El 18 de noviembre de 2019 se cumplió el plazo para que los contribuyentes inscritos en el régimen simple pagaran del quinto anticipo bimestral del año gravable 2019, correspondiente al período septiembre – octubre, el cual deberá ser efectuado en el formulario 2593.
Los contribuyentes que por el año gravable 2019 hayan decido inscribirse en el régimen simple de tributación –SIMPLE– deberán pagar cada uno de los anticipos bimestrales, mediante el recibo electrónico de pago –formulario 2593– prescrito por la Dian a través de la Resolución 000057 de septiembre de 2019.
Dicho formulario se deberá presentar de manera obligatoria, independientemente de que haya o no saldo a pagar, por medio de las redes electrónicas y entidades financieras establecidas por el Gobierno para tal fin.
Plazos para la presentación de los anticipos del régimen simple
Cabe recordar que los anticipos correspondientes a los bimestres transcurridos entre enero y agosto de 2019 debían presentarse a más tardar el 23 de septiembre del año en curso, sin importar el NIT del contribuyente.
Ahora bien, para el quinto bimestre del año, correspondiente al período septiembre – octubre, los contribuyentes del SIMPLE tuvieron que efectuar el pago del anticipo el 18 de noviembre de 2019, empleando el formulario 2593 antes mencionado.
El anexo que acompaña este formulario corresponde a la información del impuesto de industria y comercio consolidado por el 2019, y será para fines exclusivamente informativos y de control, dado que el recaudo de lCA y su complementario de avisos y tableros seguirá en cabeza de los entes territoriales.
El recibo 490
El pago de este anticipo bimestral liquidado en el formulario 2593 deberá ser realizado a través del recibo oficial de pago de impuestos –formulario 490–, siempre y cuando resulten valores a cargo del contribuyente por este concepto.
A través del artículo 1.5.8.3.7 del Decreto 1625 de 2016, agregado por el artículo 3 del Decreto 1438 de 2019, se estableció el procedimiento a seguir para la determinación del valor a pagar por el anticipo bimestral en los recibos electrónicos, para lo cual se debe tener en cuenta el componente correspondiente a cada uno de los gravámenes que se incorporan al impuesto unificado.
Plazo para presentar la declaración anual del régimen simple 2019
El proyecto de calendario tributario publicado por el Ministerio de Hacienda el 30 de octubre de 2019 propone que las personas jurídicas y naturales contribuyentes del SIMPLE presenten la declaración anual consolidada junto con su respectivo pago entre el 22 y el 28 de octubre de 2020, según el último dígito del NIT del declarante.
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