jueves, junio 01, 2023

Gherson Grajales afirma que los contadores públicos carecen de habilidades blandas.

 Jhon Jairo Lache dice que el contador debe profundizar en la resolución de problemas y el diseño de procedimientos.


Empresas están solicitando personal con gran cantidad de habilidades blandas, según Juan Pablo Chaustre.

Gherson Grajales explica que las habilidades blandas se relacionan con factores emocionales, interpersonales y sociales, también conocidas como competencias socioafectivas, las cuales permiten a las personas desenvolverse correcta y eficientemente en sus ambientes de trabajo.

Advierte que los contadores públicos carecen de estas y afirma que desde la academia se está haciendo poco al respecto, por lo que se deben buscar otros canales y así profundizar en estas:

Si los contadores públicos no tenemos unas buenas habilidades blandas, tendremos dificultades y limitaciones en nuestro desempeño laboral, ya que esto afecta el clima y la cultura organizacional.

Según afirma Grajales, hay empresas que han adoptado sus propios Estándares Internacionales de buenas prácticas cuando a la hora de buscar profesionales se trata:

Muchas veces una organización no busca que un futuro empleado cuente con experiencia, pero sí que tenga una idea de lo que se está hablando. En esa competencia expresiva le dicen que no interesa que no cuente con experiencia, sino que la misma empresa que lo contrata lo forma.

Contador público debe salir de su actuar convencional.

John Jairo Lache, jefe de Auditoría y Aseguramiento en BDO Colombia, en afirma en dialogo con Actualícese que el nuevo rol del contador público exige que este salga de su actuar convencional y profundice en la resolución de problemas, diseñe procedimientos, desarrolle un coeficiente digital y cuente con un lenguaje homogéneo en los negocios.

El contador público debe tener la capacidad de desarrollar habilidades para resolver problemas, no solo al momento de comunicar, sino con una capacidad analítica.

Afirma que antes se buscaba una persona colaborativa, pero hoy se buscan profesionales que diseñen nuevos procedimientos.

En cuanto a las habilidades fundamentales, se hablaba de coeficiente intelectual, hoy se habla de coeficiente digital.

A nivel de experiencia, anteriormente se hablaba de una línea de servicio, hoy se habla de negocios, así como de tener un lenguaje homogéneo alrededor de este concepto.

Hoy, los profesionales contables deben escuchar más a las personas y hablar menos. Lo deben hacer abriendo canales de comunicación. De igual forma, deben usar la empatía, ponerse en los zapatos del otro, del cliente. A su vez, desarrollar habilidades en negocios en mercados relevantes.

¿Cuáles son las habilidades blandas que más se buscan en un profesional?.

Juan Pablo Chaustre, gerente general de Staffing de Colombia, grupo empresarial con experiencia en el sector de empresas de servicios temporales –EST– y outsourcing, afirma que las habilidades blandas venían ganando relevancia, pero de la mano de la pandemia se dispararon las solicitudes de personal con este tipo de capacidades:

Se buscan profesionales con habilidades blandas, como: resolución de conflictos, orientación al servicio, flexibilidad, manejo de personal, adaptación a los cambios, inteligencia emocional, capacidad de escucha, trabajo en equipo, habilidades de comunicación y proactividad, todas muy importantes a la hora de evaluar posible personal para enviar a las empresas.

Contadores y administradores, algunos de los trabajos expuestos a la IA

 En el listado también están los periodistas, diseñadores web, ingeniaron, matemáticos, preparadores de impuestos y analistas financieros


Un sondeo realizado por OpenIA determinó cuáles pueden ser las industrias y trabajos en Estados Unidos que están más expuestos a los modelos de lenguaje de la inteligencia artificial del estilo de ChatGPT.

El resultado incluye trabajos en los que los humanos pueden hacer uso de la IA para optimizar tiempos, así como otros que pueden automatizarse por completo. Las ocupaciones del listado, publicado en Visual Capitalist, pueden reducir el tiempo de realizar tareas en al menos 50%.

Los contadores, administradores y asistentes legales, analistas de políticas de cambio climático, reporteros y periodistas son algunos de los que tienen exposición de 100% ante la inteligencia artificial.

Se suman también los matemáticos, preparadores de impuestos, analistas financieros, escritores y autores, diseñadores web e ingenieros, este último, tiene menos exposición (97,1%).


Si amplía el resultado, algo claro es que los trabajos que requieren tareas repetitivas, análisis de datos y toma de decisiones de rutina enfrentan mayor exposición a que sean intervenidos de una u otra forma con inteligencia artificial.

Sin embargo, no todo el panorama es al estilo Wall-e, pues según el sondeo, hay trabajos que se "salvan" de esa exposición. En este listado están los atletas, operadores de grandes equipos, instaladores de vidrios, la mecánica automotriz, los albañiles y carpinteros, entre otros.

Las industrias prácticas como la manufactura, la minería y la factura están protegidas de la IA a simple vista. No obstante, estas cuentan con roles de procesamiento de información, espacios que sí están expuestos.

La exposición a la IA no necesariamente significa el reemplazo de trabajos, sino más bien la transformación de algunos trabajos, pues se pueden ejecutar formas de automatización y rendimiento.

Sin embargo, esa transformación requiere que los humanos entiendan cómo trabajar con los sistemas y, más allá de crear una coordinación en conjunto, entender que estas tecnologías del estilo ChatGPT tendrán un impacto en el empleo y por consiguiente en la economía mundial.

Documento soporte en compras a no obligados a facturar: novedades de la Resolución 000167 de 2021

 


Aquí hablaremos sobre...

Obligados a generar de forma electrónica el documento soporte en compras a no obligados a facturar.
Información y contenido del documento soporte en compras a no obligados a facturar.
Implementación de la generación y transmisión de forma electrónica del documento soporte.
Generación electrónica del documento soporte en compras a no obligados a facturar.
Transmisión del documento soporte en compras a no obligados a facturar.
Validación.

El 30 de diciembre de 2021 la Dian expidió la Resolución 000167 para reglamentar el documento soporte en compras a no obligados a facturar o expedir documento equivalente.

Dicha resolución dispuso que el documento en mención será electrónico a partir de mayo de 2022.

El documento soporte en compras a no obligados a facturar es el término acuñado a la anterior cuenta de cobro, introducido al lenguaje de facturación electrónica con la Resolución 000042 de 2020. Este es un documento físico o electrónico que constituye el soporte de los costos y deducciones en el impuesto de renta e impuestos descontables en IVA, derivado de la adquisición de bienes y/o servicios a sujetos no obligados a expedir factura electrónica o documento equivalente.

Dicho documento deberá generarlo el adquiriente de los bienes o servicios para su posterior transmisión a la Dian y obtener la respectiva validación, o bien para su conservación y exhibición en caso de que la autoridad tributaria lo requiera.

“la Dian expidió la Resolución 000167, mediante la cual implementa en el sistema de facturación electrónica la funcionalidad del documento soporte en compras a no obligados a facturar, para su transmisión electrónica, expidiendo además su anexo técnico”

Ahora bien, el 30 de diciembre de 2021 la Dian expidió la Resolución 000167, mediante la cual implementa en el sistema de facturación electrónica la funcionalidad del documento soporte en compras a no obligados a facturar, para su transmisión electrónica, expidiendo además su anexo técnico.

A continuación, abordaremos los aspectos más relevantes sobre la reglamentación del documento soporte en mención. Veamos:


Obligados a generar de forma electrónica el documento soporte en compras a no obligados a facturar

El artículo 3 de la Resolución 000167 de 2021 señala que los sujetos obligados a generar de manera electrónica y transmitir para validación el documento soporte en compras a no obligados a facturar son los adquirientes que sean facturadores electrónicos, contribuyentes del impuesto sobre la renta y responsables del IVA, que realizan operaciones de compras de bienes o prestación de servicios con sujetos no obligados a expedir factura o documento equivalente y requieran soportar los costos y deducciones en la declaración de renta e IVA.

Información y contenido del documento soporte en compras a no obligados a facturar.

El documento soporte en compras a no obligados a facturar deberá cumplir con los requisitos previstos en el artículo 1.6.1.4.12 del Decreto 1625 de 2016:

Estar denominado expresamente como documento soporte en adquisiciones efectuadas a no obligados a facturar.

Tener la fecha de la operación que debe corresponder a la fecha de generación del documento.

Contener los apellidos y nombre o razón social y NIT del vendedor o de quien presta el servicio. Tratándose de contratos suscritos con los no residentes fiscales en Colombia no inscritos en el RUT, el NIT se entenderá cumplido con la identificación otorgada en el país de origen del no residente.

Contener los apellidos y nombres o razón social y NIT del adquiriente de los bienes y/o servicios.

Llevar el número que corresponde a un sistema de numeración consecutiva de documento soporte incluyendo el número, rango y vigencia autorizados por la Dian.

Tener la descripción específica del bien y/o servicio.

Detallar el valor total de la operación, discriminando el valor del IVA cuando haya lugar a ello.

Incluir la firma del emisor del documento soporte al momento de la generación, de acuerdo con las normas vigentes y con la política de firma que establezca la Dian.

Utilizar el formato electrónico de generación que establezca la Dian.

El código único de documento soporte en adquisición efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente –CUDS–.

Implementación de la generación y transmisión de forma electrónica del documento soporte.

“la generación y transmisión en forma electrónica del documento soporte en compras a no obligados a facturar deberá efectuarse a más tardar el 2 de mayo de 2022”.

El artículo 6 de la Resolución 000167 de 2021 precisa que la generación y transmisión en forma electrónica del documento soporte en compras a no obligados a facturar deberá efectuarse a más tardar el 2 de mayo de 2022 (ver nuestro editorial Documento soporte en compras a no obligados a facturar será electrónico a partir de mayo 2 de 2022).

Generación electrónica del documento soporte en compras a no obligados a facturar.

La generación consiste en estructurar la información que contendrá el documento soporte en compras a no obligados a expedir factura o documento equivalente, el cual deberá cumplir los requisitos antes mencionados. Esto para su transmisión a la Dian y obtener la respectiva validación.

El documento y sus respectivas notas de ajuste deberán elaborarse cumpliendo las condiciones, términos y mecanismos técnicos y tecnológicos establecidos en el Anexo técnico documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente.

Transmisión del documento soporte en compras a no obligados a facturar.

La transmisión para la validación del documento soporte es un procedimiento que se desarrolla con posterioridad a su generación. Consiste en transmitir uno a uno los documentos soporte en compras a no obligados a facturar y las respectivas notas de ajuste, así: En el momento en el que se lleve a cabo una operación en la que se adquieren bienes y/o servicios a sujetos no obligados a expedir factura o documento equivalente.

A más tardar el último día hábil de la semana en que se llevaron a cabo las operaciones acumuladas semanalmente realizadas con un mismo proveedor en las que se adquirieron bienes y/o servicios a no obligados a facturar.

Impedimento de la transmisión.

Si al momento de la transmisión de la información del documento soporte en adquisiciones a no obligados a facturar se presentan inconvenientes tecnológicos que impiden la transmisión de la información para su validación, el adquiriente deberá transmitir el documento soporte y las respectivas notas de ajuste en un plazo máximo de 48 horas. Estas horas se cuentan a partir del día siguiente a aquel en el que se restablezca el servicio informático electrónico del sistema de facturación donde se encuentra la funcionalidad del documento en compras a no obligados a facturar.

Validación.

Una vez generada y transmitida la información que contendrá el documento soporte en compras a no obligados a facturar y las notas de ajuste, cuando sea el caso, de todas y cada una de las operaciones realizadas, la Dian generará un documento que contiene la verificación de las reglas de validación de conformidad con la información transmitida y relacionada con los requisitos que se deben cumplir, el cual tendrá la leyenda “Documento validado por la Dian” o “Documento rechazado por la Dian”.

Cuando los documentos soporte cumplan con las reglas de validación, la Dian los registrará en sus bases de datos con la leyenda “Documento validado por la Dian”, y generará, firmará, almacenará y remitirá un mensaje de validación, el cual se remitirá al adquiriente para su correspondiente conservación y fines pertinentes.

miércoles, mayo 31, 2023

La generación Z asumiría restricciones económicas por un futuro más sostenible

 


Por: Luis Goncalves, Presidente de Dell Technologies en Latinoamérica Una consulta entre más de 15.000 adultos entre 18 y 26 años pertenecientes a la Generación Z en todo el mundo, reveló los sacrificios a los que estará dispuesta esta generación por un cambio en las políticas globales que lleven a un futuro más digital y sostenible.

Durante las primeras semanas de enero, más de 50 jefes de Estado o de gobierno, así como 600 líderes de las principales empresas del planeta se dieron cita en Davos, como parte de un nuevo encuentro del Foro Económico Mundial. Grandes temas estuvieron sobre las mesas de discusión: apuntalar una economía global tambaleante, impulsar acciones efectivas contra el cambio climático, la inclusión social y la lucha contra la pobreza. Y los avances han resultado relativos ante la emergencia mundial.

Entretanto, la juventud que comienza a incorporarse a la economía productiva y a la que, con seguridad, le tocará lidiar con los mayores efectos de la recesión global, ya está dispuesta a asumir el desafío que el futuro le plantea. De acuerdo con un estudio de Dell a más de 15 mil jóvenes adultos (entre 18 y 26 años), casi la mitad (47%) estarían dispuesto a sobrellevar limitaciones económicas a corto plazo, como un menor crecimiento del PIB de sus países, si los responsables políticos invierten en una estrategia a largo plazo que promueva el crecimiento sostenible.

Estos indicadores son un llamado de atención para el liderazgo en las instituciones públicas y las organizaciones de todo el planeta. Y es que, para los jóvenes de la Generación Z, la tecnología es un habilitador del cambio social hacia el crecimiento económico, una mejor provisión de los servicios de salud y educación, y entornos más inclusivos y sostenibles. Esto quedó claro en la opinión de los más de 15 mil jóvenes consultados, con participación de representantes de Brasil y México, para quienes los desafíos del futuro tienen prioridades claras: Hacer de la sostenibilidad un mandato para la sociedad y no una reacción tardía.

Contar con una variedad de opciones y modalidades de trabajo flexible. Mejorar la educación en habilidades digitales.

Cerrar la brecha digital a partir de la democratización del acceso a servicios digitales.

Mayor compromiso de las instituciones para proveer más transparencia en las inversiones, y tomas de decisiones, para incrementar la seguridad y la confianza.

La clase política en tela de juicio.

Los jóvenes son bastante críticos a la hora de valorar la gestión de las instituciones de gobierno y de la clase política ante estos desafíos del futuro. En este sentido, la confianza de la Generación Z en que las inversiones del sector público generarán una economía floreciente dentro de 10 años se muestra dividida: un tercio de la muestra mundial (32%) tiene poca o ninguna confianza, mientras que el 38% está indeciso y el 29% restante manifiesta una confianza alta o total.

Estás tendencias muestran matices según las regiones del mundo. Mientras que Brasil es el país con escasa o ninguna confianza ante las instituciones de gobierno y los políticos por parte de la juventud (49%); por su parte los jóvenes de Singapur (56%) y Corea (41%) manifestaron una alta o total confianza en sus instituciones políticas y gubernamentales.

Para la Generación Z, la recuperación económica global en un futuro digital también exige un compromiso de las instituciones públicas con la ciberseguridad. Más de la mitad (56%) de los consultados, considera que existe la necesidad de legislaciones sólidas en sus países, y de una mayor inversión en ciberseguridad para proteger las infraestructuras nacionales y garantizar que las empresas privadas cumplan con estándares estrictos. Para que esto suceda y para mejorar la confianza en los gobiernos, el 38% de los encuestados quiere que los sectores público y privado trabajen juntos y se responsabilicen del cumplimiento de sus compromisos.

Ante las brechas digital y del conocimiento.

Cuando el tema es la educación, en esta consulta que hicimos en Dell, más de dos quintas partes (44%) señaló que la escuela solo les enseñó habilidades informáticas muy básicas, y uno de cada ocho (12%) no recibió ninguna educación en tecnología o habilidades digitales. Más de un tercio (37%) afirma que la escuela no los preparó con las habilidades tecnológicas necesarias para su carrera.

La reducción de la brecha del conocimiento tecnológico y de la brecha digital debería ser la primera prioridad de la acción gubernamental para los jóvenes latinoamericanos. En México y Brasil, citaron la inversión en educación como la más importante (2 de cada 3 jóvenes de Brasil, por ejemplo) por encima de los servicios de salud, la reducción de la deuda nacional, la inclusión digital o la ciberseguridad.

Para ayudar a reducir la brecha de habilidades digitales, un tercio (34%) de los encuestados sugirió hacer que los cursos de tecnología en todos los niveles de educación sean más interesantes y estén ampliamente disponibles. Una cuarta parte (26%) cree que los cursos de tecnología deberían ser obligatorios en los programas de educación hasta los 16 años, cosa que podría alentar a los jóvenes a seguir carreras impulsadas por la tecnología.

La Generación Z también considera que el acceso a dispositivos y conectividad para grupos desfavorecidos (33%) y la conectividad en áreas rurales (24%) son las áreas de enfoque a prevalecer para impulsar un cambio que saque ventajas de tendencias en ascenso como el teletrabajo. En esta línea, más de la mitad (55%) de la Generación Z considera que el trabajo flexible y remoto es una consideración importante a la hora de elegir un empleador.

De cara a un futuro digital y sostenible, y para apoyar el crecimiento económico, los jóvenes de esta generación coinciden en priorizar la mejora de los servicios de salud (21%), la inversión en educación para reducir la brecha de habilidades (11%) y la inversión en infraestructura sostenible / verde (11%).Está claro que la Generación Z ve la tecnología como fundamental para su prosperidad en el futuro. En Dell, forma parte de nuestra razón de ser poner la tecnología al servicio del progreso humano.

En tiempos presentes tan desafiantes, depende de nosotros, los principales proveedores de tecnología, los gobiernos y el sector público, trabajar juntos y apalancar ese futuro inclusivo y sostenible al que aspiran estas nuevas generaciones de nativos digitales, mejorando la calidad de los servicios públicos y abriendo oportunidades de aprendizaje para que puedan sacar mayor ventaja de la transformación tecnológica.

martes, mayo 30, 2023

Empresas deberán aportar a la restauración ecológica mediante la siembra de árboles

 


Aquí hablaremos sobre...

Medidas de restauración ecológica para las empresas.
Inicio de las actividades de restauración ecológica.
Certificación de las actividades de restauración ecológica.

El Congreso de la República expidió una ley con la cual estableció que las empresas deberán aportar a la restauración ecológica mediante la siembra de árboles en Colombia.

Conoce, a continuación, cómo deberá llevarse a cabo y en qué consiste esta nueva medida.

El Congreso de la República expidió la Ley 2173 del 30 de diciembre de 2021, la cual tiene como finalidad establecer la creación de áreas de vida en los municipios del país mediante la participación de la población en la restauración y conservación ecológica por medio de la siembra de árboles para la creación de bosques, esto con el trabajo conjunto de las empresas y otros actores.

En la siguiente infografía realizamos un recuento de las medidas de restauración ecológica dispuestas mediante esta ley para las empresas:


Al respecto, debe tenerse en cuenta que un área de vida es la zona definida y destinada por los municipios para los programas de restauración por medio de la siembra de árboles. Esta área comprenderá, preferiblemente, entre otros, los nacimientos de agua, rondas hídricas, humedales y zonas del sistema nacional de áreas protegidas.

Dentro de los programas de restauración ecológica será obligatoria la siembra de especies nativas que estimulen la recuperación y conservación de los ecosistemas, de acuerdo con las condiciones ambientales y ecológicas del territorio, manejadas bajo el principio de sostenibilidad en el uso de los recursos naturales.

Las secretarías de planeación establecerán las zonas de siembra con la finalidad de potenciar y restaurar zonas de importancia ecológica para el municipio, las cuales de acuerdo con la viabilidad técnica y social se podrán definir como zonas de protección ecológica.

Medidas de restauración ecológica para las empresas.

Mediante la ley en mención, se establece que las medianas y grandes empresas debidamente registradas en el país deberán desarrollar un programa de siembra de árboles, el cual deberá incorporarse en las medidas de gestión ambiental empresarial. En este sentido, se determina que estas empresas deberán sembrar mínimo dos (2) árboles por cada trabajador.

Para este propósito deben tenerse en cuenta las siguientes pautas: La empresa asumirá los costos del programa de siembra de árboles.

Los programas de restauración se diferencian de los requisitos ambientales establecidos para las actividades comerciales de las empresas que requieran licencia o trámite ambiental.

Las empresas que por razones de la pandemia hayan tenido que cerrar sus actividades, pero logren reactivarse, tendrán un período de transición para cumplir con este programa debiendo cumplir sus disposiciones un (1) año después de la entrada en vigor de este.

Las empresas que por estar disueltas, liquidadas, inactivas o en fase de salvamento no puedan cumplir estas disposiciones deberán presentar el certificado que lo demuestre y así quedar exentas.

Las jornadas de restauración serán actividades internas de las empresas, por lo tanto, deberán realizarse en horarios laborales, cumplir con los protocolos de seguridad ocupacional y demás requisitos de ley.

Por su parte, se establece en igual sentido que las micro y pequeñas empresas podrán de manera voluntaria adelantar jornadas de restauración mediante la siembra de árboles.

Inicio de las actividades de restauración ecológica.

Se indica mediante esta nueva disposición normativa que el programa de siembra de árboles deberá ejecutarse anualmente a partir del año 2023. A su vez, se establece que las secretarías de planeación podrán establecer un calendario opcional para que las empresas celebren jornadas de siembra con participación de la comunidad y las instituciones.

Certificación de las actividades de restauración ecológica.

Las secretarías municipales de ambiente o de planeación expedirán el certificado “Siembra vida empresarial” a las empresas que hayan cumplido con las disposiciones de esta ley. Este certificado no tendrá ningún costo y será virtual.

Por último, conviene mencionar que, según indica la ley, la restauración que se realizará mediante la siembra de árboles no será para aprovechamiento maderable comercial.

Unicornios, no es cuento de niños

 Los unicornios requieren de mucho capital para poder crecer y ganar participación de mercado.


Cuando mi hija menor tenía 5 años le encantaba ir a la casa de su tía a jugar con sus primas. El lugar contaba con una vista privilegiada sobre los valles de Risaralda y del Cauca, ubicado en el sector de cerritos en Pereira. Cuando le preguntaba a María del Mar qué era lo que más le gustaba de ir, me contestaba sin titubear que obviamente era por los unicornios que se veían allí, pues habían visto uno.

Con esa misma esperanza con que mi hija pasaba los domingos tratando de ver unicornios, escuché por varios años a amigos inversionistas y comisionistas de bolsa, hablando -con creencia casi religiosa-, de qué tal o cual compañía sería el próximo Unicornio colombiano o mejor aún, ¡latinoamericano!.

Un día pregunté, ¿qué es un unicornio? “Pues un caballo con un cuerno de colores que además es mágico”, me contestó mi hija. “Pues un emprendimiento en etapa temprana, pero con valoración por encima de los US$1.000 millones, resultante de varias rondas de inversión de capital”, me dijeron mis amigos.

¿Y de qué viven? volví a preguntar. “Pues viven y crecen de esa plata que entra principalmente como inversiones de capital y en algunos casos como préstamos bancarios”.

Entonces, afirmé, imagino que genera muchas utilidades, para poder pagar los créditos y recompensar a los inversionistas. Pues no, ¡pero eso no es lo importante!, recibí como respuesta.

Ah, ¡fíjate tú!, contesté yo. Por favor ¿me explicas? “Sí, lo importante es que se gane participación de mercado, lo que a su vez impulsa el precio de la acción. Después se lista la compañía en una bolsa de valores y se lanza una oferta pública de acciones, de forma que los fundadores e inversionistas tempranos tengan su retorno, y ahí si todos ganamos”.

Es decir, ¿cuando el unicornio ya está generando ganancias? “No necesariamente, no has entendido el punto”, me fustigaron. “Ah ver te explico, ¿Has oído hablar de Netflix o Uber?”. Dándome cuenta de que ya me consideraban un troglodita, dejé que expusiera el ejemplo, con el cual entendí perfectamente, o eso creo.

Los unicornios requieren de mucho capital para poder crecer y ganar participación de mercado. Ese capital usualmente provenía de inversionistas ávidos de retornos más altos que los que durante décadas se obtenían en los mercados de deuda. Ahora con una inflación al alza, producto en gran parte por los estragos que la pandemia causó en las cadenas de producción, los bancos centrales, FED y demás suben tasas para tratar de controlar la tendencia alcista.

Es decir, esos inversionistas que hacían fila para invertir en unicornios, prefieren ahora las comodidades de tasas relativamente altas y con bajo riesgo que ofrece un bono del tesoro americano u otros bonos soberanos.

Ahora sí mágicamente, ese tierno unicornio se convierte en un ser medio muerto medio vivo, que necesita permanentes inyecciones de dinero para poder deambular en su intento de consolidarse, listarse en bolsa y adelantar la anhelada oferta pública de acciones; pero esta vez, los recursos vienen principalmente en forma de deuda que toca pagar y con intereses.

Con esta nueva realidad, las manadas de caballos míticos, empiezan a desaparecer tan rápido como mi hija pasó de querer ver unicornios, a ver videos de Shakira bailando en YouTube, algo un poco más real y ya no cuento de niños.

lunes, mayo 29, 2023

Estabilidad laboral reforzada: reintegro cuando la empresa no existe

 


Aquí hablaremos sobre...

Ineficacia como consecuencia de despido en estabilidad laboral reforzada.
Reintegro como consecuencia del despido ineficaz por fuero de estabilidad laboral reforzada.
¿Qué pasa con la orden de reintegro si la empresa ya no existe?.
Requisitos para reintegro.

El reintegro por estabilidad laboral reforzada supone que el trabajador sea reinstalado en el cargo que venía desempeñando. Frecuentemente esta orden surge para empresas que se encuentran en estado de liquidación o líquidadas.

Conoce qué ha dicho la Corte Suprema de Justicia frente a esta situación.

La estabilidad laboral reforzada es una garantía dada por la Constitución Política de Colombia y la ley para las personas que se encuentran en estado de especial protección, tales como mujeres en embarazo, en licencia o personas en situación de discapacidad.

Estas personas cuentan con la protección de no ser despedidos o sus contratos terminados debido a su estado especial, sin que medie autorización del Ministerio del Trabajo; es decir, para que el empleador termine o finalice el contrato laboral de trabajadores en estas condiciones se requiere de un permiso especial que otorga dicho ministerio.

Por lo anterior, es importante precisar que la ley y la jurisprudencia no impiden el despido de estas personas, si no que buscan imposibilitar que esto se realice en razón o por ocasión del estado de maternidad o salud del trabajador.

Es decir, dichos trabajadores pueden ser despedidos siempre que la razón o causal de terminación del contrato, en primer lugar, no tenga ninguna relación con el estado de protección y, por el otro, que el Mintrabajo haya conocido tal terminación y determine mediante una autorización de despido que la finalización no guardaba relación con dicha condición.

Ineficacia como consecuencia de despido en estabilidad laboral reforzada.

Si un empleador toma la decisión de terminar el contrato de un trabajador protegido por estabilidad laboral reforzada por ser un sujeto de especial protección, en razón a la situación de maternidad o salud, y sin contar con la debida autorización del Mintrabajo, será acreedor de una serie de consecuencias y sanciones.

En principio el trabajador podrá acudir a una instancia judicial (acción de tutela o proceso ordinario laboral) en donde un juez de la República estudiará la situación; de configurarse el despido de una persona en situación de embarazo o problemas manifiestos de salud sin el cumplimiento de los requisitos, esta decretará la ineficacia del despido.

Tal ineficacia implica que el despido al contrariar lo dispuesto por la ley y la jurisprudencia, relacionado con la estabilidad laboral, nunca existió; es decir, no surtirá efectos y se entenderá que el trabajador nunca fue despedido, surgiendo con ello el derecho de reintegro.

Reintegro como consecuencia del despido ineficaz por fuero de estabilidad laboral reforzada.

El reintegro es una consecuencia que surge de la declaratoria de ineficacia de un despido, cuando un juez dispone ello, se debe entender que el despido nunca existió y por ello el trabajador debe ser reinstalado al cargo que tenía antes del despido ineficaz, conforme a las condiciones de salud o embarazo actuales del trabajador, devengando en este el mismo salario y sin desmejora laboral alguna, sobre ello la Corte Constitucional en la Sentencia T- 052 del 2020 ha dicho:

En virtud de lo anterior, si el juez constitucional logra establecer que el despido, o la terminación del contrato o la no renovación del mismo, de una persona con una considerable afectación de salud se produjo sin la autorización de la oficina del Trabajo, deberá presumir que la causa de la desvinculación laboral fue la circunstancia de debilidad y vulnerabilidad del trabajador y, por lo tanto, concluir que se causó un grave menoscabo de sus derechos fundamentales.

Así, el juez deberá conceder el amparo invocado y, consecuencialmente, (i) declarar la ineficacia de la terminación contractual o del despido laboral (con la consiguiente causación del derecho del demandante a recibir todos los salarios o remuneraciones y las prestaciones sociales dejadas de percibir en el interregno). (ii) En caso de ser posible, ordenar el reintegro a un cargo que ofrezca condiciones similares a las del empleo desempeñado por el trabajador hasta su desvinculación, o la renovación del contrato, para que desarrolle un objeto contractual que ofrezca condiciones similares al del ejecutado anteriormente, y que esté acorde con su actual estado de salud. Y (iii) ordenar una indemnización de 180 días del salario o de la remuneración, según lo previsto en el artículo 26 de la Ley 361 de 1997.

Por ello, cuando se dé la ineficacia del despido de un trabajador en condiciones de protección de la estabilidad laboral reforzada el empleador podrá ser condenado por un juez a:Reintegrar al trabajador al mismo cargo que desempeñaba, atendiendo su condición de salud, sin que exista desmejora salarial o laboral.

Debido a que se entiende que el despido nunca ocurrió, se ordenará el pago de los salarios, prestaciones sociales, vacaciones y seguridad social dejada de percibir en el tiempo que estuvo separado ilegalmente de su cargo.

Conforme a lo establecido en la Ley 361 de 1997 o el artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–, el empleador deberá reconocer el pago de una indemnización adicional por vulnerar la estabilidad laboral reforzada.

En el siguiente video se explican las consecuencias de despedir a un trabajador con estabilidad laboral reforzada:

¿Qué pasa con la orden de reintegro si la empresa ya no existe?.

Cuando un trabajador fue despedido encontrándose en protección de la estabilidad laboral reforzada, si la empresa está liquidada, ya no existe la persona o terminó su personería jurídica, la orden de reintegro puede presentar problemas.

La Corte Suprema de Justicia ha determinado de forma reiterada que para hacer efectivo un reintegro, este debe ser jurídica y materialmente posible, es decir, que se pueda efectivamente reintegrar a dicho trabajador al cargo que venía desempeñando antes del despido ilegal, escenario que tiene dificultad cuando el empleador ya no existe.

En la Sentencia SL4632 de 2021 la Corte puntualiza sobre ello, estableciendo que para que un reintegro pueda llevarse a cabo el empleador debe existir y debe poder cumplir esa exigencia, disponiendo que cuando esto no se pueda lo que procede es una solución compensatoria que se ajuste a los derechos del trabajador, comprendiendo tal indemnización el pago de los salarios y prestaciones dejadas de percibir desde la desvinculación hasta el momento de la extinción de la persona jurídica o el ente empleador, así como el pago de las indemnizaciones respectivas.

Es decir, ante un empleador que se haya extinguido no procede una orden de reintegro, pero ello no significa que al trabajador se le desconozcan sus derechos, sino que en palabras de la Corte Suprema el empleador tendrá la obligación de reconocer los salarios y prestaciones dejadas de percibir debidamente indexados; así como los respectivos aportes al sistema de seguridad social y parafiscales, e indemnización por despido injusto, todo esto a título de indemnización resarcitoria.

Sobre ello puntualiza la Corte en la sentencia en mención:

Ciertamente, la consecuencia de la terminación del vínculo laboral ante el desconocimiento de una obligación legal es la ineficacia y, por ende, el reintegro, lo cual implica entender la no solución de continuidad del nexo contractual, es decir, que la relación laboral no finaliza ni se interrumpe, y que el trabajador tiene derecho a que se apliquen las consecuencias legales, pero sobre la base de que sea jurídica y materialmente posible, esto es, que el empleador exista y pueda cumplir esa exigencia; pero si ese supuesto no se da, la jurisprudencia de la Sala ha considerado que el juzgador debe adoptar una solución compensatoria que se ajuste a los derechos del trabajador, concretamente, que a título compensatorio se otorgue una indemnización que comprenda los salarios y prestaciones dejados de percibir desde la desvinculación hasta el momento de extinción total del organismo, debidamente indexados; así como los respectivos aportes al sistema de seguridad social y parafiscales, además de la indemnización por despido injusto.

Recordando que es obligación del encargado de la liquidación de dicha sociedad empleadora incluir las futuras y posibles acreencias que se puedan derivar de los procesos laborales cursantes, so pena de tener que responder el mismo con su propio patrimonio (artículo 255 del Código de Comercio).

Requisitos para reintegro.

Finalmente, para que se emitan dichas ordenes de reintegro es imperativo que el trabajador demuestre ante el juez que: Se encontraba en debilidad manifiesta (problema de salud que le impedía realizar sus laborales) o en maternidad (embarazo o licencia de maternidad) al momento del despido.

El empleador conocía tal situación antes o durante el despido.

Se realizó la terminación del contrato de trabajo sin contar con el permiso del Mintrabajo.

“Cuando exista una orden de reintegro y esta no sea posible de ejecutar debido a que el empleador ya no existe, la Corte Suprema de Justicia dispone que lo procedente será únicamente el pago de una compensación”.

Por todo lo anterior, cuando exista una orden de reintegro y esta no sea posible de ejecutar debido a que el empleador ya no existe, la Corte Suprema de Justicia dispone que lo procedente será únicamente el pago de una compensación que comprenda el pago de salarios y prestaciones sociales dejadas de percibir debidamente indexados; así como los respectivos aportes al sistema de seguridad social y parafiscales, además de la indemnización por despido injusto.