A causa de la virtualidad surgida como consecuencia de la pandemia del COVID-19 muchas empresas se vieron obligadas a suspender sus operaciones, dejando de usar muchos o todos sus activos.
A continuación, te explicamos algunas de las formas posibles de manejar la depreciación de activos en desuso.
Pese a que el
artículo 128 –ET– establece que solo será deducible para efectos de renta la depreciación de los bienes usados durante el periodo gravable en negocios o actividades productoras de renta, la Dian aclara, mediante el
Concepto 1157 de septiembre de 2020, que la depreciación de los activos no usados o subutilizados a causa de la pandemia se aceptaría fiscalmente siempre y cuando estos hayan sido utilizados al menos durante una parte del año gravable en cuestión y, el método de depreciación utilizado no esté condicionado a su uso o no contenga cualquier otra limitación.
En el siguiente video, nuestro experto consultor en Estándares Internacionales, Juan Fernando Mejía, responde a la pregunta ¿es deducible la depreciación de activos no usados o subutilizados durante la crisis generada por el COVID-19?
En este sentido, se entiende que en la aplicación del
método de línea recta no importaría si el activo fijo se utilizó por un período menor al año, pues la depreciación sería totalmente deducible.
Ahora bien, si se utiliza
otro método de depreciación con reconocido valor técnico supeditado al uso u otra limitación, solo se podrá solicitar como deducción la depreciación correspondiente a los meses del período gravable en que efectivamente se utilizó el respectivo activo fijo.
Para efectos contables, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública se pronunció a través del
Concepto 418 de abril 22 de 2020 para señalar que las únicas circunstancias en las que puede cesar la depreciación del activo se presentan cuando el importe en libros de la propiedad, planta y equipo es igual o inferior a su valor residual, cuando se encuentre depreciado en su totalidad o cuando se utilice un método de depreciación en función del uso, por ejemplo, el de unidades producidas.
Veamos un ejemplo:
Siguiendo el análisis del Dr. Juan Fernando Mejía, experto consultor de Estándares Internacionales, si una empresa de transporte escolar de niños a colegios estuvo cerrada durante casi todo el 2020 no tiene muchos ingresos y desea evitar el reconocimiento de la depreciación (o de una parte de esta) para no generar pérdida contable ni tributaria, cuenta con las siguientes opciones:
Cambiar el método de depreciación de línea recta por el de unidades de producción, pues en ese caso no se deprecia el activo si no se usa y el cambio de política contable no obliga a la re expresión retroactiva de las cifras.
Si no es industrial y no le aplica el método de unidades de producción, puede no depreciar el activo por los meses en los que no se haya usado y expresar mediante notas a los estados financieros la razón por la cual se tomó distancia de la indicación general del Estándar en ese punto. Esto es permitido por el párrafo 3.5C del Estándar para Pymes.
Si la empresa ya está en insolvencia puede trasladar el bien hacia “activos no corrientes disponibles para la venta” y de esta forma no depreciarlo, teniendo en cuenta que la
NIIF 5 establece que si el bien no se vende en un año tendrá que reconocer toda la depreciación que reconocida hasta la fecha.
En conclusión, la depreciación de los activos no usados o subutilizados sí es deducible, sin embargo, dependerá de la situación financiera de cada empresa el tomarse esta deducción o no.
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