Si una persona está afiliada al régimen privado debe estructurar financieramente su situación pensional, desde el inicio de sus cotizaciones.
Si está en Colpensiones debe aportar al sistema durante 26 años, cumpliendo con las cotizaciones correspondientes.
Isabel Prias, experta en seguridad social de TG Consultores, explica en #CharlasConActualícese que no hay distinción en los aportes a pensión, bien sea en Colpensiones o en los fondos privados.
Recomienda que si la persona se encuentra afiliada al régimen privado debe estructurar financieramente su situación pensional, no solo desde los 40 años sino desde el inicio de sus cotizaciones, para que planifique su derecho pensional.
«En este régimen influyen todos los aportes realizados durante la vida laboral. Al tratarse de un régimen de ahorro y capitalización donde las inversiones y las rentabilidades son fundamentales es importante que desde el principio se gestionen adecuadamente», advierte.
Por otra parte, si la persona está afiliada a Colpensiones debe aportar al sistema durante 26 años, cumpliendo con las cotizaciones correspondientes.
«A la mayoría de la población le liquidan la pensión con el promedio de los últimos 10 años, así que la recomendación que hace Prias para una persona mayor de 40 años es estar muy atenta y cotizar en salarios favorables según sus aspiraciones en esos últimos 10 años», dice.
Sin embargo, en el régimen de prima media -RPM- también puede aplicarse la liquidación de toda la vida laboral, si le es más favorable al afiliado.
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