido en las finanzas públicas, se comprometería el acceso al financiamiento y aumentaría su costo, lo cual eventualmente reduciría el espacio de la política monetaria para seguir apoyando la recuperación de la actividad económica y el empleo.Cambio de política

En cuanto a la posibilidad de que el Banco de la República mueva tasas en los próximos meses, el gerente del Emisor manifestó que, si bien la decisión de junio se hizo con base en la información ya disponible, “en la medida en la que tengamos más información sobre algunos aspectos que pueden generar incertidumbre, podría haber más adelante cambios en la decisión de la política monetaria”.

En ese mismo sentido, José Manuel Restrepo, ministro de Hacienda, apuntó que tanto desde el Banco de la República como desde el Gobierno estarán “monitoreando constantemente lo que suceda con el curso de la economía y los efectos del desempeño de la pandemia por covid-19 en la economía”.