domingo, marzo 12, 2023

¡Ojo! La Pila no le permite cotizar solo a salud

 


Aquí hablaremos sobre...

¿Qué es la Pila?
¿Se puede cotizar solo a salud?
¿Cómo se hace la validación para aprendices y para subtipos de cotizantes 03 y 04?

Con las modificaciones que trajo la Resolución 2012 de 2022 en la planilla integrada de liquidación de aportes –Pila– se establecieron mayores controles para la autoliquidación y el correcto pago de los aportes a seguridad social y parafiscales.

Conoce todos los detalles a continuación.

Mediante la Resolución 2012 del 20 de octubre de 2022, el Ministerio de Salud y Protección Social incorporó varias modificaciones en la planilla integrada de liquidación de aportes –Pila– para la autoliquidación y el correcto pago de los aportes a seguridad social y parafiscales.

Uno de los cambios más importantes tuvo que ver con la implementación de mecanismos de validación para el uso de los tipos de cotizante de los aprendices en etapa lectiva, aprendices en etapa productiva, cotizantes no obligados a cotizar a pensión por edad y cotizantes con los requisitos cumplidos para pensión o para indemnización sustitutiva o devolución de saldos.

¿Qué es la Pila?

La planilla integrada de liquidación de aportes –Pila– es una ventanilla virtual que permite la autoliquidación y pago integrado de aportes al sistema de seguridad social integral (salud, pensión, riesgos profesionales, caja de compensación) y parafiscales (artículo 3.2.3.4 del Decreto 780 de 2016).

Todas las personas (empresas, trabajadores independientes, contratistas, servicio doméstico, etc.) obligadas a efectuar el pago de las cotizaciones al sistema de seguridad social integral deberán hacerlo a través de la Pila.

La Pila liquida los aportes que deben ser pagados según las normas y regulaciones vigentes para cada subsistema y le informa al usuario los valores a pagar. Es importante recordar que la liquidación de los aportes depende de la información que cada persona ingrese en la planilla: ingreso base de cotización –IBC–, tipo de persona o cotizante, condición de la persona, etc.

A través de la Resolución 2388 de 2016 y sus posteriores modificaciones, se unificaron las reglas para el recaudo de los aportes al sistema de seguridad social integral y parafiscales a través de la Pila con el fin de ser aplicadas por los aportantes, los operadores de información y las administradoras del sistema.

Conoce, a través de la explicación de la Dra. Angie Vargas, especialista en Derecho Laboral, qué es la Pila:

¿Se puede cotizar solo a salud?

Como decíamos, una de las modificaciones más importantes que trajo la Resolución 2012 de 2022 de MinSalud en la Pila fue la implementación de validaciones para el uso de los siguientes tipos de cotizantes:

-Aprendices en etapa lectiva.

-Aprendices en etapa productiva.

Y de los siguientes tipos de subcotizante:

- Cotizante no obligado a cotizar a pensión por edad.
- Cotizante con requisitos cumplidos para pensión o para indemnización sustitutiva o devolución de saldos.

En efecto, la unidad de gestión pensional y parafiscales –UGPP– había solicitado a MinSalud implementar mecanismos de validación en los tipos y subtipos mencionados, debido a que muchas personas estaban haciendo un manejo inadecuado de estos para efectuar solamente el pago en salud. En otras palabras, muchas personas estaban utilizando dichos tipos y subtipos para no realizar el pago obligatorio a pensión.

Es importante recordar que, de acuerdo con la legislación colombiana, los aportes a seguridad social son integrales, es decir, que deben incluir afiliación a una EPS, a una administradora de fondo de pensiones y a una ARL, en caso de que por la actividad ejecutada sea obligatorio, y deben liquidarse a partir del IBC.

Entonces, por regla general, no está permitido que una persona efectúe la cotización solo a salud, con excepción de las personas que por su vínculo laboral o por su condición no deban hacerlo como, por ejemplo, los aprendices del Sena con contrato de aprendizaje o los pensionados.

¿Cómo se hace la validación para aprendices y para subtipos de cotizantes 03 y 04?

Con el propósito de evitar el uso incorrecto de los tipos y subtipos enunciados anteriormente, la citada Resolución 2012 establece los siguientes mecanismos de validación:

Para aprendices en etapa lectiva y productiva: desde el 1 de diciembre de 2022, los aprendices Sena deberán estar registrados en la base de datos de registro de aprendices en el sistema de gestión virtual implementado por el Sena para poder ser reportados en la Pila.

Para los subtipos de cotizantes 03 y 04: desde el 1 de diciembre de 2022 la UGPP dispondrá de una base de datos sincronizada con la información proporcionada por la registraduría para tener control detallado sobre las personas que no están autorizadas para usar dichos subtipos. Si la persona se encuentra reportada en dicha base de datos, no podrá utilizar los subtipos 03 y 04 en la Pila y obligatoriamente debe cotizar a pensión.

Entonces, si una persona no se encuentra registrada en la base de datos de aprendices Sena o en la reportada por la UGPP para los cotizantes 03 y 04, no podrá hacer la cotización solo a salud debido a los mecanismos de validación introducidos en la Pila y deberá, por tanto, cotizar obligatoriamente a pensión.

En todo caso, si la persona considera que hay una inconsistencia en la validación, deberá contactar directamente con la UGPP para actualizar la información.

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