martes, agosto 03, 2021

Formulario 210 y formato 2517 para declaración de renta AG 2020 residentes que llevan contabilidad

 





En esta plantilla en Excel, elaborada por el Dr. Diego Guevara, encontrarás una guía para preparar el formulario 210 y el formato 2517 para las declaraciones de renta y complementario de personas naturales y asimiladas residentes obligadas a llevar contabilidad por el año gravable 2020.
*Documento realizado por nuestro líder de investigación tributaria y contable, Diego Guevara Madrid.
Fecha de publicación: 26 de mayo de 2021

En el presente archivo se incluye en formato Excel el formulario 210 para declaraciones de renta, por el año gravable 2020 y fracción de 2021, de personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes, prescrito por la Dian a través de su Resolución 000022 de marzo 5 de 2021.

Debe destacarse que, cuando el formulario se use para elaborar una declaración por «fracción de año gravable 2021», se tendrán que tomar en cuenta los múltiples cambios que introdujeron normas con fuerza de ley expedidas durante el año 2020, tales como el artículo 11 del Decreto Ley 575 de abril 15 de 2020, el artículo 2 de la Ley 2040 de julio de 2020, el artículo 3 de la Ley 2064 de diciembre 9 de 2020, los artículos 40 al 42 de la Ley 2068 de diciembre 31 de 2020 y los artículos 40 y 41 de la Ley 2069 de diciembre 31 de 2020, las cuales no se consideraron en la presente versión del archivo (para profundizar sobre el contenido de estas normas y sus novedades, te invitamos a conocer la Guía Multiformato: Novedades tributarias relevantes para el inicio del año 2021, preparada por nuestro líder de investigación tributaria, Diego Guevara Madrid).

Se incluye, adicionalmente, en formato Excel, las siete (7) páginas (secciones) que componen el formato 2517 v. 3 (reporte de conciliación fiscal, artículo 772-1 del ET y Decreto 1998 de noviembre 30 de 2017) para el año gravable 2020, prescrito con la Resolución 000071 de octubre de 2019 (modificada con las resoluciones 000023 de marzo 18 de 2020 y 000027 de marzo 24 de 2021). El formato 2517 se deberá elaborar y conservar por el período de firmeza de la declaración.

Además, solo quienes hayan obtenido ingresos brutos fiscales (sumando rentas ordinarias y ganancias ocasionales) por un monto superior a 45.000 UVT de 2020 ($1.602.315.000) sí deberán presentarlo virtualmente (en el archivo XML que se genere con el prevalidador que publique la Dian) y antes de presentar la respectiva declaración de renta (sin importar si la declaración de renta inicial es oportuna o extemporánea; ver artículo 1 de la Resolución 000071 de octubre de 2019).

En todo caso, el parágrafo transitorio del artículo 3 de la Resolución 000071 de octubre de 2019 (agregado con el artículo 2 de la Resolución 000027 de marzo 24 de 2021) dispone que las personas naturales y/o sucesiones ilíquidas residentes que sean grandes contribuyentes y estén obligadas a llevar contabilidad y presentar el formato 2517 v. 3 podrán presentar primero su formulario 210 con la declaración de renta y luego tomarse hasta agosto 9 de 2021 para presentar su formato 2517 v. 3 (pues la Dian sigue sin publicar el prevalidador de este formato y no ha habilitado tampoco su plataforma Muisca para recibir el formato en XML).

Cuando el contribuyente necesite corregir su declaración de renta, también se hará necesario presentar primero la respectiva corrección al formato 2517. Adicionalmente, si el contribuyente obligado a entregar el formato 2517 es una sucesión ilíquida a la cual se le hace su liquidación final durante 2021, en tal caso el artículo 4 de la Resolución 000071 de octubre de 2019 indica que el formato 2517 por fracción de año 2021 solo se elaborará, pero no se presentará.

Ténganse presente que el artículo 5 de la Resolución 000071 de octubre de 2019 solo sanciona la no presentación oportuna del formato 2517 (aplicando la sanción del artículo 655 del ET relativa a «no llevar contabilidad»), pero no se sancionan las posteriores correcciones que se necesiten efectuarle.

A la fecha en que se elaboró este archivo de Excel, la Dian seguía sin publicar el prevalidador tributario para el formato 2517 v. 3 del año gravable 2020 (y es posible que se demore mucho en hacerlo, pues debe recordarse que el prevalidador del formato 2517 del año gravable 2019 lo publicó el 23 de julio de 2020). Siendo así, solo cuando dicho prevalidador sea publicado se podrán conocer cuáles son efectivamente las celdas no diligenciables, pues estas no quedaron identificadas en los documentos que se expidieron como anexos de la Resolución 000071 de octubre de 2019.

Con todo esto en mente, nuestro líder de investigación en impuestos, Diego Guevara Madrid, elaboró el presente archivo en Excel, incluyendo los principales anexos que sugiere elaborar y conservar para soportar las cifras que se llevarían a los diferentes campos del formulario 210 y del formato 2517 v. 3.

Las hojas que encontrarás en este archivo son:
“Presentación”
“Formulario 210”
“Detalle de los renglones del formulario 210 (adaptado para los obligados a llevar contabilidad)”
“Conciliación de utilidades”
“Tablas para la asignación de tarifas para determinar el impuesto de renta”
“Ejercicio de subcapitalización del artículo 118-1 del ET”
“Cálculo de intereses presuntivos por préstamos en dinero a sociedades donde se era socio o accionista durante 2020”
“Determinación de la renta presuntiva (artículo 189 del ET)”
“Determinación del anticipo al impuesto de renta por el año gravable 2021”
“Modelo para realizar el cálculo de la sanción por extemporaneidad”
“Conciliación patrimonial”
“Inversiones en asociadas”
“Propiedad, planta y equipo”
“Carátula del formato 2517”
“ESF – Patrimonio”
“ERI – Renta líquida”
“Impuesto diferido”
“Ingresos y facturación”
“Activos fijos”
“Resumen ESF – ERI”

Además de este formato, estaremos emitiendo otras 3 herramientas que abordan adecuadas para otro tipo de personas naturales:


Si deseas acceder a estas 4 herramientas y otras múltiples plantillas descargables y editables, te invitamos a adquirir la Guía para la preparación y presentación de la declaración de renta y de régimen simple, año gravable 2020, de personas naturales con sus formatos 2516 y 2517, preparada por nuestro líder de investigación Diego Hernán Guevara Madrid. Incluye el acceso a 8 horas de conferencias en línea, además de la posibilidad de enviar preguntas que serán resueltas en tres consultorios especiales virtuales exclusivos que se harán entre junio y julio de 2021.

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