Conoce lo que el Consejo Técnico de la Contaduría Pública establece en relación con la entrega del certificado de antecedentes disciplinarios que suele adjuntarse en la certificación de estados financieros o solicitarse a la hora de aplicar a un cargo.
“no es competencia del CTCP establecer si constituye una falta disciplinaria el hecho de no entregar certificaciones de antecedentes disciplinarios a la hora de suscribir estados financieros”
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– en su Concepto 0006 de enero de 2021, donde hace referencia al efecto del certificado de antecedentes disciplinarios, menciona que no es competencia del CTCP establecer si constituye una falta disciplinaria el hecho de no entregar certificaciones de antecedentes disciplinarios a la hora de suscribir estados financieros.
Para lo anterior, el CTCP menciona que es competencia de la Junta Central de Contadores –JCC– resolver ese tipo de inquietudes. No obstante, es importante señalar que en el concepto el CTCP sí hace referencia al caso de un contador público que presta sus servicios en una entidad y dicha entidad requiere del certificado de antecedentes disciplinarios.
Frente a esta última situación, el CTCP menciona que, cuando la entidad requiere el certificado del contador que le presta sus servicios y el profesional no atiende a la solicitud, ello representaría un incumplimiento de sus obligaciones. Ahora bien, en el concepto no se específica ninguna sanción correctiva al respecto.
Es válido recordar a las entidades que soliciten al contador público este documento que, además de poder ser solicitado directamente al profesional, también podrá ser solicitado ante la JCC. Esto constituye una acción de control, y evitaría a la entidad solicitante una posible negación de su entrega por parte del contador público.
El certificado de antecedentes disciplinarios puede ser solicitado por contadores o entidades donde presten sus servicios a través de la página web https://www.jcc.gov.co/.
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