viernes, julio 26, 2024

Inhabilidades del revisor fiscal: ¿cuándo se puede pasar de ser contador a revisor fiscal?

 


Aquí hablaremos sobre...¿Qué se entiende por inhabilidad e incompatibilidad?
¿En cuáles casos no puede un revisor fiscal aceptar un encargo en una sociedad comercial?
¿Cuánto tiempo debe esperar un contador o revisor para ejercer un cargo diferente en la entidad para la que presta sus servicios?

¿Qué consideraciones contiene el Código de Ética frente a relaciones familiares del contador?

Diferentes normativas establecen términos que el revisor fiscal y el contador público deben tener en cuenta respecto a inhabilidades e incompatibilidades que podrían presentarse en su ejercicio profesional.

¿Se puede pasar de ser contador a revisor fiscal de la misma sociedad? La respuesta aquí.


La Ley 43 de 1990, el Código de Comercio y el Código de Ética de la IFAC establecen términos que el revisor fiscal y el contador público deben tener en cuenta respecto a inhabilidades e incompatibilidades que podrían presentarse en su ejercicio profesional. A continuación, daremos un breve repaso a estos asuntos:

¿Qué se entiende por inhabilidad e incompatibilidad?

Ambos términos deben ser considerados por el profesional antes de aceptar un encargo.

Una inhabilidad es una condición legal propia de quien aspira a ejercer el cargo, impidiéndole su elección y nombramiento. Su inobservancia le implicaría a este profesional una sanción de carácter disciplinario, de acuerdo con el pronunciamiento de la Corte Constitucional en las sentencias C-558 de 1994 y C-483 de 1998.

Por su parte, al hablar de incompatibilidad nos referimos a aquella circunstancia que surge durante el desarrollo de una actividad y constituye impedimento para continuar ejerciendo el cargo, so pena de contrariar las disposiciones legales y éticas, lo cual significa que el sujeto debe abstenerse de aceptar otros encargos o generar otros vínculos. Constituyen incompatibilidades las inhabilidades sobrevinientes, es decir, las que se materializan cuando ya se está ejerciendo el cargo.

¿En cuáles casos no puede un revisor fiscal aceptar un encargo en una sociedad comercial?

El artículo 205 del Código de Comercio describe tres situaciones puntuales que imposibilitan al revisor fiscal de aceptar un encargo en una sociedad comercial. No podrán ser revisores fiscales:

Quienes sean asociados de la misma compañía o de alguna de sus subordinadas, ni en estas, quienes sean asociados o empleados de la sociedad matriz;

Quienes estén ligados por matrimonio o parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad, primero civil o segundo de afinidad, o sean consocios de los administradores y funcionarios directivos, el cajero, auditor o contador de la misma sociedad; y Quienes desempeñen en la misma compañía o en sus subordinadas cualquier otro cargo.

Se tiene además que el revisor fiscal de estas sociedades no puede desempeñar en la misma sociedad o en sus subordinadas ningún otro cargo durante el respectivo período.

¿Cuánto tiempo debe esperar un contador o revisor para ejercer un cargo diferente en la entidad para la que presta sus servicios?

En los artículos 48 y 51 de la Ley 43 de 1990 se establecen algunos términos que el profesional contable deberá tener en cuenta:El contador público que haya auditado o controlado en carácter de funcionario público o revisor fiscal a personas naturales y jurídicas deberá esperar un año a partir de su retiro para prestar sus servicios profesionales como asesor (empleado contratista) a esas personas.

El contador público que haya actuado como empleado de una sociedad deberá esperar 6 meses a partir de su retiro para aceptar cargos o funciones de auditor externo o revisor fiscal de la misma empresa o de su subsidiaria y/o filial.

¿Qué consideraciones contiene el Código de Ética frente a relaciones familiares del contador?

El Código de Ética de la IFAC expone de forma general que las relaciones familiares y personales que sostenga un revisor fiscal o auditor externo con miembros de una organización (dependiendo del cargo que estos ocupen y el alcance de su influencia sobre las decisiones de la compañía) dan lugar a amenazas de interés propio, intimidación o familiaridad que afectan la aplicación del principio de independencia.

Estos los son principales choques de la economía del hogar en el 2023, según el DANE

 



15 mil 985 hogares colombianos (18,5% de los encuestados) tuvieron que atrasarse en pagos o perdieron empleos, informó la Encuesta Nacional de Calidad de Vida del 2023.

De un total de 86 mil 405 hogares que entrevistó el año pasado el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), en 15 mil 985 casos (el 18,5%) se reportaron eventos negativos en la economía del hogar.

Eso los forzó a reducir sus gastos o dejar de costear algunos productos y servicios para destinar el dinero a pagar o cumplir con otras cuotas, según la Encuesta Nacional de Calidad de Vida 2023 publicada por el DANE el pasado 24 de abril.

La entidad evidenció que estos aprietos tuvieron su auge en el 2020, con la llegada de la pandemia por la covid-19. Desde entonces, su tendencia ha estado a la baja, en parte, por la superación del virus. Mientras en el 2020 dichos choques económicos sorprendieron al 42,2% de los hogares colombianos, el año pasado se redujeron a menos de la mitad.


Renuncias

Más allá de las cifras, estos choques económicos implican renuncias en la calidad de vida de los hogares. Algunos afrontaron estos obstáculos acumulando nuevas deudas o alargándolas, gastando dinero de sus ahorros, pidiendo ayuda a familiares o amigos, comprando menos alimentos y buscando nuevas fuentes de ingreso, entre otros.

Como agravante, la Encuesta Nacional de Calidad de Vida reportó que un aumento en el porcentaje de jefes de hogar que se consideran pobres. En el 2019 el 37,9% de ellos se identificaba en esa condición, pero en el 2023 esa cifra ascendió hasta el 47,3%.

De acuerdo con Alejandro Barrera, analista económico y profesor de la Universidad de Manizales, estos datos revelan un deterioro macroeconómico sostenido en aspectos como mayores niveles de inflación, menor crecimiento económico y una oferta laboral estancada.

"Esto afecta la calidad de vida de las personas y genera sucesos de estrés económico, ya que el componente de ingresos de hogar es la variable núcleo del problema y modifica comportamientos de consumo y administración de los recursos", argumenta.

Agregó que dicho estrés suscita preocupaciones cotidianas como la seguridad alimentaria. Este flagelo, sumado a la incertidumbre política y los anuncios de reformas institucionales, construye un cóctel social de mayor tensión, dice el experto.

Inesperados pero comunes

Entre los hogares encuestados, los seis choques más comunes fueron:Atraso en el pago de servicios públicos: 8,2%.
El jefe o la jefa de hogar perdió su empleo: 5,1%.
Atraso en el pago de la vivienda: 4,2%.
Otro miembro del hogar perdió su empleo: 2,3%.
Atraso en el pago de impuestos: 2%.
El cónyuge perdió su empleo: 1,9%.

La lista de choques la completaron el atraso en el pago de administración o celaduría (0,7%), el atraso en el pago del jardín o colegio (0,4%), las producciones no vendidas de fincas o negocios (0,4%), los cierres de negocios que eran las principales fuentes de ingreso (0,3%) y la imposibilidad de pagar estudios de educación superior (0,2%). Aunque el 81,5% de los hogares respondió que no sufrió ninguno de los anteriores problemas, la encuesta no revela si fueron afectados por otras dificultades no incluidas en las opciones.


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