A días del inicio de la reducción de la jornada laboral, han surgido preguntas sobre este proyecto, aquí resolvemos las más comunes
Luego de que el Ministerio del Trabajo anunciara que a partir del próximo 16 de julio iniciará la reducción gradual de la jornada laboral semanal, muchas dudas sobre el proyecto han surgido. Sin embargo, ante la preocupación de algunos, el Ministerio explicó que este proyecto no afectará el salario ni los derechos de los trabajadores, por el contrario, buscará mejorar las condiciones de vida de los empleados.
Según Edwin Palma, viceministro de relaciones laborales, se espera que "durante 2023 se pase de laborar 48 a 47 horas semanales. El cambio será progresivo a lo largo de los años, es decir, para el 16 de julio de 2024, se reducirá nuevamente una hora, llegando a 46 horas semanales".
Siguiendo esta línea, para 2025 se reducirían dos horas más, es decir, la jornada sería de 44 horas, y finalmente, a partir del 16 de julio de 2026, se establecerá una jornada laboral máxima de 42 horas semanales. El viceministro enfatizó en que esta medida aplica inicialmente para personas naturales que tengan contratos con empresas privadas.
Gloria Inés Ramírez Ríos, ministra de Trabajo, explicó que este proyectó “no es perjudicial para aquellos empleadores que quieran acogerse de forma anticipada a la reducción de la jornada máxima propuesta por la norma y se recuerda, que la reducción de jornada no implica una disminución salarial”.
Ante esto, también cabe la duda de si la modificación de la jornada semanal implicaría un cambio en el valor de la hora ordinaria de trabajo.
Sobre este tema, la misma norma aclara que la implementación de la reducción de la jornada no implicará una modificación en las condiciones de remuneración de los trabajadores. De hecho, la norma indica que no puede reducirse ni el salario, ni el valor de la hora ordinaria como base para liquidar los recargos.
Sin embargo, si habrá un cambio en este aspecto, ya que al ser menos las horas de trabajo, el valor de la hora ordinaria aumentaría, pues por el mismo salario pactado, se estarían trabajando menos horas al mes.
De esta manera, y usando como ejemplo el salario mínimo para este año ($1.160.000), se puede ejemplificar el cambio que podría tener el valor de la hora ordinaria:
Actualmente el salario remunera un total de 240 horas de trabajo al mes. De este total de horas, 208 son laborales y 32 son horas destinadas al descanso. La reducción se dará exclusivamente en las horas de trabajo.
Teniendo en cuenta este punto, se puede indicar que por cada año transcurrido y por cada hora reducida, variará el número de horas mensuales laborables al mes y por lo tanto el valor de la hora. En este sentido, ya no serían 208 las horas laborables, sino que estas irán disminuyendo en la medida que la jornada ordinaria es de menor duración.
Entonces, tras haber cambiado el número de horas laborables, el monto del salario compensará el nuevo total de horas al mes y deberá ser dividido por el nuevo valor. En ese sentido, haciendo la el ejemplo con el año 2023, el salario compensaba un total de 240 horas al mes durante el primer semestre, mientras que para el segundo semestre compensará un total de 235,66 horas.
Esto significa que la hora para el primer semestre tenía un valor de $4.833 ($1.160.000/240), mientas que la hora para el segundo semestre tendrá un valor de $4.922.34 ($1.160.000 / 235,66)
Otra pregunta que ha surgido es, ¿puede haber sanciones para las empresas que incumplan este cambio?
La respuesta es, sí. Según lo señalo normativa, todas las disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo equivalen a normas de orden público, irrenunciables y de carácter obligatorio. Lo que significa que la Ley 2101 de 2021 (la que reduce la jornada laboral) no puede desconocerse por parte de las empresas, las cuales están en la obligación de hacer la reducción laboral semanal o de lo contrario, afrontarían una serie de sanciones de la ley laboral.
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