jueves, diciembre 26, 2019

Puntos adicionales a la tarifa del impuesto de renta para el sector financiero son discriminatorios


A Santiago Castro, presidente de Asobancaria le sorprende que el Minhacienda haya dado su aval a esta disposición, cuando hace un año manifestó su oposición. 

Dice que las nuevas propuestas de la reforma tributaria deben someterse al mayor escrutinio para evitar efectos nocivos en la economía. 

El 4 de diciembre de 2019, Asobancaria realizó el 8° Encuentro tributario, evento en el que Santiago Castro, presidente del gremio, se refirió a varios puntos del proyecto de la Ley de crecimiento económico

Al respecto, asegura que es necesario unir esfuerzos para lograr la aprobación de una reforma que incorpore normas que permitan mantener la estabilidad regulatoria en materia fiscal, y que mantenga disposiciones contenidas en la Ley de financiamiento que generaron avances positivos en aspectos fundamentales. 

«Entre ellos podemos enumerar el impuesto de renta y complementarios, el IVA y algunos elementos del procedimiento tributario, como, por ejemplo, el régimen simple, el descuento en el impuesto de renta en IVA de bienes de capital, y otros elementos que favorecen a la formalización e inversión. Todo esto en aras de incentivar el crecimiento económico y social, así como herramientas certeras para contrarrestar el continuo flagelo de nuestra economía: la evasión fiscal», afirma. 

De no lograrse este objetivo, desde su punto de vista, no solo se enviaría un mensaje negativo a la economía nacional, sino que constituiría un golpe contundente y desafortunado a la seguridad jurídica que tanto reclaman los inversionistas locales y extranjeros, así como los contribuyentes en general. 

«El mensaje es claro: el país no puede perder la oportunidad de mantener su estabilidad normativa fiscal, aprovechando también para rescatar los avances logrados en la Ley 1943», señala. 
La crítica por la sobretasa del sector financiero 

Castro se refirió a los puntos adicionales que tendrían que liquidar las instituciones financieras en su impuesto de renta por los años 2020, 2021 y 2022, según lo incorporado en el artículo 72 del proyecto de ley. 

«Como he manifestado en reiteradas ocasiones, la creación de puntos adicionales a la tarifa del impuesto de renta para un sector exclusivo de la economía y no contaminante, como es el caso de las instituciones financieras, constituye una clara discriminación que carece de una justificación constitucional válida», puntualiza Castro. 

Él explica que si bien es cierto que todas las personas están obligadas a “contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado”, ello debe enmarcarse, invariablemente, en los principios tributarios de la justicia y la equidad. 
“en esta oportunidad el Ministerio de Hacienda impartió su aval a esta disposición, cuando hace un año manifestó expresamente su oposición”

Sin embargo, lo que más llama la atención de esta propuesta –que ahora consagra un anticipo del 100 % del valor de la sobretasa– es que en esta oportunidad el Ministerio de Hacienda impartió su aval a esta disposición, cuando hace un año manifestó expresamente su oposición, argumentando que “no es de recibo (…) bajo el concepto de equidad tributaria. Es un mal precedente que un sector sea discriminado respecto del resto de la economía”. 

«Debe recordarse que fue precisamente esa falta de aval lo que llevó a la Corte Constitucional a declarar la inexequibilidad de los puntos adicionales consagrados en la Ley de financiamiento, por lo que resulta desafortunado su cambio de postura», recalca Castro. 

Para él es importante que exista un debate claro, técnico y mesurado en el desarrollo del proceso legislativo que surte el proyecto de reforma tributaria, especialmente en lo referente a las nuevas disposiciones introducidas en su texto que, por ambiciosas que resultan, deben someterse al mayor escrutinio para evitar efectos nocivos en la economía. 
Sistema tributario y efectos internacionales 

Castro hace un llamado a no ignorar que la construcción de nuestro sistema tributario debe tener en cuenta los efectos internacionales de las normas que se expidan, «por lo que la visión normativa no puede ser exclusivamente local, debido a su impacto más allá de nuestras fronteras». 

«La clara regulación que se haga de temas como la subcapitalización, diferencia en cambio, las enajenaciones indirectas, la economía digital, entre otros, determinarán la competitividad del país en materia tributaria, las relaciones comerciales de empresas nacionales y de estas con las extranjeras, y cómo los inversionistas foráneos nos perciban», recalca.



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Reforma tributaria 2019 rebajaría por fin los aportes a salud de los pensionados


Con la propuesta de reforma tributaria 2019, que cursa en el Congreso de la República, el Gobierno reduciría los aportes a salud para los pensionados que perciban menos de un salario mínimo mensual. 

La propuesta contempla una reducción gradual cada año hasta llegar al 4 %. 

Desde hace algunos años el Gobierno nacional ha venido estructurando proyectos normativos con el fin de reducir los aportes de salud para las personas pensionadas en el territorio nacional, sin ningún éxito. 

Sin embargo, la presente propuesta de reforma tributaria 2019 que está siendo analizada en segundo debate en el Congreso de la República es una más que se agrega a la lista de iniciativas que ha tenido el país al respecto. 
¿Qué otras propuestas han impulsado la reducción de los aportes a salud por parte de los pensionados? 

En junio de 2017, bajo el gobierno del presidente Juan Manuel Santos, el Congreso de la República logró aprobar el proyecto de ley 008 de 2015 Cámara – 170 de 2016 Senado, que ordenaba reducir el aporte que hacen los pensionados al sistema de salud, del 12 % al 4 %. 

Para ello se buscaba modificar el inciso del artículo 204 de La ley 100 de 1993. Sin embargo, el proyecto no contaba con la aprobación del Gobierno, y de conformidad con las objeciones del mismo, este habría tenido irregularidades en la votación de su informe de conciliación. 

Finalmente, la Corte Constitucional reafirmó las objeciones del presidente, manifestando que el proyecto de ley fue tramitado sin el debido aval del Ministerio de Hacienda, que argumentó que su costo fiscal no podía ser asumido por el Ejecutivo. 
“los proyectos que pueden comprometer las finanzas del país deben contar con el visto bueno del Gobierno”

Cabe resaltar que uno de los requisitos que establece la Constitución Política de Colombia es que los proyectos que pueden comprometer las finanzas del país deben contar con el visto bueno del Gobierno. 

A mediados de este año, de manera privada, y a través de mesas de concertación para el análisis y seguimiento al sistema pensional de Colombia, los ministerios de hacienda y trabajo debatían sobre la posible reducción de los aportes a salud que hacen los pensionados de Colombia, y los mecanismos para que la misma sea una realidad. 

Al respecto, el presidente Iván Duque propuso que se contemplara la reducción de dichos aportes de manera gradual en el proyecto de reforma tributaria 2019. 
¿Qué propone la reforma tributaria 2019 frente a los aportes a salud de los pensionados? 

La meta principal del Gobierno nacional es lograr una reducción de los aportes de salud para las personas pensionadas, pero en la nueva propuesta contemplada en el articulado del proyecto de reforma tributaria 2019 ha incluido dos variables relevantes, a saber: 
Monto de la mesada pensional. 
Reducción gradual. 

Se tiene entonces que el proyecto en mención propone la adición de un parágrafo al artículo 204 de la Ley 100 de 1993, en el cual se estipularía que la cotización mensual en salud al régimen contributivo a cargo de los pensionados que perciban una pensión de un (1) salario mínimo mensual legal vigente –smmlv– tendrá una reducción gradual, de la siguiente manera: 
Para los años 2020 y 2021 será del 8 %. 
A partir del año 2022 será del 4 %.



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