Aquí hablaremos sobre...¿Quiénes están obligados a implementar el SG-SST?
Implementación del SG-SST según el número de trabajadores
¿Cuáles son las disposiciones generales para la implementación de nuevos estándares mínimos del SG-SST?
¿Qué otros temas y herramientas te brinda este especial?
Conoce toda la información relevante sobre el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, como sus objetivos, la forma de implementarlo y sus obligados a hacerlo, la responsabilidad ante la prevención de riesgos según el tipo de vinculación, entre otros.
Recuerda que en esta publicación encontrarás valiosas herramientas de apoyo.
El sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST– tiene la función de promover la salud de los trabajadores mediante la implementación de espacios seguros y saludables a través de la mejora continua del sistema; fomentar su bienestar físico, mental, emocional y social; prever enfermedades y accidentes laborales; e identificar, evaluar y valorar los riesgos estableciendo los controles para que no lleguen a materializarse.
La implementación de estas políticas debe ser cuantificable para establecer los riesgos mínimos. El artículo 30 de la Resolución 0312 de 2019 establece los indicadores mínimos que ayudarán a realizar un diagnóstico sobre las medidas a implementar según los riesgos encontrados.
¿Quiénes están obligados a implementar el SG-SST?
Según el artículo 2 de la Resolución 0312 de 2019, están obligados a implementar el SG-SST:Empleadores de los sectores público y privado.
Contratantes de trabajadores independientes con contratos de prestación de servicios.
Trabajadores independientes.
Organizaciones de economía solidaria y del sector corporativo.
Asociaciones que afilian a trabajadores independientes al sistema de seguridad social.
Empresas de servicios temporales.
Estudiantes afiliados al sistema de riesgos laborales.
Trabajadores en misión.
Administradoras de riesgos laborales –ARL–.
La Policía Nacional, en lo correspondiente al personal no uniformado; es decir, al personal administrativo que cumple, por ejemplo, funciones de oficina.
Fuerzas Militares para el personal civil.
Implementación del SG-SST según el número de trabajadores
Según la mencionada resolución, los estándares mínimos que debe cumplir una empresa para la implementación del SG-SST se presentan en razón del número de trabajadores, por lo que encontramos las siguientes categorías:Para empresas con 10 o menos trabajadores, clasificados en riesgos I, II o III, deben cumplir con los 7 estándares mínimos contenidos en el artículo 3 de la Resolución 0312 de 2019.
Para empresas de 11 a 50 trabajadores, clasificadas en riesgos I, II o III, deben cumplir con los 21 estándares mínimos contenidos en el artículo 9 de la resolución en mención.
Para empresas con más de 50 trabajadores, clasificadas en riesgos I, II, III, IV o V, y de 50 o menos trabajadores clasificados en riesgos IV o V, deben cumplir con los 60 estándares mínimos establecidos en el artículo 16 de dicha resolución.
En este Especial Actualícese encontrarás una lista detallada y explicada de los estándares mínimos para cada una de las tres categorías, junto con una lista de precisiones relevantes a tener en cuenta.
¿Cuáles son las disposiciones generales para la implementación de nuevos estándares mínimos del SG-SST?
Se encuentran reguladas a partir del capítulo 4 de la Resolución 0312 de 2019. Entre estas podemos encontrar:Las empresas pueden realizar actividades, planes y programas del SG-SST en conjunto con otras que desarrollen la misma actividad económica, se encuentren en la misma zona geográfica o pertenezcan al mismo gremio.
Deberá funcionar en todas las jornadas laborales de la empresa, así como en todos sus centros de trabajo, sucursales, etc.
En el caso de los consorcios o uniones temporales, las empresas que los conforman deberán implementarlo de manera individual.
El SG-SST deberá integrarse con los demás sistemas de gestión que se ejecuten en la empresa.
Debe garantizarse la participación de todos los vinculados a la empresa (trabajadores, contratistas, estudiantes, practicantes, etc.).
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