jueves, junio 16, 2022

Internet, televisión y telefonía: ¿cuál sería el más caro?

 Un estudio de la Comisión de Regulación de Comunicaciones mostró la percepción de precio-calidad que tienen los usuarios de estos servicios.



La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) publicó los resultados de la medición de percepción de calidad de los servicios de telecomunicaciones en el país durante 2021.

Esto incluye los servicios de telefonía e internet fijo, telefonía e internet móvil y televisión abierta o por suscripción en 19 ciudades del país.

La medición revela la percepción de los usuarios frente a la calidad de los servicios. Para este caso, se aplicaron cerca de 9 mil encuestas entre el 28 de agosto y el 25
de noviembre de 2021 de manera telefónica y presencial.

En principio, el estudio mostró que los usuarios prefieren comprar de manera empaquetada los servicios de telefonía fija (77%) y TV por suscripción (72%). Por su parte, el internet móvil y fijo se contratan en proporciones parecidas de forma individual: 42 y 48% respectivamente. Mientras que el servicio de telefonía móvil se prefiere de manera individual (82% de los usuarios).

En cuanto a la calidad, los clientes destacaron que la telefonía móvil es el de mejor calidad con una puntuación de 7,8 sobre 10. Después sigue la telefonía fija, internet móvil y TV por suscripción.

Respecto al precio, el estudio reporta que el servicio más económico contratado de forma individual es el de telefonía fija con 41.000 pesos mensuales. Por otro lado, el más costoso fue el de TV por suscripción a 126.000 pesos al mes.

Los resultados revelaron que en los servicios analizados en promedio el 50% de los
usuarios perciben un precio justo con respecto a la calidad. Los servicios móviles de telefonía e Internet fueron los que presentaron la mejor relación costo- calidad, pues el 59% y 57% de los usuarios, respectivamente, consideraron que el costo del servicio fue justo con respecto a la calidad recibida.

Mirando a detalle las ciudades, Cartagena y Bucaramanga fueron los lugares con el nivel más alto de satisfacción en la calidad de los servicios y Leticia con los niveles más bajos.

Finalmente, entre los canales de atención más usados se encuentra una disminución del uso de la oficina física a comparación del 2020. Esto muestra un aumento del uso de canales digitales.

Método del porcentaje de terminación y submétodos en los contratos de construcción

 


En los contratos de construcción el método del porcentaje de terminación permite reconocer el avance de la obra; no obstante, el Estándar para Pymes indica que otros submétodos permitirán establecer la fiabilidad de esta medición.

Te explicamos cómo se utilizan dichos submétodos a continuación.

De acuerdo con el párrafo 23.17 del Estándar para Pymes, cuando pueda estimarse con fiabilidad el resultado de un contrato de construcción la entidad debe reconocer los ingresos y costos asociados con el contrato en función del avance de la obra; para ello, se deberá recurrir al denominado método del porcentaje de terminación.

La siguiente infografía contiene aspectos clave que deben considerarse:

“el Estándar para Pymes no establece varios métodos para el reconocimiento de los ingresos por contratos de construcción”

De acuerdo con el Dr. Mejía, el Estándar para Pymes no establece varios métodos para el reconocimiento de los ingresos por contratos de construcción como tal vez pudiera interpretarse; por el contrario, se refiere a un solo método que permite medir el trabajo ejecutado: el método del porcentaje de terminación:

Método del porcentaje de terminación

De acuerdo con el párrafo 23.21 del Estándar para Pymes, el método del porcentaje de terminación se utiliza:

Para reconocer los ingresos de actividades ordinarias por prestación de servicios y por contratos de construcción. Una entidad examinará y, cuando sea necesario, revisará las estimaciones de ingresos de actividades ordinarias y los costos a medida que avance la transacción del servicio o el contrato de construcción.

Para entender este punto veamos el siguiente ejemplo:

Una entidad presta un servicio de construcción de obra civil en diciembre de 2021. El cliente no ha autorizado a la fecha indicada el envío de la factura electrónica.

Los datos del contrato de construcción son los siguientes:

Precio pactado de la obra

$150.000.000

Presupuesto de obra

$100.000.000

Costo de la obra a la fecha (40 % del presupuesto)

$40.000.000

 

El registro de los costos incurridos para este caso será:

Descripción

Débito

Crédito

Costos o gastos (deducibles en 2021)

$40.000.000

 

Efectivo y equivalentes

 

$40.000.000

 

No obstante, es necesario realizar el reconocimiento de los ingresos según el avance de la obra; para este caso:

(Costos incurridos/presupuesto de la obra) × precio de contrato

($40.000.000/$100.000.000) × $150.000.000 = $60.000.0000

Además, debe tenerse en cuenta que aún no se ha realizado el envío de la factura, por lo que será necesario provisionar los ingresos del contrato de construcción según el avance de la obra que deberá cruzarse con la factura emitida:

 

Descripción

Débito

Crédito

Ingresos sin facturar en diciembre

 

$60.000.000

IVA (19 %)

 

$11.400.000

Cuenta por cobrar sin facturar

$71.400.000

 

 


Submétodos para establecer la fiabilidad de la medición

El método del porcentaje de terminación permitirá el reconocimiento del avance de la obra; sin embargo, el Estándar para Pymes indica que otros submétodos permitirán establecer la fiabilidad de esta medición.

Ahora bien, al tratarse de la medición de la fiabilidad del trabajo ejecutado en el contrato de construcción, la norma explica tres submétodos:Proporción de los costos incurridos sobre los costos totales estimados.
Inspecciones del trabajo ejecutado.
Terminación de una proporción física del proyecto ejecutado.

Para el caso del ejemplo, podría presentarse la situación de que una inspección física determine que la obra no ha avanzado en dicha proporción (40 %), pues gran parte de los costos son costos fijos por maquinaria y pago de empleados, pero físicamente la obra no ha avanzado por situaciones como un invierno prolongado, o la falta de licencias o de entrega de planos de redes necesarios para la instalación.

Es necesario entonces que estos submétodos que permiten medir la fiabiliad se establezcan en las políticas contables de la constructora, pues la inspección física podría implicar reconocer un deterioro del valor de las cuentas por cobrar, como veremos en el siguiente ejemplo:

En el mismo caso anterior se determina por medio de la inspección del trabajo ejecutado que se ha gastado un 40 % del presupuesto, pero la obra ha avanzado físicamente en un 50 % de dicho avance económico.

Para este caso, debe provisionarse el 50 % de la cuenta por cobrar entendiendo además que esta provisión no será deducible por ser una estimación de acuerdo con el artículo 200 del Estatuto Tributario –ET–.

Cuenta por cobrar × 50 % = deterioro

$71.400.000 × 50 % = $35.700.000

El tratamiento contable para este caso implica el siguiente reconocimiento:

Cuenta

Débito

Crédito

Gasto por estimación (no deducible)

$35.700.000

 

Deterioro acumulado (partida conciliatoria de estimación)

 

$35.700.000

 

Para este caso, la cuenta por cobrar sigue estando en $71.400.000. Es de aclarar que se establece una partida conciliatoria con la diferencia por los lineamientos del párrafo 23.24 del Estándar para Pymes: “Una entidad reconocerá inmediatamente como gasto cualquier costo cuya recuperación no sea probable”.


miércoles, junio 15, 2022

Razones por las que el FMI recortará sus previsiones de crecimiento

 La entidad publicará su pronósticos actualizados a fines de julio.



Economía mundial.

El Fondo Monetario Internacional (FMI) revisará a la baja su proyección de crecimiento mundial para el 2022 debido a una combinación de factores que incluyen la guerra en Ucrania, la alta inflación y la desaceleración del crecimiento en China, dijo su portavoz el jueves.

"Podemos esperar razonablemente que se revise a la baja la previsión de crecimiento para 2022 respecto a lo que pronosticábamos hace tan solo un mes y medio", dijo Gerry Rice, vocero del FMI, durante una conferencia de prensa.

En abril, en su último informe de Perspectivas de la Economía Mundial, el FMI ya había rebajado sus proyecciones de crecimiento global a 3,6 %, 0,8 puntos porcentuales menos que lo anticipado en enero.

El FMI publicará sus pronósticos de crecimiento global actualizados a fines de julio.

"Han sucedido muchas cosas y han sucedido muy rápido desde la última vez que publicamos nuestro pronóstico", explicó Rice.

"La guerra en Ucrania continúa. Los precios de las materias primas siguen siendo muy volátiles, los precios de la energía, y en particular los precios de los alimentos, son muy altos. La desaceleración de la economía china... parece ser más grave de lo esperado", dijo.

También señaló que la inflación continúa acelerándose "particularmente en una serie de economías avanzadas, lo que lleva a un endurecimiento de la política monetaria".

Finalmente, es "una confluencia de crisis" que pesan todas sobre el crecimiento, afirmó Rice.

El lunes, la otra gran institución multilateral en Washington, el Banco Mundial (BM), anunció que ahora espera un crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) global del 2,9 %, frente al 4,1 % estimado en enero.

También, el BM advirtió el riesgo de estanflación, con un "período prolongado de bajo crecimiento y alta inflación".

Cómo debe pagarle la prima de junio a las empleadas del hogar para evitar multas?

 


El no pago de la prima de servicios puede ocasionar la imposición de pagos de uno a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes

Llega junio y con este, el pago de la primera prima de servicios del año a empleados dependientes, que corresponde a 15 días de salario por semestre laborado. El pago a empleadas domésticas es uno de los que más se dificulta a la hora de hacerlo, ya que mucho no tienen claro cómo debe hacerse.

En primer lugar, el pago de la prima de servicios debe pagarse directamente al empleado antes del 30 de junio, para el primer semestre, y el 20 de diciembre, para segundo semestre.

La prima corresponde a 15 días de salario por semestre laborado y se le debe pagar a todo trabajador dependiente. Es decir, todo empleado con un contrato verbal o escrito. De acuerdo con el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, la prima de servicios es una prestación social que debe pagar el empleador al empleado de manera directa antes del 30 de junio, para el primer semestre, y el 20 de diciembre, para el segundo semestre.

“Dando cumplimiento a la Ley 1788 del 7 de julio de 2016, todos los trabajadores que se enmarquen en empleados domésticos, desempeñando tareas como aseo, cocina, lavado, planchado, cuidadores de fincas, conductores y/o niñeras, sin discriminación al tiempo de trabajo tienen derecho al pago de la prima”, afirma Salua García Fakih, Cofundadora y COO de Symplifica.

El pago también aplica en caso de tener empleados domésticos que trabajen solo un día o dos a la semana. Para facilitar el proceso del pago de la prima de mitad de año a estos trabajadores, la empresa Symplifica diseño una herramienta online que sirve para calcular el valor exacto.

Lo primero es sacar el salario mensual base, el cual es la sumatoria del salario mensual, el auxilio de transporte mensual (en caso de recibir auxilio) y el promedio de otros ingresos salariales como bonificaciones, horas extras y otros pagos que se hayan reportado a lo largo del periodo. Una vez calculado, solo debe multiplicar el salario base mensual por los días trabajados (excluyendo suspensiones o permisos) y dividirlo entre 360 (total de días calendario laboral). Esto le dará el valor total a pagar por concepto de prima.


martes, junio 14, 2022

MinTrabajo anunció sanciones para empleadores que no paguen la prima a sus trabajadores

 El pago de esta prima tendrá como plazo máximo el 30 de junio.



El Ministerio de Trabajo confirmó que durante este mes cerca de nueve millones de trabajadores dependientes tienen derecho al pago total o proporcional de la prima de servicios.

En ese sentido, son cerca de cuatro millones de mujeres los que recibirán el pago correspondiente a la prima, mientras que los empleados y empleadas de servicio doméstico sumaban a abril del presente año 635 mil personas, con un aumento de 185.000 frente al mismo mes de 2021, según indicó el Dane.

“El mes de junio es sinónimo de prima para los nueve millones de trabajadores dependientes en Colombia. Conforme lo señala el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, todo empleador debe pagar a sus trabajadores una prima de servicios legal, correspondiente a 30 días de salario por cada año trabajado, o en proporción al tiempo trabajado cuando este es inferior a un año”, indicó el ministro del trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez.

Agregó que el reconocimiento de la prima legal se hará por el año, o proporcionalmente al tiempo trabajado. “La prima se cancelará en dos pagos: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar el 20 de diciembre. Sin embargo, el empleador puede optar por pagar antes de esa fecha”, explicó.

Subrayó que la prima de servicios es de naturaleza prestacional, por lo tanto, no constituye un salario. “Es de aclarar que la Inspección del Trabajo de este Ministerio puede imponer multas a aquel que incumpla su obligación, "por el no pago de prestaciones sociales", la cual podrá ser tasada entre 26,31 UVT a 131.565 UVT ($1.000.0000 a $5.000.000.000 valores 2022), de acuerdo con la gravedad de la infracción”, dijo.

Apuntó que si el contrato de trabajo se termina y el empleador no paga la prima de servicios junto con los demás pagos laborales adeudados, puede causar una indemnización moratoria a la que se refiere el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo.

En el caso de los trabajadores domésticos resaltó que es importante precisar que estos se consideran formales, así como trabajadores por días o trabajadores de fincas, por lo que el no pago de dicha prestación acarreará igual sanción para el empleador, como fue mencionada anteriormente.

“Ellos también tienen derecho al pago de prima de servicios quienes prestan servicios como trabajadores del hogar, realizando tareas como aseo, cocina, lavado, planchado; jardineros, choferes y niñeras”, señaló.

Sostuvo que en esta posición ocupacional, en abril de 2022 la mayor parte de los ocupados eran mujeres (593.000), es decir un 93,4%.

“Se recuperaron 157.000 empleos de mujeres en esta posición ocupacional respecto a abril de 2021 y en hombres 28.000 ocupados más”, subrayó.

El Ministerio de Trabajo afirmó que hasta 5.000 millones de pesos, podría ser la sanción para empleadores que no paguen la prima de servicios a sus trabajadores.

“Las sanciones que se impongan por la Inspección del Trabajo por el no pago de la prima de servicios legal, tendrá como destino el Fondo para el Fortalecimiento de la Inspección, Vigilancia, Control del Trabajo y la Seguridad Social FIVICOT”, puntualizó esa entidad.

Reporte de beneficiarios finales implica actualizar el RUT con la responsabilidad 55

 


La Resolución 000164 de 2021, modificada con la Resolución 000037 de 2022, estableció que algunas sociedades nacionales deben elaborar el formato 2688 detallando las personas naturales que son sus beneficiarios finales.

Primero es necesario actualizar el RUT incluyendo el código de responsabilidad 55.

De acuerdo con las instrucciones del literal “n” del artículo 631 y los artículos 631-5 y 631-6 del Estatuto Tributario –ET–, modificados con los artículos 16 y 17 de la Ley 2155 de septiembre 14 de 2021 y reglamentados con la Resolución 000164 de diciembre 27 de 2021 (modificada con la Resolución 000037 de marzo 17 de 2022), la gran mayoría de las actuales sociedades nacionales (sin importar si pertenecen al régimen ordinario o al régimen simple) y algunas sociedades extranjeras figuran entre las obligadas a elaborar, antes de diciembre 31 de 2022, el reporte especial de “beneficiarios finales”.

Dicha obligación consiste en mantener reportados los datos básicos de las personas naturales que, actuando individual o conjuntamente, sean titulares, directa o indirectamente, del cinco por ciento (5 %) o más del capital o los derechos de voto de la persona jurídica, y/o se beneficien en cinco por ciento (5 %) o más de los activos, rendimientos o utilidades de la persona jurídica.

Si ninguna persona natural cumple dichos requisitos, se debe identificar a la persona natural que ostente el cargo de representante legal, salvo que exista una persona natural que ostente una mayor autoridad en relación con las funciones de gestión o dirección de la persona jurídica (ver también las 8 preguntas que la Dian respondió sobre este tema en su Oficio 902341 de marzo 23 de 2022).

Luego de hacer el reporte inicial, los obligados deberán actualizarlo a más tardar el primer día hábil de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año solo si se producen cambios en el listado de las personas que a esas fechas califican como beneficiarios finales

De acuerdo con el artículo 8 de la Resolución 000164 de diciembre de 2021, los datos que se deben reportar de cada una de las personas naturales que califiquen como beneficiarias efectivas son:Tipo de documento.
Número de identificación y país de expedición.
Número de identificación tributaria –NIT– o equivalente funcional y país de expedición.
Nombres y apellidos.
Fecha y país de nacimiento.
País de nacionalidad.
Ubicación, incluyendo la siguiente información: país de residencia, departamento o estado, ciudad, dirección, código postal, correo electrónico
Criterios de determinación del beneficiario final.
Porcentaje de participación en el capital de la persona jurídica.
Porcentaje de beneficio en los rendimientos, resultados o utilidades de la persona jurídica, estructura sin personería jurídica o similar.
Fecha desde la cual tiene la calidad de beneficiario final o existe la condición.
Fecha desde la cual deja de tener la calidad de beneficiario final o deja de existir la condición.
La forma de hacer el reporte de beneficiarios finales

El anexo de la Resolución 000164 de diciembre 27 de 2021 solo indica que el reporte se lleva a cabo entregando el formato 2688 v. 1 en XML, para lo cual la Dian ya tiene publicado el respectivo prevalidador tributario especial y una cartilla instructiva.

Sin embargo, en una sección del portal de la Dian se incluyó un instructivo especial indicando que también se hará necesario diligenciar directamente en el portal el formato 2687 en PDF.
“antes de entregar los formatos 2687 y 2688 se hace necesario que la persona jurídica actualice su RUT para incluir en la primera página el nuevo código de responsabilidad 55: “Informante beneficiarios finales””

Ahora bien, en todos los instructivos publicados por la Dian se advierte que antes de entregar los formatos 2687 y 2688 se hace necesario que la persona jurídica actualice su RUT para incluir en la primera página el nuevo código de responsabilidad 55: “Informante beneficiarios finales”.

lunes, junio 13, 2022

Superfinanciera tiene listo borrador de normatividad de criptomonedas

 Superintendente financiero, Jorge Castaño, dijo que en unos días será publicado el documento que fija reglas para las operaciones con estos activos.



En unas dos semanas estaría listo el borrador de una circular externa para la normatividad de las transacciones y operaciones con criptoactivos en Colombia. Así lo dio a conocer el superintendente Financiero, Jorge Castaño, durante un foro en Barranquilla. Este proyecto contendría las reglas de juego para las negociaciones con criptomonedas como el Bitcoin.

Este borrador es uno de los avances que ha hecho la Superfinanciera en torno a la regulación de las criptomonedas en el país, luego de que el año pasado pusiera en marcha una arenera o prueba piloto con varias empresas y plataformas para analizar las operaciones.

Se conoció durante el foro que este borrador ya lo tiene el Banco de la República para su consideración. Además, esta semana también pasó a plenarias de la Cámara de Representantes una iniciativa que busca la regulación de las criptomonedas.

Licencia de paternidad: ¿conoces sus características?

 


La licencia de paternidad es una de una de las causas de ausentismo en el trabajo; esta, es otorgada por mandato de ley como un descanso remunerado a causa del nacimiento o adopción de los hijos del trabajador.

A continuación, responderemos 10 preguntas clave para entender la licencia de paternidad.

La licencia de paternidad es una prestación económica que otorga el sistema de seguridad social en salud a los padres con el objeto de que pasen los primeros días de la vida de su hijo junto a él. Se encuentra contemplada en el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–, modificado por la Ley 2114 de 2021.

Para entender de forma precisa esta prestación económica responderemos 10 preguntas frecuentes sobre la licencia de paternidad.
1. ¿Quiénes tienen derecho a la licencia de paternidad?
“La licencia de paternidad es propia de los padres trabajadores aportantes, pero también es reconocida de igual manera para los padres independientes que realizaron aportes al sistema de seguridad social en salud”

La licencia de paternidad, como se manifestó, es un permiso remunerado, pagado por el sistema de seguridad social (EPS), al que tienen acceso todos los trabajadores, por el nacimiento o adopción de sus hijos, o los de su cónyuge o compañera permanente, para que en dicho período de tiempo ayuden, cuiden y compartan con su hijo.
2. ¿Independientes tienen derecho a la licencia de paternidad?La licencia de paternidad es propia de los padres trabajadores aportantes, pero también es reconocida de igual manera para los padres independientes que realizaron aportes al sistema de seguridad social en salud.


3. ¿Cuánto tiempo se otorga?

La licencia de paternidad se trata entonces del permiso remunerado concedido al padre por 2 semanas, conforme a lo dispuesto en la Ley 2114 de 2021.

Anteriormente, la licencia de paternidad conforme a lo que establecía la Ley 1468 de 2011 correspondía a 8 días de descanso, reafirmada en la Ley 1822 de 2017 y extendida, finalmente, a 2 semanas por la Ley 2114 de 2021.

Según lo dicho por la reciente ley, la licencia de paternidad podrá ampliarse aún más dependiendo de la disminución de la tasa de desempleo estructural. Al respecto, dispone la norma:

1. ¿La licencia de paternidad se concede en días hábiles o calendario?

La norma anterior establecía que la licencia de paternidad se otorgaba por 8 días hábiles, por lo que disponía claramente que en su conteo no se incluirían los domingos ni los festivos.

La Ley 2114 de 2021, por su parte, aumentó la licencia y dispuso un tiempo de 2 semanas, lo cual implica que corresponderá a la semana calendario, incluidos por ello en dicho conteo los domingos y festivos.
2. ¿Quién paga la licencia de paternidad?

La licencia de paternidad al ser un hecho de origen común no guarda relación con el riesgo laboral. La asume el subsistema de seguridad social en salud, a cargo de la EPS a la que pertenezca el trabajador dependiente o independiente, y que tiene la obligación de reconocer, autorizar y pagar la licencia al beneficiario.
3. ¿Qué requisitos se deben cumplir para que se reconozca este derecho?

Conforme a lo manifestado en la Ley 2114 de 2021, la licencia de paternidad se reconocerá cuando:Se trate de un afiliado cotizante al sistema de seguridad social en salud, sea en calidad de trabajador dependiente o independiente, teniendo en cuenta que no se reconoce cuando el padre es un beneficiario.
Recordemos que aplica a los padres por los hijos del cónyuge o compañera permanente, y por los hijos adoptados.
De acuerdo con la norma, se reconocerá proporcionalmente a las semanas cotizadas por el padre durante el período de gestación de la madre.
Los aportes realizados por el padre durante el período de gestación de la madre no pueden encontrarse en mora, salvo que opere el allanamiento a ella.
Debe presentarse el registro civil de nacimiento dentro de los 30 días siguientes al nacimiento o adopción.

4. ¿Qué trámites debe realizar el trabajador y el empleador para su reconocimiento?

Cumplidos los anteriores requisitos, para que la EPS reconozca el pago de la licencia de paternidad se le debe presentar el registro civil de nacimiento del hijo del trabajador.

Dicho registro debe entregarlo el trabajador al empleador, y este último conforme a lo establecido en el artículo 121 del Decreto Ley 19 de 2012 será quien debe radicarlo ante la EPS dentro de los 30 días siguientes al nacimiento o adopción. Después de ese tiempo caducará la posibilidad de realizar tal reclamación.

Se debe recordar que en ningún caso el empleador podrá trasladarle la obligación de realizar tal trámite al trabajador.

La licencia de paternidad se ampliará en una (1) semana adicional por cada punto porcentual de disminución de la tasa de desempleo estructural comparada con su nivel al momento de la entrada en vigencia de la presente ley, sin que en ningún caso pueda superar las cinco (5) semanas

La metodología de medición de la tasa de desempleo estructural será definida de manera conjunta por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Banco de la República y. el Departamento Nacional de Planeación.

La tasa de desempleo estructural será publicada en el mes de diciembre de cada año y constituirá la base para definir si se amplía o no la licencia para el año siguiente.
5. ¿Qué valor se reconoce como licencia de paternidad?

La licencia de paternidad la pagará la EPS sobre el 100 % del valor sobre el cual se realizaron los aportes al sistema de salud en el mes anterior, es decir, se calcula sobre el 100 % del IBC.

6. ¿Cuándo se debe tomar la licencia de paternidad?

Las 2 semanas que se conceden para la licencia de paternidad se reconocerán desde el día del nacimiento o adopción, sin que puedan aplazarse o suspenderse
7. ¿En qué consiste la licencia parental compartida?

Finalmente, es importante tener en cuenta que en la Ley 2114 de 2021 no solo se amplió el tiempo de la licencia de paternidad, sino que también se creó la figura de la licencia parental compartida, alternativa para que los padres puedan flexibilizar o compartir el tiempo de las licencias de maternidad y paternidad entre ellos.

Esta licencia consiste en que los padres pueden distribuir libremente las últimas semanas de la licencia de la madre entre sí (a partir de la semana 13). Es decir, la madre puede repartir o distribuir con el padre las últimas 6 semanas de su licencia de maternidad, con el objeto de que este comparta más de 2 semanas con su hijo. No existe la posibilidad de compartir la licencia de paternidad, pues dicha distribución solo se realiza con la licencia de maternidad.

Por todo lo anterior, los padres tienen derecho a la licencia de paternidad como prestación económica otorgada por el sistema de salud respecto al nacimiento o adopción de sus hijos. Esta corresponde a 2 semanas de permiso remunerado y es pagada por la EPS, pero su trámite debe realizarlo el empleador.