domingo, noviembre 19, 2023

Qué manejo contable se debe dar a los activos que utilizan el método de amortización de unidades técnicas de producción?. Concepto 426 CTCP de 2023

 


“En esta oportunidad los contactamos para conocer desde la perspectiva del CTCP, que manejo contable se debe dar a los activos que utilizan el método de amortización de unidades técnicas de producción, cuando: La vida útil (Reservas) ha llegado a su fin, y la vida útil (Reservas) ha llegado a su fin, pero los activos seguirán utilizándose para apalancar nuevas reservas dentro del mismo campo de producción. Igualmente, en el ESFA quedaron activos funcionales u operáticos reconocidos a costo neto cero, esto debido a que ya habían sido depreciados en su totalidad, y el modelo adoptado fue el del costo; por lo anterior, ¿estos activos pueden seguir así, o se les debe hacer algún tratamiento para darles valor?”

CONSIDERACIONES Y CONCEPTO

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), en su carácter de Organismo Orientador técnico-científico de la profesión y Normalizador de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, conforme a las normas legales vigentes, especialmente por lo dispuesto en la Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009, y en sus Decretos Reglamentarios, procede a dar respuesta a la consulta anterior de manera general, pues no se pretende resolver casos particulares, en los siguientes términos:

En relación con la vida útil, el CTCP emitió el Concepto 2019-12161, en el cual se menciona:

“Para efectos contables, la entidad deberá establecer las vidas útiles de sus elementos de propiedad, planta y equipo, atendiendo los requerimientos establecidos en el marco de información financiera que sea aplicado por la entidad, los cuales podrían diferir de los aceptados para efectos fiscales. El DUR 2420 de 2015 y sus modificatorios, en sus anexos 1, 2 o 3, que aplican para entidades del Grupo 1, 2 o 3, establecen los requerimientos para determinar la alícuota de depreciación que puede ser asignada a elementos de propiedades, planta y equipo. Algunas directrices generales que son aplicables son las siguientes:

Los cambios en la vida útil, el valor residual y el método de depreciación no se consideran cambios en políticas contables, sino que se consideran cambios en estimaciones contables.

Si la entidad pertenece al grupo, el valor residual, la vida útil y el método de depreciación de los elementos de propiedad, planta y equipo se revisarán como mínimo, al término de cada periodo anual y, si las expectativas difieren de las estimaciones previas, los cambios se contabilizarán prospectivamente.

No es apropiado un método de depreciación que se base en los ingresos de actividades ordinarias que se generan por una actividad que incluye el uso de un activo. Los ingresos de actividades ordinarias generados por una actividad que incluye el uso de un activo, generalmente, reflejan factores distintos del consumo de los beneficios económicos de dicho activo.

Los factores para determinar la vida útil corresponden con lo siguiente:

o El uso previsto del activo, el desgaste físico esperado (dependiendo del número de turnos de trabajo en los que se utilizará el activo), el programa de reparaciones y mantenimiento, y el grado de conservación del mismo; o La obsolescencia técnica o comercial; y o Los límites legales o restricciones sobre el uso del activo.

El soporte de las vidas útiles asignadas a los elementos de propiedad, planta y equipo será el relacionado con el análisis de los factores para determinar la vida útil anteriormente señalados”. Subrayado fuera de texto.

Así mismo, deberán seguirse las pautas establecidas en la NIC 16 en los numerales 60, 61 y 62 (o en la Sección 17 de la NIIF para las Pymes, según la clasificación de la entidad) que establecen:

“60 El método de depreciación utilizado reflejará el patrón con arreglo al cual se espera que sean consumidos, por parte de la entidad, los beneficios económicos futuros del activo.

61. El método de depreciación aplicado a un activo se revisará, como mínimo, al término de cada periodo anual y, si hubiera habido un cambio significativo en el patrón esperado de consumo de los beneficios económicos futuros incorporados al activo, se cambiará para reflejar el nuevo patrón. Dicho cambio se contabilizará como un cambio en una estimación contable, de acuerdo con la NIC 8.

62. Pueden utilizarse diversos métodos de depreciación para distribuir el importe depreciable de un activo de forma sistemática a lo largo de su vida útil. Entre los mismos se incluyen el método lineal, el método de depreciación decreciente y el método de las unidades de producción. La depreciación lineal dará lugar a un cargo constante a lo largo de la vida útil del activo, siempre que su valor residual no cambie. El método de depreciación decreciente en función del saldo del elemento dará lugar a un cargo que irá disminuyendo a lo largo de su vida útil. El método de las unidades de producción dará lugar a un cargo basado en la utilización o producción esperada. La entidad elegirá el método que más fielmente refleje el patrón esperado de consumo de los beneficios económicos futuros incorporados al activo. Dicho método se aplicará uniformemente en todos los periodos, a menos que se haya producido un cambio en el patrón esperado de consumo de dichos beneficios económicos futuros”. Negrilla fuera de texto.

Además, en el Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA), si existían activos cuyo saldo en libros (según el Decreto 2649 de 1993) era cero pero seguían generando beneficios económicos para la entidad en el momento de la convergencia a las nuevas normas contables, se debía determinar una nueva vida útil con base en la materialidad del elemento. Esto daba lugar a un ajuste por adopción que reflejaba un saldo por la vida útil remanente del activo bajo el nuevo marco contable, como si dicho marco siempre se hubiera aplicado.

Finalmente, es importante tener en cuenta que la vida útil de un activo debe establecerse con base en los factores ya enunciados, por lo cual, se esperaría que terminara cuando la entidad deja de utilizarlo. Así las cosas, si el saldo contable de un activo llega a cero, o en el caso de la preparación del ESFA, no se consideró la revisión del consumo futuro del activo, aunque el valor en libros bajo el marco contable anterior fuera cero, y se señala que aún generaba beneficios económicos, esto podría deberse a una estimación incorrecta de la vida útil. Esta situación, dependiendo de su materialidad, podría haber resultado en un error contable, el cual estaría llamado a corregirse para hacer el ajuste respectivo.

En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que, para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este concepto son los previstos por el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015.


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