martes, diciembre 13, 2022

Encabezado de los estados financieros: esta es la información que debe contener

 


La sección 3 del Estándar para Pymes y la NIC 1 contienen las pautas que deben tenerse en cuenta para presentar la información que identifica a los estados financieros.

En este editorial nombramos los aspectos que deben destacarse en el encabezado para su correcta identificación.

El Estándar Internacional para Pymes contenido en el DUR 2420 de 2015 indica la obligación para las entidades que presentan información financiera bajo estos marcos normativos de identificar claramente cada uno de los estados financieros, de manera que puedan distinguirse de otra información contenida en el mismo documento (NIC 1 y sección 3 del Estándar para Pymes).

La siguiente infografía muestra la información que debe destacarse (generalmente en el encabezado) en los estados financieros:


El nombre de la entidad que informa.
Si los estados financieros pertenecen a la entidad individual o a un grupo de entidades.
La fecha del cierre del período sobre el que se informa y el período cubierto por los estados financieros.
La moneda de presentación, tal como se define en la sección 30 – Conversión de moneda extranjera.
El grado de redondeo, si lo hay, practicado al presentar los importes en los estados financieros.

A continuación, abordaremos cada uno de estos aspectos que deben ser tenidos en la preparación y presentación de estados financieros.

1. El nombre de la entidad

De acuerdo con lo expresado en la sección 3 del Estándar para Pymes – Presentación de estados financieros, debe identificarse claramente en cada uno de los estados financieros de una entidad el nombre de la entidad informante y cualquier cambio en su denominación desde el final del período precedente sobre el que se informa.
“es un error en la presentación de estados financieros si estos se encuentran identificados bajo un nombre que no corresponde a la entidad o con un NIT incorrecto”

Al respecto, debe tenerse en cuenta que es un error en la presentación de estados financieros si estos se encuentran identificados bajo un nombre que no corresponde a la entidad o con un NIT incorrecto.

El CTCP clarifica esta situación en el Concepto 0612 del 25 de junio de 2020, en el cual expresa que si los estados financieros indican un nombre que no corresponde a la entidad y el NIT correcto, se está frente a un error en presentación y revelación que afecta las afirmaciones sobre las que se fundamentó el contador en su preparación y el revisor fiscal en su auditoría.


Por lo anterior, si se incluyó un nombre diferente a la entidad que informa, este error debe corregirse inmediatamente en los estados financieros y en las notas, pues de no hacerlo conllevaría a que los usuarios de los estados financieros tengan dudas respecto de la veracidad de dichos estados.

Es necesario también tener en cuenta que cometer este error en la presentación y revelación de estados financieros afecta las afirmaciones sobre las que se fundamentó el contador de la empresa, y el revisor fiscal, en caso de estar obligado a tenerlo. También puede considerarse que no se ha cumplido el principio de competencia y diligencia profesional que deben cumplir todos los contadores.
2. Estados financieros individuales o en grupo

Los estados financieros deben expresar claramente si son individuales, separados o consolidados. Esta expresión debe usarse en el encabezado de cada informe o en una nota a cada uno.


La siguiente infografía resume en que consiste cada uno de estos estados financieros:


3. La fecha sobre la que se informa

El glosario del Estándar para Pymes define la fecha sobre la que se informa como el final del último período cubierto por los estados financieros o por un informe financiero intermedio.

El Estándar para Pymes indica que una entidad debe identificar claramente esta fecha en los estados financieros y repetirla cuantas veces sea necesario para que haya claridad en la información de cada uno de estos reportes.

Al respecto, El Dr. Juan Fernando Mejía, especialista en Estándares Internacionales, explica los aspectos importantes que se deben considerar en la elaboración y presentación de estados financieros intermedios.


4. La moneda de presentación

La moneda de presentación es la divisa en que se presentan los estados financieros. De acuerdo con la sección 3 del Estándar para Pymes, los estados financieros deben expresar claramente la moneda en que se presentan los estados financieros de una entidad, que para Colombia será el peso colombiano.

De acuerdo con el Concepto 648 del 12 de noviembre de 2014 del CTCP, en Colombia la unidad monetaria es el peso, por tanto, los registros contables deben llevarse en pesos colombianos, sin perjuicio de que para efectos de la presentación de los estados financieros se efectúe un procedimiento de remedición.
5. Presentación de las cifras en los estados financieros

Los estados financieros deben presentar claramente la información sobre la presentación de las cifras en los estados financieros, esto es, si se expresa en pesos sin decimales, miles de pesos, millones de pesos, etc.

Al respecto, en CTCP expresa en el Concepto 0400 del 30 de junio de 2021 que:

Respecto del reconocimiento de transacciones, otros eventos y sucesos, en el sistema de información contable de la entidad, será responsabilidad de la administración decidir la forma en que se realizan el redondeo de la moneda en que son reconocidas y presentadas las cifras en los estados financieros, en todo caso deberá tenerse en cuenta que podrían existir diferencias entre el grado de redondeo utilizado para efectos del registro en el sistema de información contable y el grado de redondeo utilizado para la presentación de los estados financieros, para ello, deberá tenerse en cuenta el principio de importancia relativa o materialidad a la que se refieren los marcos de información financiera aplicados y cualquier normatividad específica del sector donde opera la entidad.
Información a revelar en las notas a los estados financieros

El párrafo 3.24 del Estándar para Pymes expone la información que deben contener las notas a los estados financieros sobre la identificación referente a la entidad:Una descripción sobre la ubicación de la entidad que incluya el domicilio y forma legal de la entidad, el país en que se ha constituido y la dirección de su sede social.
Una descripción general de la actividad de la entidad que incluya una descripción de la naturaleza de las operaciones de la entidad y de sus principales actividades.

lunes, diciembre 12, 2022

Cómo se crea una empresa SAS en Colombia?

 


Al crear una empresa SAS, esta se constituye por documento privado que contenga el contrato o el acto unilateral de creación.

En este documento privado confluyen tanto el acto constitutivo como los estatutos de la sociedad.

Nicolás Alviar, socio fundador y gerente de AGT Abogados, afirma en #ConferenciasActualícese que es erróneo pensar que las sociedades por acciones simplificadas -SAS- son una figura societaria frecuente y lógica, y que el tema está muy bien asimilado por los empresarios colombianos.

Esta figura, creada a través de la Ley 1258 de 2008, desde su punto de vista, tiene una trascendencia que va más allá de la simple formalización de negocios o facilitarle la vida a los empresarios.

«Esta ley no solo buscaba flexibilizar los requisitos para formalizar y constituir empresas, sino que también tiene muchas aristas jurídicas que las personas no ven al constituir una empresa», afirma.


Recuerda que el objetivo de la ley es facilitar y motivar la creación de empresas en el país, haciendo que este tipo societario tenga más flexibilidad, informalidad y menos requerimientos legales frente a otros tipos de sociedades que existen en Colombia.


Al hablar de la creación de una SAS, Alviar afirma que se constituye por documento privado que contenga el contrato o el acto unilateral de creación. En este documento privado confluyen tanto el acto constitutivo como los estatutos de la sociedad.


Dicho documento debe tener, entre otros, el nombre de la sociedad, el domicilio, los nombres e identificación de sus accionistas, la duración de la sociedad, sus principales actividades, el nombre y funciones de sus administradores, entre otros.

También, debe ser inscrito en el registro mercantil del domicilio principal de la sociedad.

RUT: obligados, actividades económicas y responsabilidades tributarias

 El registro único tributario –RUT– es el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades que ostenten la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio, responsables del IVA (antes régimen común), no responsables del IVA (antes régimen simplificado), agentes de retención, importadores, exportadores, usuarios aduaneros y demás sujetos a obligaciones administradas por la Dian. Todo esto, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 555-2 del Estatuto Tributario – ET– y el Decreto Reglamentario 2460 de 2013.

¿Cómo puedo saber si estoy en la obligación de inscribirme en el RUT?

El artículo 1.6.1.2.1 del DUT 1625 de 2016, modificado por el Decreto 678 de 2022, señala detalladamente quiénes deberán cumplir con la obligación formal de inscribirse en el RUT. Entre ellas se encuentran:Los inversionistas extranjeros obligados a cumplir deberes formales.
Los responsables y no responsables del INC.
Agentes retenedores.
Importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros.
Las personas que decidan acogerse voluntariamente al SIMPLE.

Si deseas profundizar en este tema, no dudes en descargar la edición N.º 133 de la Revista Actualícese.

¿Sabes qué información debes diligenciar en el RUT?

En esta nueva entrega de Revistas Actualícese conocerás qué información debes diligenciar en el RUT, partiendo por la actividad económica que desempeñan los obligados a inscribirse, cuya clasificación se ha unificado mediante el uso de los códigos CIIU.

Dependiendo de dichas actividades, al contribuyente u obligado a inscribirse en el RUT le serán asignadas las responsabilidades tributarias que deberán ser registradas en la casilla 53 de este último.

Accede a la información que te brinda la Revista Actualícese RUT: obligados, actividades económicas y responsabilidades tributarias, y evita sanciones por incumplimiento.

¿Qué beneficios brinda inscribirse en el RUT?

El RUT permite contar con información veraz, actualizada, clasificada y confiable de todos los sujetos obligados a inscribirse, con el propósito de desarrollar una gestión efectiva en materia de recaudo, control y servicio que, a su vez, facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, así como la simplificación de trámites y reducción de costos.

domingo, diciembre 11, 2022

Tributaria: impactos que tendrá el proyecto en servicios de software

 



Fuente: https://www.portafolio.co/economia/reforma-tributaria/reforma-tributaria-efectos-del-proyecto-en-servicios-de-software-impuestos-573739

Aunque para las aplicaciones el impuesto será menor que lo previsto, Fedesoft señala que los empresarios tendrán alzas en sus productos.

ras dos días de debate en las plenarias del Congreso fue aprobada la reforma tributaria de Gustavo Petro. Y entre los puntos que pasaron está el impuesto a las plataformas digitales, contemplado en el artículo 48, de ‘tributación por presencia económica significativa en Colombia’.

Así, se encontrarán sujetos al impuesto los servicios de publicidad ‘online’, los servicios de contenidos digitales (sean online o descargables), incluyendo aplicaciones móviles, libros electrónicos, música y películas.

También se aplicará a los servicios de ‘streaming’ que suministran firmas como Netflix, Disney Plus, HBO Max y Apple TV; a plataformas de video, música, podcasts o cualquier contenido digital), los servicios online de plataformas de intermediación (plataformas de movilidad) y suscripciones digitales (audiovisuales, noticias, juegos, revistas, música, periódicos).

Otra de las líneas que también deberán pagar impuestos son los servicios o licenciamientos de motores de búsqueda ‘online’, estandarizados o automatizados; softwares personalizados, servicios en la nube, suministro de enseñanzas o entrenamiento a distancia, suministros de derecho de uso o explotación de intangibles y cualquier servicio prestado a través de un mercado digital con destino a usuarios ubicados en el país. De acuerdo con el texto final de la reforma tributaria en el Congreso, “la persona no residente o entidad no domiciliada en Colombia a la que se refiere esta disposición, podrá optar por declarar y pagar en el formulario del impuesto sobre la renta, una tarifa del 3% sobre la totalidad de los ingresos brutos derivados de la venta de bienes y/o prestación de servicios digitales, desde el exterior, vendidos o prestados a usuarios ubicados en el territorio nacional”.

José Daniel López, director ejecutivo de Alianza IN, gremio de las aplicaciones, señaló que este resultado es una “victoria” importante, ya que se “logró mitigar significativamente el impacto del impuesto digital que crea la reforma tributaria”.

“Logramos reducir la tasa para que no se pague el 5% del ingreso bruto como venía, sino que sea una tarifa 3%. Es decir que se logró una reducción del 40% en el valor de esa tasa. Asimismo, logramos que no entre en vigencia inmediatamente, sino a partir del primero de enero del 2024”, comentó López.

Y agregó que este tiempo que tardará el impuesto en regir, un año, servirá también para que las plataformas puedan discriminar los ingresos por país, con el fin de desarrollar las contabilidades específicas.

“Para una plataforma que presta un servicio de manera global tener la posibilidad de discriminar qué ingresos toma en un país y desarrollar contabilidades específicas en función no es una tarea sencilla, es una tarea que requiere tiempo. Asimismo, también será un año que nos permitirá mirar si la Ocde logra avanzar en su impuesto digital colectivo, porque si lograra avanzar, ese impuesto prevalecería sobre el impuesto local contemplado en la tributaria”, comentó López.

Pero si bien se ha hablado específicamente del incremento que tendrían las plataformas de ‘streaming’, por el otro lado en los servicios de software también se verá un incremento en los servicios o productos.

Ximena Duque, directora ejecutiva de Fedesoft, explicó que “la industria se afectará” con este impuesto. “Nosotros utilizamos esas plataformas y esos servicios internacionales para poder operar, es nuestra materia prima. Lo que va a pasar es que en la medida que esas herramientas suban de precios, el empresario terminará pagando más para poder desarrollar sus productos y servicios”, afirmó Duque.

Asimismo, la directora del gremio dijo que este tipo de medidas podrían restarle competitividad al país, afectando así a la industria local que se ha venido fortaleciendo.

sábado, diciembre 10, 2022

Qué se debe hacer cuando se pierde la información de los libros de contabilidad?

 



El cumplimiento del requisito de presentar información clara, completa y fidedigna de la empresa puede verse afectado por la pérdida, extravío o destrucción de los libros de contabilidad.

En este editorial ilustramos sobre qué se debe hacer y cómo realizar la reconstrucción de la información.

La contabilidad constituye un medio de prueba cuando se lleva conforme a las normas legales, porque contiene el registro de las actividades económicas de cualquier entidad o persona natural. Si bien se ha extendido de forma sustancial la utilización de softwares contables, los cuales cuentan con respaldos en servidores externos o en la nube, la pérdida de la información no deja de ser un riesgo permanente.

A continuación veremos algunas generalidades de estos libros con el propósito de adentrarnos en qué se debe hacer ante la pérdida o extravío de estos.
¿Cuáles son los requisitos de los libros de contabilidad?

De acuerdo con lo establecido en el artículo 50 del Código de Comercio, la contabilidad de la entidad debe llevarse en libros registrados, cumpliendo las siguientes características:
Debe llevarse en idioma castellano.
Debe llevarse por el sistema de partida doble.
Debe suministrar una historia clara, completa y fidedigna de los negocios.
Debe estar preparada de acuerdo con las disposiciones legales (Normas de Contabilidad e Información Financiera o régimen de contabilidad pública).
¿Responsabilidad del contador?

De acuerdo con el artículo 19 del Código de Comercio, la responsabilidad de llevar contabilidad en todo negocio es del comerciante. Este tiene la responsabilidad de conservar la información por un período mínimo de 10 años. La obligatoriedad de conservar los libros y papeles de contabilidad se encuentra determinada por el artículo 60 del Código de Comercio.

En cuanto a los estados financieros, de acuerdo con el artículo 45 y 46 de la Ley 222 de 1995, el principal responsable de estos en una entidad es su representante legal.

No obstante, esto no significa que el representante legal deba llevar la contabilidad y preparar los informes él mismo, sino que debe realizar las acciones necesarias para que la entidad cumpla con esta obligación.

¿Qué hacer cuando existe una pérdida de los libros de contabilidad?

La pérdida de los libros de contabilidad y su información se puede presentar por factores como:El extravío de la información de respaldo (tales como comprobantes, facturas y demás) sobre las cuales se construya la información contable.
La pérdida total de la información ya registrada a raíz de algún suceso extraordinario.

De acuerdo con el artículo 18 del anexo 6 del DUR 2420 de 2015, ante una pérdida, extravío o destrucción de información de los libros de contabilidad debe denunciarse la situación ante las autoridades competentes, esto también incluye la pérdida de la base de datos del programa contable.
¿Es posible reconstruir la información?
“la entidad deberá reconstruir los registros en los libros de contabilidad durante los seis meses siguientes a la ocurrencia del hecho”

Una vez realizada la denuncia respectiva ante la pérdida, extravío o destrucción de los libros, documentos y papeles de contabilidad, la entidad deberá reconstruir los registros en los libros de contabilidad durante los seis meses siguientes a la ocurrencia del hecho.


Debe de tenerse en cuenta que de acuerdo con el artículo 15 de la Constitución Política:

Para efectos tributarios o judiciales y para los casos de inspección, vigilancia e intervención del Estado podrá exigirse la presentación de libros de contabilidad .

Es así como la contabilidad representa un medio de prueba, por lo tanto, es importante que la empresa cumpla con la obligación de conservar los libros contables y debe reconstruirlos cuando no se cuente con ellos.

El anexo 6 del DUR 2420 de 2015 incorpora las pautas generales que deben seguirse en relación con la conservación, destrucción y reconstrucción de la contabilidad por pérdida de esta.


La siguiente infografía ilustra la reconstrucción de información de períodos anteriores para la implementación de los Estándares Internacionales para una empresa que no esté al día con este requerimiento:


¿Qué procedimientos deben utilizarse para la reconstrucción?

El CTCP, en el Concepto 2021-0532 de septiembre de 2021, explica que:

La contabilidad puede reconstruirse utilizando los comprobantes de egreso impresos (comprobantes de egresos, recibos de caja, etc.), copias de seguridad anteriores, estados financieros certificados y dictaminados de períodos anteriores, auxiliares de cuentas impresos o almacenados en otros medios, soportes de proveedores y clientes, entre otros.
¿Y si no se cuenta con los documentos para la reconstrucción?

En adición a lo anterior, cuando no es posible reconstruir la contabilidad, por no contar con los documentos necesarios e indispensables: “debe realizarse un inventario de activos y pasivos a una fecha de corte, y tomarse como saldo inicial en la fecha del inventario”, indica el CTCP.

Es posible hacer reposición de los documentos perdidos o extraviados a través de copias facilitadas por terceros, dejando constancia que incluya una descripción del motivo de la reposición.
¿Cómo se debe presentar la información reconstruida?

El CTCP, en el Concepto 2021-0532, indica:

Cuando un contador público participa en una elaboración de estados financieros de propósito general, los cuales se tratan de una entidad sobre la que se ha reconstruido la contabilidad, deberá expresar este hecho en los estados financieros, identificando claramente la forma como se ha realizado la reconstrucción y la razón por la cual la información financiera no se presenta de manera comparativa.


Inflación en 14,1%, la realidad que viven los hogares pobres

 El peso de los alimentos en su canasta básica explica la brecha para este grupo.



Más de 2 millones de pesos colombianos cuesta una canasta básica alimentaria de una familia de 5 personas en Venezuela.

La inflación no cede. Las cifras que entregó el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) para octubre mostraron que, mientras que la variación anual del índice de precios al consumidor (IPC) se ubica en 12,22%, en el caso de los hogares pobres el aumento en los precios los está afectando más y el indicador tocó el 14,01%.


La directora del Dane, Piedad Urdinola, explicó que “si bien nos afecta a todos, la inflación tiene mayor incidencia en los hogares de ingresos más bajos”. Esto, debido al peso que tiene en el bolsillo de las familias el porcentaje de su ingreso que destinan a alimentos, servicios o transporte.

En el caso de los vulnerables, la inflación anual en octubre alcanzó el 13,92%, y en la clase media e ingresos altos se ubicó en 12,4% y 10,57% respectivamente.

Según las estadísticas oficiales, en Colombia el 39,3% de la población, 19,6 millones de personas, está catalogada como pobre, aquellos hogares en que cada integrante cuenta con menos de $354.031 para vivir al mes. El 31% de la población (15,5 millones) hace parte de los vulnerables, mientras que 13,89 millones es clase media y solo 921.000 personas figuran como altos ingresos.

“Es una situación muy compleja, porque buena parte del choque inflacionario es por alimentos, que es la inflación más corrosiva, porque afecta directamente el bolsillo de las personas más vulnerables, que son quienes gastan la fracción más alta de su ingreso en alimentos”, explicó José Ignacio López, director de investigaciones económicas de Corficolombiana.

El experto reiteró la necesidad de que el gobierno siga atenuando los efectos de la subida en los precios, y cuide que las condiciones macroeconómicas no exacerben la inflación. “Por eso es tan importante generar la confianza para no tener más devaluación, porque encarece los insumos y eso genera una nueva ronda de presión inflacionaria”, indicó.

Auditoría financiera al efectivo y equivalentes al efectivo: pruebas sustantivas y de cumplimiento

 



La auditoría financiera es el examen de los estados financieros de la entidad, en los que se incluye la cuenta de efectivo y equivalentes al efectivo.

Esta partida resulta muy importante para las organizaciones, por eso te contamos los requerimientos para una correcta ejecución de esta auditoría.

La auditoría se define como un proceso sistemático en el cual se verifica el cumplimiento de determinados aspectos mediante el uso de técnicas como indagación, inspección, confirmación, prueba y análisis de transacciones.

Dichos procesos deben realizarse a la luz de los Estándares Internacionales, específicamente de las Normas Internacionales de Auditoría –NIA–, pues estas son las que permiten al revisor fiscal o auditor desarrollar un trabajo profesional con herramientas de alta calidad reconocidas a nivel mundial.

Cuando se lleva a cabo una auditoría a los estados financieros, deben realizarse procedimientos sobre cada uno de los rubros que componen dichos informes. Uno de esos corresponde a la partida de efectivo y equivalentes al efectivo, una cuenta muy importante para las organizaciones; por este motivo, es necesario realizar un análisis detallado acerca de los movimientos ocurridos durante el respectivo período contable.

Requerimientos del auditor en una auditoría financiera

La auditoría financiera busca examinar los estados financieros de una entidad con el fin de establecer su razonabilidad y el resultado de sus operaciones.

De acuerdo con el párrafo 3 de la NIA 200:

El objetivo de una auditoría es aumentar el grado de confianza de los usuarios en los estados financieros. Esto se logra mediante la expresión, por parte del auditor, de una opinión sobre si los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con un marco de información financiera aplicable


Ahora bien, para alcanzar el objetivo mencionado, el auditor financiero debe cumplir con los requerimientos de la NIA 200:Obtener una seguridad razonable de que los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material debida a fraude o error.
Poseer evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si existen incorrecciones materiales.
Mantener el escepticismo y juicio profesional.
Cumplir los requerimientos de ética: integridad, objetividad, competencia y diligencia profesional, confidencialidad y conducta profesional.

El Dr. Roberto Valencia, consultor de Estándares Internacionales, recomienda 5 pasos para una correcta ejecución de una auditoría de estados financieros, conócelos en el siguiente video:

Características del efectivo y equivalentes al efectivo

Es importante que el auditor pueda identificar cuáles partidas representan el efectivo y equivalentes al efectivo en los estados financieros, pues comprenden la base para su clasificación.


De acuerdo con las definiciones de la NIC 7, el efectivo comprende el dinero (billetes, monedas y divisas). Por su parte, el equivalente al efectivo está compuesto por los depósitos en cuentas bancarias y las inversiones a corto plazo de bajo riesgo y alta liquidez sin cambio significativo en su valor.

De acuerdo con el párrafo 7.2 de los Estándares para Pymes, el efectivo y los equivalentes tienen las siguientes características:Son partidas con alta liquidez a corto plazo.
Están sujetos a un riesgo insignificante de cambios en su valor.
Se mantienen para atender obligaciones a corto plazo y no para propósitos de inversión.
¿Cuál es el objetivo de la auditoría financiera al rubro de efectivo y equivalente al efectivo?

Una vez identificadas las partidas que se auditarán, el auditor debe establecer los objetivos que alcanzará al llevar a cabo la auditoría de los estados financieros sobre los que dará su opinión.

La siguiente infografía muestra los objetivos de la auditoría financiera al rubro del efectivo y equivalentes al efectivo:


Aspectos iniciales que deben verificarse

Antes de iniciar el proceso de auditoría debe realizarse un trabajo previo planteado en la planeación de la auditoría, el cual incluye el conocimiento general de la compañía y la información requerida para llevar a cabo la auditoría.
“ El auditor deberá definir un porcentaje o cifra a partir de la cual considera que las incorrecciones y desviaciones detectadas en las partidas de efectivo y equivalentes al efectivo afectan a los usuarios de la información ”

El auditor deberá verificar, antes de iniciar la auditoría, el papel de trabajo de conocimiento al cliente diligenciado en la fase de planeación, el organigrama de la empresa, los manuales de procedimientos y funciones relacionados con el efectivo y equivalentes al efectivo, listados de las cajas existentes y de las cuentas bancarias, la información contable y todos los soportes necesarios para llevar a cabo la auditoría financiera.
El auditor deberá definir un porcentaje o cifra a partir de la cual considera que las incorrecciones y desviaciones detectadas en las partidas de efectivo y equivalentes al efectivo afectan a los usuarios de la información , esto es, la determinación de la materialidad o importancia relativa.

Por otra parte, para cumplir con los objetivos de la auditoría será importante contar como mínimo con:Estados financieros aprobados por la gerencia del período por auditar.
Balances de prueba en Excel con y sin terceros.
Políticas contables vigentes.
Libros auxiliares por terceros y tipos de documentos de todas las cuentas contables.
Extractos y conciliaciones bancarias del período por auditar.
Conciliación de saldos de caja general.
Certificados de títulos valores y/o inversiones poseídas.
Respuestas a circularizaciones de entidades financieras.
Otra información adicional que sea necesaria para la auditoría.
Procedimientos de auditoría para el efectivo y equivalentes al efectivo

El auditor deberá realizar procedimientos que le permitan cumplir con los objetivos planteados en la planeación de la auditoría y obtener evidencia razonable para la formación de su opinión, para ello debe llevar a cabo dos tipos pruebas:

Procedimiento

Objetivo

Ejemplos


Pruebas de cumplimiento

Comprobar la efectividad del sistema de control interno que la empresa haya implementado, verificando si es adecuado y si se está ejecutando.



– Verificar el cumplimiento de las políticas de manejo del efectivo y equivalentes al efectivo.

– Identificar responsables del manejo de efectivo y cajas menores.

-Identificar responsable de autorización de pagos.

– Identificar las fortalezas y debilidades del sistema de información en relación con el manejo de la partida auditada.


Pruebas sustantivas

Determinar si existen errores en el registro de los hechos económicos que puedan afectar los saldos reflejados en los estados financieros y, por ende, la opinión por parte del auditor.

Estas pruebas se realizan sobre los saldos y transacciones para obtener la evidencia.

– Arqueos de caja.

– Conciliaciones bancarias.

– Prueba sobre egresos e ingresos.

– Confirmaciones externas con entidades financieras.

– Revisión de los documentos y transacciones.

– Prueba de consecutivos y de corte de documentos.

Revisión de las políticas contables y revelación en los estados financieros

Con la finalidad de concluir si los saldos presentados en cada rubro de los estados financieros cumplen con los requerimientos de los Estándares Internacionales, el auditor debe revisar las políticas contables y las revelaciones de los estados financieros.

Por otro lado, la NIA 700 establece las responsabilidades del auditor para formar una opinión acerca de los estados financieros basándose en las evidencias de auditoría.

Al respecto, el profesional debe expresar la opinión con claridad mediante un informe escrito en el que describa la base en la que se sustenta. Por tanto, el auditor emitirá el informe en el que expresará las conclusiones de su trabajo, las cuales deberá tener en cuenta la administración.

viernes, diciembre 09, 2022

Recaudo de tributaria, sujeto a los precios internacionales

 Expertos señalan que la reforma se apoya en buena medida en la sobretasa al petróleo y al carbón.



Dinero en efectivo.

La semana pasada la reforma tributaria de Gustavo Petro fue aprobada en las plenarias de Cámara y Senado, y aunque se espera que la conciliación de los textos aprobados en cada cuerpo legislativo quede en firme entre hoy y mañana, el articulado aún genera varias dudas entre los expertos.


Uno de los puntos que más ha sido cuestionado es el recaudo, pues de alrededor de $20 billones anuales que dejaría el proyecto, el gobierno estima que por lo menos $9 billones provendrían de los impuestos al sector mineroenergético, especialmente de la no deducibilidad de las regalías y la sobretasa para el petróleo y el carbón de hasta 15% y 10%, respectivamente.

Al no ser un ingreso fijo y permanente, son varias las inquietudes que despierta esta fuente de recaudo. Como es el caso de Luis Fernando Mejía, director ejecutivo de Fedesarrollo, quien destacó que la evolución del recaudo dependerá entre otras cosas del comportamiento del precio de los commodities.

“Hay elementos hacia adelante para pensar en escenarios de menores precios, como en el caso de que se materialice una eventual recesión económica a nivel mundial, y podríamos observar una caída en los precios a nivel global”, explicó Mejía.


El economista hizo énfasis también en que una parte de los ingresos de la reforma no son permanentes, y que por eso es esencial que la reforma no se destine en su totalidad a aumentar el gasto corriente, sino también a pagar la deuda o reducir el déficit.

Andrés Pardo Amézquita, director de estrategia macroeconómica para Latinoamérica de XP Investments, sostuvo que “hay un montón de variables que son inciertas y pueden afectar de un lado o del otro el recaudo”. A nivel internacional, por ejemplo, señaló la situación de la guerra de Rusia y Ucrania.

“Si se llega a acabar la guerra, aunque eso depende de muchos otros factores geopolíticos, los precios podrían retroceder; la desaceleración global también puede afectar, o es posible incluso que el recaudo sea mayor a $20 billones”, aseguró. Pardo mencionó que otro asunto a revisar es que la regla fiscal puede terminar que una parte de los recursos no se pueden ir a gasto, y se debe mirar hacia adelante también.

Precios del petróleo

Para José Ignacio López, director ejecutivo de Investigaciones Económicas de Corficolombiana, “es indeseable que un gasto permanente se financie con una estructura sujeta a choques y que puede generar un déficit fiscal hacia adelante”.

Según el economista, en la reforma hay varias fuentes de naturaleza totalmente transitoria, y hay componentes cíclicos, “que por definición no se puede garantizar que el día de mañana van a estar”, dijo.

En la reforma se aprobó una sobretasa de renta para las petroleras de 5% “cuando el precio promedio del respectivo año gravable (...) se encuentre entre el percentil 30 y 45 de los precios promedio mensuales de los últimos 120 meses”. La sobretasa sería de 10% cuando esté entre el percentil 45 y el 60, y de 15% cuando supere el percentil 60.

Según explica López, estos umbrales serían de US$68 en el caso del percentil 30 y casi US$80 en el percentil 45. “Con los precios que hoy estamos viendo es probable que nos movamos entre una tasa del 10% y 15%, pero de forma más estructural seguramente nos estaríamos moviendo más cerca al 5% o 0%”, explicó el ejecutivo, quien aseguró que los cálculos del recaudo deberían hacerse sobre esa base.

El analista señaló que los pronósticos apuntan a que los precios se mantendrán relativamente altos, pero que siempre hay riesgos en el panorama.

Por otro lado, cálculos del centro de estudios económicos Anif muestran que, si se observan los precios del petróleo en los últimos 10 años, las sobretasas se habrían aplicado en varios periodos.

“Si se mira la historia, casi siempre se hubiera pagado una sobretasa”, aseguró Mauricio Santamaría, presidente de Anif. “Es difícil predecir los precios del petróleo, pero como están las cosas ahora pareciera que van a permanecer altos. El mundo entero va a tener una desaceleración económica, y eso hace que la demanda por combustibles caiga, lo que puede impactar el precio. Pero creo que el gobierno va a tener una fuente de ingresos importante durante un tiempo”, dijo también.

El problema, según Santamaría, es que ese mismo impuesto va a hacer que muchas petroleras no vengan a invertir en Colombia, y el país se quedaría sin esa fuente de recaudo. “Veo más complejo el asunto por ese lado que por los precios”, aseguró.