martes, mayo 04, 2021

Es cierto que todo se arregla si se ‘prende la maquinita’?

 


Balance del gerente del Banco de la República, Leonardo Villar, sobre las utilidades de la entidad.

El gerente del Banco de la República, Leonardo Villar, revela que muy probablemente ni este año ni el entrante el Banco generará utilidades para trasladarle al Gobierno Nacional. Explica cómo el Emisor está dispuesto a sacrificar un poco de inflación a cambio de empleo.

¿Es cierta la grave noticia de que el Banco no va a producir utilidades este año? ¡Sería otro gran hueco en las finanzas nacionales!

La respuesta es un poco técnica. El banco es una entidad en principio no diseñada para generar utilidades, pero las genera, e importantes, si la inversión de sus reservas internacionales produce rendimientos. Estos fueron muy altos en los dos últimos años, porque cuando caen las tasas de interés, los bonos que se tienen en la reserva se valorizan. Al contabilizarse como utilidades del Banco, este se las traslada al Gobierno Nacional. Pero hoy las tasas de interés ya bajaron y no pueden seguir bajando más, porque están prácticamente en cero. Cualquier inversión que hagamos va a ser en bonos que no rinden nada, porque no se consiguen bonos con tasas de interés positivas. Y, por el contrario, si llegan a subir las tasas de interés, como empieza a pasar internacionalmente, los bonos que se han comprado recientemente y que pagan intereses de cero se van a desvalorizar. Por eso, las previsiones del Banco sobre utilidades para este año y para el entrante son, o muy bajas, o incluso negativas. Eso es algo muy generalizado en los bancos centrales del mundo hoy en día, y en los fondos de inversión.

El problema es que el Gobierno ya no solo no recibirá esas utilidades, sino que está obligado a pagar por las pérdidas…

En nuestro informe al Congreso proyectamos que las utilidades de 2021 serán negativas en 122.000 millones de pesos. Afortunadamente, el Banco constituyó reservas con las utilidades de los años anteriores, tal como lo establece la ley, las cuales deben ser suficientes para cubrir las pérdidas previstas, de tal forma que el Gobierno no tenga que entrar a pagar por ellas.

Cada rato se oye decir entre personas comunes y corrientes y a veces no tanto, como alcaldes y gobernadores, que el Banco de la República puede ‘prender la maquinita’ para arreglar este hueco fiscal…

Prender la maquinita es lo que se conoce como emisión: sacar nuevo dinero a circulación. Una función normal de los bancos centrales de todos los países, incluyendo, por supuesto, el Banco de la República.

¿Entonces es normal que los bancos centrales hagan emisión?

Sí. Si lo hacen con una política monetaria razonable, encaminada a mantener el poder adquisitivo de la moneda, a mantener la inflación baja, que es su mandato fundamental, ayudan a que la economía funcione bien, y a que haya liquidez. De hecho, el Banco emite permanentemente, y en la coyuntura reciente ha emitido de manera considerable, porque la política monetaria así lo demanda.

¿Y qué efectos ha tenido esa emisión que me menciona?

Se ha podido bajar la tasa de interés, que es el precio del dinero, de un nivel que estaba a comienzos del año pasado en 4,25 por ciento a uno mínimo en la historia de Colombia, desde que existe el Banco de la República, en cerca de cien años, que es 1,75 por ciento. ¿Pero qué pasa cuando los bancos centrales usan la maquinita irresponsablemente? Se generan desequilibrios económicos que pueden ser muy costosos para la sociedad.

Debe ser peligroso, desde que la Constitución del 91 exigió para ello la unanimidad absoluta de la junta del Banco…

Una cosa es prender la maquinita para cumplir los propósitos de la política monetaria, que es rutina del Banco. Muy distinto es prender la maquinita para financiar al Gobierno de manera directa.

¿Cómo sería el caso si se le otorga un crédito?

Sí. Eso es lo que es muy peligroso. En la Constituyente muchos querían cerrar esa posibilidad totalmente, pero se consideró que podría haber algunas circunstancias sin alternativa distinta. Por ejemplo, cuando nadie le quiere prestar al Gobierno.

¿Y esa es la circunstancia hoy en día?

Creo que no.

Supongo que lo dice porque Colombia tiene abiertos sobregiros, por ejemplo, autorizados en el Fondo Monetario Internacional, por 16.000 millones de dólares, y apenas vamos en la tercera parte…

Pero mucho más allá, el Gobierno hoy tiene abierto el crédito mundial, tanto a través de la emisión de TES como de bonos en el mercado internacional. Y lo hace con mucha frecuencia, y con mucho éxito, a tasas de interés muy bajas.

¿Y la credibilidad que tiene Colombia en este momento en los mercados es suficientemente buena como para colocar esos bonos? Bloomberg dice que los bonos de Colombia ya se están vendiendo como bonos basura…

Ciertamente han aumentado las tasas de interés ante la discusión que ha generado la reforma tributaria y la perspectiva difícil sobre su aprobación. Pero las tasas de interés siguen siendo mucho más bajas que en un escenario en el que perderíamos el grado de inversión. La cantidad que el Gobierno tiene que financiar este año es del orden de 95 billones de pesos para cubrir el déficit fiscal de este año. Y en adición a eso, pagar amortizaciones por unos 18 billones de pesos. Conseguir esa cantidad de plata es un reto gigantesco. Para eso necesitamos la credibilidad de Colombia, que en los últimos ochenta años ha pagado sin ninguna dificultad, y que adopta las políticas requeridas para que eso sea posible.

¿En estos momentos emitir un crédito al Gobierno con la maquinita para financiar el gasto público envía un pésimo mensaje a las calificadoras?

Claro, pésimo. Pero, además, a todos los fondos de pensiones internacionales, de bancos extranjeros, que financian al Gobierno de alguna manera, y que se asustarían si ven que Colombia está adoptando prácticas de financiar al Gobierno con recursos de emisión. La experiencia de los países que hacen eso ha sido muy mala.

¿Qué hacen los otros países serios?

Ninguno se financia con créditos directos de la banca central.

Pero aquí tengo, por ejemplo, un titular del ‘Financial Times’ que dice, “Bank of England to directly finance UK government’s extra spending”, de antes de ayer…

Desde hace tiempo ellos tienen una facilidad operativa que ayuda a cubrir desfases pequeños en la financiación del Gobierno. Pero requiere que se pague lo más pronto posible y en cualquier caso antes de terminar el año en curso. Esa facilidad no ha sido utilizada y a pesar de la pandemia se mantiene en un saldo de 370 millones de libras, que no es nada significativo para una economía como la inglesa. El Reino Unido tiene un mercado de títulos estatales que se emiten al estilo de los TES en Colombia, que se compran por parte de cualquier inversionista internacional con muchísima confianza.

¿Usted diría que Colombia está excesivamente endeudada?

Mucho más de lo que había estado en el pasado, pero no excesivamente, porque las razones son totalmente comprensibles. La crisis de la pandemia obligó al Gobierno a aumentar los gastos para ayudar a las familias y a las empresas. La crisis redujo de manera dramática los impuestos que podía cobrar el Gobierno. Nos podemos endeudar más porque todavía hay confianza en Colombia. Y esa capacidad hay que mantenerla, pero como le pasa a una familia: mostrando que no va a endeudarse a ese ritmo indefinidamente en el futuro.

Se calcula que los gastos sociales más urgentes requieren alrededor de 5 billones de pesos anuales, que se consiguen. Pero ¿para eso era necesario incurrir en esta reforma tributaria tan costosa?

Sería fácil como usted dice si el Gobierno dijera, bueno, vamos a parar todas las demás actividades, y, por ejemplo, no les volvemos a pagar a los maestros ni a la salud, ni hacemos obras públicas ni transferencias a los entes territoriales. Pero el Gobierno sigue funcionando, y todas esas actividades, en un contexto en que sus ingresos se cayeron, están implicando un déficit, que vale hoy 95 billones de pesos. Pero hay que agregarle a eso otros 5 billones y ya no son 95 sino 100 o 105 billones de pesos, que empiezan a generar preocupaciones en los prestamistas internacionales, y se manifiestan, ahí sí, en la reacción que puedan tener las calificadoras de riesgo.

¿Y por qué nos deben importar tanto las calificadoras de riesgo?

Son la visión de los inversionistas internacionales sobre qué tan sostenible son las finanzas públicas de cada país. Si uno excede el déficit y la necesidad de deuda adicional, esas calificadoras pueden decir que ya invertir en bonos colombianos no es tan seguro.

Algunos dirán, doctor Villar, que por qué endeudarnos por ejemplo en dólares, cuando la directora de la Reserva Federal de EE. UU. anunció que iba a revaluar la moneda de los Estados Unidos. ¿Por qué no endeudarnos en pesos a través del Banco de la República, que nos evita el riesgo de la subida del dólar?

Es muy válida esa inquietud, y hay un movimiento de la política de endeudamiento, que viene desde hace más de dos décadas, tratando de que una parte importante de la deuda pública no sea en dólares sino en pesos. En el pasado no había un mercado interno de capitales que permitiera financiar al Gobierno en pesos, a través de TES. Hoy, la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Hacienda ha logrado generar un mercado muy profundo y muy grande de TES, a través de los cuales se financia en pesos, y la composición de la deuda entre pesos y dólares se ha movido en la dirección de mayor peso –valga la redundancia– para financiamiento en pesos colombianos.

¿Y entonces?

En el último año, el tamaño del mercado colombiano para financiar al Gobierno en pesos no es suficientemente grande, y el déficit es de tal magnitud que nos obliga a financiarnos en mayor grado en dólares. Una cosa es financiarse sanamente en pesos, en el mercado interno, pero otra muy distinta sería financiarse mediante emisión, que podría llevar a que muchos de quienes hoy compran títulos en dólares digan: 'si el gobierno se financia con el Banco de la República y eso termina convirtiéndose en un desorden monetario, que al final es inflación, entonces los bonos que yo compre se van a desvalorizar por inflación, y mejor yo no sigo comprando esos bonos'. La paradoja es que al quitarle credibilidad a la política monetaria colombiana se la quita al mercado de títulos emitidos por el Gobierno. Y esa es una de las razones por las cuales es tan importante mantener esa separación entre los objetivos de la política monetaria con la autonomía del Banco de la República y los de la política fiscal.

Me queda la inquietud de si ante las necesidades de esta pandemia no estamos siendo demasiado ortodoxos… La Constitución del 91 le encargó al Banco cuidar la inflación. ¿No será que llegó el momento de que cuide también el empleo?

Ha habido interpretaciones y sentencias de la Corte Constitucional que hacen absolutamente claro que el Banco de la República, a la vez que cuida la inflación, también ayuda a estabilizar el ritmo de crecimiento de la economía. Eso explica que después de los peores momentos de la crisis en los segundos trimestres del 2020 haya habido una situación de amplia liquidez, con tasas de interés bajas, lo que ayuda a que la economía venga recuperándose de manera importante.

Insisto. ¿En este momento de crisis, el Banco de la República haría ese ‘trade off’ que llaman los gringos, o esa compensación entre inflación y desempleo, sacrificando uno a costa de mejorar el otro?

El Banco está haciendo una política muy expansiva, incluso buscando que la inflación suba un poco, porque la recesión bajó la inflación por debajo de las metas.

O sea, aguantamos un poco más de inflación, con base en bajar el desempleo…

La política monetaria expansiva también lo llevó a bajar la tasa de interés fuertemente, para ayudar a bajar el desempleo, y aumentar la actividad económica, lo cual subirá un poquito la inflación hasta niveles acordes con las metas del Banco.

¿Que son cuáles?

La meta anual es del 3 por ciento de inflación. Hoy está en 1,5 por ciento.

¿Hay que repartirle plata a la gente para que resucite la economía?

Diría que un país como Colombia requiere apoyos del Gobierno para ayudar a solventar situaciones tan críticas y tan difíciles como las de esta pandemia. En la medida en que esa financiación no llega por la vía de impuestos se necesita endeudamiento, y políticas como las del Banco de la República han ayudado a que el Gobierno y el país cuenten con la credibilidad requerida para endeudarse y financiarse adecuadamente para cumplir esos propósitos.

MARÍA ISABEL RUEDA

Propiedad horizontal: destinación de bienes inmuebles para uso turístico

 


Los copropietarios o el administrador pueden destinar bienes inmuebles de la copropiedad a servicios turísticos previo cumplimiento de determinados requisitos.

A continuación, realizamos un estudio de los aspectos a tener en cuenta en la destinación de dichos bienes para vivienda turística.

El artículo 2.2.4.4.12.1 del Decreto 1074 de 2015 establece que cualquier persona natural o jurídica que entregue un bien inmueble para uso de una o más personas a cambio de un pago, por períodos inferiores a treinta (30) días calendario de manera habitual, se considera prestador de servicios turísticos. Este artículo a su vez determina que estos inmuebles deben encontrarse inscritos ante el Registro Nacional de Turismo de manera obligatoria para efectos de que el inmueble pueda ser utilizado como vivienda turística.

En la siguiente infografía realizamos una síntesis de las medidas que deben tenerse en cuenta para la destinación a vivienda turística en copropiedades de uso residencial:

Inscripción en el Registro Nacional de Turismo

El artículo 20 del Decreto 504 de 1997 establece los requisitos generales que deberán cumplir los prestadores de servicios turísticos. Entre estos requisitos se encuentran los siguientes documentos:
Nombre, identificación y domicilio de la persona natural o jurídica que actúa como prestadora del servicio.
Descripción del servicio o servicios turísticos que presta.
Prueba de la existencia y representación legal. Para personas jurídicas, el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio; si es una persona natural, el certificado de inscripción en el registro mercantil.

Acreditación de capacidad técnica, operativa, financiera y de la procedencia de capital.
Seguridad de la prestación del servicio al turista.
Pagos de industria y comercio e impuesto al valor añadido –IVA–.
Tipo de contrato

El prestador del servicio (dueño del inmueble) y el usuario deberán celebrar un contrato de hospedaje según lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley 300 de 1996, la Ley 1101 de 2006 y las disposiciones pertinentes del Código de Comercio (artículos 1192 al 1199). Para este tipo de servicios turísticos no serán aplicables las normas que regulan el contrato de arrendamiento de vivienda urbana.

Servicio de vivienda turística en copropiedades

El artículo 2.2.4.4.12.3 del mencionado Decreto 1074 de 2015 indica que en el reglamento interno de las copropiedades de uso residencial deberá encontrarse previamente autorizada la destinación de uno (1) o varios bienes inmuebles, en todo o en parte, a la prestación de manera permanente u ocasional de servicios de vivienda turística. Esto con ocasión a lo previsto en numeral 7 del artículo 5 de la Ley 0675 de 2001, la cual establece que el reglamento de la copropiedad deberá determinar la destinación de los bienes de dominio particular que conforman el edificio o conjunto.

Al respecto, el Consejo de Estado, mediante la Sentencia 110010324000201000402 00 de 2021, señaló que esta destinación debe encontrarse prevista en el reglamento interno, toda vez que el artículo 18 de la ley en mención indica que los copropietarios de bienes de uso particular se encuentran obligados a usarlos de acuerdo con su naturaleza y destinación en la forma prevista en el reglamento de propiedad horizontal. Además, dispuso que “en caso de uso comercial, el propietario únicamente podrá utilizar el bien para (…) los fines u objetos convenidos en el reglamento de propiedad horizontal, salvo autorización de la asamblea”.
Reporte de bienes destinados a vivienda turística no autorizados o registrados

Mediante el parágrafo del referido artículo 2.2.4.4.12.3 del Decreto 1074 de 2015 se establece que el administrador de la copropiedad deberá reportar ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, los bienes destinados a vivienda turística que no estén autorizados en el reglamento interno de la copropiedad o no se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Turismo.
Registro de hospedados

Los copropietarios o el administrador de la copropiedad deberán diligenciar tarjetas de registro por cada hospedado (la información que debe contener esta tarjeta se encuentra dispuesta en el artículo 2.2.4.4.12.4 del Decreto 1074 de 2015). Estas tarjetas deben permanecer en la administración para efectos de control mientras los hospedados permanezcan en la copropiedad y deberán ser conservadas en un archivo por un término mínimo cinco (5) años a partir de la fecha de salida de los huéspedes.
Terminación anticipada del contrato de hospedaje

El copropietario o administrador podrá dar por terminado el contrato de hospedaje y, como consecuencia, reclamar la devolución inmediata de la vivienda turística sin necesidad de pronunciamiento judicial cuando la conducta y el comportamiento de los huéspedes atenten contra la tranquilidad, seguridad y salubridad de los demás huéspedes o residentes. También procederá la terminación del contrato cuando el hospedado o sus acompañantes incumplan lo establecido en el reglamento interno de la copropiedad.

En cualquiera de los casos anteriores, el hospedado podrá solicitar la devolución del dinero por el servicio no disfrutado y el propietario o administrador estará obligado a devolverlo.
Conductas sancionables para los prestadores de servicios turísticos

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo podrá imponer sanciones a los prestadores de servicios turísticos por las siguientes conductas:
Presentar documentación falsa o adulterada al Mincomercio.
Utilizar publicidad engañosa o que induzca a error al público sobre precios, calidad o cobertura del servicio turístico.
Ofrecer información engañosa respecto a la modalidad del contrato, la naturaleza jurídica de los derechos surgidos del mismo y sus condiciones, o sobre las características de los servicios turísticos ofrecidos y los derechos y obligaciones de los turistas.
Incumplir los servicios ofrecidos a los turistas.
Incumplir las obligaciones frente a las autoridades de turismo.
Infringir las normas que regulan la actividad turística.
Operar sin registro de que trata el artículo 61 de la Ley 300 de 1996.

Seis países en el mundo ya cuentan con monedas digitales de sus bancos centrales

 

China, Bahamas y cuatro islas del caribe ya cuentan con divisas virtuales. Suecia y la Unión Europa estudian la posibilidad

La emisión de monedas virtuales es un tema que ha ganado participación en las agendas de los organismos económicos internacionales y de los bancos centrales. De acuerdo con un informe de Bloomberg Economics, en el mundo ya hay seis países que cuentan con su propia divisa digital, mientras que otros 46 estudian la posibilidad de desarrollar las suyas.


Uno de los países con su propia moneda digital es Bahamas, que emitió Sand Dollar en octubre del año pasado y la puso a disposición de los cerca de 393.000 residentes del archipiélago. Se considera la primera divisa electrónica propia de un país, pues aunque Venezuela lanzó Petro antes, esta no cuenta con el respaldo del banco central nacional.

La divisa de Bahamas se emitió en un programa piloto en el que se utilizaron 48.000 Sand Dollars en las islas Exuma y Ábaco. Cada Sand Dollar está vinculado al dólar de las Bahamas, que a su vez está vinculado al dólar estadounidense y equivale aproximadamente a $3.695. La moneda ya es aceptada en Nassau.

Quizá una de las divisas digitales más conocidas es CiberYuang, que fue emitida por primera vez por el Banco Popular de China en las primeras semanas del pasado abril. Esta moneda aún se encuentra en una fase de prueba y desarrollo y solo circula en entornos cerrados, mas no hace parte del sistema actual de emisión de monedas soberanas.

Según los planes del Banco Popular de China, “a corto plazo, la moneda digital del banco central no se emitirá en grandes cantidades para el público". En una primera etapa, la entidad ofrecerá el dinero digital a bancos comerciales y otros operadores, y luego el público podrá transferir el dinero en sus cuentas bancarias a la versión digital del yuan y depositarlo en billeteras electrónicas.
Al ser una moneda respaldada por el emisor central del país, tiene una equivalencia igual a un yuan, que es US$0,15.

De acuerdo con Pedro Gutiérrez, director de Nem Blockchain, una vez el yuan digital se tome la economía de la primera potencia del mundo, el dólar tendrá que desplazarse y “se verá una rápida adopción de esta tecnología en el resto de países”. Según el experto, “esto logrará que se realicen operaciones comerciales con gran rapidez”.

LOS CONTRASTES

Mauricio TovarDirector de Fundación Blockchain Colombia

“Uno de los mayores riesgos está relacionado con la privacidad, pues si estos pagos están atados a la identidad, no son privados y el Banco conocerá quién los hace”.

Carlos MesaDirector de Bitcoin Colombia

“La creación de una moneda digital en cualquier país es igual a lo que hace cualquier banco central cuando emite sus billetes. Esto hará que todo sea más rápido”.

En el Caribe, San Cristóbal y Nieves, Antigua y Barbuda, Santa Lucía y Granada también cuentan con una moneda digital, que no solo circula en cada país, sino que se puede usar en transacciones hacia los otros países en lo que también circula.

DCash, emitido por el Banco Central del Caribe Oriental, es la primera moneda basada en tecnología blockchain introducida por una autoridad monetaria en el mundo. Además, usa el mismo sistema para transacciones realizadas con criptomonedas como el Bitcoin.

De acuerdo con el Emisor del Caribe, el proyecto pretende poner esta moneda en circulación en otras islas de la región como Anguila, Dominica, Montserrat y San Vicente y las Granadinas para 2025, año en el que también se espera una reducción de 50% del dinero físico que circula entre las economías insulares de su jurisdicción.

Gutiérrez comenta que la implementación de las monedas electrónicas aumenta la inclusión financiera y permite que la divisa pueda ser un agente universal que se transe mediante opciones como Visa y Mastercard en cualquier lugar del mundo.

Como se mencionó antes, tras las iniciativas de China y de las islas del Caribe, en 46 naciones más se debate la posibilidad de crear una moneda digital.

En ese escenario, el Banco Central Europeo, encabezado por Christine Lagarde, anunció que está trabajando en un proyecto para la creación del Euro Digital, que podría estar listo en menos de cinco años. De la misma manera, el emisor central sueco dijo que trabaja en un proyecto piloto para la creación de una e-krona, pero no espera finalizar los estudios sino hasta 2026.

Cabe mencionar que la situación del bloque europeo actualmente no es prometedora, pues países como Alemania se han opuesto a la creación de la divisa digital argumentando el colapso del sistema bancario y la dificultad para dar garantías sobre la información financiera personal de los usuarios.

Mauricio Tovar, director de la Fundación Blockchain Colombia dijo que uno de los mayores riesgos de estas monedas está relacionado con la privacidad de los datos, pues si estos pagos están atados a la identidad y no son privados, el banco central conocerá cada pago, compra o movimiento que se haga.

lunes, mayo 03, 2021

La Dian buscaría universalizar el impuesto sobre la renta con la factura electrónica

 A la fecha, la entidad ha validado 1.231,95 millones de facturas electrónicas y ya hay un total de 584.961 empresas habilitadas para utilizar el mecanismo


Los colombianos cada vez utilizan más la factura electrónica. De hecho, según cifras de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), a la fecha se han validado 1.231,95 millones de documentos por un valor de $1.740,1 billones. Además, en total, hay 584.961 empresas habilitadas para facturar electrónicamente de las que 143.711 utilizan el servicio gratuito de la Dian.

Ahora, a pesar de que hoy la factura electrónica solo se utiliza como soporte de las ventas, la Dian estaría pensando en utilizar este mecanismo para universalizar la declaración del impuesto de renta.

“La Dian tiene la capacidad de facturar renta y lograr universalizar el impuesto, (...) puede convertir el impuesto a la renta como es hoy en día el impuesto predial, que le llega a la casa a los ciudadanos, con el propósito de hacérsela simple, hacérsela fácil”, dijo Lisandro Junco, el director de la entidad, en el Foro LR ‘Llegó la hora de la tributaria’.




Esto, según Junco, le haría la vida más fácil a los contribuyentes, pues la declaración llegaría directamente, evitando costos adicionales o posibles sanciones. En otras palabras, la entidad está buscando ir a las personas, una estrategia que ya se ha venido implementando con las declaraciones sugeridas.

En cifras, en 2020 se emitieron 3,1 millones de declaraciones sugeridas, 297% más que en 2019. De acuerdo con el director de la Dian, esto habría impulsado el aumento en el número de declarantes, que ahora llega a 3,8 millones.

“La apuesta con nuestra estrategia de ampliar la base de personas naturales con la universalización de renta, es llegar incluso a siete millones de declarantes, no todos van a pagar”, explicó Junco.

La lucha contra la evasión

Según algunos expertos, la factura electrónica es u n mecanismo eficaz para la lucha contra la evasión y la elusión de impuestos.

LOS CONTRASTES

Guillermo BerríoBPO Partner en Crowe Colombia

“La factura electrónica contribuye en la lucha contra la evasión de forma importante, hemos visto que el comercio formal ya está cumpliendo con esta obligación”.

“La factura electrónica contribuye en la lucha contra la evasión de forma muy importante, hemos visto que ya el comercio formal está cumpliendo con esta obligación, no sucede lo mismo con la llamada “economía informal” donde los niveles de evasión son muy altos. Con la implementación de la factura electrónica en este segmento el recaudo sería sustancialmente mayor”, dijo Guillermo Berrío, BPO Partner en Crowe Colombia.

De hecho, uno de los puntos de la reforma tributaria plantea la implementación de una deducción en renta de hasta 10% a las personas naturales que utilicen la factura electrónica, esto con el fin de ampliar el uso del mecanismo y hacer que los mismos contribuyentes apoyen la lucha contra la evasión.

“Toda Colombia fiscalizando la informalidad y la evasión. La apuesta de nosotros de permitir esa deducción de 10% en las compras de los clientes nos va a servir a nosotros para poder capturar los datos y hacer las declaraciones sugeridas o facturas de renta”, dijo Junco.

Sin embargo, para algunos expertos el Gobierno también debe centrarse en fomentar una buena cultura tributaria.

“Esta norma es coherente e incentiva el recaudo del IVA, sin embargo, considero que la prioridad del Gobierno debe estar orientada a crear una cultura tributaria en todos los ciudadanos y personas jurídicas, fomentando el cumplimiento de las obligaciones formales que establece la factura electrónica”, anotó Berrío.

El proyecto de ley de solidaridad sostenible también incluye otros puntos para dar un impulso a la facturación electrónica, como bajar a 1.400 UVT, aproximadamente $51 millones ingresos brutos, el monto para quienes están obligados a facturar electrónicamente.

Recaudo de $40 billones por la evasión

Según Lisandro Junco, la Dian ha alcanzado un recaudo de $40 billones por la lucha contra la evasión y elusión de impuestos. Con esto en mente, expertos aseguran que el Gobierno, además de hacer una reforma tributaria, debe enfocarse en aumentar los esfuerzos en esta materia.

“El tema de la evasión siempre va a ser un reto y debe haber unos esfuerzos permanentes en su lucha, fortaleciendo instrumentos tecnológicos y la capacidad de la Dian para eso”, señaló Carlos Sepúlveda, decano de Economía de la Universidad del Rosario.

domingo, mayo 02, 2021

Emisor cree que el PIB crecerá 6% este año

 Banco de la República revisó al alza el pronóstico de crecimiento para 2021. Sin embargo le preocupa que no se logre un ajuste fiscal.


El Banco de la República mantuvo inalterada la tasa de interés en 1,75% en la última reunión de su junta directiva.

Según explicó el gerente del Banco, Leonardo Villar, la decisión de la Junta Directiva del se tomó por mayoría, en una votación de seis votos a uno,

Así mismo, el Emisor revisó al alza el pronóstico de crecimiento del PIB para 2021 al pasar de 5,2% a 6% en el escenario central, teniendo en cuenta un desempeño de la economía mejor que lo esperado en el primer trimestre. No obstante, la aparición de rebrotes de la pandemia de intensidad y duración inciertas, así como la incertidumbre en el frente fiscal, podrían alterar esta proyección.

Además, la decisión tuvo en cuenta que la inflación total a fin de marzo fue de 1,51% anual y la inflación sin alimentos y regulados de 0,94%. Por su parte, el pronóstico de inflación del equipo técnico y las expectativas de inflación del mercado están en línea con una convergencia de la inflación a la meta de 3% en 2021 y 2022.

De acuerdo con el Banco, los datos revelados por el Dane muestran una tasa de desempleo de 14,2% en el total nacional en marzo, y un nivel de pobreza monetaria de 42,5% en 2020. El elevado desempleo y el incremento de la pobreza son fenómenos que justifican una tasa de interés de política históricamente baja como la actual.

Para el Emisor, existe una preocupación de no lograrse el ajuste fiscal requerido, pues se podría comprometer el acceso y aumentar el costo del financiamiento público, lo cual limitaría el espacio de la política monetaria para seguir apoyando la recuperación de la actividad económica y el empleo.

Inversiones temáticas - Genomics

 El mundo de las inversiones es bastante amplio como también lo son las diferentes formas de enfrentarse al mismo.


En esta nueva oportunidad se hablará de las inversiones temáticas, un enfoque de inversión que busca encontrar tendencias de largo plazo, en vez de enfocarse en empresas o sectores en específico. Estas megatendencias suelen tener diferentes características como lo son inversiones innovadoras que tengan el potencial de darle una nueva forma al mundo. Además, podrían reflejar un gran potencial de crecimiento, pero sin olvidar que son inversiones de largo plazo.

Algunos ejemplos son inversiones relacionadas con el cambio climático, la tecnología 5G, Fintech, cambios demográficos o Genomics -también conocida como la revolución del genoma humano- que es la idea que se desarrollará en las siguientes líneas.



Para entender bien esta megatendencia, es importante definir dos términos.
El primero de ellos es el ADN, el cual es la molécula que contiene el código genético de un ser vivo. Y el otro, son los genes; que son una pequeña sección de ADN que tiene un rasgo hereditario determinado.

Los humanos tenemos alrededor de 30.000 genes y todo el material genético del organismo se llama Genoma. Los genes no son estables y pueden cambiar a través de mutaciones heredadas, con la edad o al ser alterados o dañados por sustancias químicas o por radiación.

La revolución del genoma humano nace en 1990 con un proyecto internacional sin precedentes que tuvo un costo de US$2.700 millones y tenía como objetivo realizar la primera secuencia completa del genoma de un individuo. Para ello se requirieron 13 años y cientos de científicos de diferentes nacionalidades.

Al finalizar el proyecto se logró el primer borrador de la secuencia del genoma humano y ahora el desafío para los investigadores y científicos es determinar cómo leer e interpretar el contenido y luego comprender cómo funcionan de forma conjunta.

En este sentido, la investigación basada en el genoma eventualmente permitirá que la ciencia médica desarrolle herramientas de diagnóstico altamente efectivas, para así poder comprender mejor las necesidades de salud de las personas en función de su estructura genética individual y adicionalmente diseñar nuevos tratamientos altamente efectivos para las enfermedades.

Este, sin lugar a duda, ha sido el proyecto más ambicioso de la historia de la biología, incluso algunos científicos lo catalogan como uno de los grandes avances de la humanidad.

Cuando hablamos de la Medicina del Genoma esta incluye una serie de terapias que intentan curar enfermedades modificando el genoma de un paciente, cambiando la expresión de genes dentro de su cuerpo incluso rediseñando células o enviando instrucciones directamente a ellas. Entre algunas de estas terapias se pueden mencionar, la terapia y edición de genes, terapias de ARN mensajero - la cual fue la base para algunas de las vacunas del covid-19-, terapia celular, epigenética y el diagnóstico molecular.
Obtener la primera secuencia, llevo más de 10 años y una inversión multimillonaria. Sin embargo, menos de dos décadas después, el costo de secuenciar un genoma se ha reducido a menos de US$600 y, según el equipo de investigación de la gestora ARK Investments, el costo podría caer a menos de $100 en los próximos cinco años, algo crítico para impulsar su adopción ya que, a pesar de su rápido declive, el alto costo de la secuenciación ha impedido la adopción masiva de dicha tecnología en la investigación fundamental en áreas como la agricultura y ciencias de la vida.

Cuando analizamos las perspectivas de crecimiento que tiene el mercado global de genoma, según la empresa de investigación Fortune Bussiness Insights se estima que el tamaño del mercado crezca de US$18.850 millones en el que fue valorado en 2019, A US$82.600 millones para 2027. Esto implicaría una tasa crecimiento anual compuesto de 19,5%.

Adicionalmente existen otros mercados los cuales se espera se beneficien de esta revolución genómica. Según Global Market Insights, el mercado de pruebas genéticas el cual fue valorado en US$14.800 millones en 2020 se espera crezca entre 2021 y 2027 a una tasa anual compuesta de 11,6%. Superando los US$31.800 millones. Esto, principalmente gracias a la creciente aplicación de pruebas genéticas en áreas como la oncología, enfermedades genéticas y en la atención clínica.

Algunos de los principales factores que impulsan el crecimiento de estos mercados incluyen el aumento de la financiación gubernamental, la creciente incidencia de cáncer y enfermedades raras en la población global y el alcance de dicha tecnología el cual apenas comienza a verse aplicado en sectores como la medicina, agricultura, energía verde con los biocombustibles, en la protección del medio ambiente y en la seguridad alimentaria.

No cabe duda de que este sector es prometedor, sin embargo, invertir en él conlleva un alto riesgo. Históricamente, por cada fármaco candidato comercializado, otros 24 han fracasado. Adicionalmente, la gran mayoría de las empresas de biotecnología y genómica son empresas pequeñas, centradas en descubrir y desarrollar nuevos medicamentos y terapias enfrentándose a severas regulaciones la cual agrega riesgos a la naturaleza volátil del desarrollo de medicamentos.

Adicionalmente, estas son compañías de crecimiento y en su mayoría no son rentables debido a que enfrentan altos costos de desarrollo. Si bien los medicamentos y terapias exitosas pueden generar miles de millones en ingresos, solo entre 10% a 12% de los medicamentos que ingresa a los ensayos clínicos llegan al paciente. Por lo tanto, invertir en esta temática conlleva riesgos, algo que refleja la alta volatilidad donde uno podría esperar volatilidades anualizadas -medidas por la desviación estándar- entre un 30%, 40% o incluso 50%, por lo que es una inversión de largo plazo que no se ajusta a todos los perfiles de inversión.

sábado, mayo 01, 2021

Sagrilaft deberá implementarse antes del 31 de mayo según regulación de Supersociedades

 


Multas por incumplimiento de la implementación podrían alcanzar hasta 200 salarios mínimos legales vigentes

La Superintendencia de Sociedades modificó su regulación referente al control de lavado de activos con la expedición de la circular del 24 de diciembre de 2020, la cual implementó diversos cambios a los empresarios para este año con el nuevo sistema Sagrilaft. Andrés Jiménez, socio de KPMG Forensic en Colombia, explicó cómo deben responder las empresas ante esta nueva regulación.

¿Qué cambios trajo la pandemia al modus operandi del lavado de activos?

La pandemia generó cambios en la forma en que trabajamos y eso también generó que los criminales aumentaran sus actos ilegales. Alrededor del mundo se dieron más procesos de corrupción y lavados de activos. Desde el punto de vista del fenómeno, el crimen organizado empezó a aprovecharse de la situación de desventaja de las empresas para lavar dinero.

¿Cómo está Colombia en el tema de lavado de activos?

En un país como Colombia, el narcotráfico y la corrupción buscan que los recursos ilegales traten de incorporarse a la economía a través del lavado de activos. Es importante recalcar que las cifras se miden en los casos que judicializan las autoridades, pero hay que tener cuidado con este análisis porque puede ser un proceso de varios años. De esta forma, las autoridades han judicializado empresas y casos que han comprometido un promedio de $3 billones relacionados con el lavado de activos.

¿Cuál fue el cambio de regulación de la Supersociedades?

La entidad ya tenía una regulación en lavado de activos desde 2016. Esa cifra cobijaba a empresas que tuvieran un monto de activos de $140.000 millones. Pero con la nueva circular del 24 de diciembre de 2020, las empresas que tengan activos superiores a 40.000 salarios mínimos ($35.000 millones) ahora están obligadas a implementar el sistema Sagrilaft.

¿Hubo cambios adicionales?

Sí. Ahora las empresas que cuenten con servicios de activos virtuales relacionados con criptoactivos y bitcoins deberán integrarse a la nueva regulación si ganan más de $2.600 millones. Adicionalmente, las organizaciones deberán designar una figura oficial de cumplimiento que no tenga condición de administrador o de control como auditor interno.

¿Qué implicaciones tiene este nuevo cambio?

La baja en el rango de $35.000 millones incluirá a muchas organizaciones en Colombia de corte familiar y microempresas y otras con importancia regional que desde el punto de vista social y cultural nunca se han visto envueltas en estos procesos. Es un cambio importante y agresivo, pero desde el punto de vista de prevención es necesario pues hace parte de la regulación y de la recomendación internacional.

¿En qué consiste el sistema Sagrilaft?

Se trata de la Prevención del Riesgo de Lavado de Activos y busca que las empresas identifiquen sus riesgos, los midan y apliquen controles de auditoría al sistema para diseñar planes que eviten el lavado de activos en cualquier parte de sistema empresarial. La circular del 24 de diciembre obliga a que se tengan controles más estrictos y que toda la cadena de la empresa esté al tanto del sistema para no incurrir en el delito. Además, deben capacitar a todo el personal en sistemas tecnológicos para el cumplimiento de Sagrilaft.

¿Qué otros procesos deben aplicar las empresas?

La empresa, además de tener el oficial de cumplimiento, debe informar a toda la organización, tiene que establecer los controles en formatos de software y controles de tecnología. La junta directiva debe saberlo, así como los representantes legales y, si es necesario, los clientes. Debe existir un reporte de la medición de los riesgos y deben quedar documentados.

¿Cuál es la fecha límite para reportar la implementación del sistema a Supersociedades?

Las empresas tienen hasta el 31 de mayo para la implementación del sistema Sagrilaf según lo estipulado en la circular de la Superintendencia de Sociedades del 24 de diciembre de 2020.

¿Existen sanciones en caso de no cumplir con la integración de este sistema a las empresas?

Lo que establece la reglamentación es que existan multas para la empresa, para el representante legal, revisor fiscal y para el oficial de cumplimiento de hasta 200 salarios mínimos legales vigentes o $180 millones. A la fecha, Supersociedades no ha impuesto una multa mayor a $50 millones.

Responsabilidad del revisor fiscal ante deficiencias del control interno

 


Conocer al cliente implica que el revisor fiscal evalúe el sistema de control interno de una entidad. Dicha evaluación le permitirá identificar posibles deficiencias.

Conoce en este editorial las responsabilidades del revisor fiscal cuando identifica deficiencias del control interno de una entidad.

Antes de abordar las responsabilidades del revisor fiscal ante las deficiencias de control interno en una entidad, cabe recordar qué se entiende por este tipo de deficiencias, así como por evaluación del control interno, y cuáles son los riesgos asociados a las posibles deficiencias del control interno.

De acuerdo con el apartado 6 de la Norma Internacional de Auditoría –NIA– 265 – Comunicación de las deficiencias en el control interno a los responsables del gobierno y a la dirección de la entidad, una deficiencia del control interno existe cuando:

“(i) un control está diseñado, se implementa u opera de forma que no sirve para prevenir, o detectar y corregir incorrecciones en los estados financieros oportunamente; o

(ii) no existe un control necesario para prevenir, o detectar y corregir, oportunamente, incorrecciones en los estados financieros”.

Así pues, si el control diseñado no previene, detecta o corrige incorreciones oportunamente, se habla de deficiencia del control interno. Dichas deficiencias pueden ser encontradas por el revisor fiscal bien sea en su etapa de planeación, donde deberá identificar riesgos a través de indagaciones, o en su etapa de ejecución, donde aplicará técnicas y procedimientos que lo podrían llevar a identificar deficiencias en el control interno.
Evaluación del control interno

En la etapa de planeación de la auditoría, el revisor fiscal deberá obtener un conocimiento de la entidad y su entorno, el primero de ellos incluye un conocimiento acerca del control interno; en consecuencia, la evaluación del control interno constituiría una responsabilidad del revisor fiscal.

En esta evaluación, el revisor fiscal podrá tener en cuenta lo establecido en el Committee of Sponsoring Organizations –COSO– y sus cinco componentes:
ambiente de control,
evaluación de riesgos,
actividades de control,
información y comunicación, y
actividades de monitoreo.

Esto permitirá al revisor fiscal realizar pruebas de cumplimiento, las cuales determinarán el riesgo y, por ende, el alcance de los procedimientos del revisor fiscal.
Riesgo de control y responsabilidad del revisor fiscal

Para evaluar el sistema de control interno, el revisor fiscal deberá tener en cuenta los tres tipos de riesgos que pueden surgir en su auditoría: inherentes, de control y de detección:

Riesgo inherente

Riesgo de control

Riesgo de detección

Propios de la naturaleza de la entidad e independientes de su control interno.Probabilidad de que los controles de la entidad no permitan detectar y corregir errores a tiempo.Relacionada con la posibilidad de que el revisor fiscal no detecte errores en su procedimiento.

 

El riesgo relacionado de forma más directa con el control interno y sus posibles deficiencias es el riesgo de control, puesto que se refiere a la ausencia de actividades de control que establezcan las entidades para prevenir, detectar y corregir desviaciones en sus procesos.

De detectarse deficiencias en el control interno, el riesgo de control con el que trabajará el revisor fiscal será mayor y, por ende, deberá realizar una mayor cantidad de pruebas sustantivas, las cuales podrán fundamentar la validez e integridad de la evidencia obtenida para que el revisor logre realizar su respectivo dictamen, y menores pruebas de cumplimiento, las cuales tienen como objetivo cerciorarse del cumplimiento de los procedimientos.

Pruebas de cumplimiento

Pruebas sustantivas

Su objetivo es probar el funcionamiento de los controles.Su objetivo es determinar eventuales errores para fundamentar la confiabilidad de la información.

 



Las pruebas sustantivas tienen un alcance inversamente proporcional a los resultados bajos en las pruebas de control. Por tanto, cuando se identifique una deficiencia en el control interno, en cualquiera de las primeras dos etapas del trabajo del revisor fiscal: planeación y ejecución, el revisor fiscal estará en la responsabilidad de ampliar el alcance de sus procedimientos.

Por el contrario, si el nivel de cumplimiento de la entidad es alto, es decir, hay un riesgo de control bajo, el revisor fiscal deberá realizar pruebas de control extensas y sustantivas cortas.
Otras responsabilidades del revisor fiscal
“si el revisor fiscal identifica deficiencias en el control interno de una entidad, tendrá la responsabilidad de realizar los procedimientos necesarios para lograr la confiabilidad de su evidencia”

En concordancia con lo anterior, si el revisor fiscal identifica deficiencias en el control interno de una entidad, tendrá la responsabilidad de realizar los procedimientos necesarios para lograr la confiabilidad de su evidencia.

De acuerdo con el Dr. Roberto Valencia, especialista en Normas Internacionales, cuando el revisor fiscal identifica una deficiencia en el control interno, estará en la responsabilidad de determinar si dicha deficiencia es significativa.

En el caso de que la deficiencia sea significativa y que a juicio profesional del revisor fiscal su comunicación no afecte su trabajo, podrá comunicar la deficiencia de control a la dirección. No obstante, si el revisor detecta más de una deficiencia, y la combinación entre ellas constituye deficiencias significativas, sí estará en la responsabilidad de comunicar al máximo órgano de la entidad de forma oportuna.


En la siguiente infografía se podrán conocer, según lo planteado en la NIA 265, las cuestiones que se deberán tener en cuenta a la hora de determinar si una deficiencia o un conjunto de estas constituyen deficiencias significativas:


El PIB colombiano se contrajo 6,8% en 2020 y 3,6% en el cuarto trimestre según el Dane

 Los sectores con los mejores desempeños fueron las actividades agropecuarias, financieras, inmobiliarias y de administración pública


Hoy el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Dane, dio a conocer los resultados de la economía colombiana, que se contrajo 6,8% en 2020.

Anualmente, hubo cuatro ramas de actividad económica que cerraron 2020 con comportamientos positivos, que fueron el sector agropecuario (2,8%), actividades financieras y de seguros (2,1%), actividades inmobiliarias (1,9%) y administración pública (1%).

Por otro lado, las actividades que mas contribuyeron a la contracción fueron comercio, transporte, alojamiento y servicios de comida (-15,1%) , construcción (27,7%) y explotación de minas y canteras (-15,7%), que sumadas aportaron -5,8 puntos porcentuales dentro del resultado general.

La cifra de contracción está en línea con las expectativas de los gremios, que esperaban que la caída sería de 7%, así como de las expectativas de Fedesarrollo (-7%) y del Banco de la República (-7,2%).

En cuanto a los resultados trimestrales, según las cifras de la entidad, la economía colombiana se contrajo 3,6% en el último trimestre de 2020, lo que representa una recuperación de 12,2 puntos porcentuales frente al resultado del segundo trimestre del año, 15,8%.

Las actividades económicas que tuvieron mejor comportamiento en dicho periodo fueron el sector agropecuario, que creció 3,4%; el de administración pública (3,3%), actividades financieras y de seguros (2,9%) y las actividades profesionales científicas y técnicas (2,5%).

El director del Dane resaltó la recuperación inter trimestral del sector agropecuario y en la explotación de minas y canteras, mientras que el sector de la construcción ha mostrado signos de recuperación pero aún tiene un comportamiento mixto.

Mensualmente, la economía colombiana se contrajo 2,5% en diciembre. Por su parte, las actividades primarias tuvieron una contracción de 4% en el último mes del año, pues presentaron un comportamiento mixto en el que el sector agropecuario tuvo un crecimiento de 8,1% y el de minas y canteras cayó 15,7%. Por su parte, las actividades secundarias cayeron 10,5% anual en diciembre y las terciarias tuvieron una contracción de -0,1% anual.

jueves, abril 29, 2021

Ingreso no gravado por aporte voluntario por COVID-19: ¿se puede restar en declaración del AG 2020?

 


A través del artículo 9 del Decreto Ley 568 de 2020 se manifestó que el aporte voluntario por el impuesto COVID-19 se podría tratar como un ingreso no gravado.

Por ello, el proyecto del formulario 210 para el año gravable 2020 insinúa que dicho valor sí se podrá restar como ingreso no gravado.

La norma contenida en el artículo 9 del Decreto Ley 568 del 14 de abril de 2020 (declarada parcialmente exequible con la Sentencia C-293 de agosto 5 de 2020) ha terminado por originar una gran paradoja tributaria.

En efecto, sucede que fue a través de la anterior norma cuando se creó por primera vez el beneficio tributario del “ingreso no gravado” por concepto del aporte voluntario a título del impuesto COVID-19 que algunos empleados o contratistas del sector público, al igual que algunos pensionados, quisieron realizar durante los meses de mayo a julio de 2020.

Al respecto, en el inciso tercero del artículo 9 del mencionado Decreto Ley 568 de abril de 2020 solo se lee lo siguiente:

“El valor del aporte solidario voluntario por el COVID 19 podrá ser tratado como un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional en materia del impuesto sobre la renta y complementarios”.

De acuerdo con lo indicado en los artículos 338 y 363 de la Constitución política, es claro que el nuevo beneficio tributario allí creado no se podría aplicar en las declaraciones de renta o del régimen simple del mismo año gravable 2020, pues lo prohíbe la Constitución.

Por tanto, dicho beneficio solo se podría aplicar en los ejercicios siguientes, es decir, en las declaraciones de renta o del régimen simple de los años gravables 2021 en adelante.

Sin embargo, el caso es muy particular, pues el aporte solo lo hicieron entre los meses de mayo a julio de 2020 y, obviamente, no lo seguirán realizando durante los años 2021 y siguientes.

Además, podemos suponer que las entidades públicas se atrevieron a restar el mencionado “ingreso no gravado” en la depuración de los pagos sometidos a retención de los meses de mayo a julio de 2020 (lo cual, por supuesto, violaría la norma constitucional), y fue por ese motivo que la misma Dian, al momento de diseñar el formulario 220 para certificar los pagos laborales del año 2020, incluyó el nuevo renglón 52 para reportar justamente los “aportes voluntarios al impuesto solidario por COVID-19” (ver captura de pantalla).

Proyecto de formulario 210 del año gravable 2020


La polémica se complica aún más si se tiene en cuenta que el 1 de febrero de 2021 la Dian publicó el proyecto del formulario 210 para declaraciones de renta del año gravable 2020 de personas naturales, y en el instructivo para el renglón 33 (que contendrá los “ingresos no gravados” que se restarían dentro de las subsecciones que compondrán la cédula general) se lee lo siguiente:


“33. Ingresos no constitutivos de renta de las Rentas de trabajo: incluya en esta sección los ingresos no constitutivos de renta de las Rentas de trabajo, tales como:

Aporte solidario voluntario por COVID-19: el valor del aporte solidario voluntario por el COVID-19 de conformidad con el artículo 9 del Decreto Legislativo 568 de 2020 y Sentencia C-293 de 2020 de la Corte Constitucional”.
“Dian está insinuando que en las declaraciones de renta del año gravable 2020 sí se podrá restar un “ingreso no gravado” creado con un decreto ley del mismo año”

Como puede verse, la misma Dian está insinuando que en las declaraciones de renta del año gravable 2020 sí se podrá restar un “ingreso no gravado” creado con un decreto ley del mismo año 2020, lo cual se convierte en una clara violación a lo dispuesto en la Constitución.

Por tanto, queda abierta la discusión: ¿es válido que esta vez se permita que un beneficio por “ingreso no gravado”, creado con un decreto ley del año 2020, se pueda restar en la declaración del mismo año gravable 2020? El problema de aceptar esta tesis es que en el futuro muchos contribuyentes también querrán aplicarla para los nuevos “ingresos no gravados” que se vayan creando con las reformas tributarias, lo cual formaría un grave problema jurídico.

Gremio bancario acata receta del Fondo Monetario Internacional sobre las utilidades

 Algunos bancos podrán repartir más utilidades y otros menos, de acuerdo con los resultados que registraron al cierre de 2020


Luego de que Hamid Faruqee, jefe de la Misión en Colombia del Fondo Monetario Internacional (FMI), recomendara la retención de un porcentaje de las utilidades del sector financiero en el marco de la visita anual del organismo inertnacional, Hernando José Gómez, presidente de Asobancaria, aseguró que como gremio reciben con mucho agrado el informe compartido por el FMI.

Sobre la recomendación de retener las utilidades, el presidente del gremio explicó que los "bancos tendrán que reservar de estas utilidades, como normalmente lo hacen, una buena parte para capitalizar o robustecer su patrimonio para poder atender adecuadamente las ampliaciones de la cartera este año".

Dicha receta del FMI para garantizar y robustecer la estabilidad del sistema financiero llega en un momento en el que se ha registrado una reducción en las utilidades de las entidades, pues los establecimiento de crédito alcanzaron resultados acumulados por $5,8 billones, cifra inferior en 51% frente a 2019, según lo reveló el último informe del Sistema Financiero a cierre de noviembre de 2020 emitido por la Superintendencia Financiera.

En línea con lo anterior, Gómez aseguró que siguiendo los parámetros de la Superfinanciera, algunos bancos podrán repartir más utilidades y otros menos, de acuerdo con los resultados que alcanzaron al cierre del año anterior.

Además de lo anterior, Gómez dijo que "les alegra mucho que se haya reconocido la fortaleza, la robustez y la capacidad que mostró el sector financiero para enfrentar adecuadamente los estragos que causó la pandemia en la economía colombiana y, adicionalmente, que se resaltara que el sector financiero pudo continuar colocando créditos y atendiendo las necesidades de las empresas, hogares y personas".

miércoles, abril 28, 2021

Planeación financiera: herramienta para superar la crisis

 


Dada la crisis financiera producto de la pandemia del COVID-19, es necesario que las empresas realicen planeaciones financieras y tomen decisiones adecuadas que les permitan recuperarse de sus efectos.

En este seminario te ofrecemos las herramientas para una adecuada planeación y toma de decisiones.

La crisis derivada de la pandemia del COVID-19 y las medidas tomadas por los Gobiernos para contener los contagios provocaron una disrupción sin precedentes en las dinámicas de los mercados y negocios en toda América Latina.

Problemas como deterioro de las carteras, fallas en las cadenas de suministros, pérdidas de inventarios, caídas en la demanda de bienes y servicios, al igual que las pérdidas significativas de liquidez hacen parte de los inconvenientes que enfrentan las empresas que han sido más impactadas por esta crisis.

El último trimestre de 2020 y los primeros meses de 2021 son los momentos oportunos para que las empresas evalúen su situación, determinen qué tanto fueron afectadas por la pandemia y elaboren planes que permitan retomar o cambiar su curso, asegurando la recuperación de la liquidez y la supervivencia de la entidad.

El último trimestre del año 2020, en el que los impactos de la pandemia en las organizaciones son más notorios y las medidas de confinamiento se flexibilizan recuperando un poco de la normalidad social y comercial, es el momento oportuno para que las empresas evalúen su situación y determinen qué tanto fueron afectadas por la pandemia, con el fin de que elaboren planes que permitan retomar o cambiar su curso, asegurando la recuperación de la liquidez y la supervivencia de la entidad.

Coronavirus contrajo a la clase media mundial por primera vez desde década de 1990

 Los Investigadores del Centro de Investigación Pew encontraron que rangos de la clase media cayeron de 90 millones a 2,5 millones


La clase media mundial se contrajo por primera vez en décadas el año pasado
debido a la pandemia del covid-19, y a medida que casi dos tercios de los hogares en las economías en desarrollo informaron haber sufrido una pérdida de ingresos, de acuerdo con dos nuevas estimaciones basadas en datos del Banco Mundial.

En un estudio publicado el jueves, los investigadores del Centro de Investigación Pew, que esa partidista, encontraron que los rangos de la clase media global —aquellas personas de "ingresos medios" e "ingresos medios-altos" que ganan entre US$10 y US$20, y entre US$20 yUS$50 por día, respectivamente— cayeron el año pasado de 90 millones de personas a casi 2,500 millones.


Eso agrandó las filas de los pobres, o aquellos que viven con menos de US$2 aldía, en 131 millones, estimó Pew. Los datos de Pew sobre la clase media en realidad amortiguan el impacto porque se estima que 62 millones de personas de altos ingresos, o aquellas que ganan US$50 o más por día, cayeron al nivel medio como resultado de la pandemia, dijo Rakesh Kochhar, autor del estudio.

Eso sugiere que el número de personas que entraron en la crisis como miembros de la clase media mundial, y que posteriormente se separaron, en realidad superó los 150 millones el año pasado, según las estimaciones de Pew, eso es más que la población de Francia y Alemania juntas.

"En la historia moderna, es difícil encontrar ejemplos en los que se haya visto una caída tan pronunciada en el crecimiento económico mundial", dijo Kochhar en una entrevista.

Es posible que el impacto aún no haya terminado. En la actualidad, las preocupaciones sobre las posibles consecuencias de una recuperación más lenta en las economías emergentes y las consecuencias continuas de la crisis, crecen. El miércoles, el banco central de Brasil anunció su mayor aumento en la tasa de interés en una década, en respuesta a los crecientes temores de inflación.

Economistas también están observando de cerca las posibles consecuencias para las naciones emergentes del aumento de los rendimientos en los bonos del Tesoro de EE.UU. y un dólar fortalecido a medida que se acelera la economía de ese país.

Reversa abrupta

Si la estimación de Pew resulta cierta en los datos del Banco Mundial que aún se están recopilando, marcaría el final de un patrón que ha visto a la clase media mundial expandirse sin falta desde la década de 1990, gracias al rápido crecimiento de las economías en desarrollo como las de China e India.

Cuando Pew calculó por última vez el número de personas de ingresos medios en el mundo en2011, o aquellas con ingresos de entre US$10 y US$20 por día, constituían 13% de la población mundial. Para 2019, eso había crecido a casi 18%, dijo Kochhar, con un promedio de 50 millones de personas por año uniéndose a las filas de ingresos medios durante la última década.

En un documento separado publicado el lunes basado en encuestas de 47.000 hogares en 34países en desarrollo con una población colectiva de casi 1.400 millones de personas, los investigadores del Banco Mundial encontraron que 36% de los hogares sufrieron pérdidas de empleo en 2020, y cerca de dos tercios vieron caer sus ingresos.

El resultado fue el primer aumento en la pobreza global visto desde la crisis financiera asiática de 1997-98, escribieron los investigadores del banco.

Como en muchos países ricos, las encuestas de países que van desde Burkina Faso a Colombia, Indonesia y Vietnam muestran que la carga del impacto económico recayó desproporcionadamente sobre las mujeres, los jóvenes y los trabajadores autónomos en los centros urbanos.

Pero también señalan las consecuencias que se espera que tengan las recuperaciones más lentas. Si bien Estados Unidos ha desatado medidas de rescate fiscal sin precedentes para su economía, muchas economías en desarrollo no cuentan con la cantidad de recursos necesaria.