sábado, julio 31, 2021

Declaración de renta 2021: quiénes deben hacerla y en qué fechas

 Las fechas para las personas naturales van desde el próximo 10 de agosto hasta el 20 de octubre del 2021.



Desde el próximo 10 de agosto empezará el vencimiento para que las personas naturales en Colombia presenten la declaración de renta. Irá hasta el 20 de octubre y el día hasta el que tiene plazo para cumplir con esto dependerá de los últimos 2 dígitos de su Número de Identificación Tributaria (NIT), que normalmente corresponde a los de su documento de identidad.

¿Quiénes deben declarar renta?, ¿qué necesitan para hacerlo? y ¿a qué pueden recurrir para cumplir? Aquí le contamos.

LOS QUE DECLARAN

Lo primero que debe tener en cuenta es que declarar renta no quiere decir que deba pagar. El pago, de ser necesario, se define con los resultados que se obtegan de la declaración.

Lo segundo que debe contemplar es la Unidad de Valor Tributario (UVT), que fue de $35.607 en 2020 y que es la base para las condiciones de quienes deben declarar renta.

Así las cosas, quienes cumplan con alguno de los siguientes requisitos deben hacerlo:

1. Tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT ($160.232.000) a 31 de diciembre de 2020.

2. Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.

3. Haber realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.

4. Haber realizado compras y consumos totales superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.

5. Haber recibido consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.

6. Ser responsable del IVA al cierre del año gravable 2020.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) también informó sobre los casos en los que las personas naturales y sucesiones ilíquidas no residentes en Colombia deben declarar renta.

"Quienes hayan percibido ingresos de fuente nacional, los cuales no hayan sido objeto de la retención en la fuente de que tratan los artículos 407 al 411 del Estatuto Tributario, están obligados a presentar la declaración de renta y complementarios por dicha vigencia, en el formulario oficial 110, dentro de los mismos plazos establecidos para los residentes en el país", aclaró la entidad.

LAS FECHAS

Como ya lo comentamos debe tener en cuenta sus dos últimos dígitos de su NIT que conste en el Registro Único Tributario (RUT), "sin tener en cuenta el dígito de verificación".

En este apartado, debe tener en cuenta que la fecha es la límite para que presente su declaración y el pago correspondiente (si aplica), pero puede cumplir con sus compromisos tributarios desde antes.

Agosto


Fechas para declarar renta según su NIT en agosto.

Septiembre



Fechas para declarar renta según su NIT en septiembre.

Octubre

Fechas para declarar renta según su NIT en octubre.

¿QUÉ NECESITA?

Para la declaración de renta del año gravable 2020 debe estar inscrito en el RUT y actualizar la información de ser necesario, tener una cuenta de usuario en la Dian y tener firma electrónica.

El RUT es el documento indispensable.

En el caso de tener que declarar renta por el patrimonio que tiene o por sus ingresos, y si quiere aplicar deducciones o descuentos.

Además, sepa que las cédulas para este año son:

1. Cédula general (rentas de trabajo, de capital y no laborales).
2. Cédula de rentas de pensiones.
3. Cédula de rentas de dividendos y participaciones.

¿CÓMO DECLARAR?

La propia Dian ha puesto a disposición herramientas para ayudarles a los contribuyentes con sus declaraciones de renta.

Hazlo tú mismo es una de ellas. Consiste en presentar y hacer la declaración directamente desde el portal web o la app con acompañamiento real, siguiendo una serie de pasos.

También está Ayuda renta, que les permite a los usuarios establecer en el formulario del impuesto a la renta de personas naturales los valores de ingresos y egresos del año gravable y validar la información.

Y está Información exógena o reportada por terceros, con la que los contribuyentes sabrán cuáles operaciones financieras son susceptibles al impuesto a la renta.


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