martes, enero 30, 2024

Mujeres, atrás en decisiones financieras

 Estudio de CAF en Colombia, Ecuador, Brasil y Perú aboga por mejorar acceso para acabar con las brechas de género.



Mujeres, atrás en decisiones financieras

Un nuevo estudio de CAF (banco de desarrollo de América Latina) dice que, para acortar las brechas de género en la región, hay que generar un entorno financiero en el que las mujeres puedan comunicar sus necesidades.

Para ello, dice que se debe potenciar la educación financiera, fortalecer las capacidades de las mujeres, y crear productos financieros y no financieros con perspectiva de género que refuercen los negocios de las mujeres.

El estudio, denominado Capacidades financieras de las mujeres, evidencia las brechas de género en Brasil, Colombia, Ecuador y Perú, y la necesidad de crear sistemas de indicadores de género para mejorar el acceso de la mujer al sector financiero y así poder diseñar políticas que reduzcan las desigualdades.

En este sentido, la educación financiera debe abarcar el manejo del riesgo, la gestión del dinero, el acceso responsable e informado al sistema crediticio, la autoconfianza de las mujeres y las capacidades digitales y de negociación.

Destaca que para conseguir la igualdad financiera en los programas o medidas que se pongan en marcha es fundamental involucrar también a los hombres.

De acuerdo con las encuestas realizadas en Brasil, Colombia, Ecuador y Perú, menos mujeres afirman que toman personalmente las decisiones sobre la gestión de las finanzas, lo que representa una brecha de género en más de 15 puntos porcentuales. Uno de los motivos, apunta el estudio, es la menor autonomía de la mujer, pues su participación en las decisiones financieras aumenta cuando contribuyen al ingreso del hogar y tienen mayores niveles de educación financiera.


Declaraciones de IVA en 2024: periodicidad bimestral, cuatrimestral y anual

 


Un aspecto importante de la planeación fiscal consiste en determinar la periodicidad en que los responsables deben presentar y pagar las declaraciones de IVA durante el 2024.

En este editorial explicamos los obligados a realizar la presentación y pago de forma bimestral, cuatrimestral y anual.

La planificación fiscal es una parte fundamental de la gestión financiera; en el contexto del impuesto sobre las ventas –IVA– para el año 2024, la determinación de la periodicidad en la presentación y pago de declaraciones es esencial.

De acuerdo con el artículo 600 del ET, el período gravable podrá ser bimestral o cuatrimestral:

El período gravable del impuesto sobre las ventas será así: 

Declaración y pago bimestral para aquellos responsables de este impuesto, grandes contribuyentes y aquellas personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable anterior sean iguales o superiores a noventa y dos mil (92.000) UVT y para los responsables de que tratan los artículos 477 y 481 de este estatuto. Los períodos bimestrales son: enero-febrero; marzo-abril; mayo-junio; julio-agosto; septiembre-octubre; y noviembre-diciembre.

Declaración y pago cuatrimestral para aquellos responsables de este impuesto, personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable anterior sean inferiores a noventa y dos mil (92.000) UVT. Los períodos cuatrimestrales serán enero-abril; mayo-agosto; y septiembre-diciembre.

Debe recordarse que, según el artículo 601 del ET, deben presentar declaración y pagar el IVA los responsables de tal impuesto (incluidos los exportadores); sin embargo, no será obligatorio presentar esta declaración por aquellos períodos en los cuales no se hayan efectuado operaciones sometidas al IVA, ni las que den lugar a impuestos descontables, ajustes o deducciones.
Periodicidad del IVA durante 2024

De acuerdo con lo expuesto hasta el momento, deberán determinarse los ingresos al 31 de diciembre del año gravable anterior para determinar la periodicidad de la presentación del IVA para aquellos responsables de este impuesto:

Declaración y pago bimestral: cuando los ingresos brutos al 31 de diciembre de 2023 sean iguales o superiores a 92.000 UVT ($3.901.904.000 con la UVT 2023). Es importante aclarar que esta periodicidad es aplicable para los grandes contribuyentes, las personas jurídicas y naturales, así como para los responsables de los que tratan los artículos 477 y 481 del ET.

Declaración y pago cuatrimestral: cuando los ingresos brutos al 31 de diciembre de 2023 sean inferiores a 92.000 UVT ($3.901.904.000 con la UVT 2023). Aplicable a personas naturales y jurídicas.

Nota: con la introducción del régimen simple se incorporó una tercera periodicidad anual exclusivamente para los contribuyentes que se acojan a dicho régimen. Estudia el tema en nuestro artículo Declaración anual de IVA en el régimen simple de tributación.

A continuación, el Dr. Diego Guevara explica en detalle quiénes deberán presentar durante el 2024 las declaraciones de IVA en forma bimestral y quiénes en forma cuatrimestral.

Un aspecto que debe estudiarse es referente al origen de los ingresos que deben considerarse para la determinación de la periodicidad. Al respecto, mediante el Concepto 283 de 2021, la Dian determinó que los ingresos base para determinar la periodicidad gravable del IVA son los gravados y/o exentos:


lunes, enero 29, 2024

Seguridad y salud en el trabajo: factores de riesgo laboral

 


Aquí hablaremos sobre...

Factores de riesgo laboral físicos
Factores de riesgo laboral químicos
Factores de riesgo laboral biológicos
Factores psicosociales
Factores de riesgo ergonómicos
Otros factores de riesgo laboral

Los factores de riesgo laboral son condiciones o elementos que, al estar presentes en el ambiente de trabajo, aumentan la probabilidad de que ocurran accidentes o enfermedades laborales. Su identificación y gestión son fundamentales para promover un entorno laboral seguro y saludable.

Los factores de riesgo laboral son condiciones, situaciones o elementos presentes en el ambiente de trabajo que pueden aumentar la probabilidad de que ocurran accidentes o enfermedades laborales. Estos factores pueden afectar la salud y seguridad de los trabajadores.

El Ministerio del Trabajo, a través del Decreto 1477 de 2014, en su anexo técnico, precisó los factores de riesgo ocupacional (con sus respectivos agentes etiológicos, ocupaciones y enfermedades) a tener en cuenta para la prevención de enfermedades laborales: físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales.

Factores de riesgo laboral físicos

Estos factores se refieren a condiciones relacionadas con el entorno físico en el trabajo, como ruido, vibraciones, presión atmosférica, radiaciones ionizantes, radiaciones ópticas (ultravioleta, infrarroja y láser) y temperaturas extremas (calor y frío).
Factores de riesgo laboral químicos

Son factores que se originan por sustancias químicas presentes en el lugar de trabajo que pueden ser tóxicas, irritantes o perjudiciales para la salud. Las enfermedades relacionadas con estos factores son causadas por elementos como asbesto, arsénico, bromo, fósforo, yodo, plomo, hidrocarburos alifáticos o aromáticos, manganeso, monóxido de carbono, sílice, entre otros.
Factores de riesgo laboral biológicos

Son condiciones o elementos presentes en el entorno de trabajo que pueden aumentar la probabilidad de exposición a agentes biológicos, como bacterias, virus, hongos u otros organismos, que pueden causar enfermedades o afectar la salud de los trabajadores. Estos factores incluyen actividades que involucran contacto con materiales biológicos, trabajos en entornos con presencia de microorganismos patógenos, entre otros.

Factores psicosociales

Se refieren a condiciones y situaciones que pueden afectar la salud mental y el bienestar emocional de los trabajadores. Incluyen aspectos como el estrés laboral, la carga de trabajo excesiva, la falta de control sobre las tareas, la falta de apoyo social, la violencia o el acoso laboral, entre otros. Estos factores pueden contribuir al desarrollo de problemas psicológicos y afectar negativamente la calidad de vida de los empleados.

Factores de riesgo ergonómicos

Se refieren a condiciones en el entorno de trabajo que pueden afectar la interacción entre los trabajadores y su entorno laboral, especialmente en relación con la ergonomía, que es el estudio de la adaptación del trabajo al trabajador y viceversa.

Estos factores incluyen aspectos como la disposición de los equipos y mobiliario, la postura laboral, la repetitividad de ciertos movimientos y la carga física, con el objetivo de prevenir lesiones musculoesqueléticas y mejorar la eficiencia y comodidad en el trabajo.

En el siguiente video, la abogada Angie Vargas explica la responsabilidad penal o civil del empleador frente a los riesgos laborales:

Otros factores de riesgo laboral

Además de los factores de riesgo laboral mencionados, existen otros relacionados con accidentes de trabajo. Algunos ejemplos incluyen:

Riesgo mecánico: relacionados con maquinaria y herramientas que pueden generar riesgos físicos, como atrapamientos, cortaduras o golpes.

Riesgo eléctrico: exposición a corriente eléctrica, que puede provocar descargas eléctricas, quemaduras y otros peligros.

Riesgo de incendio y explosión: presencia de materiales inflamables, malas condiciones eléctricas o mal manejo de sustancias que pueden generar situaciones de riesgo.

Riesgo de caídas: superficies resbaladizas, alturas, ausencia de barandas de seguridad y otros elementos que aumentan el riesgo de caídas.

Riesgo de trabajo en alturas: relacionados con actividades realizadas en alturas elevadas, lo que aumenta el riesgo de caídas y lesiones.

domingo, enero 28, 2024

PUEDEN LOS HEREDEROS DE UN INMUEBLE PARTICIPAR DE LAS ASAMBLEAS EN PROPIEDAD HORIZONTAL?

 


Este interrogante fue absuelto por la Oficina Jurídica del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público – DADEP, mediante concepto 20231300031223 del 9 de agosto de 2023, en los siguientes términos:

1. “Una persona natural o jurídica que tiene calidad de mero tenedor, poseedor o heredero de un predio que hace parte de la Propiedad Horizontal, ¿Puede tener voz y voto dentro de las asambleas de la copropiedad?”

El artículo 37 de la Ley 675 de 2001 señala lo siguiente:

“La asamblea general la constituirán los propietarios de bienes privados, o sus representantes o delegados, reunidos con el quórum y las condiciones previstas en esta ley y en el reglamento de propiedad horizontal.

Todos los propietarios de bienes privados que integran el edificio o conjunto tendrán derecho a participar en sus deliberaciones y a votar en ella. El voto de cada propietario equivaldrá al porcentaje del coeficiente de copropiedad del respectivo bien privado.

Las decisiones adoptadas de acuerdo con las normas legales y reglamentarias, son de obligatorio cumplimiento para todos los propietarios, inclusive para los ausentes o disidentes, para el administrador y demás órganos, y en lo pertinente para los usuarios y ocupantes del edificio o conjunto”.

A partir de lo anterior, se deduce que:

La asamblea general es integrada por propietarios o sus representantes o delegados.

Todo propietario tiene el derecho de participar y votar basándose en el coeficiente de copropiedad de su bien.

Por ende, solo los propietarios, o sus representantes o delegados debidamente acreditados, tienen voz y voto.

Respecto del tema planteado, la Corte Constitucional en Sentencia C-318 de 2002 señaló lo siguiente:

“De todo lo anterior, no hay ninguna duda respecto de que los titulares de la propiedad en común son los propietarios de las unidades privadas del edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal.

En consecuencia, sólo a tales propietarios les corresponde adoptar, en conjunto y entre sí, en asamblea general de propietarios, las decisiones correspondientes al derecho de dominio sobre las áreas y los bienes comunes de que son titulares. Estas decisiones corresponden a la forma que consideren más eficiente para administrar tales bienes y las sanciones a imponer a quienes incumplan sus obligaciones, decisiones que, si bien se toman en conjunto, corresponden a la expresión del ejercicio de la propiedad, con ánimo de señor y dueño, con las limitaciones que establezcan la Constitución y la ley.

4.6 Entendidas así las cosas, hay que concluir que una ley expedida para regular el régimen de propiedad horizontal, como su nombre lo indica, está encaminada a reglar una forma especial de dominio en la que concurren derechos de propiedad exclusiva sobre bienes privados, y derechos de copropiedad sobre el terreno y los demás bienes comunes, por lo que deben establecerse con claridad los derechos y obligaciones que surgen para los propietarios, que decidieron adquirir un inmueble en estas condiciones. Y por ello, corresponde a la Ley definir cuáles son los derechos que los propietarios tienen sobre los bienes que no corresponden a sus bienes privados, y cuáles sobre los restantes bienes comunes del inmueble.

De otra parte, observa la Corte que quienes residan en el inmueble sometido al régimen de propiedad horizontal pero no sean propietarios, pueden verse afectados por decisiones adoptadas por la asamblea de copropietarios o por las autoridades internas, casos estos en los cuales no puede privárseles del derecho de elevar peticiones y obtener pronta resolución, como tampoco negárseles la posibilidad de ser oídos antes de que se adopten por quien corresponda las decisiones pertinentes, en cuanto puedan afectarlos, para lo cual podrán actuar directamente o por intermedio de representantes suyos y con sujeción al reglamento de propiedad horizontal que, se repite, no podrá conculcar o hacer nugatorio este derecho.

En consecuencia, el cargo general aducido por el actor, en el sentido de que la Ley sólo reguló los derechos de los propietarios y desconoció los derechos de quienes no lo son, como los tenedores, arrendatarios, poseedores, etc., no prospera, por las razones expuestas, pero habrá de entenderse condicionado a lo expuesto en párrafos precedentes, como se indicará, para mayor precisión en la parte resolutiva de esta sentencia.

4.8 Finalmente, sólo hay que decir, como lo pusieron de presente el interviniente y el señor Procurador, el actor asimila las nociones de propietario con las de poseedor, tenedor, arrendatario, y, en general, con la de cualquier persona, y que bajo cualquier título, que sea morador de un edificio o conjunto bajo el régimen de propiedad horizontal.

Como las diferencias son obvias, basta remitirse al Código Civil, para descartar que con la expedición de la Ley 675 se viole el derecho de quienes no son iguales, como es el caso que se examina” (Subrayado fuera del texto original).

Con base en lo anterior, para este despacho es importante efectuar las siguientes precisiones respecto de los poseedores y los herederos:

1. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en el concepto 12374 del 2009, aclaró que en el contexto de sucesiones ilíquidas, primero se debe reconocer la calidad de heredero y, a continuación, nombrar un representante legal o albacea. Estos representantes administran los bienes en propiedad horizontal hasta que finalice el proceso sucesoral.

2. Según el artículo 783 del Código Civil Colombiano, aquel heredero que administra un bien tras la muerte del propietario es considerado poseedor de la herencia desde el momento de su deferencia, lo cual eventualmente le concede el derecho de participar en la asamblea de copropietarios.

3. El artículo 762 del mismo Código establece que si alguien demuestra tener la posesión de un bien «con ánimo de señor o dueño», se le reconoce como poseedor, otorgándole derechos similares a los del propietario y, por ende, permitiéndole participar en la asamblea.

Concluyendo, los meros tenedores no poseen voz y voto en las asambleas. Sin embargo, los poseedores y herederos sí tienen potencialmente el derecho de participar y decidir, siempre y cuando cumplan con las condiciones legales mencionadas.


Debemos ver la analítica de datos como una herramienta que facilita el trabajo del contador público

 Aquí hablaremos sobre...


Analítica de datos y de los negocios para contadores públicos
Obtención de habilidades por parte de los contadores públicos
Habilidades generales que debe tener el contador público

Daniel Felipe Gómez afirma que en la analítica de datos el dominio de la matemática y la estadística no es aplicado en un alto porcentaje por parte de los contadores públicos.

Contadores deben tener habilidades en dominio y experticia en los negocios, así como saber sobre ciencia computacional.

Daniel Felipe Gómez, contador público y estudiante de la Maestría en Analítica de Datos de la Pontificia Universidad Javeriana, afirma que desde la analítica de datos existen nuevos retos para los contadores públicos. «Este es un tema que trae muchas preguntas desde la propia experiencia como estudiante y docente», dice.

Gómez explica que diariamente tenemos interacciones con dispositivos, a través de redes sociales, lo que origina gran cantidad de cadenas, tal cual como sucede en las organizaciones. «Los profesionales estamos inmersos en esta situación, interaccionamos con datos».

En la analítica de datos, al hablar específicamente del rol del contador público, sobresalen conceptos como el business intelligence y la analítica de los negocios.

El business intelligence es como un cerebro donde una mitad está compuesta del elemento tecnológico (analítica de datos, reporte, datos) y la otra mitad son las estrategias (metas, prioridades, dirección, precio, entre otros factores). En el centro está el business intelligence.

Desde su punto de vista, la tecnología se ha convertido en todo un reto para los contadores públicos, sobre todo cuando deben organizar y entregar reportes de información. El contador se está convirtiendo en un gestor de la información.

“El reto que tiene el contador está en el lado tecnológico, al preguntarse cuáles son los temas en los que debe actualizarse”

El contador público está tomando lo que le ofrece el entorno y se está actualizando. El reto que tiene el contador está en el lado tecnológico, al preguntarse cuáles son los temas en los que debe actualizarse, mejorar los conocimientos tecnológicos que tenemos hoy.

Analítica de datos y de los negocios para contadores públicos

Gómez destaca que, de la mano de la analítica de los negocios, un contador público puede lograr tres objetivos: i) descubrir y personalizar mejores formas de comunicación, ii) fortalecer el proceso de toma de decisiones y iii) prevenir y detectar el fraude.

La relación entre analítica y contador público siempre ha estado presente dentro del quehacer diario. La ciencia de los datos maneja el impacto que puede tener el uso de la información sin importar la profesión que se tenga.

La visualización, la estadística, el manejo de las bases de datos, la minería de datos, las comunicaciones, hacen parte de un aspecto clave del manejo de la información, pero enfocado hacia la toma de decisiones del contador público.

Muchas veces se ven lejanos estos procesos, pero la realidad muestra el desarrollo de estos conceptos. Por ejemplo, el simple escaneo de una factura puede reemplazar todo el proceso de registro contable. Muchos piensan que esto va a demorar, pero resulta que ya está aquí.
Obtención de habilidades por parte de los contadores públicos

Desde su experiencia, Gómez dice que el contador público debe, primero, conocer cómo se hacen los procesos para luego revisar si lo que se hizo está bien o no.

Muchas veces somos parte del proceso, pero no entendemos cómo se hace dicho proceso. En la analítica de datos el contador debe obtener habilidades para producirlos, no solo analizarlos.

El dominio del conocimiento, el análisis de los negocios, la presentación de la información, la estrategia aplicada a los negocios y la resolución de problemas son aspectos relacionados con la ciencia de los datos, pero son funciones que deben realizar los contadores; aspectos que se manejan a diario.
Habilidades generales que debe tener el contador público

Al involucrarse en la ciencia de los datos, los contadores públicos deben contar con habilidades en dominio y experticia en los negocios, conocimientos en matemáticas y estadística, así como saber sobre ciencia computacional.

Gómez se pregunta qué tanta estadística aplican los contadores públicos o modelos matemáticos o estadísticos para realizar sus análisis.

El dominio de la matemática y la estadística no es aplicado en un alto porcentaje por parte de los contadores públicos. Qué tan fuerte estamos en elementos como la estadística descriptiva, las herramientas matemáticas que utilizamos.

El profesional contable en el día a día aplica mucho conocimiento en sus procesos, como por ejemplo el manejo de Excel, pero qué pasa si va a manejar otro software u otros elementos tecnológicos; seguramente presentará falencias.

Frente al dominio y experticia de los negocios, este tema está relacionado con lo que se ha aprendido en un pregrado y posgrado, enfocado en el manejo de los procesos al interior de una organización. Aquí los contadores tenemos aspectos fuertes.

Gómez finaliza diciendo que si pensamos que el 90 % de la profesión es un aspecto técnico, hay un problema.

Debemos ver el big data o la analítica de datos como herramientas que facilitan nuestro trabajo, los roles que pueden surgir y que nos convertirán en analistas de resultados.


Informes de sostenibilidad: sinónimo de confiabilidad y comparabilidad para la profesión contable

 


Aquí hablaremos sobre...

Apoyo total a informes de sostenibilidad de alta calidad
La profesión contable posee un papel importante en la evolución de los informes de sostenibilidad
¿Por qué los contadores públicos deben saber y conocer sobre informes de sostenibilidad?
Fomento de las habilidades y competencias relacionadas con la sostenibilidad
Posicionamiento de la profesión para liderar
El papel de la Junta de Normas Internacionales de Sostenibilidad

Para IFAC, auditores y contadores públicos cumplen un papel fundamental en la elaboración de los informes de sostenibilidad.

El papel del contador público en la elaboración de informes relacionados con la sostenibilidad es una oportunidad mayor para generar valor a las empresas y clientes.

El 22 de febrero de 2022 la Federación Internacional de Contadores –IFAC–, la cual comprende 180 organizaciones miembros y asociadas, y representa a más de tres millones de contadores profesionales en todo el mundo, envió un mensaje de agradecimiento a la Comisión Europea por apostarle al mejoramiento de los informes de sostenibilidad.

Sí, los contadores públicos también están y deben estar comprometidos con la sostenibilidad desde sus labores. Emitir informes y estados financieros tendrá nuevos elementos trascendentales, enfocados en la sociedad y el medio ambiente.

“La IFAC comprende el papel fundamental que desempeñan los auditores y contadores públicos en general en la elaboración de informes corporativos de alta calidad”

Estos informes incluirían un enfoque en el gobierno corporativo, la auditoría y aspectos de supervisión del ecosistema que entrega información relevante y confiable a las partes interesadas.

La IFAC comprende el papel fundamental que desempeñan los auditores y contadores públicos en general en la elaboración de informes corporativos de alta calidad. Sin embargo, advierte la entidad:

No importa qué tan hábiles sean o con cuantos recursos cuenten, los auditores por sí solos no pueden superar las deficiencias significativas en otras áreas clave del ecosistema de informes, especialmente el papel de los directores, los comités de auditoría y los encargados del gobierno corporativo.

Apoyo total a informes de sostenibilidad de alta calidad

Los estándares globales conducen a una calidad mejorada y más consistente tanto en la generación de informes como en el aseguramiento.

La entidad apoya los informes de sostenibilidad de alta calidad aplicables a nivel mundial para la información financiera desarrollados por IASB, la divulgación de sostenibilidad desarrollada por ISSB, la auditoría y el aseguramiento desarrollados por IAASB, así como el Código Internacional de Ética de IESBA.

Las firmas de auditoría están en mejores condiciones para proporcionar no solo auditorías de estados financieros, sino también garantías sobre las divulgaciones de sostenibilidad.

La profesión contable posee un papel importante en la evolución de los informes de sostenibilidad

Sobre lo anterior, Kevin Dancey, CEO de IFAC, ha dicho que el gobierno corporativo, la auditoría y la supervisión se han centrado históricamente en la presentación de informes de estados financieros para inversores y otros proveedores de capital:

Ahora que la divulgación relacionada con la sostenibilidad se está generalizando, esta información también debe ser confiable y de alta calidad. La profesión contable, con su responsabilidad de actuar en el interés público, tiene un papel esencial que desempeñar en esta evolución de la información empresarial.

¿Por qué los contadores públicos deben saber y conocer sobre informes de sostenibilidad?

Sandra Fetecua, gerente de NIIF en Postobón, afirma que los contadores públicos deben estar atentos a todo lo relacionado con el cambio climático y cómo este afecta a las organizaciones.

Para ella, el contador público es quien administra la información financiera, pero de los temas no financieros también hay que estar atentos.

Fomento de las habilidades y competencias relacionadas con la sostenibilidad

La IFAC continuará trabajando con los contadores públicos para demostrar que no solo tienen las habilidades y competencias necesarias para preparar, asegurar y utilizar esta información, sino también la experiencia para construir y evaluar los controles y procesos necesarios relacionados con la sostenibilidad.

Al identificar qué habilidades se pueden aprovechar para cumplir con los nuevos requisitos y obtener nuevos conocimientos especializados en la materia, la IFAC respalda la postura de que los contadores están en la mejor posición para satisfacer las necesidades de las organizaciones en relación con la sostenibilidad.

Posicionamiento de la profesión para liderar

Los contadores son fundamentales para recopilar, analizar y comunicar información de alta calidad. Nuestro papel en la elaboración de informes y conocimientos relacionados con la sostenibilidad representa una oportunidad aún mayor de generar valor para las empresas y los clientes. La entidad advierte que:

El potencial futuro de la información sobre sostenibilidad es demasiado importante para no hacerlo bien; juntos defenderemos activamente que nuestra profesión está bien posicionada para hacer frente a este desafío.

El papel de la Junta de Normas Internacionales de Sostenibilidad

La Junta de Normas Internacionales de Sostenibilidad –ISSB– será la entidad encargada de diseñar los estándares globales de divulgación relacionados con la sostenibilidad que brinden a los inversores y otros participantes del mercado de capitales, así como información sobre los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad de las empresas para ayudarlos a tomar decisiones.

La necesidad de esta junta radica en que los mercados financieros deben evaluar los riesgos y oportunidades que enfrentan las empresas por los problemas ambientales, sociales y de gobernanza, ya que estos afectan el valor empresarial.

La Junta se basará en el trabajo de las iniciativas existentes de informes realizados por la Junta de Normas de Divulgación Climática, el Informe económico mundial, el Grupo de Trabajo para Divulgaciones Financieras Relacionadas con el Clima, el Marco de Informes Integrados de la Fundación de Informes de Valor y los estándares de la Junta de Normas Contables de Sostenibilidad.

La ISSB trabajará de la mano de la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad –IASB–.