miércoles, marzo 31, 2021

Sanción por omitir la obligación de tener revisor fiscal

 


Conoce cuáles son las entidades obligadas a tener revisor fiscal en Colombia y las sanciones que se pueden originar por no cumplir este importante requisito.

Antes de abordar las sanciones a las empresas obligadas a tener a tener revisor fiscal que se citarán en este editorial, es importante recordar cuáles son las entidades que en Colombia están obligadas a contar con esta figura.
Entidades obligadas a tener revisor fiscal 2021

El parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de la Ley de 1990 establece la obligatoriedad de tener revisor fiscal para:

“Las sociedades comerciales, de cualquier naturaleza, cuyos activos brutos al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior o excedan el equivalente de cinco mil salarios mínimos y/o cuyos ingresos brutos durante el año inmediatamente anterior sean o excedan al equivalente a tres mil salarios mínimos.”

Así pues, teniendo en cuenta que el salario mínimo mensual legal vigente –smmlv– para 2020 fue de $877.803, las sociedades que al 31 de diciembre de 2020 excedieron o igualaron los siguientes montos deberán tener revisor fiscal:

RubroCálculoMonto
Activos brutos

5.000 x $877.803

$4.389.015.000

Ingresos brutos

3.000 x $877.803

$2.633.409.000



Por su parte, el Código de Comercio establece en su artículo 203 la obligatoriedad de tener revisor fiscal en tres casos más, las cuales son:
Las sociedades por acciones.
Las sucursales de compañías extranjeras.
Las sociedades en las que, por ley o por los estatutos, la administración no corresponda a todos los socios, cuando así lo disponga cualquier número de socios excluidos de la administración que representen no menos del 20 % del capital.

Adicionalmente, existen otras entidades que, por disposiciones legales, deben tener revisor fiscal como:
Los conjuntos de uso comercial o mixto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56 de Ley 675 de 2001.
Las instituciones financieras sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera, de acuerdo con lo contenido en el artículo 20 de la Ley 45 de 1990.
Las entidades sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Nacional de Salud, según lo establecido por la Circular Conjunta 122 SNS – 036 de la Superintendencia Nacional de Salud y la Junta Central de Contadores.
Las entidades sin ánimo de lucro, como las fundaciones o instituciones de utilidad común señaladas por el artículo 3 del decreto 1529.
Las cajas de comprensión familiar, de acuerdo con el artículo 48 de la Ley 21 de 1982.
Los fondos de ganaderos, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 363 de 1997.
Sanciones por no tener revisor fiscal

En cuanto a las empresas, es decir, las entidades establecidas por el Código de Comercio, si bien no se especifican multas por no tener revisor fiscal, sí existen señalamientos que por el incumplimiento de ciertas funciones del revisor fiscal ocasionan sanciones.

Entre los incumplimientos se encuentra la no presentación de estados financieros, señalada en el artículo 42 de la Ley 222 de 1995, donde se mencionan sanciones por las que la administración deberá responder.

Por su parte, el incumplimiento de la firma de declaraciones tributarias podrá originar, a su vez, sanciones, dado que, en caso de que una empresa obligada a tener revisor fiscal no lo haga, las declaraciones se entenderán como no presentadas ante la Dian. Así lo dispone el literal d) del artículo 580 del Estatuto Tributario –ET–.

Adicionalmente, se debe tener en cuenta que si la Dian da por no presentadas las declaraciones tributarias, la empresa difícilmente podrá acceder a créditos bancarios o a la venta de acciones, dado que la confiabilidad de información contenida tanto en las declaraciones tributarias como en los estados financieros es una cualidad que se obtiene al llevar la firma del revisor fiscal.

El presupuesto para gastos de funcionamiento aumentó 700% entre el 2000 y 2020

 Según cifras del Ministerio de Hacienda, el monto pasó de $26 billones a $211 billones en el lapso de 20 años


En las próximas semanas, el Ministerio de Hacienda radicará la tercera reforma tributaria del periodo de Iván Duque y, aunque mucho se ha hablado de las cargas impositivas, hay quienes afirman que el Gobierno también debe enfocarse en mejorar la eficiencia del gasto público.

“Que no solamente se vean los impuestos sino también el gasto público. Creemos que hay rubros donde se puede recortar el gasto que no está siendo eficiente, particularmente, el tema de la burocracia del aparato estatal”, dijo Javier Díaz, presidente de Analdex.


Y es que según cifras del Ministerio de Hacienda el dinero destinado a los gastos de funcionamiento dentro del Presupuesto General de la Nación (PGN) ha aumentado más de 700% desde el 2000, pues en aquella época el monto destinado fue de $26 billones mientras que el año pasado la cifra alcanzó $211 billones.

Este aumento se ha acelerado en los últimos diez años. De hecho, desde 2010 el rubro casi que se ha triplicado, al pasar de $84 billones a $211 billones. Es por ello que hay quienes afirman que, en vez de aumentar los impuestos en plena recuperación económica, se debe acudir a otros recursos como la mejora en la eficiencia del gasto.

“Antes de discutir sobre nuevos impuestos hay que examinar la naturaleza y la calidad del gasto público, reducir los gastos de funcionamiento y ahorrar”, dijo el exministro del Interior Rafael Nieto.

Además, la ejecución del presupuesto tampoco ha sido óptima pues solo el año pasado Colombia dejó de ejecutar recursos por un valor de $41 billones, pues dentro del presupuesto se tenía un total permitido de $255 billones, de los que solo se ejecutaron $214 billones.

“Me parece que se debe hablar de integralidad. No puede ser una reforma tributaria desconectada de una reforma del gasto. Debe incluir aspectos tributarios pero también debe tener modificaciones en este aspecto”, explicó Gonzalo Hernández, director de investigación de la Pontificia Universidad Javeriana.


martes, marzo 30, 2021

Obligaciones fiscales: mecanismos para mantenerse al día con la Dian

 


La Dian informó a sus usuarios los mecanismos de facilitación para mantenerse al día con las obligaciones tributarias.

Entre los mecanismos puestos a disposición de los contribuyentes se encuentran las facilidades de pago, devoluciones automáticas y el régimen simple de tributación.

Mediante el Comunicado de Prensa 035 del 10 de marzo de 2021, la Dian recordó a los contribuyentes las diferentes alternativas a su disposición para facilitar y apoyar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Entre dichos mecanismos se resaltan:
Facilidades de pago
“los contribuyentes y responsables que posean obligaciones fiscales en mora con la Dian pueden establecer nuevas condiciones de pago, así como acordar el plazo para ponerse al día”

A través de este mecanismo, los contribuyentes y responsables que posean obligaciones fiscales en mora con la Dian pueden establecer nuevas condiciones de pago, así como acordar el plazo para ponerse al día.

Los acuerdos de pago serán otorgados una vez el contribuyente acredite el cumplimiento de los requisitos que exige el procedimiento legal determinado.

Cuando se acuerde la facilidad, la Dian ordenará la suspensión del proceso administrativo de cobro y el contribuyente podrá solicitar el levantamiento de las medidas cautelares establecidas antes del otorgamiento de dicha facilidad.

Para conocer el estado de las obligaciones fiscales, el contribuyente podrá solicitar una cita virtual a través del servicio de agendamiento de la administración tributaria, para lo cual se deberá seleccionar la opción “Información cobranzas”.

El día que le sea asignada la cita, el contribuyente recibirá una llamada de un funcionario de la Dian, quien será el encargado de brindarle la información respecto a su estado de cuenta, y lo instruirá sobre el proceso a seguir para ponerse al día con la entidad.
Devoluciones automáticas

En las devoluciones automáticas de saldos a favor, se reconocen al contribuyente, de manera ágil, los saldos a favor por concepto del impuesto sobre la renta e IVA, con la posibilidad de contar con estos montos en un menor tiempo, lo cual facilita la disponibilidad de flujo de caja (ver el parágrafo 5 del artículo 855 del Estatuto Tributario –ET–).

En dicha devolución automática, los saldos a favor del contribuyente no serían devueltos dentro de los 50 días calendario siguientes a su solicitud, sino dentro de los siguientes 15 días, siempre y cuando se cumplan los requisitos previstos en el parágrafo 5 del artículo 855 del ET.

Recordemos que mediante el Decreto 963 de 2020 se reglamentó la norma en mención, estableciendo, además, aspectos necesarios para la procedencia de la devolución automática en cuestión (ver nuestro editorial Devolución automática de saldos a favor vuelve a ser reglamentada).


Régimen simple de tributación

Entre los mecanismos promovidos por la Dian se encuentra el régimen simple de tributación, el cual propende hacia la reactivación económica, además de otorgar beneficios a los contribuyentes que decidan pertenecer a él.

En dicho régimen se sustituye el impuesto de renta y se integra el impuesto nacional al consumo y el impuesto de industria y comercio consolidado, disminuyendo de esta forma las cargas formales y facilitando el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Al respecto, recuerda que desde Actualícese hemos preparado un completo análisis con el que podrás estudiar todas las variables a contemplar para decidir acogerse o no al régimen simple, así como demás aspectos que debes conocer si ya te encuentras inscrito en este régimen. Consúltalo en Régimen simple: tarifas, declaraciones, ventajas y desventajas.
Proyecto de decreto sobre rebajas de sanciones e intereses adeudados a la Dian

El 19 de febrero de 2021, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó un proyecto de decreto mediante el cual reglamentaría parcialmente el Decreto Legislativo 560 de 2020, en lo relacionado con los descuentos sobre obligaciones fiscales.

Dicho proyecto contempla que, acorde con el parágrafo 3 del artículo 5 del Decreto Legislativo 560 de 2020, la Dian podría hacer rebajas de sanciones, intereses y capital sobre aquellas obligaciones fiscales administradas por tal entidad cuando correspondan a deudas insolutas originadas únicamente a las empresas afectadas por la crisis económica causada por el COVID-19 que entraron en procesos de insolvencia con fundamento en el mencionado decreto.

No obstante, las rebajas de capital no serían aplicables a las obligaciones por concepto de aquellos impuestos indirectos, tales como IVA, impuesto nacional al consumo, retención en la fuente, entre otros, ni a descuentos efectuados a trabajadores o aportes al sistema de seguridad social, los cuales estarán sujetos a lo previsto en el artículo 32 de la Ley 1429 de 2010, sin perjuicio de la responsabilidad penal o de cualquiera otra índole a que hubiere lugar.

lunes, marzo 29, 2021

Pandemia alargó horas diarias de jornada laboral de mujeres vs. hombres

 La encuesta sobre el uso del tiempo fue revelada por el Dane.



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La más reciente encuesta sobre el uso del tiempo revelada por el Dane detalló que en medio de la pandemia el tiempo diario promedio dedicado a actividades de trabajo no remunerado por parte de las mujeres es aproximadamente 5 horas mayor que el dedicado por los hombres.

Los resultados de la encuesta detallaron que al sumar las horas diarias promedio dedicadas a actividades de trabajo remunerado y no remunerado, este tiempo para los hombres es de 12 horas y 6 minutos frente a 15 horas y 49 minutos para las mujeres.

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Mientras tanto el tiempo diario promedio dedicado a actividades de trabajo se incrementó en 1:21 minutos en las mujeres, entre 2016 y 2020, mientras que disminuyó en 21 minutos para los hombres.

En el caso de las actividades de suministro de alimentos, el tiempo promedio dedicado por las mujeres es aproximadamente el doble que el dedicado a las mismas actividades por los hombres.

El tiempo dedicado a actividades de trabajo no remunerado es mayor para los hombres solo para las actividades conexas y el caso de compras y administración del hogar en centros poblados y zonas rurales dispersas.

La mayor diferencia, según el Dane, se registra en centros poblados y rurales disperso en las actividades de cuidado pasivo, en las que las mujeres dedican aproximadamente 5 horas más que los hombres en el promedio diario.

Respecto al tiempo diario promedio dedicado a actividades de trabajo remunerado, las mujeres destinan 6 horas y 27 minutos en promedio, en comparación con las 7 horas y 49 minutos del promedio de mujeres en el total nacional.

La proporción de mujeres que ya no tienen ingresos laborales es mayor que la de hombres.

El 60% del recaudo de tributaria sería por impuestos a personas

 De los $25,4 billones que recogería la reforma, $14 billones vienen de tributos a ciudadanos, $1 billón a dividendos y $1 billón por patrimonio.



En los próximos días se espera que el Gobierno dé a conocer el proyecto de ley de reforma fiscal con enfoque social.

Aunque el Gobierno todavía no ha presentado de manera formal ni pública el proyecto para una reforma fiscal, lo que se ha dado a conocer hasta el momento es que, con los cambios, busca recaudar $25,4 billones, de los cuales aproximadamente el 60% vienen de tributos a personas naturales.

La meta del Ejecutivo es incluso mayor que la que había anunciado semanas atrás, cuando señaló que la meta era subir el recaudo en $15 billones, menos que el hueco fiscal que se calcula para el país, que es de aproximadamente $20 billones o de alrededor de 2% del PIB.

Según pudo establecer este diario, el Ejecutivo espera conseguir $14 billones con la eliminación de exenciones al impuesto de renta a personas naturales, de los cuales $1,5 billones provienen de nuevos contribuyentes.

Para lograrlo, entre otras cosas, plantean bajar la base con la que los ciudadanos declaran y pagan por ese tributo, y el tope ya no sería de aproximadamente de $4 millones mensuales, sino $2,5 millones al mes. Y, en esa línea, buscan que la tasa de ese tributo pase del 10% al 15%.

De igual manera, plantean conseguir $1 billón adicional con el gravamen a los dividendos; otro billón con la permanencia del tributo al patrimonio y establecer el impuesto solidario, que gravaría con 10% a todas aquellas personas que ganen un salario mensual superior a los $10 millones, después de descontar salud y pensión.

A eso se le puede añadir que congelaría el incremento de los salarios de los funcionarios públicos, exceptuando los que están en regímenes especiales, con lo que buscarían recaudar al menos $350.000 millones adicionales.

Otra medida, que también busca impulsar la formalización, es una exención del 10% del ingreso en el impuesto de renta a los contribuyentes que implementen el uso de la factura electrónica.

Luego de las medidas que implementaría, si eso es aprobado en el Congreso, el Gobierno busca conseguir al menos $10 billones con la ampliación del Impuesto del Valor Agregado (IVA) que, como aclaró el presidente Iván Duque en días pasados, no incluiría algunos productos básicos de la canasta familiar, la salud ni la educación.

De forma paralela a la eliminación de exenciones de algunos bienes y servicios del IVA, el Gobierno ha planteado hacer una transferencia de $45.000 a los hogares más pobres y vulnerables, con lo que esperan aumentar la cobertura de 20% al 40% de todas las personas en esa condición, con lo que podrían llegar hasta 4,7 millones de hogares.

Los cambios para las empresas

Del total de lo que busca recaudar adicional el Gobierno con la reforma tributaria, la participación de las personas jurídicas o empresas es de $3 billones, 11,8% del total.
Por un lado, para el caso del Impuesto de Industria y comercio (ICA), eliminaría el descuento que había hecho del 100% y lo dejaría en 50% para el 2022.

El objetivo del Gobierno, como lo ha planteado en varios escenarios, es impulsar sobre todo a las micro, medianas y pequeñas empresas a través de algunos incentivos.

Por eso, se reduciría la tarifa de renta para personas jurídicas, que iniciaría en 24% para las pequeñas y tendría una tarifa más alta para las de mayor tamaño, que llegaría al 31% en 2022 y bajaría a 30% en 2023.

Eso sí, eliminarían rentas exentas, deducciones, descuentos tributarios y tarifas preferenciales a partir del 2023, “respetando los derechos adquiridos”, como revelan en una presentación que le hizo el Gobierno al Consejo Gremial.A esas medidas, que estarían enfocadas principalmente en el IVA y en tributos a personas naturales y jurídicas, el Gobierno también tiene estipulado una serie de gravámenes para impulsar el desarrollo sostenible y la transición energética de Colombia.

Con eso, plantean la modificación del impuesto de carbono para incluir a todos los combustibles fósiles; se introduciría un impuesto local a los vehículos para los costos de la contaminación y se crearían impuestos a los plásticos de un solo uso, al consumo de plaguicidas y el Fonclima para canalizar esos recursos para ser destinados a proyectos de desarrollo sostenible y climático.

Ante la presentación que hizo el Gobierno ante el Consejo Gremial, la organización dijo que espera conocer el documento completo para hacer una reflexión, pero destacó que “continuará en este diálogo en beneficio del país, siempre procurando la reactivación del sector productivo y la conservación y generación del empleo de los colombianos. Se manifestó la complacencia con aumentar la cobertura de la red de protección social volviendo permanente el Ingreso Solidario”.

Por otro lado, se espera que entre hoy y mañana el Gobierno haga público el proyecto completo de la reforma, que llamó ‘Solidaridad sostenible’.


domingo, marzo 28, 2021

Identificación de las obligaciones de desempeño según NIIF 15

 



Conoce en qué consisten las obligaciones de desempeño planteadas en la NIIF 15 como uno de los pasos para el reconocimiento de ingresos derivados de contratos con clientes.

También conocerás las dos formas para determinar el momento en que se satisfacen estas obligaciones según la normativa vigente.

A partir del 2018 la Norma Internacional de Información Financiera 15 –NIIF 15– es aplicable a las entidades que reportan según Estándares Internacionales plenos; esta, reemplazó a la NIC 18 – Ingresos de actividades ordinarias, la NIC 11 – Contratos de construcción y una serie de interpretaciones relacionadas con esos estándares.

Esta NIIF 15 recoge una serie de pasos para reconocer ingresos derivados de contratos con clientes, el primero es la identificación del contrato con el cliente, una vez este haya sido efectuado esta norma establece como siguiente paso identificar las obligaciones de desempeño. Conoce estos pasos en la siguiente infografía:


En este editorial se detallará la información correspondiente al segundo paso planteado por la NIIF 15.

Las obligaciones de desempeño, según el apéndice A de la NIIF 15, son los compromisos establecidos en un contrato con un cliente para transferirle por:

(a) un bien o servicio (o un grupo de bienes o servicios) que es distinto; o
(b) una serie de bienes o servicios distintos que son sustancialmente los mismos y que tienen el mismo patrón de transferencia al cliente.

Según la misma NIIF, cada compromiso de transferir al cliente un bien o servicio, o una serie de bienes o servicios, se deberá reconocer como una obligación de desempeño.

Así pues, cuando la norma expresa que se deben identificar las obligaciones de desempeño del contrato, se refiere a que se debe desglosar cada condición del contrato y evaluar si las obligaciones de transferir bienes o servicios están relacionadas con bienes o servicios distintos. En este caso, las obligaciones deben reconocerse de forma independiente.

Un bien o servicio distinto existe cuando el cliente puede beneficiarse de un bien o servicio de forma independiente o junto con otros recursos disponibles, y cuando el compromiso de la empresa de entregar el bien o servicio es identificable por separado de otros compromisos incluidos en el contrato.
“al identificar las obligaciones de desempeño en el contrato, también se deberán determinar en qué momento estas se satisfacen”

Es importante señalar que al identificar las obligaciones de desempeño en el contrato, también se deberán determinar en qué momento estas se satisfacen. Existen dos tipos de obligaciones de desempeño: las obligaciones que se satisfacen a lo largo del tiempo y las que se satisfacen en un determinado momento.
Obligación de desempeño a lo largo del tiempo

Según el párrafo 35 de la NIIF 15, una entidad transfiere el control de un bien o servicio a lo largo del tiempo cuando se cumplen los siguientes criterios:

(a) el cliente recibe y consume de forma simultánea los beneficios proporcionados por el desempeño de la entidad a medida que la entidad lo realiza (véanse los párrafos 83 y 84);
(b) el desempeño de la entidad crea o mejora un activo (por ejemplo, trabajo en progreso) que el cliente controla a medida que se crea o mejora (véase el párrafo 85); o
(c) el desempeño de la entidad no crea un activo con un uso alternativo para la entidad (véase el párrafo 36) y la entidad tiene un derecho exigible al pago por el desempeño que se haya completado hasta la fecha (véase el párrafo 37).

Ahora bien, en Colombia es común indicar que un contrato de construcción se da a lo largo del tiempo. Es decir que el proceso para satisfacer los compromisos de desempeño no se realiza en un período determinado sino en varias etapas.

Dicho de otra forma, al satisfacer una obligación de desempeño a lo largo del tiempo de forma progresiva es importante establecer métodos que puedan medir tal avance. Por lo anterior, en los párrafos B15 y B18 la NIIF 15 establece los métodos de producto y de recurso respectivamente.

Métodos de producto

Métodos de recursos

Reconocimiento de ingresos de actividades ordinariasReconocen sus ingresos sobre la base de las mediciones directas del valor para el cliente de los bienes o servicios transferidos hasta la fecha en relación con los bienes o servicios pendientes comprometidos en el contrato (párrafo B15).Reconocen ingresos de actividades ordinarias sobre la base de los esfuerzos o recursos de la entidad para satisfacer la obligación de desempeño. (Párrafo B18).
Métodos
  • Estudios de desempeño.
  • Evaluación de resultados.
  • Tiempo transcurrido.
  • Unidades producidas o entregadas.
  • Recursos consumidos.
  • Horas de mano de obra gastada.
  • Costos incurridos.
  • Tiempo transcurrido.
  • Maquinaria utilizada.
DesventajasLos productos utilizados para medir el progreso pueden no ser directamente observables y la información puede no estar disponible para una entidad sin costo desproporcionado (párrafo B17).Puede que no haya relación directa entre los recursos de una entidad y la transferencia de control de bienes o servicios al cliente (párrafo B19).

 

En caso de que los métodos para medir razonablemente el progreso de una construcción no cumplan con ello, la NIIF 15 establece en su párrafo 45 que en esas circunstancias la entidad reconocerá el ingreso de actividades ordinarias solo en la medida de los costos incurridos hasta el momento que pueda medir razonablemente el cumplimiento de la obligación de desempeño.
Obligación de desempeño en determinado momento

Determinar el momento concreto donde un cliente obtiene el control del activo lo llevará a considerar indicadores de transferencia de control, entre los cuales se podrían encontrar los siguientes:

a. La entidad tiene un derecho presente al pago por el activo.
b. El cliente tiene el derecho legal del activo.
c. La entidad ha transferido la posesión física del activo.
d. El cliente tiene los riesgos y recompensas significativos de la propiedad del activo.
e. El cliente ha aceptado el activo.

Lo anterior se encuentra contenido en el párrafo 38 de la NIIF 15. No obstante, se debe advertir que en la misma NIIF se señala que la transferencia de control no se limita a los indicadores anteriores, es decir que una entidad podrá considerar otras variables.


A un año de la cuarentena, Congreso reguló el trabajo en casa

 El proyecto quedó a punto de convertirse en ley tras ser aprobado en último debate. Le resta la conciliación y la sanción presidencial.



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La plenaria del Senado de la República aprobó en último debate un proyecto de ley con el cual se pretende incluir en la legislación colombiana la modalidad de trabajo en casa, que se implementaría en situaciones excepcionales, como la pandemia que azota al país.

La aprobación de esta iniciativa se da un año después del inicio de la cuarentena en todo el territorio nacional, la cual fue decretada por el Gobierno, con el fin de contener la propagación del covid-19.

El senador Richard Aguilar, uno de los autores del proyecto, explicó que esta nueva modalidad es distinta a la de teletrabajo, que ya existe en la legislación colombiana y que exige el uso de herramientas tecnológicas para poder cumplir con sus labores.

“Esta modalidad es extraordinaria, excepcional, es la excepción de la norma, porque le damos una temporalidad de tres meses, prorrogables por otros tres meses, pero si continúa la situación excepcional como la pandemia de covid-19, se puede pasar de los seis meses”, indicó.

Por su parte, el senador Carlos Fernando Motoa, ponente del proyecto, explicó que la iniciativa también garantiza el cumplimiento de los derechos de todos los trabajadores, incluyendo la jornada laboral de ocho horas.

“Se establece claramente el criterio de la desconexión laboral. El empleador tendrá que abstenerse de dar instrucciones u órdenes después de la jornada laboral, se garantiza el descanso del trabajador para que pueda conciliar su vida familiar y personal, se garantiza el cumplimiento de los descansos, de los permisos, de las licencias, de las vacaciones”, manifestó.

El ministro Ángel Custodio Cabrera afirmó que la propuesta no afecta las normas estipuladas en el Código Sustantivo de Trabajo y tiene el propósito de preservar el empleo de miles de colombianos.

“Con la figura de trabajo en casa se respeta la jornada laboral, las horas extras, todo lo dispuesto en el Código Sustantivo de Trabajo. Esta es una figura temporal aplicable a una situación como la que estamos viviendo y que no tenía un marco regulatorio (…) Esto es temporal para reservar los puestos de trabajo, para garantizar la seguridad en el trabajo, conservar los elementos de bioseguridad y evitar las aglomeraciones y garantizar el distanciamiento social”, dijo.

Esta iniciativa, a la cual solo le resta la aprobación en su etapa de conciliación y posteriormente la sanción presidencial, también establece que el subsidio de transporte que tradicionalmente se le entrega a los trabajadores, se convertirá en un auxilio de conectividad que servirá para que quienes laboren desde su casa puedan pagar los servicios por consumo de internet y de energía.

Transición de las pymes al grupo 1

 


Conoce a continuación los aspectos que deben considerar las pymes para realizar su transición al marco normativo de entidades del grupo 1.

Ten en cuenta que antes de realizar una transición toda entidad deberá verificar el grupo de convergencia al que pertenece de acuerdo con la normativa vigente.

A continuación, daremos respuesta a la siguiente inquietud: ¿cuáles son los pasos para que una entidad del grupo 2 pase al grupo 1?

Para resolver esta pregunta es importante apuntar que toda entidad debería verificar el grupo de convergencia al que pertenece, así tendrá seguridad sobre el marco normativo que debe aplicar; para esto, Actualícese cuenta con una plantilla donde el usuario podrá diligenciar los datos de la entidad que desea verificar:


Diligenciados estos datos, si una empresa perteneciente al grupo 2 nota que debe realizar un proceso de transición al grupo 1, deberá realizar un diagnóstico en un año anterior al que la entidad denomine año de transición. Es decir, si una entidad realiza el proceso de transición en el 2020, el diagnostico a través del cual analizará con un balance de prueba algunos aspectos para su transición se desarrollaría en el año 2019.

En el período de transición, la entidad ajustará sus políticas contables de acuerdo con el marco normativo que para las empresas del grupo 1 es el anexo 1 del DUR 2420 de 2015.

“realizado el diagnóstico y la transición, la entidad empieza su período de aplicación con un Estado de Situación Financiera de Apertura”

Una vez realizado el diagnóstico y la transición, la entidad empieza su período de aplicación con un Estado de Situación Financiera de Apertura –ESFA– que, en el caso del ejemplo ilustrado aquí, sería del 1 de enero de 2021.

Es fundamental señalar que si una empresa perteneciente al grupo 2 no cumple con las condiciones para clasificar en el grupo 1, pero desea clasificar, lo podrá realizar asumiendo todas las obligaciones del nuevo grupo al que se adhiere, donde deberá permanecer mínimo tres años contados a partir de la emisión de su ESFA.

Estas son las sanciones para los empresarios por no renovar la matrícula mercantil

 


La multa máxima podría alcanzar hasta 200 salarios mínimos, a pesar de que las empresas pueden seguir operando y no habrá cierres

Si usted como persona natural o jurídica está relacionada con el comercio de cualquier tipo, debe tener en cuenta que la renovación anual del registro mercantil vencerá el próximo 31 de marzo.

Como todos los años, las empresas deberán dar el parte de la situación financiera y otros datos a las Cámaras de Comercio donde esté ubicada la compañía o emprendimiento. Las sanciones a tener en cuenta si decide no renovar son de corte económico: la más alta es de hasta 200 salarios mínimos mensuales legales vigentes.


Según la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) son 449.455 empresas y 255.777 establecimientos de comercio que deben renovar su matrícula. Además, las Mipymes que lo hagan antes del 31 de marzo podrán acceder a 5% de descuento, que fue establecido por el Gobierno Nacional a través del Decreto 1756 de 2020.

El socio de Del Hierro Abogados, Diego Márquez Arango, destacó que el registro mercantil es la descripción que hacen todos los comerciantes ante la Cámara de Comercio correspondiente. Datos como la información financiera, las actualizaciones del domicilio en materia judicial, el domicilio de la empresa y la actualización de los activos son algunos de los datos de suma importancia que deben quedar registrados en la base de datos.

Con relación al costo, el experto recordó que las variaciones son estipuladas por el Gobierno Nacional cada año. “Sin embargo, es imposible decir con rigurosidad cuánto debe pagar cada persona, ya que dependerá exclusivamente del nivel de activos de las empresas registradas y, por esta razón, es importante actualizar la información financiera”.

La Cámara de Comercio de Bogotá agregó que otros de los datos importantes a actualizar son el correo electrónico, el teléfono celular, el número del negocio y las actividades mercantiles asociadas a las compañías a registrar.

Sobre las sanciones que puede acarrear el no registro de las actividades comerciales, hay que aclarar que no existe un riesgo de cierre de la empresa o del emprendimiento por esta razón. Sin embargo, Márquez dijo que la sanción más alta podría ser de 200 salarios mínimos, cifra que será determinada por entidades como la Superintendencia de Industria y Comercio y la Superintendencia de Sociedades.

El experto afirmó que los locales pueden seguir operando con o sin la renovación del registro, pero aparte de las sanciones económicas, las personas podrán encontrar limitantes en la imagen y el funcionamiento de los establecimientos porque los consumidores pierden la confianza de los productos o servicios ofrecidos por las compañías.

“El comerciante obligatoriamente tiene que hacer el registro mercantil porque así lo dicta el Código de Comercio. Si no lo hace, podrá tener algunas sanciones. El establecimiento puede operar sin la matrícula, pero bajo los efectos legales y otros preceptos que conforman a un establecimiento es difícil considerarlo como un negocio comercial”, afirmó el experto.

Respecto a la falta de confianza del consumidor, Márquez dijo que, por ejemplo, una persona que quiera adquirir un artículo por internet puede tener cierta desconfianza por los peligros que supone.

“Por esta razón, un consumidor que busque al comerciante en el registro y no lo encuentre podrá tener altos niveles de desconfianza sobre el proceso de compra, lo cual puede no solo afectar las ventas, sino la imagen de la compañía. Y es que el registro público es una base de datos en que la ciudadanía puede consultar diversos datos de interés con relación a las organizaciones, entre las cuales están la dirección, el correo electrónico y otros datos de contacto.

Respecto a otros beneficios sobre la renovación de la matrícula, la CCB aseguró que tener los negocios al día bajo estos parámetros le permite a los empresarios tener mayor visibilidad, lo cual fomenta la creación de nuevos nexos empresariales. El acceso a créditos es otro de los puntos importantes, pues la inyección de capital a través de préstamos se puede ver afectada ante la ausencia del registro mercantil.

De forma más específica, la entidad anunció que también habrá beneficios con entidades públicas y privadas como el programa para apoyar y proteger al empleo formal (Paef); adicionalmente, hay descuentos de $300.000 en bonos de cursos de formación empresarial.

La entidad también afirmó que las empresas podrán adquirir seguridad jurídica y acceder a la base de datos empresarial del país, lo cual, como ya se mencionó, puede fortalecer sobremanera las redes de empresarios en Colombia. Finalmente, la CCB anunció más de 500 beneficios gratuitos para las empresas matriculadas.

“Este año, nuevamente el plazo máximo para renovar la matrícula mercantil es el 31 de marzo. Recuerde que esta fecha coincide con la Semana Santa y que ese plazo máximo no se va a modificar. Por eso, la Cámara de Comercio de Bogotá invita a los empresarios a que se adelanten con este trámite para estar al día con su negocio”, dijo la CCB.

¿Cómo es el proceso?

Es importante recordar cómo es el proceso de matrícula para empresarios. El abogado Márquez afirmó que primero se debe diligenciar un formulario que está en las páginas principales de la cámaras de comercio regionales. “El 90% de las cámaras de comercio permite realizar este trámite de forma digital, lo que facilita y es más cómodo para los empresarios”.

La información mercantil asociada a los negocios, entre la que destaca los datos financieros, debe ser de corte a 31 de diciembre de 2020, según informó la CCB.

Luego de llenar el formulario, el mismo aplicativo formulará el pago de renovación, el cual podrá ser cancelado en el portal a través del sistema PSE o por pago con tarjetas de crédito. Además, la persona tiene la posibilidad de acudir a los bancos o a los corresponsales no bancarios de Bancolombia.

“Es un proceso muy sencillo, y los empresarios deberían tener presente que no toma más de una hora para su desarrollo. Como recomendación, todos los comerciantes deben tener estados financieros listos, ya que las cámaras de comercio tienen la facultad, más no la obligación, de pedir dichos estados a los comerciantes cuando lo crean conveniente”, dijo Márquez.


viernes, marzo 26, 2021

Contadores públicos deben estar atentos a elaboración de reportes corporativos y de sostenibilidad

 



Para la IFAC, la elaboración de informes y los conocimientos de sostenibilidad son una oportunidad para que el contador público genere valor a empresas y clientes.

Se deben lograr estándares de sostenibilidad consistentes que conduzcan a información relevante, confiable, comparable y asegurable.

Kevin Dancey, director ejecutivo de la IFAC, afirma que como contadores públicos tenemos una responsabilidad importante y una oportunidad transformadora de participar y liderar los próximos cambios en los informes corporativos, específicamente, la información de sostenibilidad.

Este es el tema analizado por él en su informe Corporate and sustainability reporting – a look ahead. ¿Por qué los contadores profesionales están mejor posicionados para satisfacer esta necesidad?, se pregunta.

Todas las organizaciones necesitan mejor información para medir y gestionar los riesgos a los que se enfrentan, capitalizar las oportunidades que se les presentan, garantizar su éxito a largo plazo e informar a las juntas directivas que las supervisan.

«Al mismo tiempo, una amplia gama de partes interesadas exige informes mejorados que sean relevantes, confiables, comparables y asegurables», dice Dancey.

La IFAC ha elaborado una agenda de reportes corporativos en los que trabajará en los próximos meses:
Buscando un enfoque global de las normas de sostenibilidad

Independientemente de cómo evolucione el panorama, la IFAC apoyará el avance rápido hacia un enfoque global bajo los auspicios de la Fundación IFRS para lograr estándares de sostenibilidad consistentes a nivel mundial que conduzcan a información relevante, confiable, comparable y asegurable.

«Reconocemos y apoyamos la necesidad de requisitos suplementarios para reflejar las prioridades políticas regionales / jurisdiccionales, pero hacemos hincapié en la urgencia de abordar a nivel mundial las necesidades de los inversores y los mercados de capitales», explica Dancey.

Próximamente, IFAC se pronunciará en apoyo de este enfoque global.
Fomento de las habilidades y competencias relacionadas con la sostenibilidad

La IFAC continuará trabajando con los contadores públicos para demostrar que ellos no solo tienen las habilidades y competencias necesarias para preparar, asegurar y utilizar esta información, sino también la experiencia para construir y evaluar los controles y procesos necesarios relacionados con la sostenibilidad.

Al identificar qué habilidades se pueden aprovechar para cumplir con los nuevos requisitos y obtener nuevos conocimientos especializados en la materia, la IFAC respalda la postura de que los contadores están en la mejor posición para satisfacer las necesidades de las organizaciones en relación con la sostenibilidad.
Defender una mentalidad integrada

La información obtenida de los datos tanto financieros como relacionados con la sostenibilidad (o «no financieros») se maximiza cuando un enfoque integrado conecta los dos.

«La información financiera y de sostenibilidad no son conceptos desconectados. Un enfoque integrado conduce a mejores decisiones que brindan creación de valor a largo plazo: retornos financieros para los inversionistas mientras se tiene en cuenta el valor para los clientes, empleados, proveedores e intereses sociales», sugiere Dancey.

Los contadores profesionales que trabajan en el sector privado deben seguir fomentando una mentalidad integrada que conecte datos, procesos y análisis financieros y de sostenibilidad.
Servicios de garantía avanzada

La garantía es un componente necesario del sistema de informes global en evolución y un imperativo para nuestra profesión. Una de las competencias centrales de la profesión es trabajar con expertos en una variedad de áreas, y eso ciertamente continuará.

«IFAC se comunicará con los organismos miembros y las empresas para comprender mejor las prácticas actuales y las mejores del mercado, identificar las brechas y desarrollar una narrativa compartida que posicione mejor a los contadores profesionales para realizar el aseguramiento de la sostenibilidad», explica Dancey.
“la IFAC tiene el propósito de ayudar a acelerar el desarrollo de servicios de aseguramiento para informes integrados”

Además, la IFAC tiene el propósito de ayudar a acelerar el desarrollo de servicios de aseguramiento para informes integrados.
Posicionamiento de la profesión para liderar

Los contadores son fundamentales para recopilar, analizar y comunicar información de alta calidad. Nuestro papel en la elaboración de informes y conocimientos relacionados con la sostenibilidad representa una oportunidad aún mayor de generar valor para las empresas y los clientes.

«El potencial futuro de la información sobre sostenibilidad es demasiado importante para no hacerlo bien; juntos defenderemos activamente que nuestra profesión está bien posicionada para hacer frente a este desafío», advierte.


Los puntos que incluirá la tercera reforma tributaria del periodo de Iván Duque

 Se conoció que el Gobierno busca un recaudo de $25,4 billones con la próxima tributaria, que incluiría eliminar las exenciones del IVA



Carolina Salazar Sierra


El Ministerio de Hacienda tramitará ante el Congreso la que será la tercera reforma tributaria en el periodo presidencial de Iván Duque. Esta no solo buscará darle alivio a las finanzas públicas de la Nación, sino que también tendrá un enfoque social.

A pesar de que el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, había anunciado que la meta de recaudo era de $15 billones, LR conoció que en total se busca una suma de $25,4 billones, es decir, aproximadamente 2,2% del PIB. Se prevé que los primeros $10,5 billones se recauden a través del impuesto sobre las ventas (IVA), otros $16,8 billones por cuenta de las modificaciones de los impuestos a las personas naturales y los últimos $3 billones por los impuestos a las personas jurídicas. Adicional a ello, se restarían $5,1 billones de los giros para las regiones a través del Sistema General de Participaciones (SGP).

Esta ambiciosa cifra de recaudo está justificada en las propuestas sociales que va a incluir el Gobierno en el proyecto de ley, que busca garantizar un ingreso mínimo a los hogares que hoy se encuentran en condición de pobreza o pobreza extrema.

De hecho, el presidente Iván Duque dijo que la deliberación que se lleve a cabo en el Congreso debe pensar en dos propósitos: estabilizar las finanzas públicas y hacer una transformación social. Con tal fin, se propondrá volver permanente el programa de Ingreso Solidario; ampliar la devolución del IVA; extender el programa de apoyo al empleo formal (Paef) hasta junio de 2021; subsidiar hasta 100% de las matrículas de educación superior a través de Generación E; y subsidiar las cotizaciones de seguridad social para ciertos grupos poblacionales.

Con esto en mente, estas son las propuestas que presentará el Gobierno.



Eliminar las exenciones del IVA

Uno de los puntos más controversiales tiene que ver con gravar más bienes con IVA. Esta medida que podría afectar el consumo de millones de familias. Sin embargo, el Ministerio de Hacienda dejó claro que no se gravarán alimentos básicos de la canasta familiar, aunque si se eliminará por completo la categoría de los bienes exentos y todavía queda abierta la posibilidad de que se graven otros bienes y servicios.

Para que el impuesto sea más progresivo, el Gobierno aumentará la cobertura de la devolución. Se pagarán $45.000 mensuales a 4,7 millones de hogares, lo que representa un costo fiscal de $1,5 billones.

Ampliar la base del imporenta

LOS CONTRASTES

Juan Alberto LondoñoViceministro de Hacienda

“En Colombia muy pocas personas pagamos impuesto de renta y hay otras que tienen la capacidad de pagar, alguien que gane menos de $5 millones”.

Bruce Mac MasterPresidente de la Andi

“El gran reto que debe sortear el país es no afectar la competitividad de las empresas, más aún teniendo en cuenta el rol del sector productivo en la reactivación”.

Otra de las propuestas que incluirá la reforma tributaria es ampliar la base gravable del impuesto de renta de las personas naturales. De hecho, ya el viceministro de Hacienda, Juan Alberto Londoño, había sugerido que las personas con sueldos desde $2,5 millones deberían declarar renta, mientras que a partir de los $4 millones se debería pagar el impuesto. Además, la propuesta de reforma plantearía sustituir las rentas exentas por una única renta exenta automática.

Impopatrimonio y dividendos

Un punto que también resaltó el Ministerio es que se propondrá que el impuesto al patrimonio, que hoy es de 1% para los montos iguales o superiores a $5.000 millones, sea permanente; además de que se aumente la tarifa del impuesto a los dividendos de 10% a 15%.

Renta de personas jurídicas

Con el fin de preservar la competitividad del país, se propondrá reducir la tarifa del impuesto de renta a 24% para las pequeñas empresas, mientras que la tarifa máxima será de 30% a partir de 2023. Además, se buscará eliminar las exenciones, deducciones, descuentos tributarios y tarifas preferenciales a partir desde ese mismo año.

Mientras que hasta 2023 se mantendrían los beneficios relacionados con economía naranja y turismo y los de construcción de hoteles hasta 2025.

Impuestos verdes

El Gobierno también propondrá crear instrumentos que reduzcan la contaminación, como la modificación del impuesto al carbono, la introducción de un impuesto local a los vehículos y el impuesto a los plásticos de un solo uso y al consumo de plaguicidas.

Gravar las pensiones

Otro de los puntos contemplados, y que están en línea con las recomendaciones de la comisión, es gravar las pensiones desde $7 millones. De otro lado, las cuentas de ahorro para el fomento de la construcción (AFC) perderán beneficios.

No se eliminará el 4x1.000

Pese a la recomendación de la Comisión Tributaria, el proyecto no contempla gravar el 4x1000.

jueves, marzo 25, 2021

En la Fed ya se habla del dólar digital

 Mientras en Europa se ha trazado una hoja de ruta para la introducción del euro digital en cinco años, la Fed empieza a abordar el tema argumentando que esto significa evolucionar


A comienzos de enero, una noticia económica pasó desapercibida: la presidente del Banco Central Europeo, Christine Lagarde, anunció que un euro digital debería existir en menos de cinco años. Entre tanto, avanzan simultáneamente las pruebas en China para lanzar el yuan digital, según lo comunicado por el Banco Popular de China. La idea de los chinos es muy distinta a la de los europeos; los asiáticos buscan que más personas entren en la era digital, fortalecer la seguridad de los pagos digitales y garantizar el verdadero control de la movilidad del dinero. Tanto el BCE como el emisor chino, están encaminados a que la moneda digital sea lanzada por la banca central y esté respaldada por los gobiernos como una alternativa al papel moneda. Están por verse quiénes deben elaborar las reglas internacionales y los estándares técnicos sobre seguridad de datos, monedas digitales e impuestos sobre los datos. A la iniciativa de Europa y China se han sumado Canadá y Japón, países que preparan sus monedas digitales ante el avance de las criptomonedas en sus mercados. La pandemia hizo que la transformación digital de las economías se acelerara y los sistemas de pagos no han sido la excepción a la regla. En casi todos los países el uso del dinero en efectivo se reducido y se espera que antes de 2030, menos de la mitad de usuarios usen el otrora llamado metálico, por lo que las monedas digitales respaldadas por emisores serán más comunes, incluso en países emergentes como Colombia.

Pero no se puede desconocer que el verdadero paso hacia una masificación de la digitalización o virtualización del dinero efectivo está en manos de la divisa estadounidense, tema del que ya se empezó a hablar; un asunto vedado por las autoridades de la Reserva Federal, quienes en diferentes escenarios evadían el asunto a la espera de qué acciones se tomaban en Europa y Asia.

Jerome Powell, presidente de la Reserva Federal, ha tocado el asunto posmodernista y ha dicho que el lanzamiento de una moneda digital sería un paso trascendental para el sistema financiero: “tenemos la obligación de estar a la vanguardia en el entendimiento de los retos tecnológicos, así como los potenciales costos y beneficios (de un dólar digital). Pero no procederíamos sin el apoyo del Congreso o sin la aprobación de una ley (...) Algunos gobiernos y bancos centrales están buscando aprovechar la tecnología sobre la que operan los criptoactivos para capitalizar las ventajas en beneficio del usuario (...) En la medida en que un criptoactivo esté respaldado por monedas soberanas de naciones líderes, se asume como un stablecoin, lo que claramente genera más certidumbre con respecto a los criptoactivos”.

Una cosa es que China avance bajo sus premisas de del XIV Plan Quinquenal para el Desarrollo Económico y Social Nacional y los Objetivos a Largo Plazo hasta el Año 2035 y otra muy distinta que la Fed aborde el tema y manifieste que el Banco de la Reserva Federal de Boston está colaborando en la iniciativa de Moneda Digital del Instituto Tecnológico de Massachusetts, un mensaje que debe calar y poner a trabajar en este sentido a la autoridad monetaria colombiana, pues un avance de esta naturaleza cambiará radicalmente el rumbo de la economía, llevándola a otro estado de desarrollo y evolución monetaria.


miércoles, marzo 24, 2021

Las dificultades que enfrenta el Archivo General de la Nación

 La entidad guarda 183 millones de documentos históricos de las entidades del Estado colombiano.


El Archivo General de la Nación es la entidad encargada de salvaguardar el patrimonio documental de Colombia.

¿Cuál es la situación actual del Archivo General de la Nación?, mientras que para algunos trabajadores, vender servicios ha terminado por afectar su misión principal, las directivas de la entidad niegan que se haya dejado de cumplir con la salvaguarda del patrimonio histórico y documental del país.

Fue creado durante la presidencia de Virgilio Barco para proteger los documentos del Estado y, de esa forma, el patrimonio histórico del país.


Pero hoy, cerca de 30 años después, asegura el antropólogo Mauricio Tovar, “el archivo no es importante para nadie y no lo es porque maneja unos niveles intelectuales que no producen económicamente nada, en esta Economía Naranja una entidad que no produzca, no sirve y eso es un absurdo”.

Tovar, hoy funcionario del Archivo, en el que están guardados 183 millones de documentos históricos de las entidades del Estado colombiano y del que ha sido subdirector, señala que al vender servicios para conseguir recursos como si fuera una empresa, la entidad está perdiendo su norte.

“Infortunadamente no se ha visto la importancia del archivo como testimonio, sino que han empezado a generar una serie de proyectos, mientras que la difusión de los archivos, los documentos históricos, la historiografía, eso pasó a segundo plano”, agrega el funcionario.

Lo que dicen las directivas

Enrique Serrano, actual director del Archivo General de la Nación, dice que, aunque se cumple con la misión principal, las condiciones pueden ser mejores.

“Es cierto que tenemos todavía problemas, falencias, complicaciones y, además, esto que no tiene que ver solo con el pasado sino con el presente y el futuro, necesitaría un mayor músculo, no solo financiero sino incluso en términos de su funcionamiento y de las tareas que cumple, pero estamos en el proceso”, destaca el director.

El Archivo General de la Nación cuenta con 141 funcionarios y una planta de contratistas cuya vinculación no genera estabilidad, convirtiéndose en otra de las problemáticas que enfrenta la entidad.

“En ese proceso de contratistas y de la posibilidad de perder el conocimiento, porque al fin y al cabo esto es un conocimiento escaso, hemos trabajado duro en ello, porque vamos a hacer un rediseño institucional”, revela Serrano.

Por el momento y aunque aún no se ha concretado, lo que significaría la implementación de un nuevo sistema de digitalización de documentos, es una preocupación de la pocos hablan dentro del Archivo.

El antropólogo Tovar dice que “en los pasillos la gente siempre dice que las cosas no funcionan, pero les da miedo y uno entiende que están cuidando su trabajo, pero todo el mundo está descontento”.

El presupuesto anual del Archivo General de la Nación, en donde reposan actas elaboradas desde el siglo XVI, es de 24.000 millones de pesos. Con esos recursos debe atender los gastos de funcionamiento y de lo que represente cumplir la misión de cuidar el patrimonio documental, histórico y cultural del país.

Trabajadores independientes: acceso al sistema de salud no depende de aportes parafiscales

 


El Ministerio del Trabajo realizó una serie de precisiones referentes al acceso al sistema de salud para trabajadores independientes y su relación con el pago de aportes parafiscales.

Para lo cual determinó que no realizar dichos pagos no podía ser un obstáculo para el acceso a servicios de salud.

Un trabajador independiente (prestador de servicios, cuenta propia o rentista de capital), es aquella persona natural que ejerce un oficio o actividad sin estar sujeto a un contrato de trabajo, es decir, no tiene un empleador al cual deba estar subordinado, no cumple horarios de trabajo, ni recibe instrucciones; tiene total autonomía en el desempeño de sus funciones.

En la siguiente infografía presentamos una síntesis de las precisiones realizadas por el Ministerio del Trabajo respecto al pago de parafiscales y el acceso a salud para trabajadores independientes:

Aportes parafiscales

Los aportes parafiscales son contribuciones obligatorias que deben realizar los empleadores a las cajas de compensación familiar –CCF–, Sena e ICBF, y corresponden al 9 % del costo mensual de los elementos que constituyen salario en la nómina. Estos aportes deben realizarse en conjunto con los aportes a seguridad social, esto es, salud, pensión y riesgos laborales.

La ley establece que todas las personas residentes en Colombia con capacidad de pago (que devenguen o tengan ingresos iguales o superiores a un salario mínimo mensual legal vigente –smmlv–), que se encuentren vinculados mediante contrato de trabajo o contrato de prestación de servicios, tienen la obligación de realizar estos aportes.

En lo que refiere a los trabajadores independientes, se tiene que estos no se encuentran obligados a realizar el pago de aportes parafiscales, no obstante, pueden afiliarse a una caja de compensación familiar voluntariamente.
Porcentaje para cotizar a cajas de compensación por trabajadores independientes

Los trabajadores independientes pueden realizar sus aportes a una CCF bajo los siguientes porcentajes:
0,6 % con el cual, tendrá derecho a disfrutar de actividades de recreación, capacitación y turismo social.
2 % con el pago de este porcentaje tendrán acceso, además de lo anterior, a descuentos, asesoría para adquisición de vivienda, deportes, eventos sociales, mecanismo de protección al cesante, entre otros beneficios.

El valor de este aporte se determina sobre el ingreso base de cotización –IBC– que en el caso de los trabajadores independientes, corresponde al 40 % del valor mensual para el trabajador con contrato de prestación de servicios; para el caso de los independientes cuenta propia y rentista de capital, corresponde al 40 % de sus ingresos mensuales.

Ejemplo:

Supongamos el caso de un trabajador independiente con contrato de prestación de servicios con una duración de cuatro (4) meses por un valor de $10.000.000. Para realizar la liquidación de este aporte debe llevar a cabo los siguientes pasos:

Primero debe mensualizar el valor del contrato:

$10.000.000 / 4 = $2.500.000

Una vez determinado este valor, debe determinar el IBC de la siguiente manera:

$2.500.000 x 40 % = $1.000.000

Ahora, sobre el valor resultante debe determinar el valor del aporte según el porcentaje sobre el cual se desea aportar:

Valor del aporte con la tarifa del 0,6 %:

$1.000.000 x 0,6 % = $6.000

Valor del aporte con la tarifa del 2 %:

$1.000.000 x 2 % = $20.000

Así se tiene que si este trabajador decide realizar el aporte sobre una tarifa del 0,6 %, le corresponde aportar un monto de $6.000 mensualmente. Por otro lado, si realiza el aporte sobre el 2 %, le corresponderá aportar un monto de $20.000 también de forma mensual.

En el siguiente video Angie Marcela Vargas, abogada consultora en derecho laboral, explica cómo los trabajadores independientes pueden realizar aportes a CCF:

Concepto del Ministerio del Trabajo

El Ministerio del Trabajo, mediante el Concepto 41592 de 2021, realizó una serie de precisiones respecto a la relación existente entre el pago de aportes parafiscales y su vinculación al sistema de salud.
“para efectos de que el trabajador independiente se afilie con su grupo familiar a una CCF y pueda mantener su vinculación a esta, debe estar afiliado previamente al sistema de salud en el régimen contributivo”

Lo anterior, debido a que el inciso segundo del literal b del artículo 19 de la Ley 789 de 2002 establece que para efectos de que el trabajador independiente se afilie con su grupo familiar a una CCF y pueda mantener su vinculación a esta, debe estar afiliado previamente al sistema de salud en el régimen contributivo.

Al respecto, el Mintrabajo determinó que el hecho de que un trabajador independiente que para efectuar su afiliación a una CCF deba estar vinculado con antelación al sistema de seguridad social en salud, no supone que en momento en cuando no lo desee o no pueda pagar los aportes a la CCF pierda el derecho a acceder al sistema de salud, pues estos sistemas (de salud y subsidio familiar) cubren diferentes necesidades. Para esto, precisó:

“(…) si bien es cierto, quien en su calidad de Trabajador Independiente desee afiliarse a una Caja de Compensación Familiar debe estar vinculado con antelación al Sistema de Seguridad Social en Salud, no significa que si ya no desea o no puede pagar los aportes a la Caja de Compensación Familiar, pierda por ello el derecho de estar inmerso en el Sistema de Seguridad Social en Salud, pues se trata de dos aspectos diferentes (…)”

Dado esto, se tiene que la vinculación al sistema de seguridad social no depende de estar afiliado a una CCF, por lo tanto, descontinuar la realización de estos aportes no implica una restricción al acceso a los servicios de salud.
Trabajadores independientes vinculados al piso de protección social

Los trabajadores independientes que tengan ingresos mensuales inferiores a un (1) smmlv y se vinculen al piso de protección social, por consecuencia afiliados al régimen subsidiado en salud, según estas disposiciones no podrían realizar aportes a una CCF.

No obstante, el Mintrabajo anunció que para este piso de protección se regulará lo referente al acceso al sistema de subsidio familiar, dado esto, deberá esperarse a si esta regulación permitirá el aporte a una CCF aun estando en el régimen subsidiado en salud o se crearán nuevas condiciones para el acceso a este sistema para estos trabajadores.