viernes, octubre 08, 2021

Dian modificó algunos códigos de sus direcciones seccionales de impuestos y aduanas nacionales

 


Con la Resolución 000065 de agosto 9 de 2021, la Dian creó el código 91 para la dirección de aduanas de Bogotá y eliminó el código 36 para la dirección de impuestos de Cartago, Valle.

La Resolución 000064 de agosto 9 de 2021 define las direcciones seccionales en las que será supervisado cada municipio.

El pasado 9 de agosto de 2021 la Dian expidió su Resolución 000065, por medio de la cual se hicieron algunas reestructuraciones en materia de las codificaciones con que se identifican las distintas dependencias que componen a dicha entidad.

Por tanto, a través del artículo 4 de dicha Resolución se volvió a redefinir el listado completo de los códigos que identifican a las direcciones seccionales de impuestos y a las direcciones seccionales de aduanas.

En comparación con el listado de códigos que se venían utilizando hasta el momento (establecido con las Resoluciones 000007 de 2008, 000010 de 2008 y 000012 de noviembre 4 de 2008), se observa lo siguiente:

a. La Dian eliminó el código 36, que distinguía a la dirección seccional delegada de impuestos y aduanas de Cartago, razón por la cual se entiende que los contribuyentes que antes utilizaban dicho código ahora solo seguirán utilizando el código 21 que distingue a la dirección seccional de impuestos y aduanas de Tuluá.

b. El código 03, que identificaba a la dirección seccional de aduanas de Bogotá, ahora se utilizará para identificar a la dirección seccional de aduanas de Bogotá – Aeropuerto el Dorado.

c. La Dian agregó el nuevo código 91 que identificará a la dirección seccional de aduanas de Bogotá.

d. El código 31, que identificaba a la dirección seccional de impuestos de grandes contribuyentes, ahora corresponderá a la dirección operativa de grandes contribuyentes.

Por tanto, el nuevo listado completo de los códigos de las direcciones seccionales es el siguiente:
 
CódigoLugares administrativos
00Nivel central
01Dirección seccional de impuestos y aduanas de Armenia
02Dirección seccional de impuestos de Barranquilla
03Dirección seccional de aduanas de Bogotá – Aeropuerto el Dorado
04Dirección seccional de impuestos y aduanas de Bucaramanga
05Dirección seccional de impuestos de Cali
06Dirección seccional de impuestos de Cartagena
07Dirección seccional de impuestos de Cúcuta
08Dirección seccional de impuestos y aduanas de Girardot
09Dirección seccional de impuestos y aduanas de Ibagué
10Dirección seccional de impuestos y aduanas de Manizales
11Dirección seccional de impuestos de Medellín
12Dirección seccional de impuestos y aduanas de Montería
13Dirección seccional de impuestos y aduanas de Neiva
14Dirección seccional de impuestos y aduanas de Pasto
15Dirección seccional de impuestos y aduanas de Palmira
16Dirección seccional de impuestos y aduanas de Pereira
17Dirección seccional de impuestos y aduanas de Popayán
18Dirección seccional de impuestos y aduanas de Quibdó
19Dirección seccional de impuestos y aduanas de Santa Marta
20Dirección seccional de impuestos y aduanas de Tunja
21Dirección seccional de impuestos y aduanas de Tuluá
22Dirección seccional de impuestos y aduanas de Villavicencio
23Dirección seccional de impuestos y aduanas de Sincelejo
24Dirección seccional de impuestos y aduanas de Valledupar
25Dirección seccional de impuestos y aduanas de Riohacha
26Dirección seccional de impuestos y aduanas de Sogamoso
27Dirección seccional de impuestos y aduanas de San Andrés
28Dirección seccional de impuestos y aduanas de Florencia
29Dirección seccional de impuestos y aduanas de Barrancabermeja
31Dirección operativa de grandes contribuyentes
32Dirección seccional de impuestos de Bogotá
34Dirección seccional de impuestos y aduanas de Arauca
35Dirección seccional de impuestos y aduanas de Buenaventura
37Dirección seccional de impuestos y aduanas de Ipiales
38Dirección seccional de impuestos y aduanas de Leticia
39Dirección seccional de impuestos y aduanas de Maicao
40Dirección seccional de impuestos y aduanas de Tumaco
41Dirección seccional de impuestos y aduanas de Urabá
42Dirección seccional delegada de impuestos y aduanas de
Puerto Carreño
43Dirección seccional delegada de impuestos y aduanas de Puerto Inírida
44Dirección seccional de impuestos y aduanas de Yopal
45Dirección seccional delegada de impuestos y aduanas Mitú
46Dirección seccional de impuestos y aduanas de Puerto Asís
48Dirección seccional de aduanas de Cartagena
78Dirección seccional delegada de impuestos y aduanas de San José del Guaviare
86Dirección seccional delegada de impuestos y aduanas de Pamplona
87Dirección seccional de impuestos y aduanas de Barranquilla
88Dirección seccional de aduanas de Cali
89Dirección seccional de aduanas de Cúcuta
90Dirección seccional de aduanas de Medellín
91Dirección seccional de aduanas de Bogotá

 

Además, es necesario estudiar por aparte el texto de los artículos 2 a 5 de otra resolución, la 000064 de agosto 9 de 2021, para conocer cuáles son los municipios de Colombia que serán supervisados por cada una de las diferentes direcciones seccionales anteriormente destacadas.

En relación con los nuevos cambios que se introdujeron en el listado de los códigos de las direcciones seccionales es importante tener presente que en el artículo 11 de la misma Resolución 000065 de agosto 9 de 2021 se dispuso:

Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir del décimo quinto día hábil siguiente a su publicación en el Diario Oficial, fecha en la cual se aplicará la codificación incluida en la presente resolución y se entenderá que para todos los efectos legales esta es la fecha de entrada en vigencia de la estructura de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales establecida en el Decreto 1742 de 2020 y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Así mismo, las codificaciones utilizadas en las resoluciones anteriores a la entrada en vigencia de la presente se entenderán inactivadas.

Parágrafo transitorio. Hasta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –Dian–, se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución.

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