martes, octubre 03, 2023

Asuntos legales – Alternativas para organizar su patrimonio en vida

 


Las sucesiones en caso de muerte son un tema crucial en el ámbito legal y patrimonial en cualquier sociedad. En Colombia, al igual que en muchos otros países, existen leyes y normativas que regulan cómo se distribuyen los bienes y activos de una persona fallecida entre sus herederos y beneficiarios.

¿Qué pasa cuando una persona fallece?

Cuando una persona fallece, comienza el proceso de sucesión. En este punto empieza una serie de reglas y trámites que deben considerarse. En primer lugar, se debe determinar si el fallecido dejó un testamento válido. Si existe un testamento, los deseos del testador serán respetados siempre que cumplan con los requisitos legales. Si no hay testamento o este es inválido, se aplicarán las reglas de la sucesión intestada, que es cuando los herederos legales toman la herencia según lo establecido por la ley.

Los herederos tienen el derecho de reclamar su parte de la herencia, la cual puede incluir bienes inmuebles, dinero, activos financieros y otros tipos de propiedades. Sin embargo, también tienen la obligación de cumplir con los requisitos legales y administrativos para recibir su parte correspondiente. Esto puede implicar la presentación de documentos y la obtención de certificados para demostrar su relación con el fallecido. Adicional a esto, se deberán asumir los costos asociosados al proceso de sucesión, dentro de los cuales están los costos notariales, impuesto de registro, honorarios de abogados, entre otros.

¿Puedo hacer algo para decidir sobre mi patrimonio en vida?

Sin embargo, existen otros mecanismos que permiten a las personas organizar su patrimonio en vida, dejando cierto margen para decidir sobre el destino de los bienes. Dentro de estos mecanismos se encuentran figuras como la fiducia civil, el testamento, la fiducia mercantil, usufructos vitalicios, la constitución de vehículos societarios en Colombia o en el exterior, e incluso se pueden utilizar figuras extranjeras como lo son las fundaciones de interés privado o los trusts.

¿Qué aspectos debo considerar antes de organizar mi patrimonio?

La elección del tipo de vehículo para planear la sucesión dependerá de los intereses de cada persona. Dentro de los aspectos que se entran a revisar está la composición familiar, si se tiene un negocio familiar y a cuáles miembros de la familia se les quiere dejar su propiedad, la protección al cónyuge o compañero permanente, el tipo de activos que componen el patrimonio, si están en Colombia o en el exterior, si alguno de los miembros de la familia tiene pensado vivir en otro país, si se quieren dejar activos a personas que no se encuentren dentro del núcleo familiar, entre otros.

Una vez se revisan estos aspectos, se debe entrar a organizar los documentos, dejar los deseos de la persona blindados para que sean jurídicamente válidos, revisar las mejores alternativas para traspasar los activos en caso de que se requiera, analizar las normas de otros países y sus efectos en Colombia y entender cada paso sus implicaciones legales, tributarias, contables, cambiarias, y demás efectos que puedan derivarse de los movimientos que se realicen.

Si bien es cierto que este tipo de mecanismos ayuda a las personas a tener potestad de decisión dentro de la distribución de sus bienes, proteger a determinadas personas y evitar conflictos futuros entre los herederos y/o el cónyuge o compañero permanente, es muy importante que se tenga también en cuenta el respeto por la norma sucesoral. El hecho de distribuir el patrimonio en vida bajo estas figuras no implica poder saltarse las normas sucesorales, pues esto puede dar paso a controversias de cara a la validez de la planeación que se realice.

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