viernes, junio 19, 2020

CONOCE LA NUEVA APP DIAN



En la DIAN tenemos una buena noticia para ti. Ya llegó la NUEVA APP DIAN, con la que puedes hacer tú mismo más de 10 transacciones diferentes. La APP DIAN te permite hacer desde la inscripción al Régimen Simple de Tributación, RST, hasta la obtención de copias de tu RUT.

Con este servicio virtual también puedes consultar desde tu celular la "información exógena", que es la información reportada por terceros para la declaración de renta. Igualmente está disponible para ti el registro y el seguimiento de peticiones, quejas y reclamos ante la DIAN.

Instala la APP DIAN en tu celular y consulta el calendario tributario, los próximos vencimientos, el estado de tu RUT (activo, suspendido o cancelado) y, en pocos pasos, cambia y recupera la contraseña de ingreso, y configura tus preguntas de seguridad.

Y hablando de seguridad, nuestra APP DIAN tiene otro servicio muy importante y es el de comprobar la veracidad de los correos electrónicos que recibes de la entidad. Si te llegan mensajes sospechosos, aclara tus dudas sin demoras. También consulta los comunicados de la DIAN con lo último en disposiciones y servicios de la entidad. 

La NUEVA APP DIAN llegó para que te mantengas más informado y conectado que nunca.

Con nosotros ahorrarás tiempo y dinero. Descárgala y disfruta de sus servicios y beneficios.



Solicitud de no cobro del IVA en arrendamiento de local o establecimiento comercial

Presentamos un modelo de carta por medio de la cual un arrendatario solicita a su arrendador no realizar el cobro del IVA, con ocasión de lo expuesto en el Decreto Legislativo 682 de mayo 21 de 2020.

Conoce en este editorial las novedades al respecto y el acceso de descarga de dicho modelo.

La crisis ocasionada por el COVID-19 ha generado que el Gobierno colombiano emita diferentes disposiciones con el fin de mitigar el impacto económico; por esta razón, se expidió el Decreto Legislativo 682 del 21 de mayo de 2020.

De acuerdo con esta disposición, los pagos mensuales de arrendamiento causados y facturados desde la emisión de este decreto se encuentran excluidos del IVA hasta el 31 de julio de 2020. Esto para el caso de arrendamientos o concesiones de locales o espacios comerciales, siempre y cuando estuvieran abiertos al público antes de la declaratoria de la emergencia sanitaria promulgada por el Ministerio de salud, desarrollaran actividades asociadas a la concurrencia de los clientes a dichos lugares y hayan cerrado al público de forma parcial o total por un período superior a dos (2) semanas (no entran en esta categoría otros inmuebles comerciales como las oficinas o las bodegas).

Con esto en mente, en este documento presentamos un modelo de carta por medio de la cual un arrendatario solicita a su arrendador no realizar el cobro del IVA.


Si deseas conocer otras normas emitidas para afrontar el impacto generado por el COVID-19, te invitamos a revisar nuestro editorial Entidades del Gobierno nacional emiten normas para afrontar el COVID-19.