lunes, enero 31, 2022

La solución debe ser generar más empleo formal

 Si los desempleados no fueran más de cuatro millones y los jóvenes tuvieran acceso a más empleos formales, las cosas no se verían tan oscuras en este momento socioeconómico


Generar empleo. Es muy fácil decirlo, pero muy difícil hacerlo. Crear puestos de trabajo formales, con todas las condiciones legales de salud, vacaciones, pensiones, riesgos profesionales, cesantías y estabilidad en el tiempo es el objetivo que debe trazarse el Gobierno Nacional, pero para poder lograrlo debe trabajar con el sector productivo que es el mayor empleador en las economías de libre mercado. La ruptura se da cuando el Ejecutivo no tiene puntos de encuentro o de diálogo con los empresarios, los emprendedores, el sistema financiero y las universidades; cuando esas comunidades no hablan entre sí, ni comparten objetivos y el mismo lenguaje ni se desarrolla un clima de oportunidades para todos, las cosas se complican. Problema que crece cuando prolifera y prospera la animadversión o malquerencia por las empresas, por hacer empresa, por emprender y se esparce entre los jóvenes la nociva idea de que son los subsidios gubernamentales los que solucionan la ocupación de las personas.

Hay una población económicamente activa cercana a los 24 millones de personas, es decir todas las personas en capacidad de trabajar, de los cuales hay casi cuatro millones que están buscando trabajo, un elevado 15% de desempleo. Cuando se mira a los jóvenes las cosas son peores, 1,6 millones entre los 14 y 28 sin trabajo y muchos sin formación para el trabajo. El drama de las mujeres jóvenes es mucho más dramático, su tasa de desocupación supera 30%, incluso la tendencia de la inactivación crece sin remedio como una enfermedad social que avanza, decisión personal que condena a las nuevas generaciones a la pobreza y el subdesarrollo crónico. Cuando una sociedad no tiene la expectativa de ocuparse, conseguir una labor remunerada para progresar en su bienestar, toda la sociedad está condenada al fracaso y a tener que vivir del Estado.

Ahora que se avecinan elecciones para el Congreso y la Presidencia, el asunto de debate más importante debe ser la oferta de trabajos formales como una meta nacional. Debe lanzarse una gran campaña nacional por empleos formales que comprometa a los sectores público y privado, vincule a las universidades y se cree una hoja de ruta para la próxima década. La meta mega es que Colombia llegue a 2030 con pleno empleo y para lograrlo se deben comprometer los programas políticos, los empresarios y el Gobierno. Obvio, no puede haber pleno empleo sin un crecimiento económico por encima de 5% de manera constate, y el crecimiento sólo se garantiza con seguridad jurídica, tributaria, orden público y en libre competencia en un mercado dinámico que premie a los innovadores, emprendedores jóvenes y estimule empresarios tradicionales. Un niño solo tiene futuro si sus padres tienen un trabajo formal, estable que le resuelva sus necesidades básicas insatisfechas.

El hilo de las marchas y las protestas en todos los rincones de Colombia tiene que ver con el desempleo, que valga la justificación, se disparó en la pandemia. Bajar el desempleo a tasas de un dígito costará un par de años, pero si hay compromiso de todos, empresas, universidades y el Gobierno, el gran error que se puede cometer en este momento es creer que con subsidios se solucionan las necesidades de las personas; eso solo pasa en países del primer que tienen buscan bienestar, pero no la competitividad.

Incentivos tributarios para empresas que generan valor

 


Desde TEAM Ingeniería de Conocimiento hemos trabajado en la promoción de los instrumentos de fomento y particularmente, la opción de que tien en las empresas de descontar de su impuesto de renta hasta el 25% de la inversión realizada en I+D+I, y además, llevar al gasto para deducir las inversiones realizadas en proyectos que sean calificados por el Ministerio de Ciencias (antes COLCIENCIAS) para ese fin.

También hemos trabajado en la promoción de otros instrumentos como los incentivos vinculados a inversiones en proyectos con impacto ambiental positivo, Energías Alternativas y Fuentes no Convencionales de Energía.


Hemos explorado también que estos incentivos le son aplicables a organizaciones como las Cooperativas que anteriormente no tenían acceso a los mismos (vea aquí el artículo) y como este instrumento le sirve de forma especial a las PYMES que tienen la opción de acceder como beneficio hasta un 50% de las inversiones que realicen (ver nota del blog).

Sabemos que el tema sigue siendo un poco complicado de entender, y que muchas empresas aún no tienen una noción de estos beneficios, y por ello seguimos generando contenidos que contribuyan a que los empresarios tengan una mejor comprensión de este y otros temas tan importantes para fortalecer su capacidad competitiva, como lo es la implementación de Sistemas de Gestión de Innovación, y el trabajo en red.




Establecen un plazo máximo para atender quejas de acoso laboral por parte de los comités de convivencia

 



Por orden de la Función Pública, los comités laborales deberá recibir y dar celeridad a trámites de quejas sobre el acoso laboral

El Departamento Administrativo de la Función Pública afirmó por medio de un concepto jurídico que los comités laborales de convivencia deben reunirse cada tres meses para dar parte sobre las quejas de acoso laboral de los empleados.

El anuncio se dio luego de que un servidor público pidiera un estimado sobre el tiempo de resolución del comité de su entidad sobre una denuncia por acoso laboral.

Según Función Pública “el comité es una instancia al interior de la entidad que está llamada a actuar como tercero neutral en la construcción de un acuerdo por parte de las partes implicadas, para lograr armonía entre las personas que conviven en el ambiente laboral. Ordinariamente, las reuniones del comité se realizarán cada tres meses donde se dará trámite a las quejas presentadas”.

Entre las funciones que atañen al comité laboral están la de recibir y dar celeridad al trámite de las quejas relacionadas con acoso laboral. Deberán también examinar de manera confidencial los casos presentados y escuchar a las dos partes relacionadas con el caso. Tras una evaluación de la situación, tendrá que formular un plan de mejora entre las partes y hacer un seguimiento de los compromisos producto del trato de los implicados.

Otra de las funciones del comité es presentar a la alta dirección de la entidad los resultados y recomendaciones desarrolladas para prevenir escenarios de acoso laboral, lo cual hará que las medidas preventivas sean cumplidas a cabalidad.

Finalmente, el comité, según las indicaciones de Función Pública, debe hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones y elaborar informes trimestrales sobre la gestión. “Todas estas funciones deben ser debidamente supervisadas y cumplidas a través de la presidencia del comité de convivencia laboral”, afirma el comunicado de la entidad.

Empresas de servicios temporales: ¿qué tipos de contrato de trabajo pueden utilizar?

 


Las empresas de servicios temporales tienen como función enviar trabajadores en misión a empresas usuarias para el desarrollo de labores transitorias.

Estos trabajadores pueden ser contratados bajo distintos tipos de contratos.

A continuación, te daremos a conocer cuáles son y cómo se caracterizan.

Las empresas de servicios temporales –EST– son aquellas que contratan la prestación de servicios con terceros beneficiarios, denominados empresas usuarias, para la colaboración temporal en el desarrollo de determinadas actividades mediante el envío de trabajadores en misión.
Tipos de contratos de trabajo

En la legislación laboral existen diferentes tipos de contrato de trabajo, los cuales se diferencian, principalmente, por el término en que son pactados:
A término fijo: este contrato comprende una fecha de inicio y finalización. Puede ser pactado por un término inferior a un (1) año, por un (1) año y máximo a tres (3) años.
A término indefinido: en este contrato no se define una fecha de finalización.
Por obra o labor determinada: en este tipo de contrato el empleador contrata a un trabajador para desarrollar una actividad determinada.
Trabajo ocasional, accidental o transitorio: este contrato no tiene una duración superior a un (1) mes.

Atendiendo a lo anterior, en lo concerniente a nuestro caso en concreto, el artículo 2.2.6.5.6 del Decreto 1072 de 2015 establece que las empresas usuarias pueden contratar los servicios de las EST cuando:
Se trate de labores ocasionales, accidentales o transitorias, las cuales, por lo general no tienen una duración mayor a un (1) mes.
Se requiera el reemplazo de personal por un período de vacaciones, licencias o incapacidades de origen común o laboral.
Por aumento en la producción, el transporte, ventas, períodos de cosechas, entre otros.
“según la clasificación de los tipos de contrato de trabajo y las labores para las que pueden ser enviados los trabajadores en misión, estos se pueden vincular mediante contratos a término fijo u ocasional, accidental o transitorio”

Tenemos entonces como primera medida que, según la clasificación de los tipos de contrato de trabajo y las labores para las que pueden ser enviados los trabajadores en misión, estos se pueden vincular mediante contratos a término fijo u ocasional, accidental o transitorio.

Respecto a este tema, el Ministerio del Trabajo, mediante el Concepto 6863 de 2021, precisó, lo siguiente:

(…) se tiene que el objeto de las EST es colaborar al usuario temporalmente en el desarrollo de las actividades; temporalidad que dependerá del servicio a contratar, es decir, cuando se trate de labores ocasionales, transitorias o accidentales podrá contratarse por 30 días, prorrogables por otros dos periodos, esto es hasta 90 días, según el artículo 6 del CST. Si se trata para reemplazos en vacaciones, licencias o incapacidad, el servicio contratado durará lo que dure la novedad respectiva; y si se trata de incrementos de la producción, entre otros, la duración del servicio será de 6 meses, prorrogables hasta por 6 meses más, pues si cumplió su plazo más su prorroga, la causa originaria del servicio específico subsiste en la empresa usuaria, no se podrá prorrogar el contrato ni celebrar uno nuevo con la misma o con diferente EST para la prestación de dicho servicio.

(El subrayado es nuestro).

Dado lo anterior, tenemos que las empresas de servicios temporales pueden celebrar contratos de trabajo ocasional, accidental o transitorio cuando se requiera la prestación de servicios por parte de los trabajadores en labores que no conlleven más de 30 días (prorrogables hasta 90 días) o contratos a término fijo cuando la labor a realizar supere este último término y se extienda hasta máximo seis (6) meses, prorrogables por el mismo término.

Conviene mencionar que también podría utilizarse el contrato por obra o labor cuando se establezca de manera especifica la labor a cumplir por parte del trabajador, es decir, por ejemplo, que deba cosechar determinadas frutas, caso en el cual no se le podría exigir que cumpla ninguna otra actividad. Cuando se trate de la ejecución de obras debe tenerse en cuenta el tiempo que puede tardar su consecución debido a que este contrato no puede exceder a un (1) año.

Dado lo dicho, tenemos a su vez que las EST no podrían celebrar contratos a término indefinido con los trabajadores enviados en misión, debido a que iría en contra de la naturaleza de la prestación de servicios de manera temporal. Resulta conveniente mencionar que tampoco podrían utilizarse, para este tipo de trabajadores, contratos de prestación de servicios.

Menor aporte de pensionados a salud sería de $466.868 millones

 La reducción de la cotización a 4% para quienes reciben un mínimo, sería el costo fiscal que la Adres deberá compensar en el presupuesto, según Anif.



La cotización de este grupo de pensionados se reduciría a la mitad, al pasar de $934.336 millones a $467.168 millones.

Además del ajuste de la mesada pensional de 10,07% que percibirán 1,18 millones de adultos mayores en el país que devengan un salario mínimo, esta población, que representa el 61,9% del total de los pensionados también notará una reducción en su cotización mensual en salud del 4%.

Así quedó estipulado gracias a la Ley 2010 de 2019, una reforma tributaria también conocida como Ley de crecimiento económico, y esta también ha sido una de las peticiones de los sindicatos y pensionados en la mesa de concertación del salario mínimo.

En días pasados, el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez, explicó que seis de cada 10 pensionados se beneficiarán con las medidas, y aunque para estos representa un alivio en sus bolsillos, la medida también podría tener un costo fiscal importante.

Un análisis elaborado por el centro de estudios económicos Anif evidenció que, “la cotización para este grupo de pensionados se reduciría a la mitad, al pasar de $934.336 millones a $467.168 millones”, lo que equivale a que la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) dejaría de percibir $466.868 millones por concepto de las cotizaciones de este grupo de pensionados.

Además, de acuerdo con el comentario de Anif, estos recursos tendrían que compensarse “con los aportes del Presupuesto General de la Nación (PGN) para asegurar el cierre financiero del Sistema General de Seguridad Social en Salud”.

Para dicho análisis, el centro de investigaciones económicas actualizó el incremento de las pensiones, para 2022, y así estimó el costo de la cotización al régimen contributivo en salud, y calculó el impacto fiscal anual que podría traer la medida de ajuste a la cotización en salud de los pensionados.

Una visión similar a la de Anif en este tema la tiene también el investigador de Fedesarrollo David Forero, quien aseguró que si se tiene el cuenta la proporción de los pensionados para los que aplica esta reducción, “tiene un impacto fuerte”.

De acuerdo con el experto, “hay un problema con el sistema de salud, y es que es deficitario, estas medidas, si bien benefician a los pensionados de bajos ingresos también pueden afectar al sistema de salud. Teniendo en cuenta, además, que las personas mayores demandan más servicios de salud. Un salario mínimo también es poco en términos de ingresos, por lo que tiene un impacto importante no tanto por el valor de la persona, sino por la cantidad de pensionados”, dijo.

El investigador señaló también que, como está acotada a los pensionados de solo un salario mínimo, esta política no es tan regresiva, pero extenderla a otros niveles de ingresos sí podría tener un impacto mayor.


RADIOGRAFÍA PENSIONAL

Por ahora solo los pensionados que devengan el equivalente a un mínimo tendrán un aporte en salud de 4%. En el caso de quienes reciben una mesada pensional entre 1 y 2 SMMLV, es decir, entre $1 y $2 millones, el aporte está en 10%, y para quienes perciben más de 2 SMMLV es 12%.

Sin embargo, en la Mesa de Concertación hay dos propuestas que siguen pendientes de discusión: una reducción de 10% a 8% de la cotización a salud por parte de los pensionados que tienen una mesada entre 1 y 2 salarios, o que se iguale al 4% la cotización de todos los pensionados.

De acuerdo con cifras del Ministerio de Trabajo, en Colombia hay en total 1,9 millones de pensionados dentro del régimen de prima media (RPM), pero si se revisa la distribución de las mesadas, la mayoría se ubica por debajo de cuatro salarios mínimos.

Así es como, además del 61,9% que recibe un mínimo, hay 329.906 pensionados que devengan entre 1 y 2 salarios mínimos, el 17% del total, y 296.123 reciben entre 2 y cuatro salarios, lo que representa el 15,6%.

En contraste, solo 5% de los pensionados está por encima de los 4 salarios mínimos, es decir, $4 millones para el año 2022. Allí, solo 74.064 personas perciben una mesada pensional entre los 4 y los 10 SMMLV, 15.469 pensionados, el 0,81% del total, se ubican entre los 10 y los 20 salarios mínimos, y apenas 8.330 tienen una pensión mayor a 20 salarios.

Además, las cifras de Mintrabajo indican también que entre los pensionados que no reportan rango salarial se tiene que hay 238.921 pensionados dentro del régimen de ahorro individual (Rais), 220.494 del magisterio, 78.017 pensionados por medio de la caja de retiro de las Fuerzas Militares, y 86.567 de las entidades de orden territorial.

“Si se mira desde una perspectiva de equidad, quienes están pensionados son apenas una cuarta parte de los adultos mayores tiene cobertura pensional. Eso ya es una minoría”, indicó también Forero.

Qué hacer cuando recibe en un cajero un billete falso o deteriorado?

 Cada entidad bancaria maneja un tiempo límite y otras especificaciones para presentar estas reclamaciones.



Si alguna vez recibe billetes falsos o en mal estado en un cajero automático, su entidad bancaria deberá responder por esto.

Este es el procedimiento que debe seguir (divulgado por Asobancaria y Superfinanciera):

Acercarse a alguna sucursal u oficina de su banco para hacer el reclamo.
Diligenciar un formato con los datos del cajero en el que se realizó el retiro, la denominación y la serie de los billetes.
Adjuntar el comprobante del retiro.

El banco procederá a verificar si el billete es falso y, de ser así, se abonará a su cuenta el valor que corresponda. Este procedimiento aplica para billetes falsos o en muy mal estado.

Tenga en cuenta que cada entidad bancaria maneja un tiempo límite y otras especificaciones para presentar estas reclamaciones.

viernes, enero 28, 2022

Facturación Electrónica en Latam, la región que lidera su implementación

 


¿Porqué cada vez más países incorporan la facturación electrónica? Aquí compartimos los beneficios y cómo adecuarse a la norma de forma exitosa.

La facturación electrónica es una herramienta que, además de contribuir a la transformación digital de las administraciones tributarias, ayuda a combatir la evasión fiscal y brindar mayor transparencia. Latinoamérica lidera la implementación a nivel mundial, ya que casi el 70% de los países la han incorporado.

En este artículo te contamos por qué adherirse al sistema de facturación electrónica y cómo adaptarse a la norma de manera efectiva sin correr riesgos de sanciones por incumplimiento.

¿Por qué cada vez más países apuestan a la Facturación Electrónica?

La Facturación Electrónica (FE) comenzó a implementarse en la década del 90. Los objetivos de esta acción son controlar la evasión fiscal, lograr una transparencia tributaria y desarrollar la transformación digital de las administraciones tributarias. Esta idea original se fue extendiendo de forma progresiva a otras áreas como control de tránsito de mercaderías, nóminas salariales o nuevos servicios.

Pero la facturación electrónica no solo ha mejorado la recaudación de las administraciones tributarias. También ha beneficiado a los contribuyentes haciendo más fácil, eficiente y accesible su contabilidad.

Si nos remitimos a la situación de América Latina, en 2003, Chile fue el primer país en poner en marcha esta herramienta. Hoy la región es líder mundial en la implementación de FE, ya que el 70% de las administraciones tributarias la han puesto o están en proceso de ponerla en marcha.



Fuente: Billentis Market Report 2018

Debido a que a nivel mundial no existen dos sistemas de facturación electrónica iguales, las soluciones de FE, como Coldview Factura Electrónica, deben adecuarse a las exigencias específicas de cada país. Para dar respuesta a esto la comunidad internacional planea a futuro crear una única plataforma que permita cruzar información y, de este modo, combatir la evasión fiscal. Incluso se baraja desarrollar una factura electrónica internacional para conocer de donde provienen las rentas de los contribuyentes. Un proyecto que, de llevarse a cabo, traerá beneficios a las naciones de todo el mundo.

Facturación Electrónica en Latinoamérica y su implementación en la región

En las dos últimas décadas más de 15 países de América Latina implementaron la factura electrónica como estrategia para combatir el fraude y facilitar el cumplimiento tributario.


A continuación te contamos algunos datos interesantes sobre la aplicación en la región.

En 2003, Chile fue el pionero en utilizar esta tecnología. Sin embargo, recién a partir de 2014 la convirtió en obligatoria.

En 2007, Argentina fue el primer país en Latam en hacerla obligatoria. En 2021, continuó con su implementación masiva de la exigencia de emisión de la FE y las notas de crédito y/o débito.

A mediados de 2020, Colombia la implementó previendo una adhesión de 350.000 contribuyentes. Según datos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), a finales de diciembre de ese año, la cantidad de facturadores electrónicos colombianos ascendía a 410.000.

En 2020, Ecuador continuó ampliando el número de contribuyentes obligados a emitir la FE. Debido al crecimiento del comercio por internet durante la pandemia, el volumen de emisores electrónicos se incrementó mucho más de lo normal.

México cuenta con uno de los sistemas de factura electrónica más sofisticados de Latinoamérica. En 2011, estableció el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI). Un procedimiento basado en la validación a través de un Proveedor Autorizado de Certificación, también conocido como PAC.

Uruguay en 2020 alcanzó la implementación masiva y gradual de la factura electrónica o Comprobante Fiscal Electrónico (CFE) que comenzó en 2016. En el último año, la Dirección General Impositiva (DGI) extendió la transformación digital al resto de comprobantes, impuestos y documentos empresariales.

Con la irrupción del Covid-19 Paraguay retrasó el proceso de obligatoriedad. Pero, a partir de 2022, el Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional (SIFEN) será obligatorio para las empresas contempladas en la Resolución General nº 95/2021.

Facturación Electrónica y Carta Porte: la importancia del control en el traslado de mercancías

Como mencionamos, los gobiernos latinoamericanos vieron el potencial que tiene la Facturación Electrónica para el control del tránsito de mercancías.

Así es como cada vez más países exigen la Carta Porte en el transporte de mercadería. La Carta Porte es un instrumento jurídico de carácter declarativo, donde están todos los detalles relativos al traslado de mercancías en un territorio nacional o internacional. Este documento nace como complemento de la factura electrónica, ya que brinda información más completa y en tiempo real sobre los productos que se trasladan.

Por ejemplo, en Brasil, desde 2014 la administración tributaria exige el MDF-e (o Manifesto Eletrônico de Documentos Fiscais). Se trata de un sistema tan sofisticado que en la mayoría de los casos no es necesario detener los camiones para verificar la existencia del documento.

El caso más reciente es el de México, donde la administración tributaria (SAT) requiere el CFDI con el Complemento de Carta Porte para trasladar mercadería por carretera, ferrocarril, vía aérea o fluvial. El gobierno mexicano vio en este instrumento un recurso valioso para combatir el flagelo del contrabando. Ya que, según el Servicio de Administración Tributaria (SAT), alrededor del 60 por ciento de los bienes que se trasladan vía terrestre en México es ilegal.

El complemento Carta Porte será obligatorio a partir del 1° de enero de 2022. Como se trata de uno de los sistemas más sofisticados de la región, los contribuyentes mexicanos se enfrentan al enorme desafío de cumplir con la norma. Porque para adecuarse se requiere de mucha información y para lograrlo es vital contar con una solución específica. Como, por ejemplo, Coldview Carta Porte que cuenta con un Portal de Transportistas que facilita la tarea de quienes están a cargo del traslado y evita que la compañía se exponga a sanciones por incumplimiento.

5 Beneficios de la Facturación Electrónica para las empresas

Ahora bien, ¿qué beneficios reporta a las organizaciones contar con un software de facturación electrónica?

Como mencionamos al inicio de este artículo, el desafío es encontrar un proveedor que brinde una solución adecuada a las normas y estándares exigidos por las autoridades locales. Ni hablar si se trata de una empresa que opera en distintos países de Latam, ya que cada administración posee requerimientos particulares.

Por ello creamos la solución Coldview Facturación Electrónica que ofrece a las organizaciones ventajas como:

Seguridad de la información Ya que protege comprobantes con altos estándares de seguridad y cifrado. A la vez que garantiza que la información almacenada es inalterable y cuenta con plazos de resguardo según la normativa aplicable.


Validación en línea Brinda soporte para la validación en línea de comprobantes recibidos contra la autoridad fiscal.

Adaptabilidad Una solución que se adapte a la normativa fiscal del territorio de aplicación. Siguiendo las reglas y controles específicos para la emisión, la recepción y la validación de comprobantes. Por ejemplo, en México somos Proveedor Autorizado de Certificación (PAC).

Reducción de costos operativos No solo al eliminar el uso de papel para la impresión de facturas, sino al suprimir los gastos asociados a esta acción (por ejemplo, equipamiento, mantenimiento e insumos, etc.).

Interoperabilidad ¿Debo cambiar los otros sistemas existentes? La respuesta es no. Ya que Coldview Facturación Electrónica posee soporte para integración con portales y softwares de facturación que se encuentran operando. Incluso pone a disposición comprobantes de manera omnicanal, mejorando la experiencia del cliente. A la vez que cuenta con soporte nativo de Coldview para la integración con los ERP y CRM más utilizados.

En conclusión,

Es posible cumplir con la normativa y obtener múltiples beneficios para la organización. Tan solo se trata de contar con una solución que además de adaptarse a las normativas del o los países en los que operas si no también a las características de tu organización.

Sabemos cómo acompañarte en este proceso. Escríbenos y te contaremos.


Fuente:
Alberto Barreix, Raul Zambrano, editores. (2018). Factura electrónica en América Latina. Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT). URL

Los domiciliarios de plataformas en España serán trabajadores formales

 Nueva norma del gobierno español convierte en asalariados a los repartidores.



Los domiciliarios se han visto congestionados debido a la exponencial demanda.

Un cambio legal aprobado este martes por el Gobierno español convierte en asalariados a los repartidores que trabajan para plataformas digitales, aunque una parte de ellos, muchos inmigrantes, prefieren seguir siendo autónomos.

Estas plataformas, en España principalmente Deliveroo, Glovo o Ubereats, tienen a partir de ahora tres meses para adaptar a este cambio a miles de trabajadores, entre 20.000 y 30.000 según distantes fuentes puesto que no siempre facilitan sus datos.

"Por primera vez el mundo está mirando a España por esta regulación", subrayó la ministra española de Trabajo, Yolanda Díaz, quien en rueda de prensa en Madrid señaló que esta norma "va a cambiar el signo de los tiempos".

El Gobierno español considera un "importantísimo avance" en los derechos laborales la nueva regulación, que fue acordada en marzo pasado con los principales sindicatos y patronales del país. La norma busca regularizar salarios, horarios, cotizaciones, sindicación y protección social, entre otras condiciones de trabajo de los conocidos como "riders".

Para ello, detalla los derechos de información y consulta de la representación de los trabajadores en el entorno laboral digitalizado, que deberán ser informados por la empresa de "lo que esconde el algoritmo" o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, incluida la elaboración de perfiles.

"No queremos jefes que nos griten ni dispositivos móviles que nos penalicen", advirtió la ministra, al apuntar que "los cambios tecnológicos son imparables y no les tenemos ningún miedo". Díaz recalcó que "las implicaciones laborales de los algoritmos están por construir y van a condicionar el futuro de miles de trabajadores".

El cambio es rechazado por parte de los trabajadores, que prefiere seguir en lo que en España se denomina autónomo, sin dependencia laboral de la empresa, para poder trabajar más horas y para varias plataformas en busca de más ingresos en vez de tener un sueldo fijo.

Este es el caso de muchos extranjeros, especialmente venezolanos emigrados a España. Este colectivo se manifestó durante esta jornada en ciudades españolas como Madrid y Barcelona en rechazo de la nueva regulación. El reparto a domicilio creció durante la pandemia, en especial en servicios como la entrega de comida al verse obligada a cerrar al público la hostelería.

jueves, enero 27, 2022

La Fed aumentaría las tasas de interés a partir de marzo

 El banco central de EE.UU. mantuvo estable su indicador por al menos dos meses y comenzará a reducir la compra de bonos a partir de febrero.



Las tasas de interés en Estados Unidos se mantienen por los próximos dos meses en el rango de 0% a 0,25%.

La Reserva Federal de Estados Unidos (Fed) mantuvo estables este miércoles sus tasas de interés, pero abrió la puerta a una posible alza desde el próximo marzo como una medida para contener la desbocada inflación en Estados Unidos.

Con esta decisión, las tasas de interés en Estados Unidos se mantienen por los próximos dos meses en el rango de 0% a 0,25%.

“Con una inflación muy por encima del 2% y un mercado laboral solido, el Comité espera que pronto sea apropiado elevar el rango objetivo para la tasa de fondos federales”, dijo el Comité Federal de Mercado Abierto (FOMC, por sus siglas en inglés).

Poco después, en una rueda de prensa, el presidente de la Fed, Jerome Powell, reveló que la institución ve en marzo “una posibilidad” para subir las tasas.

“El Comité (de la Fed) se decanta por subir los tipos de interés en la reunión de marzo, asumiendo que las condiciones sean las adecuadas para hacerlo, pero seguimos con los ojos puestos en todos los riesgos”, asomó Powell en la alocución.

Esta es la continuidad del discurso que adoptó la entidad este año, luego de haberle restado importancia al alza de la inflación.

La próxima reunión de la Fed tendrá lugar entre el 15 y el 16 de marzo próximo. Esta sería el primer aumento en la tasa de interés desde el lejano 2018.

En ese encuentro con los medios de comunicación, el presidente de la Fed también aseguró que prevé que los impactos de la variante ómicron en el país se alivien en las próximas semanas.

Además, Powell también destacó la “fortaleza” del mercado laboral estadounidense que se encuentra en un “dinamismo” importante.

En el comunicado de este miércoles, luego de dos días de reuniones del Comité, la Fed también anunció que reducirá la compra de activos.

En ese sentido, desde febrero , la institución pasará a adquirir los activos por valor de US$30 mil millones, cifra que se ha venido reduciéndose desde los US$120 mil millones.
“Las compras y tenencias de la Reserva Federal seguirán fomentando un mercado fluido en funcionamiento y condiciones financieras favorables, apoyando así el flujo de crédito a hogares y a empresas”, cita la entidad en un comunicado.

Inmediatamente al subir las tasas, Powell indicó que comenzarían con la venta de papeles, sin ofrecer más detalles.

El presidente de Estados Unidos, Joe Biden, señaló la semana pasada que confía en el papel de la Fed para controlar y “reducir el estímulo monetario”. El mandatario postuló para un segundo mandato al actual referente de la Fed, Jerome Powell

Programas de educación financiera en Colombia arrojan resultados inefectivos

 


Los adultos que han recibido educación financiera tienen más probabilidades de ahorrar para su jubilación y de planearla.

Se deben incrementar los conocimientos necesarios de educación financiera para comprender conceptos y riesgos financieros en diversos contextos de la educación formal.

En su publicación Radiografía de la educación financiera: una política necesaria que requiere una rápida y adecuada implementación, Asobancaria considera que la mayoría de los colombianos tienen dificultades para identificar o aplicar conceptos sencillos de economía y matemática financiera.

Además, dado que en el entorno educativo no se ha implementado una estrategia de educación para la etapa formal, la necesidad de construir programas de educación económica y financiera eficaces para población adulta es urgente:

Después de una década de avance en educación financiera y más de 110 iniciativas en curso, Colombia enfrenta hoy un panorama poco alentador, un retroceso de 1,13 puntos en el Índice de educación financiera frente a la misma medición realizada en 2013 por parte del Banco de Desarrollo de América Latina –CAF–. Este resultado llama a la reflexión sobre la efectividad de los programas que están siendo desarrollados actualmente.

En Colombia no se alcanzan puntajes altos de bienestar financiero, los promedios alcanzados oscilan entre 34,6 y 44,7 sobre 100 puntos.

Para revertir esto, organismos como Asobancaria insisten en la necesidad de incrementar la educación financiera, es decir, los conocimientos necesarios para comprender los conceptos y riesgos financieros y las destrezas, motivación y confianza para aplicar dicho conocimiento en diversos contextos de la educación formal.

Todo ello de la mano de estrategias que permitan complementar lo aprendido con herramientas de apoyo a lo largo de la vida adulta de los ciudadanos, haciendo especial énfasis en momentos clave, tales como emprender, estudiar, establecer un hogar, comprar un inmueble y jubilarse, entre otros.
“En Colombia el panorama presenta un elevado número de iniciativas. Se calcula que existen 113 instituciones desarrollando 132 iniciativas de educación financiera”

En Colombia el panorama presenta un elevado número de iniciativas. Se calcula que existen 113 instituciones desarrollando 132 iniciativas de educación financiera, de las cuales en casi ningún caso se ha realizado una medición meticulosa para determinar su eficacia e impacto en el largo plazo.

Esto genera un problema sistémico dado que, al no poder determinar qué funciona mejor, es imposible apropiar mejores prácticas locales o descartar iniciativas que no están aportando valor.
Resultados de algunas evaluaciones en educación financiera

Los resultados en los índices nacionales llaman a la reflexión sobre la eficacia de los métodos utilizados, es decir, demuestran que más que nuevas iniciativas se requiere una evaluación de las existentes. Esto es lo que indican los resultados de diferentes exámenes realizados sobre educación financiera:
Los adultos de las economías desarrolladas y emergentes que han recibido educación financiera tienen después más probabilidades de ahorrar para su jubilación y de planearla.
Los individuos con una mayor competencia financiera pueden gestionar mejor su dinero, participar en el mercado de valores y obtener mejores resultados en la cartera de su elección. También es más probable que elijan fondos de inversión colectiva con comisiones más bajas.
Individuos competentes desde el punto de vista financiero optan por hipotecas menos costosas y evitan el pago de intereses elevados y las comisiones adicionales.
Quienes han participado en programas de educación financiera tienen mayores beneficios asociados a aprender a ahorrar, aprender a llevar un control de los ingresos y gastos, y conocer los productos de las entidades financieras y adquirirlos estando mejor informados, logrando que nueve de cada diez personas consideren útiles las capacitaciones de educación financiera, un resultado que alienta a todas las entidades a multiplicar sus esfuerzos.
¿Cómo evaluar el impacto de una iniciativa de educación financiera?

Como punto de partida para una evaluación, explica Asobancaria, se debe tener claro el objetivo de la actividad, los beneficiarios y el alcance de la acción; es decir, si se trata de una intervención puntual, una intervención permanente, un proyecto de educación financiera o un sistema de educación financiera.

Una vez estudiados estos puntos se deben definir con precisión los momentos evaluables, siendo ellos la intervención (plan para lograr el objetivo), el resultado (cambios deseados en la comunidad) y el impacto (propósito final de la intervención).

Finalmente, se procede a elegir los indicadores más pertinentes según el momento evaluable determinado y a recolectar la información con diferentes mecanismos, tales como el uso de plataformas, encuestas, grupos focales y entrevistas.

A la hora de informar los resultados se recomienda hacer un balance entre las demostraciones académicas y los hallazgos en campo, aceptando el alcance y enunciando acciones de mejora.

miércoles, enero 26, 2022

4 pasos para definir la conveniencia del régimen SIMPLE de tributación

 He insistido en todos los escenarios que el SIMPLE es un régimen opcional al que no todo el mundo puede pertenecer y al que no todo el que pueda pertenecer le conviene.


Por lo anterior, para determinar su conveniencia propongo 4 pasos así:

Lo primero que debes tener claro es que la norma de manera clara estableció unas prohibiciones para pertenecer al SIMPLE. Las siguientes son unas de ellas:

Personas jurídicas que no tengan naturaleza societaria, es decir, aquellas que no tienen socios o accionistas. Por ejemplo: Cooperativas, fondos de empleados, entidades sin animo de lucro, asociaciones, etc.

Personas naturales o socios de personas jurídicas que en su relación con el contratante se configuren los elementos de una relación laboral.

Obtener ingresos brutos superiores a $ 100.000 UVT.

Personas naturales que no sean residentes fiscales en el país, incluso no podría ser socio de una persona jurídica del SIMPLE.

Realizar alguna de las actividades previstas en el numeral 8 del artículo 906 del Estatuto Tributario.

Lo segundo, luego de concluir que el contribuyente si puede pertenecer al SIMPLE es estudiar su conveniencia. Para esto sólo hay una forma; crear y comparar dos escenarios así:

Escenario 1: Proyecte el impuesto de renta teniendo en cuenta todos los elementos de su depuración, es decir, ingresos fiscales, rentas exentas, costos, deducciones, deducciones especiales, descuentos tributarios, compensaciones, saldos a favor, retenciones, autorretenciones y anticipos.

En este primer escenario es importante que proyecte el impuesto de industria y comercio con sus complementarios.

Escenario 2: Proyecte el impuesto anual del SIMPLE partiendo de los ingresos fiscales del escenario anterior, aplique los descuentos tributarios por aportes a pensión del empleador y el 0,5% de los ingresos que espera recaudar por medios bancarizados, aplique sólo las retenciones en la fuente que le hayan practicado en el 2022 (antes de cambiar de régimen) y, por último, reste el anticipo de renta por el 2022 que declaró en el 2021, no tenga en cuenta el saldo a favor en renta.

En este segundo escenario no es necesario que proyecte el impuesto de industria y comercio, ya se encuentra incorporado a la tarifa del SIMPLE.

Lo tercero es comparar. Hágalo teniendo en cuenta el flujo de caja del contribuyente, tenga presente en ese flujo lo siguiente:

En el SIMPLE sólo podrá llegar a practicar retención en la fuente por renta en pagos laborales y en IVA cuando realice operaciones gravadas con otro miembro del SIMPLE.

Al SIMPLE no le podrán practicar retenciones en la fuente por renta (obviamente no está en ese régimen) y siempre le practicarán retención en la fuente por IVA.

El impuesto de renta se paga anual, el SIMPLE se paga mediante anticipos bimestrales.

Por último, concluya. Hágalo teniendo en cuenta que el plazo máximo para salir del SIMPLE es el 31 de enero y el plazo máximo para inscribirse es el 28 de febrero.

Responsabilidad del revisor fiscal frente a la valoración de criptoactivos

 


Los criptoactivos se han convertido en un reto para la comunidad contable. Su reconocimiento y valoración es algo de lo que se ha hablado recientemente y debe empezar a analizarse.

Te contamos a continuación cuál es la responsabilidad del revisor fiscal frente a la valoración de los criptoactivos.

Los criptoactivos o criptomonedas son en esencia un medio digital de intercambio que a través de la criptografía asegura las transacciones financieras, controla la creación de unidades digitales adicionales y verifica la transferencia de activos. Estas unidades de moneda digital pueden ser usadas como medio de pago en el intercambio de bienes y servicios como unidad de cuenta o como depósito de valor.

Algunas de sus características más importantes son las siguientes:
Seguridad en las transacciones gracias a la utilización de técnicas de cifrado o codificación que brindan tranquilidad a las partes involucradas en la transferencia de activos, evitando la falsificación de la criptomoneda.
Son intercambiables, se pueden cambiar por otras divisas sin intermediación alguna, de persona a persona, evitando los costos que cobran las entidades financieras.
Las transacciones no requieren declaración de identidad de ninguna de las partes que intervienen.
No tienen forma física.
Su precio está determinado por la oferta-demanda.
Sus operaciones son irreversibles.
Pueden ser negociados como cualquier activo.

NIIF 13 Medición de valor razonable

El valor razonable es un término que ha sido introducido por los Estándares Internacionales y que demarca un tipo de medición de los elementos de los estados financieros con base en la intención de un mercado libre. Sus lineamientos se encuentran en diferentes normas, pero especialmente en la NIIF 13, en la cual se le define como el precio generalmente aceptado para transar un activo o un pasivo en un mercado principal o por lo menos en el más ventajoso para el elemento medido.

Si bien la NIIF 13 no otorga indicaciones sobre qué tipo de activos deben ser medidos a valor razonable, sí se encarga de explicar los pasos que debemos seguir para hacer una medición al valor razonable.

Mencionaremos a continuación algunos ejemplos de activos que el Estándar Internacional para Pymes requiere que sean medidos a valor razonable:
Instrumentos financieros.
Inversiones en asociadas.
Propiedades de inversión.
Propiedades planta y equipo.
Activos biológicos.

“a la hora de verificar la correcta valoración de los criptoactivos, el revisor fiscal debe conocer en profundidad la NIIF 13 y el concepto de concepto razonable”

Responsabilidad del revisor fiscal frente a la valoración de los criptoactivos

Recordemos que según la NIA 200, el objetivo de la auditoría es aumentar el grado de confianza de los usuarios en los estados financieros, asegurando mediante una opinión que los mismos han sido preparados de conformidad con el marco de información financiera aplicable.

En el caso de los criptoactivos, el revisor fiscal debe cerciorarse en principio de conocer las operaciones a verificar. Para ello debe tener en cuenta tres aspectos importantes:
Que estas hayan tenido la aprobación apropiada por parte de las autoridades competentes en la entidad para la realización de este tipo de operaciones.
Determinar cuáles leyes y regulaciones son aplicables.
Identificar qué contratos se han firmado y cómo están respaldados.

Posteriormente se recomienda al revisor llevar a cabo los pasos que se enuncian en la siguiente infografía:


Lo anterior implica:

1. Identificar la relevancia de los criptoactivos en los estados financieros a la luz de la importancia relativa.

2. Identificar los riesgos a nivel de:

a. Estados financieros: qué tan comprometido está el capital de trabajo en cuestiones de liquidez y empresa en funcionamiento.

b. Transacciones: cerciorarse de que en efecto el hecho generador del activo haya ocurrido y esté registrado y clasificado correctamente.

c. Saldo de cuenta: a nivel de balance, cerciorarse de que realmente se cuente con el derecho de cobrarlo y no existan restricciones para ello.

d. Revelaciones: se deben revelar completamente los valores adquiridos, verificando que las condiciones de estos sean comprensibles en las notas de los EEFF.

3. Llevar a cabo la clasificación del riesgo; en el caso de los criptoactivos, por tratarse de operaciones complejas y fuera del curso normal del negocio, lo más adecuado sería clasificarlos en los riesgos significativos, es decir, que toda operación realizada con estos activos debe tener especial atención del auditor.

4. Se debe evaluar, de acuerdo a la importancia relativa de los criptoactivos, si es necesario acudir a un especialista para que brinde apoyo en la verificación de la valoración de los mismos.

5. Se deben realizar actividades de control y pruebas sustantivas por medio de los cuales se evalúen los procesos de valuación de la empresa para el registro de los criptoactivos.

Sobre este tema, se recomienda revisar el Concepto 1147 de 2020 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en el cual se da respuesta a una consulta sobre el tratamiento contable que debe dársele a los criptoactivos.

martes, enero 25, 2022

El alza de las tasas de interés, ‘receta’ para combatir la inflación

 Los bancos centrales coquetean con esta medida para controlar los precios. Reunión de la Fed esta semana marcará punto de inflexión.



La Cepal les pidió a los bancos centrales del continente a no usar únicamente la tasa de interés como mecanismo para controlar la inflación.

La galopante inflación que arrasó con las economías del mundo en 2021 tiene contra las cuerdas a los bancos centrales, los cuales ya alistan su principal 'receta' para combatirla: el alza de las tasas de interés.

Aunque algunas entidades ya lo han subido y otras tienen claro hacerlo en la brevedad o por el contrario no lo harán, lo cierto es que el mundo globalizado espera lo que pueda suceder en la reunión de este 26 de enero de la Reserva Federal (Fed) en la que muy probablemente se realice la primera alza del año de la tasa de interés en Estados Unidos, una previsión que atemorizó a las bolsas mundiales en esta semana de arrastre a la baja.

De acuerdo con una encuesta mundial de la plataforma Refinitiv el 94,6 % de los analistas considera que la Fed incrementará su tasa de interés entre un 0 % a 0,25 % en la reunión de la próxima semana, mientras que el mismo porcentaje de consultados estima un incremento entre el 0,25 % y el 0,5 % para el encuentro del organismo del mes de marzo.

Asimismo, un 50,5 % de los analistas, consideran que la tasa subirá entre un 0,5 % y un 0,75 % el próximo marzo. Un 32,1 % de los encuestados consideran que la tasa de interés subirá entre 1 % y 1,25 % para el 14 de diciembre de este año.

En su participación el viernes dentro del Foro Económico Mundial, la directora gerente del Fondo Monetario Internacional (FMI), Kristalina Georgieva, señaló que la Fed está actuando “responsablemente con la inflación”.

“Lo que la Fed hace tiene repercusión en todos nosotros. Es por eso que es estrictamente que la Fed continúe comunicando de manera clara para prevenir sorpresa”, agregó la funcionaria.

Este comportamiento más agresivo frente a las tasas de interés del organismo económico estadounidense se produce luego de desestimar el avance de la inflación y que esta lograra cerrar el año anterior con un sólido 7%.

EN AMÉRICA LATINA

En su último reporte, la Cepal se mostró contundente al pedirles a los bancos centrales del continente a no usar únicamente la tasa de interés como mecanismo para controlar la inflación.

“Se debe expandir el espectro de instrumentos (monetarios, cambiarios y macroprudenciales) más allá de la tasa de interés, para enfrentar las presiones inflacionarias sin menoscabar los impulsos por recuperar el crecimiento y el empleo”, resaltó el documento del organismo. En la región, Argentina subió la tasa de interés a 40%; Uruguay a 6,5%, Paraguay a 5,5% y Perú a 3%. Y Chile subirá a 5,25%.

¿Y QUÉ HARÁ EUROPA?

A diferencia de Estados Unidos, en el viejo continente parecen estar más calmados con el incremento de las tasas de interés.

Christine Lagarde, presidente del Banco Central Europeo (BCE), defendió la postura “mas relajada” de la entidad. En su alocución en Davos, Lagarde reiteró que “no tiene dudas” que la inflación, que alcanzó el 5% en la eurozona en 2021, se ralentizará y será cercana al 2%.

En otro sentido, el presidente del Banco de Japón, Haruhiko Kuroda, señaló que “no le tienen miedo a la inflación” que hasta el momento es del 0,6%. “Seguiremos con una política flexible”.

Responsabilidades del revisor fiscal: Supersociedades las modifica en el marco del nuevo Sagrilaft

 




La Superintendencia de Sociedades expidió la Circular Externa 100-000004 de 2021, mediante la cual se modifican algunos aspectos de la Circular Externa 100-000016 de 2020, como las responsabilidades del revisor fiscal con respecto a las ya establecidas en el artículo 207 del Código de Comercio.

El Sagrilaft hace referencia al Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de LA/FT/FPADM y Reporte de Operaciones Sospechosas de la UIAF. Es un sistema de prevención del riesgo de pérdida o daño que puede sufrir una empresa al ser utilizada como instrumento para el lavado de activos y/o canalización de recursos para la financiación del terrorismo o el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.

De acuerdo con la Circular Externa 100-000016 de diciembre de 2020, este sistema debe ser implementado por las empresas sujetas a la vigilancia o control de la Supersociedades, con ingresos totales o activos iguales o superiores a 40.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.

Para conocer más sobre este tema te invitamos a consultar nuestro editorial Regulación contra lavado de activos y financiación del terrorismo en empresas fue actualizada.

En tal sentido, ante la iniciativa de la Superintendencia de Sociedades de calificar a los revisores fiscales como servidores públicos, vale la pena rastrear la cronología del cambio normativo más reciente; en las siguientes líneas te contamos más al respecto:

Circular Externa 100-000016 de 2020

El 24 de diciembre de 2020 la Superintendencia de Sociedades expidió la Circular Externa 100-000016, a través de la cuál se modificó el capítulo X de la Circular Básica Jurídica de 2017, cambiando el SAGRLAFT (Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y reporte de operaciones sospechosas a la UIAF) al SAGRILAFT (Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de LA/FT/FPADM y Reporte de Operaciones Sospechosas de la UIAF).

Así, en el marco del SAGRILAFT, la circular establece que el revisor fiscal, sin importar su obligación de guardar reserva profesional sobre la información a la cual acceda en el ejercicio de su profesión, en virtud de la responsabilidad inherente a sus funciones y conforme a los casos en que dicha reserva pueda ser levantada, está obligado a reportar ante la autoridad competente cualquier conducta sospechosa o información relacionada con LA (lavado de activos) / FT (financiación del terrorismo) / FPADM (financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva).

De igual forma, el artículo 32 de la Ley 1778 de 2016 señala que el revisor fiscal no solo tiene la obligación de informar a las autoridades competentes cualquier sospecha de LA/FT, también está obligado a poner esta información en conocimiento de los órganos sociales y la administración de la sociedad. Además, el revisor fiscal tiene un plazo de hasta 6 meses (a partir de la fecha en la que tuviese conocimiento de los hechos delictivos) para realizar las respectivas denuncias.

También, en esta circular se decretó, dada la fe pública otorgada a los contadores públicos, la asimilación del revisor fiscal a la figura de funcionario público para efectos de las sanciones penales por los delitos que cometiere en el ejercicio de su profesión y que, al asimilarlo a la figura mencionada, es su deber, de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 de la Ley 1952 de 2019: “denunciar los delitos, contravenciones y faltas disciplinarias de los cuales tuviere conocimiento, salvo las excepciones de ley”.

Finalmente, la circular enuncia la necesidad de que el revisor fiscal preste atención a indicadores sospechosos de un posible acto de LA/FT/FPADM. Para ello, la Supersociedades sugiere tener en cuenta las NIA 200, 240 y 250 y consultar la Guía sobre el papel de la revisoría fiscal en la lucha contra el soborno transnacional y LA/FT.
Cambios implementados por la Circular Externa 100-000004 de 2021

Como respuesta a un derecho de petición radicado por el Instituto Nacional de Contadores Públicos, la Supersociedades expidió la Circular Externa 100-000004 de abril de 2021, mediante la cual se modificaron nuevamente las responsabilidades del revisor fiscal frente a la prevención del riesgo integral de LA/FT/FPADM.
“se solicitó reconsiderar la calificación de “servidor público” del revisor fiscal asignada en la Circular Externa 100-000016 de 2020”

En el derecho de petición presentado el pasado 18 de febrero de 2021, después de exponer una serie de observaciones, se solicitó reconsiderar la calificación de “servidor público” del revisor fiscal asignada en la Circular Externa 100-000016 de 2020. Esto debido a que el INCP considera que no es posible considerar servidor público a quien presta sus servicios a particulares.

Así, finalmente, aunque se mantuvo la responsabilidad del revisor fiscal de reportar ante la UIAF cualquier sospecha de LA/FT/FPADM, la circular en mención representa una modificación importante a la responsabilidad del revisor fiscal al eliminar los apartados donde se asimilaba su figura con la de funcionario público para efectos de las sanciones penales aplicables por los delitos que cometiere en el ejercicio de su profesión.

lunes, enero 24, 2022

Cómo afectó la pandemia la inclusión financiera empresarial en el país

 La emergencia sanitaria redujo el acceso y uso de los productos de depósito de las empresas. La penetración del crédito todavía resulta muy baja.



La proporción de firmas que tenían por lo menos un producto financiero activo cayó del 61,3% al 57,8%, una reducción de 3,5 p.p.

Los sucesos derivados de la pandemia generada por el Covid-19 contribuyeron, en gran parte, a que la economía colombiana afrontara su peor desempeño histórico en 2020.

En efecto, el PIB real se contrajo un 6,8 % durante este periodo. Además, se produjo un debilitamiento en la capacidad adquisitiva de los hogares debido al aumento en la tasa de desempleo que cerró el año en 13,4 %, 3,7 puntos porcentuales (p.p) más que en 2019.

Al entender la necesidad de evaluar los efectos que esta coyuntura tuvo sobre la dinámica de acceso a productos de depósito y crédito de las empresas colombianas, el equipo de análisis económico de Banca de las Oportunidades, con la colaboración de Confecámaras, presentó recientemente el reporte “Inclusión financiera empresarial en Colombia 2019-2020”.

En este documento se utilizó la información del Registro Único Empresarial y Social de Confecámaras (RUES), que se cruzó con los datos de tenencia de productos financieros de la central de información TransUnion. El análisis permitió calcular datos diferenciados por tamaño, actividad económica y antigüedad de firmas que contaban con cierto grado de formalidad. Además, se tuvieron en cuenta solamente las unidades económicas que se encontraban bajo la figura de personas jurídicas.

PRINCIPALES HALLAZGOS

El porcentaje de personas jurídicas que contaba con al menos un producto financiero se ubicó en el 65,1% al finalizar 2020, cifra que fue inferior en 4.0 p.p a la observada un año atrás. Entre tanto, la proporción de firmas que tenían por lo menos un producto financiero activo cayó del 61,3% al 57,8%, una reducción de 3,5 p.p.

Este descenso se explica por la caída que tuvo el acceso y uso de los productos de depósito por parte de las firmas entre 2019 y 2020. Por un lado, la proporción de firmas que tenía un producto de depósito se redujo del 68,7 al 64,8 %, mientras que la que poseía al menos uno activo disminuyó de 60,7% al 57,3%. En cambio, el acceso a productos crediticios se mantuvo prácticamente constante, ubicándose en 30,2%, cifra mayor en 0,1 p.p a la de 2019. Esto último no representa un resultado alentador, ya que indica que cerca del 70% de las empresas jurídicas no accedía el crédito.

Al analizar por tamaño se encontró una brecha significativa en la tenencia de productos financieros entre las empresas grandes y las pequeñas. De hecho, al finalizar 2020 solo el 55,9% de las microempresas tenía al menos un producto financiero y un 17,9% contaba con, por lo menos, un crédito. Dichas cifras, para el caso de las grandes empresas ascendían a más del 80% y 90%, respectivamente.

Con la antigüedad sucedió algo similar, ya que mientras más del 90% de las firmas de más de diez años de funcionamiento contaba con al menos un producto financiero, la cifra para las empresas con menos de dos años de operación fue inferior al 20%. Por último, a nivel de actividades económicas, pesa a que se evidenció un retroceso general en los datos de inclusión financiera, se halló que los indicadores más altos se encontraban en el sector salud, mientras que los peores los mostraba el sector de artes y entretenimiento.

REFLEXIONES FINALES

Monitorear constantemente las necesidades de financiamiento de las empresas colombianas permite generar diagnósticos integrales que contribuyen a afinar estrategias para fomentar el ingreso de estas al sistema financiero formal. Los datos del RUES de Confecámaras mostraron que la pandemia afectó negativamente los niveles de acceso y uso de los productos de depósito. Igualmente, se encontró que existe un reto en materia de profundizar la penetración de los productos de crédito en el grueso del empresariado colombiano.

En complemento de esto, se requiere explorar iniciativas que fomenten la utilización de productos alternativos de financiamiento que se ajusten de forma más adecuada a las necesidades de los microempresarios y de las firmas de menor antigüedad. Por ejemplo, herramientas como el factoring e incluso mecanismos de fondeo colaborativo y de capital semilla podrían contribuir en este frente.

Finalmente, es relevante generar información que permitan capturar la vulnerabilidad financiera que afecta a diferentes grupos de empresarios. Tal información permitiría estimar su capacidad de respuesta ante choques inesperados como los sucedidos recientemente y proponer metodologías para lograr una mitigación efectiva.