Durante el segundo semestre de 2021, los empleadores que apliquen el procedimiento 2 de retención en la fuente sobre pagos laborales a sus trabajadores deben definir el porcentaje fijo que aplicarán, según el artículo 386 del ET. Conoce en este Caso Práctico Exclusivo cómo calcular el porcentaje fijo.
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viernes, septiembre 03, 2021
Caso práctico de procedimiento 2 de retención en la fuente sobre pagos laborales
En concordancia con el artículo 386 del Estatuto Tributario –ET–, los empleadores que apliquen el procedimiento 2 de retención en la fuente sobre los pagos de carácter laboral para el segundo semestre de 2021 deben definir en junio de este mismo año cuál será el porcentaje fijo de retención que aplicarán.
Este cálculo implica que en el mes de junio de 2021 se deberán tomar los pagos laborales de los 12 meses anteriores a dicha fecha (es decir, se tomarán los pagos de junio de 2020 a mayo de 2021) y se depurarán de acuerdo con la norma actual por concepto de ingresos no gravados, deducciones, rentas exentas, etc.
De esta manera se obtendrá el salario mensual promedio gravable en los 12 meses anteriores. Ese salario mensual promedio gravable se buscará en la tabla del artículo 383 del ET, en la cual se debe utilizar la UVT que exista en el mismo año en que se realiza el cálculo, en este caso, la UVT de 2021 ($36.308). Al hacer esa búsqueda se obtiene el porcentaje fijo de retención que se ha de aplicar en cada uno de los 6 meses del semestre julio-diciembre de 2021.
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